DIARIOIMAGEN Lunes 12 de enero de 2015 Edictos 21 EDICTOS, AVISOS JUDICIALES, NOTARIALES, DICTÁMENES Y CONVOCATORIAS EDICTO EDICTO EDICTO Al calce un sello con el Escudo Nacional que dice: Estados Unidos Mexicanos, Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal, México, Juzgado Primero de lo Civil. Al calce un sello con el Escudo Nacional que dice: Estados Unidos Mexicanos, Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal, México, Juzgado Trigésimo Tercero de lo Civil, Exp. Num: 8/2008, Secretaria: “B”. EN LOS AUTOS DEL EXPEDIENTE 807/12, RELATIVO AL JUICIO ESPECIAL HIPOTECARIO, PROMOVIDO POR ADMINISTRADORA BLACK, SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA DE CAPITAL VARIABLE, EN CONTRA DE ALEJANDRO GONZALEZ SALINAS, LA C. JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL, DICTO AUTOS QUE A LA LETRA DICEN:—- México, Distrito Federal a veintiuno de octubre de dos mil catorce.—- A sus autos el escrito de cuenta de la parte actora, como se solicita y atento a lo dispuesto por el artículo 84 del Código de Procedimientos Civiles, se aclara el proveído de fecha diez de octubre de dos mil catorce, que obra a foja trescientos ochenta y cuatro, en el cual por un error involuntario quedó asentado como nombre de la cesionaria y nuevo titular de los derechos de crédito base del presente asunto:—- “ADMINISTRADORA BLACK, S.A. SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA DE CAPITAL VARIABLE,...”—- Siendo lo correcto y como debe quedar:—-“ADMINISTRADORA BLACK, SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA DE CAPITAL VARIABLE,...”—- Aclaración que se efectúa para los fines legales a que haya lugar; debiendo el presente proveído formar parte integrante del auto materia de aclaración. Notifíquese.- Lo proveyó y firma la C. JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL MAESTRA MARIA ELENA GALGUERA GONZALEZ ANTE SU SECRETARIO DE ACUERDOS LICENCIADO VICTOR MANUEL SILVEYRA GOMEZ, quien autoriza y da fe.- Doy Fe. México Distrito Federal a diez de octubre de dos mil catorce.—- A sus autos el escrito de cuenta de MARGARITA HUITRON HERNÁNDEZ en su carácter de apoderada legal de PENDULUM, SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA DE CAPITAL VARIABLE, personalidad que acredita en términos del instrumento notarial número 70,160 de fecha veinticinco de febrero de dos mil catorce, pasado ante la fe del Notario Público número 233 del Distrito Federal que al efecto obra en autos en copia certificada; hágasele notar que si bien es cierto como lo manifiesta en el de cuenta el testimonio notarial con el cual acredita su personalidad obra a fojas 140 de autos, el cual exhibió en el escrito que presentó el día veintitrés de septiembre de dos mil catorce, también lo es que en el escrito que presentó el día treinta de septiembre de dos mil catorce, visible a fojas 286 de autos, señala que exhibe dicho testimonio, sin que lo haya hecho, como se le hizo de su conocimiento en el proveído de fecha uno de octubre de dos mil catorce.- Persona moral que a su vez es apoderada de ADMINISTRADORA BLACK, S.A. SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA DE CAPITAL VARIABLE, personalidad que se le reconoce en términos del testimonio notarial que se encuentra en autos. Y en atención a lo solicitado en el escrito que presentó el día treinta de septiembre de dos mil catorce.- Téngase por señalado domicilio y por autorizadas a las personas que relaciona para oír y recibir notificaciones, documentos y valores e imponerse de autos. atenta a lo solicitado, téngase a ADMINISTRADORA BLACK, S.A. SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA DE CAPITAL VARIABLE, como cesionario y nuevo titular de los derechos de crédito en el presente juicio. En consecuencia, procédase a hacer la anotación correspondiente en la carátula del expediente en que se actúa así como en el Libro de Gobierno para quedar como parte actora a ADMINISTRADORA BLACK, S.A. SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA DE CAPITAL VARIABLE. Hágase del conocimiento de la C. Directora de la Oficialía de Partes Común Civil Cuantía Menor, Oralidad, Familiar y Sección Salas de éste H. Tribunal el cambio de denominación de la parte actora, visto el estado que guardan los autos y como lo solicita el promovente, con fundamento en el artículo 122 fracción II del Código de Procedimientos Civiles, se ordena notificar por medio de edictos, al demandado ALEJANDRO GONZÁLEZ SALINAS el presente proveído, que se publicarán por tres veces de tres en tres días en el Boletín Judicial y en el periódico El Diario Imagen de esta Ciudad, haciéndosele saber que quedan a su disposición las copias de traslado en la Secretaría “A” de éste Juzgado.- Notifíquese.- Lo proveyó y firma la C. Juez Primero de lo Civil en el Distrito Federal, MAESTRA MARÍA ELENA GALGUERA GONZÁLEZ, ante su C. Secretario de Acuerdos “A” Licenciado VÍCTOR MANUEL SILVEYRA GÓMEZ quien autoriza y da fe.- Doy Fe.- NOTIFICAR A PAULA ESTHER ABRAJAN RIVERA DE RODRIGUEZ Y JOAQUIN RODRIGUEZ BAUTISTA. Al calce un sello con el Escudo Nacional que dice: Estados Unidos Mexicanos, Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal, México, Juzgado Cuadragésimo Cuarto de lo Civil, Expediente 1246/2012, Secretaria “B”. EL C. SECRETARIO DE ACUERDOS. RUBRICA LIC. VICTOR MANUEL SILVEYRA GOMEZ AL CALCE UN SELLO CON EL ESCUDO NACIONAL QUE DICE ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL DISTRITO FEDERAL. “INDICADORES SOBRE DERECHO A UN JUICIO JUSTO. NUESTRO TRIBUNAL LÍDER EN MÉXICO Y EL MUNDO”. Fray Servando de Mier, Nº 32-1º piso, colonia Centro. Delegación Cuauhtémoc, México, Distrito Federal, C.P. 06000. EDICTO KONIK TACHER JAIME En el expediente 209/2014, relativo al juicio ORAL MERCANTIL seguido por COMPAÑIA VIDRIERA, S.A. DE C.V. en contra de KONIK TACHER JAIME, el ciudadano Juez Quinto de lo Civil de Proceso Oral ordenó emplazar por edictos a KONIK TACHER JAIME, los cuales deberán publicarse por TRES VECES CONSECUTIVAS, en el periódico DIARIO IMAGEN, para que dentro del término de TREINTA DÍAS, término que deberá computarse a partir de la última publicación para que conteste la demanda instaurada en su contra por escrito, bajo el apercibimiento que de no hacerlo se procederá en los términos a que se refiere el artículo 1390 Bis 20 de la legislación mercantil en cita, es decir, se señalará fecha y hora para que tenga verificativo la Audiencia Preliminar, previniendo a la parte demandada para que señale domicilio para oír y recibir notificaciones dentro de esta Ciudad, en el entendido que las notificaciones se le harán conforme lo disponen los artículos 1390 Bis 10 y 1390 Bis 22 del Código Mercantil, quedando las copias de traslado a su disposición en la Secretaría “C” de este Juzgado. México, Distrito Federal, a 16 de octubre del 2014. El C. Secretario de Acuerdos “C”. Lic. Roberto Otero Corona. México, D.F., a 9 de diciembre de 2014 LA C. SECRETARIA DE ACUERDOS “B” RUBRICA LIC. MARIA DE JESUS RAMIREZ LANDEROS. En los autos relativos al JUICIO ESPECIAL HIPOTECARIO, promovido por BANCO NACIONAL DE MÉXICO, S.A. INTEGRANTE DEL GRUPO FINANCIERO BANAMEX ACCIVAL, S.A. DE C.V., en contra de JUAN ALVAREZ SOLIS Y MARIA DE LOURDES SUAREZ ANAYA., número de expediente 1246/2012, el C. JUEZ CUADRAGÉSIMO CUARTO DE LO CIVIL DEL DISTRITO FEDERAL, señaló las NUEVE HORAS CON TREINTA MINUTOS DEL DÍA CUATRO DE FEBRERO DEL DOS MIL QUINCE, para que tenga verificativo la AUDIENCIA DE REMATE EN PRIMERA ALMONEDA DEL BIEN INMUEBLE HIPOTECADO, CONSISTENTE EN EL DEPARTAMENTO CINCO, DEL CONDOMINIO SOBRE LA FINCA NÚMERO CIENTO OCHENTA Y UNO, DE LA CALLE JOSÉ F. GUTIÉRREZ, COLONIA ÁNGEL ZIMBRÓN, DELEGACIÓN AZCAPOTZALCO, DISTRITO FEDERAL, sirviendo de base para el remate la cantidad de $715,000.00 (SETECIENTOS QUINCE MIL PESOS 00/100 M.N.) precio del avalúo más alto rendido en autos, por lo que se deberá convocar postores mediante edictos, los cuales deberán ser publicados por DOS VECES, en los tableros de avisos de este juzgado, así como en los de la TESORERÍA DEL DISTRITO FEDERAL y en el periódico “DIARIO IMAGEN”, debiendo MEDIAR ENTRE UNA Y OTRA PUBLICACIÓN SIETE DÍAS HÁBILES, Y ENTRE LA ULTIMA Y LA FECHA DEL REMATE, IGUAL PLAZO, siendo postura l egal la que cubra las dos terceras partes de dicha cantidad. Quedando a disposición de los posibles postores los autos en la SECRETARIA “B” DEL JUZGADO CUADRAGÉSIMO CUARTO CIVIL DEL DISTRITO FEDERAL, para efectos de su consulta.C. SECRETARIO DE ACUERDOS. RUBRICA LIC. JOSE MANUEL PEREZ LEON. AL CALCE UN SELLO CON EL ESCUDO NACIONAL QUE DICE ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL DISTRITO FEDERAL. AL CALCE UN SELLO CON EL ESCUDO NACIONAL QUE DICE ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL DISTRITO FEDERAL. EDICTO AL CALCE UN SELLO CON EL ESCUDO NACIONAL QUE DICE ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL DISTRITO FEDERAL. JUZGADO 52o. CIVIL SECRETARIA: “A” EXPEDIENTE. 1207/2009 JUZGADO: VIGÉSIMO TERCERO DE LO CIVIL EXP. NUM. 407/2013 SECRETARÍA “A” “INDICADORES SOBRE DERECHO A UN JUICIO JUSTO. NUESTRO TRIBUNAL LÍDER EN MÉXICO Y EL MUNDO”. - - - En los autos del juicio ESPECIAL HIPOTECARIO, promovido por HSBC MÉXICO, S.A. INSTITUCIÓN DE BANCA MÚLTIPLE, GRUPO FINANCIERO HSBC, ANTES BANCO INTERNACIONAL, S.A., INSTITUCIÓN DE BANCA MÚLTIPLE, GRUPO FINANCIERO BITAL, EN CONTRA DE CÉSAR AVILA MONTES el C. Juez Vigésimo Tercero de lo Civil del Distrito Federal, dicto un auto que a la letra dice:——————————- - - En la Ciudad de México, Distrito Federal, SIENDO LAS ONCE HORAS DEL DÍA SEIS DE NOVIEMBRE DE DOS MIL CATORCE, (ESTRACTO DE AUDIENCIA).———— - - - EL C. JUEZ DECLARÓ ABIERTA LA PRESENTE AUDIENCIA. Y toda vez que no comparecen los interesados, a la presente audiencia, se señalan las DIEZ HORAS DEL DÍA DIECISÉIS DE FEBRERO DEL DOS MIL QUINCE, la fecha señalada se fija atendiendo a las labores del Juzgado, y a las cargas con las que cuenta, así como al orden cronológico que se lleva en la Agenda de Audiencias correspondiente a la Secretaría “A”, para que tenga lugar la continuación de la audiencia de ley en este juicio, debiéndose preparar las pruebas en los términos ordenados en actuaciones, para los efectos legales a que haya lugar.———— —————- - - OTRO AUTO MAS.————————- - - MÉXICO, DISTRITO FEDERAL, A TRES DE NOVIEMBRE DEL DOS MIL CATORCE. (ESTRACTO DE AUTO).——————— - - - Agréguese a sus autos el escrito presentado por la PARTE ACTORA POR CONDUCTO DE SU APODERADO LEGAL, téngase por hechas las manifestaciones que indica, se aclara el auto de fecha veintiocho de octubre del año en curso, en su parte conducente, que dice “…se ordena la elaboración de los edictos correspondientes para la publicación de los puntos resolutivos…”; siendo correcto que diga “…se ordena la elaboración de los edictos correspondientes para la publicación del auto de fecha veintiuno de agosto del año en curso…”, aclaración que se hace, para los efectos legales a que haya lugar.—————————- - - OTRO AUTO MAS.——————- - - MÉXICO, DISTRITO FEDERAL, A VEINTIOCHO DE OCTUBRE DEL DOS MIL CATORCE. (ESTRACTO DE AUTO).——————— - - - SE ORDENA LA ELABORACIÓN DE LOS EDICTOS CORRESPONDIENTES PARA LA PUBLICACIÓN DE LOS PUNTOS RESOLUTIVOS, MISMOS QUE DEBERÁN PUBLICARSE POR DOS VECES DE TRES EN TRES DÍAS EN EL PERIÓDICO “DIARIO IMAGEN”.——— - - - OTRO AUTO MAS.——————— - - - MÉXICO, DISTRITO FEDERAL, A VEINTIUNO DE AGOSTO DEL DOS MIL CATORCE. (ESTRACTO DE AUTO).——————— “JUZGADO 68 CIVIL. AV. FRAY SERVANDO T. MIER 32 PISO 3 CENTRO. DELEGACIÓN CUAUHTEMOC” EDICTO DE REMATE JUZGADO QUINTO DE LO CIVIL DE PROCESO ORAL EN LOS AUTOS DEL JUICIO ESPECIAL HIPOTECARIO, PROMOVIDO POR SOCIEDAD HIPOTECARIA FEDERAL, S.N.C. INSTITUCIÓN DE BANCA DE DESARROLLO, EN SU CARÁCTER DE FIDUCIARIO SUSTITUTO EN EL FONDO DE OPERACIÓN Y FINANCIAMIENTO BANCARIO A LA VIVIENDA (FOVI) EN CONTRA DE PAULA ESTHER ABRAJAN RIVERA DE RODRIGUEZ Y JOAQUIN RODRIGUEZ BAUTISTA, LA C. JUEZ TRIGÉSIMO TERCERO DE LO CIVIL ORDENO EN EL SÉPTIMO PUNTO RESOLUTIVO DE SENTENCIA DEFINITIVA DE FECHA VEINTISÉIS DE MAYO DEL DOS MIL CATORCE, De conformidad con el artículo 639 del Código de Procedimientos Civiles, publicar los resolutivos de la SENTENCIA DEFINITIVA QUE A LA LETRA DICEN::—- México Distrito Federal, a veintiséis de mayo del dos mil catorce.—- VISTOS, los autos del Juicio ESPECIAL HIPOTECARIO promovido por SOCIEDAD HIPOTECARIA FEDERAL, S.N.C. INSTITUCIÓN DE BANCA DE DESARROLLO, EN SU CARÁCTER DE FIDUCIARIO SUSTITUTO EN EL FONDO DE OPERACIÓN Y FINANCIAMIENTO BANCARIO A LA VIVIENDA (FOVI), en contra de PAULA ESTHER ABRAJAN RIVERA DE RODRIGUEZ Y JOAQUIN RODRIGUEZ BAUTISTA, bajo el número expediente 8/08 para dictar sentencia definitiva, y... RESUELVE PRIMERO.- Ha sido procedente la VIA ESPECIAL HIPOTECARIA, en la que la parte Actora acredito su acción y los demandados se constituyeron en rebeldía.—- SEGUNDO.- Se condena a los demandados al pago de la cantidad de $88,231.00 (ochenta y ocho mil doscientos treinta y un pesos 00/100 M.N.) por concepto de suerte principal importe que deriva por concepto de adeudo de capital en términos del contrato base de la acción.—- TERCERO.- Se condena a la parte demandada al pago de la cantidad de $44,602.41 (cuarenta y cuatro mil seiscientos dos pesos 41/100 M.N.) por concepto de erogaciones vencidas pactadas y no pagadas, y no a las que se sigan generando en virtud de que reclama la totalidad del crédito, en términos del presente fallo.—- CUARTO.- Se condena a la parte demandada al pago por concepto de intereses ordinarios, vencidos, pactados y no pagados, y los que se sigan generando hasta la total liquidación de adeudo, en términos del contrato base de la acción previo incidente que lo regule y lo apruebe en términos del presente fallo.—- QUINTO.- Se condena a la parte demandada al pago de la pena convencional pactada en el penúltimo párrafo de la cláusula decima séptima del contrato base de la acción previo el incidente que lo regule y lo apruebe.—- SEXTO.- Se absuelve a la parte demandada a las prestaciones marcadas con los incisos D, E, F, G, H Y J, en términos del presente fallo.-- SÉPTIMO.- De conformidad con lo establecido en el artículo 639 del Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal, se ordena que los puntos resolutivos de la presente sentencia, deberán, publicarse dos veces de tres en tres día, en el periódico DIARIO IMAGEN, lo anterior en términos del considerando que antecede.—- OCTAVO.-Encontrándose el presente asunto en lo que dispone el artículo 140 fracción III del Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal, se condena a la demandada al pago de los gastos y costas originados en el presente juicio, en términos del presente fallo, previa regulación que se haga en ejecución de sentencia previo el incidente respectivo.—- NOVENO.- En caso de que la parte demandada no haga pago de las prestaciones liquidas a que a sido condenado en los resolutivos que anteceden dentro del término de CINCO DÍAS a partir de que la presente cause ejecutoria, procédase al remate en pública subasta del bien hipotecado, y con su producto páguese a la Actora la prestaciones reclamadas.- -NOTIFIQUESE-ASI.- Definitivamente lo resolvió firma la C. Juez Trigésimo Tercero de lo Civil Licenciada ELVIRA CARVAJAL RUANO, ante su Secretaria de Acuerdos “B” Licenciada MARIA DE JESUS RAMIREZ LANDEROS, quien autoriza y da fe,- DOY FE.—- En los autos del juicio ESPECIAL HIPOTECARIO, seguido ante este Juzgado por HIPOTECARIA NACIONAL, S.A. DE C.V., SOCIEDAD FINANCIERA DE OBJETO MÚLTIPLE, ENTIDAD REGULADA, GRUPO FINANCIERO BBVA BANCOMER, en contra de GABRIEL ANTONIO BORRALES JIMÉNEZ, se ordenó sacar a REMATE en PRIMERA Y PÚBLICA ALMONEDA el inmueble ubicado en: LOTE DE TERRENO URBANO MARCADO CON EL NÚMERO OCHO, MANZANA VEINTIDÓS, UBICADO EN LA CALLE LA GUARACHA, DEL CONJUNTO DENOMINADO “MONTE REAL RESIDENCIAL”, CON CLAVE CATASTRAL NÚMERO 401-003-372008, DEL PLANO OFICIAL DE SAN JOSÉ DEL CABO, BAJA CALIFORNIA SUR, por medio de EDICTOS que se publicarán por DOS VECES, en la inteligencia que entre las publicaciones respectivas deberán mediar entre una y otra publicación SIETE DÍAS HÁBILES y entre la última publicación y la fecha de remate igual plazo, en los tableros de avisos de este juzgado, en los de la Tesorería del Distrito Federal, y en el periódico DIARIO IMAGEN. Siendo el precio del avalúo único rendido por el perito designado por la parte actora, por la cantidad de $890,000.00 (OCHOCIENTOS NOVENTA MIL PESOS 00/100 M.N.), sirviendo como postura legal la que cubra las dos terceras partes de la cantidad antes señalada y para tomar parte en la subasta, deberán los licitadores consignar previamente ante este juzgado billete de depósito por el 10% (diez por ciento) del valor del bien embargado, sin cuyo requisito no serán admitidos. Se señalan LAS DIEZ HORAS DEL DÍA CUATRO DE FEBRERO DE DOS MIL QUINCE, para que tenga verificativo dicha audiencia. SE CONVOCAN POSTORES México, D.F., a 13 de octubre del 2014. LA SECRETARIA DE ACUERDOS DEL JUZGADO QUINCUAGÉSIMO SEGUNDO CIVIL DEL DISTRITO FEDERAL. LIC. MARGARITA ALVARADO ROSAS EXP. 1004/2011 México, D.F., a 13 de noviembre del 2014 EDICTO A: INMOBILIARIA TULYEHUALCO IXTAPALAPA S.A. En los autos del Juicio ORDINARIO CIVIL promovido por URBAN HERNANDEZ GERARDO en contra de RAUL DIAZ LEZAMA Y OTROS, la JUEZA SEXAGÉSIMO OCTAVO DE LO CIVIL DEL DISTRITO FEDERAL; AT E N TAM E N T E México, Distrito Federal, a seis de noviembre de dos mil catorce.————————Agréguese sus autos el escrito de cuenta de la parte actora GERARDO URBAN HERNÁNDEZ, y a fin de evitar futuras nulidades y tomando en consideración que de los codemandados RAÚL DÍAZ LEZAMA, SILVIA LOO DE DÍAZ, CARMIE INMOBILIARIA, S.A. e INMOBILIARIA TULYEHUALCO IXTAPALAPA S.A., a éste último se le emplazó por edictos, y en términos de lo dispuesto por el artículo 639 del Código de Procedimientos Civiles, los autos que ordenen que un negocio se reciba a prueba o señalen días para la audiencia de pruebas y alegatos, además de notificarse por Boletín Judicial se publicaran dos veces, de tres en tres días, en el mismo Boletín o en el periódico local que indique el juez tratándose los presentes autos de los casos previstos en la fracción II del artículo 122 del propio ordenamiento legal, deberá a publicarse el auto que ordena la apertura del juicio a prueba dictado en la audiencia previa y de conciliación de fecha treinta de septiembre del presente año en el Boletín Judicial, así como en el periódico “DIARIO IMAGEN”.- Notifíquese.- Lo proveyó y firma la C. Juez Licenciada Marta Alicia Cuevas Nava ante la C. Secretaria de Acuerdos Licenciada Alejandrina Arceo Hughes. Doy fe. MÉXICO, D.F. A 11 DE NOVIEMBRTER DEL 2014. LA C. SECRETARIA DE ACUERDOS “A” LIC. LOURDES REGINA GERMAN. ATENTAMENTE LA C. SECRETARIA DE ACUERDOS “B”. LIC. ALEJANDRINA ARCEO HUGHES. - - -señalan las ONCE HORAS DEL DIA SEIS DE NOVIEMBRE DEL AÑO EN CURSO, MEDIANTE ESTE PROVEIDO QUEDA CITADA EL DEMANDADO, para que en forma personal y no por conducto de apoderado comparezcan en la fecha señalada a absolver las posiciones que se le formulen y se califiquen de legales, con el apercibimiento que de no hacerlo se les tendrá por confeso de las mismas con fundamento en lo dispuesto por el artículo 322 fracción I del Código de Procedimientos Civiles para los efectos legales a que haya lugar... - - - - - -
© Copyright 2024