Actualmente ya casi no hay noviazgos Dato

Edictos
DIARIOIMAGEN
Lunes 16 de febrero de 2015
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EDICTOS, AVISOS JUDICIALES, NOTARIALES, DICTÁMENES Y CONVOCATORIAS
AL CALCE UN SELLO CON EL ESCUDO NACIONAL QUE DICE ESTADOS UNIDOS MEXICANOS,
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL DISTRITO FEDERAL.
“AÑO DE LA CONSOLIDACIÓN DE LA JUSTICIA ORAL”
AL CALCE UN SELLO CON EL ESCUDO NACIONAL QUE DICE ESTADOS UNIDOS
MEXICANOS, TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL DISTRITO FEDERAL.
JUZGADO 15º CIVIL
SECRETARIA “B”
EXPEDIENTE NÚMERO 486/2013
JUZGADO NOVENO FAMILIAR.
SECRETARIA “B”
EXPEDIENTE 358/2014
EDICTO
México, D.F., a 08 de enero de 2015.
LA C. SECRETARIA CONCILIADORA EN FUNCIONES
SECRETARIA DE ACUERDOS “B” POR MINISTERIO DE LEY
LIC. ROSARIO BALLESTEROS URIBE.
AL CALCE UN SELLO CON EL ESCUDO NACIONAL
QUE DICE ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, TRIBUNAL
SUPERIOR DE JUSTICIA DEL DISTRITO FEDERAL.
EDICTOS
JUZGADO CUADRAGÉSIMO PRIMERO DE LO CIVIL
SE CONVOCAN POSTORES
En los autos del juicio ESPECIAL HIPOTECARIO promovido por MAQUINARIA EFECTIVA, S.A. DE C.V. en
contra de FLORES HERNANDEZ MARIA DE LOURDES
expediente número 1344/2009, secretaria B, En cumplimiento
a lo ordenado por auto de fecha seis de octubre de dos mil catorce y diecinueve de enero de dos mil quince que en su parte
conducente dicen. ...” agréguese a sus autos el escrito de cuenta
presentado por el apoderado legal de la parte actora “...” y
como lo solicita con apoyo en los artículo 511, 566, 567, 570,
572 y demás relativos del Código de Procedimientos Civiles
se ordena sacar a Pública Subasta respecto del bien inmueble
hipotecado consistente en el ubicado en: el Departamento
numero trescientos cuatro, modulo dos, edificio “B” del
Conjunto en Condominio denominado Margaritas, actualmente identificado con el numero oficial Ciento Once
de la calle Manuel Álvarez, Colonia Juan Escutia, Delegación Iztapalapa en México, Distrito Federal, con la superficie, medidas y linderos descritos en la Escritura Pública
base de la acción, “(...)” debiéndose convocar postores por
medio de edictos que se publicarán en los Tableros de Avisos
del Juzgado, en los de la Tesorería del Distrito Federal y el
Periódico Diario Imagen, por dos veces, debiendo mediar entre
una y otra publicación siete días hábiles y entre la última y la
fecha de remate, igual plazo, sirviendo de base para el remate
la cantidad de $440,000.00 (CUATROCIENTOS CUARENTA MIL PESOS 00/100 MONEDA NACIONAL), siendo
postura legal la que cubra las dos terceras partes de dicha cantidad y para intervenir en la subasta, los licitadores deberán
consignar previamente a este Juzgado, mediante billete de depósito una cantidad igual al diez por ciento del valor del bien
que sirve de base para el remate, sin cuyo requisito no serán
admitidos, “...”, Notifíquese.- “...México Distrito Federal a
diecinueve de enero del año dos mil quince. Agréguese a sus
autos el escrito de cuenta presentado por el apoderado legal
de la parte actora a quien se le tiene por hechas las manifestaciones que hace valer, como lo solicita y para que tenga verificativo la diligencia de REMATE EN PRIMERA ALMONEDA ordenada mediante el proveído de fecha seis de octubre
del año en curso, se señalan las ONCE HORAS DEL DIA
DIEZ DE MARZO DEL AÑO DOS MIL QUINCE, debiéndose preparar como se encuentra ordenado en el proveído
en cita, “(...)”.- Notifíquese.- Lo proveyó y firma la C. Juez
Cuadragésimo Primero de lo Civil en el Distrito Federal, Licenciada ANA MERCEDES MEDINA GUERRA, ante su C.
Secretario de Acuerdos “B”, Licenciado GILBERTO EDMUNDO OVANDO CAMACHO, que da fe. DOY FE.
MÉXICO, D.F. a 20 de Enero de 2015.
SECRETARIO DE ACUERDOS “B”
LICENCIADO GILBERTO EDMUNDO
OVANDO CAMACHO
“INDICADORES SOBRE DERECHO A UN
JUICIO JUSTO. NUESTRO TRIBUNAL LÍDER
EN MÉXICO Y EL MUNDO”.
E D I C T O.
En los autos del Juicio ORDINARIO CIVIL promovido por FRAUSTO PÉREZ MARÍA DE LOURDES, en contra
de FAUSTO ÁLVAREZ FRAUSTO, expediente número 486/2013 el C. Juez Décimo Quinto de lo Civil, dictó una
sentencia definitiva que en lo conducente dice: - - - - - - - - México, Distrito Federal, a nueve de diciembre de dos mil catorce. - - - - - - -V I S T O S, los autos del juicio ORDINARIO CIVIL promovido por FRAUSTO PÉREZ MARÍA DE LOURDES,
en contra de FAUSTO ÁLVAREZ FRAUSTO, EXP. 496/13 para dictar SENTENCIA DEFINITIVA y; - - - - - —————————- R E S U E L V E ————————————
- - - PRIMERO: Ha sido procedente la vía elegida para la solución del presente asunto en el que la actora FRAUSTO
PÉREZ MARÍA DE LOURDES acreditó su acción en rebeldía del demandado FAUSTO ÁLVAREZ FRAUSTO,
en consecuencia;———————
- - - SEGUNDO: Se condena al demandado FAUSTO ÁLVAREZ FRAUSTO al cumplimiento del contrato de compraventa celebrado entre la actora FRAUSTO PÉREZ MARÍA DE LOURDES en su carácter de compradora y el
señor FAUSTO ÁLVAREZ FRAUSTO, en su carácter de vendedor de fecha quince de diciembre de dos mil diez,
respecto del predio identificado como el lote de terreno marcado con el número 12, de la manzana 122 de la Colonia
Maravillas, de Ciudad Nezahualcóyotl, Estado de México, actualmente denominado Calle 33 número 7, Colonia
Maravillas, en Ciudad Nezahualcóyotl, Estado de México, para todos los efectos legales procedentes. - - - - - - - - - - TERCERO: Se condena al demandado FAUSTO ÁLVAREZ FRAUSTO a otorgar y firmar la escritura pública
de propiedad a favor de la actora FAUSTO ÁLVAREZ FRAUSTO respecto del contrato de compraventa celebrado
entre las partes respecto del inmueble materia del juicio, ante el Notario Público que la actora designe en el entendido
de que dicho fedatario deberá devolver el expediente, haciendo saber si se encuentra elaborada la escritura para su
otorgamiento y hecho lo anterior se fija el término de CINCO DÍAS para el efecto que el demandado comparezca a
la firma de la escritura respectiva, previa notificación personal a la enjuiciada que se practique por conducto del funcionario del Juzgado al que se le encomiende dicha notificación, apercibida que en caso de no comparecer a dicha
firma, el Suscrito procederá a firmarla en su rebeldía. - - - - - - - - - - - - - CUARTO.- No se hace especial condena en gastos y costas. - - — - - - - - - - - QUINTO:- NOTIFÍQUESE. - ----- - - SEXTO.- Publíquese por dos veces de tres en tres días, los puntos resolutivos de la presente sentencia en el
periódico DIARIO IMAGEN. - - - - - - - - - - A S I, DEFINITIVAMENTE juzgando, lo resolvió y firma el C. Juez Décimo Quinto de lo Civil, Maestro
Alejandro Rivera Rodríguez ante la C. Conciliadora en funciones de Secretaria de Acuerdos “B” por Ministerio de
Ley, Licenciada Rosario Ballesteros Uribe, con quien actúa y da fe. Doy fe. -—- - - - - - - - - - - - - - - OTRO AUTO- - - - - - - - - - - - - - México Distrito Federal, a seis de Enero de dos mil quince. - - - - - - - - - - Dada nueva cuenta con los presentes autos, se procede a enmendar la sentencia definitiva de fecha nueve de diciembre de dos mil catorce, en la que considerando VII renglón ocho y nueve dice dieciséis de noviembre del año
dos mil ocho, debe decir quince de diciembre de dos mil diez, en el resolutivo tercero renglón tres dice FAUSTO
ÁLVAREZ FRAUSTO debe decir FRAUSTO PÉREZ MARÍA DE LOURDES. Lo anterior resulta así en virtud
de que no se trata de una contradicción, sino un error involuntario, el cual no altera la esencia de la resolución.
Enmienda que forma parte integrante e inseparable de dicha resolución.- Notifíquese.- Lo proveyó y firma el C. Juez
Décimo Quinto de lo Civil, Maestro Alejandro Rivera Rodríguez ante la C. Secretaria de Acuerdos “A” Licenciada
Hermelinda Moran Resendis, con quien actúa y da fe.- DOY FE.- -
AL CALCE UN SELLO CON EL ESCUDO
NACIONAL QUE DICE ESTADOS
UNIDOS MEXICANOS,
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA
DEL DISTRITO FEDERAL.
En el juicio ORDINARIO CIVIL, PERDIDA DE LA PATRIA POTESTAD, promovido por NEIRA
GARAVITO TAMARA en contra de CRISTIAN MAURICIO CASTILLO LABASTIDA, con
número de expediente 358/2014; la C. Juez Interina del conocimiento dicto un auto:
EDICTO
EMPLAZAMIENTO.
En los autos del juicio ESPECIAL HIPOTECARIO promovido REFACCIONARIA Y
APOYO ECONÓMICO, S.A. DE C.V., en
contra SARAH LYDIA DENISE RANTZ CEPEDA E ISAAC DANIEL PÉREZ CORTES,
expediente número 580/2014, el C. Juez Décimo Quinto de lo Civil, por auto de fecha
veintinueve de octubre del año en curso, ordeno
emplazar a los codemandados SARAH LYDIA
DENISE RANTZ CEPEDA E ISAAC DANIEL PÉREZ CORTES, en términos del auto
de fecha ocho de julio del año en curso, por
medio de edictos los que se deberán publicarse
por TRES VECES DE TRES EN TRES DÍAS,
en el BOLETÍN JUDICIAL y en el periódico
“EL DIARIO IMAGEN” haciéndole saber que
deberá presentarse dentro del término de SESENTA DÍAS a contestar la demanda instaurada en su contra y que se encuentran a su disposición las copias de traslado correspondientes
en la Secretaria “B” dejándose sin efectos el
término que se señaló en el auto admisorio.
México, D.F., a 20 de noviembre de 2014.
LA C. SECRETARIA CONCILIADORA EN
FUNCIONES
SECRETARIA DE ACUERDOS “B” POR
MINISTERIO DE LEY
LIC. ROSARIO BALLESTEROS URIBE.
JUZGADO SEXAGÉSIMO TERCERO DE LO
CIVIL EN EL DISTRITO FEDERAL
EDICTO.
México, Distrito Federal. A veintisiete de octubre del año dos mil catorce.
—-A sus autos el escrito de la parte actora por conducto de su apoderado legal HECTOR ADOLFO
CASADOS por hechas las manifestaciones a que se contrae y como se solicita, publíquense
EDICTOS en el Boletín Judicial y en el periódico denominado IMAGEN, por TRES VECES
de TRES en TRES DÍAS, debiendo mediar entre cada publicación DOS DIAS HÁBILES, haciéndole saber al señor CRISTIAN MAURICIO CASTILLON LABASTIDA la demanda que
existe en su contra, y que deberá presentarse dentro del término de VEINTE DÍAS a partir del
última publicación, al local de este Juzgado a fin de correrle traslado, quedando a su disposición
en la Secretaria las copias simples de traslado; aunado a lo anterior, se le hace saber que posterior
a los quince días ya señalados, cuenta con quince días para producir su contestación a la demanda
indicada, apercibido, que de no hacerlo, así, se le tendrá por contestada en sentido negativo, de
conformidad a lo dispuesto por el artículo 271 del Código Procesal de la Materia. México, Distrito
Federal a trece de marzo del año dos mil catorce.- Se tiene a TAMARA NEIRA GARAVITO
por conducto de su apoderado legal HECTOR ADOLFO CASADOS GUTIERREZ quien
acredita su personalidad en términos del poder notarial expedido por el Notario Público 9 y del
Patrimonio Inmobiliario Federal en Cuernavaca, Morelos; personalidad que se le reconoce para
los efectos legales conducentes solicitando en la VIA ORDINARIA CIVIL de CRISTIAN MAURICIO CASTILLON LABASTIDA y a efecto de que el suscrito proceda al estudio de su
competencia previamente se deberá solicitar a los C.C. REPRESENTANTES del REGISTRO
FEDERAL ELECTORAL, IMSS y del ISSSTE, COMISION FEDERAL DE ELECTRICIDAD
(COMO USUARIO), TELEFONOS DE MEXICO S.A.B. (COMO USUARIO), para que en el
término de OCHO DÍAS informen si en sus registros se encuentra el domicilio de CRISTIAN
MAURICIO CASTILLON LABASTIDA insertándose la CURP del mencionado
CALC810219HDFSBR00, --México, Distrito Federal a veintisiete de febrero del año dos mil catorce.—-Con el escrito de cuenta y anexos que se acompañan, fórmese expediente y regístrese
en el Libro de Gobierno con el número que le corresponde.- A efecto de acordar lo conducente
deberá el promovente señalar el RFC o CURP de CRISTIAN MAURICIO CASTILLON LABASTIDA a efecto de girar los oficios de estilo correspondientes para conocer el último domicilio
del mencionado, también deberá de promover en la vía ORDINARIA CIVIL por corresponder al
presente juicio, lo que deberá de desahogar dentro del término de CINCO.-LA C. SECRETARIA DE ACUERDOS “B”
LIC. MARIA DE LOURDES FLORES MARTINEZ
AL CALCE UN SELLO CON EL ESCUDO
NACIONAL QUE DICE ESTADOS UNIDOS
MEXICANOS, TRIBUNAL SUPERIOR DE
JUSTICIA DEL DISTRITO FEDERAL.
JUZGADO PRIMERO DE LO CIVIL
“INDICADORES SOBRE DERECHO A
UN JUICIO JUSTO. NUESTRO
TRIBUNAL LÍDER EN MÉXICO
Y EL MUNDO”.
JUZGADO 15º CIVIL
SECRETARIA “B”
EXPEDIENTE NÚMERO 580/2014
AL CALCE UN SELLO CON EL ESCUDO
NACIONAL QUE DICE ESTADOS UNIDOS
MEXICANOS, TRIBUNAL SUPERIOR DE
JUSTICIA DEL DISTRITO FEDERAL.
EDICTO DE REMATE.
SE CONVOCAN POSTORES.
EN LOS AUTOS DEL EXPEDIENTE
1329/10, RELATIVO AL JUICIO ORDINARIO CIVIL, PROMOVIDO POR REYNOSO
AHUATZIN REMEDIOS GERMAN, EN
CONTRA DE JORGE REYNOSO AUHATZIN SU SUC. LA C. JUEZ PRIMERO DE LO
CIVIL, MEDIANTE EL PROVEÍDO DE AUDIENCIA DE FECHA VEINTE DE ENERO
DEL AÑO DOS MIL QUINCE, ORDENÓ
SACAR A REMATE EN SEGUNDA ALMONEDA, EL INMUEBLE UBICADO EN
AVENIDA EUGENIA 1653 Local 1, Colonia
Vértiz Narvarte, Delegación Benito Juárez
C.P. 03600 México Distrito, TENIÉNDOSE
COMO PRECIO DEL INMUEBLE LA CANTIDAD UN MILLON OCHENTA Y NUEVE
MIL SEISCIENTOS PESOS 00/100 M.N.,
MISMA QUE SE OBTIENE DE REBAJAR
EL VEINTE POR CIENTO AL VALOR QUE
SIRVIO COMO PRECIO DEL INMUEBLE
PARA LA PRIMERA ALMONEDA SIRVIENDO COMO POSTURA LEGAL AQUELLA QUE CUBRA LAS DOS TERCERAS
PARTES DEL PRECIO ANTES CITADO, SEÑALÁNDOSE LAS DIEZ HORAS DEL
DÍA DIEZ DE MARZO DEL AÑO DOS
MIL QUINCE, PARA QUE SE LLEVE A
CABO LA SUBASTA PÚBLICA EN EL LOCAL DE ÉSTE JUZGADO, DEBIENDO LOS
LICITADORES PARA TOMAR PARTE EN
LA SUBASTA, CONSIGNAR PREVIAMENTE MEDIANTE BILLETE DE DEPÓSITO,
UNA CANTIDAD IGUAL AL DIEZ POR
CIENTO EFECTIVO DEL VALOR QUE SIRVE DE BASE PARA EL REMATE, SIN CUYO REQUISITO NO SERÁN ADMITIDOS.
EL C. SECRETARIO DE ACUERDOS
LIC. VICTOR MANUEL
SILVEYRA GOMEZ
En cumplimiento a lo ordenado por auto de fecha veintiocho de noviembre del año dos mil catorce, dictado
en los autos del juicio ORDINARIO CIVIL, promovido
por OLVERA FLORES ENRIQUE, en contra de CORRERO GALVAN ELISA AIDA, Expediente 925/2013,
Secretaría “A”, El C. Juez Sexagésimo Tercero de lo
Civil en el Distrito Federal, ordenó la publicación de
los puntos resolutivos de la Sentencia Definitiva de
fecha ocho de octubre del dos mil catorce mismos que
a la letra dicen: PRIMERO.- Este juzgador es competente para conocer del presente asunto. SEGUNDO.Ha sido procedente la vía intentada en donde el actor
no probó su interés jurídico ni legitimación activa por
consiguiente, al no probar el interés jurídico de la promovente, el asunto quedó sin materia por lo que hace
a la acción intentada, y no se entró al fondo del asunto.
TERCERO.- NO se condena a la actora al pago de
gastos y costas, con fundamento en el artículo 140
del Código de Procedimientos Civiles. CUARTO.Se ordena hacer la publicación de los puntos resolutivos
del presente fallo, por medio de edictos por DOS VECES DE TRES EN TRES DÍAS, en el periódico “DIARIO IMAGEN” y en el Boletín Judicial, con fundamento
en el artículo 639 del Código de Procedimientos Civiles.
A S I, DEFINITIVAMENTE Juzgándolo resolvió y
firma el C. Juez Sexagésimo Tercero de lo Civil, Licenciado MIGUEL ANGEL ROBLES VILLEGAS,
ante su C. Secretaria de Acuerdos, Licenciada MARÍA
TERESA OROPEZA CASTILLO, con quien actúa, autoriza y da fe. DOY FE.
México, D.F. a 09 de diciembre del 2014.
C. SECRETARIO DE ACUERDOS.
LIC. NESTOR GABRIEL PADILLA SOLORZANO
AL CALCE UN SELLO CON EL ESCUDO NACIONAL QUE DICE ESTADOS UNIDOS
MEXICANOS, TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL DISTRITO FEDERAL.
JUZGADO CUADRAGÉSIMO SÉPTIMO DE LO CIVIL
EDICTO
En los autos del expediente número 554/2014 relativo al juicio ESPECIAL HIPOTECARIO
promovido por BRUDIFARMA, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE en contra
de MEXFARMA, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE Y MARÍA DE LOS ÁNGELES LÓPEZ Y SÁNCHEZ y como MARÍA DE LOS ÁNGELES LÓPEZ SÁNCHEZ. La C.
Juez Cuadragésimo Séptimo de lo Civil del Distrito Federal, por proveído de fecha veintiuno de
noviembre de dos mil catorce, ordenó emplazar por edictos a la codemandada MEXFARMA,
SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, con fundamento en el artículo 122 del
Código de Procedimientos Civiles, los cuales deberán de ser publicados por tres veces, de tres
en tres días debiendo mediar entre cada publicación dos días hábiles, en el Boletín Judicial y
en el periódico “DIARIO IMAGEN”, haciéndole del conocimiento que deberá comparecer a contestar la demanda instaurada en su contra dentro del plazo de CUARENTA DÍAS y señalar domicilio para oír y recibir notificaciones y documentos dentro de la jurisdicción del Distrito Federal,
para lo cual quedan a su disposición las copias simples de traslado en la Secretaría de Acuerdos
“B” del Juzgado Cuadragésimo Séptimo de lo Civil de esta Ciudad, sito en DOCTOR CLAUDIO
BERNARD NÚMERO SESENTA, CUARTO PISO, COLONIA DOCTORES, DELEGACIÓN
CUAUHTEMOC, DISTRITO FEDERAL, apercibida que de no dar contestación a la demanda
se seguirá el juicio en su rebeldía y de no señalar domicilio dentro de esta jurisdicción, se ordenará
que las notificaciones personales le surtan efecto por boletín judicial; asimismo prevéngasele
para que al contestar la demanda, manifieste su consentimiento para publicar sus datos personales,
apercibida que de no hacerlo, se constituirá su negativa, con fundamento en el artículo 25 de la
Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal. En estricto cumplimiento a la circular 06/2012 que a la letra dice: SE HACE DEL CONOCIEMINTO DE LAS
PARTES QUE EL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL DISTRITO FEDERAL, MOTIVADO POR EL INTERÉS DE QUE LAS PERSONAS QUE TIENEN ALGÚN LITIGIO
CUENTEN CON OTRA OPCION PARA SOLUCIONAR SU CONFLICTO, PROPORCIONA
LOS SERVICIOS DE MEDIACIÓN A TRAVÉS DE SU CENTRO DE JUSTICIA ALTERNATIVA, DONDE SE LES ATENDERÁ EN FORMA GRATUITA, LA MEDIACIÓN NO ES
ASESORÍA JURÍDICA, EL CENTRO SE ENCUENTRA UBICADO EN AV. NIÑOS HÉROES
NÚMERO 133, COLONIA DOCTORES, DELEGACIÓN CUAUHTÉMOC, D.F. C.P. 06500.
CON EL TELEFONO 51341100 EXTS. 1460 Y 2362. SERVICIO DE MEDIACIÓN CIVIL
MERCANTIL: 52072584 Y 52083349 mediació[email protected] SERVICIO
DE MEDIACION FAMILIAR: 55142860 Y 55145822 [email protected]
Se hace del conocimiento a la referida enjuiciada que de conformidad con lo ordenado en el
artículo 15 del Reglamento del Sistema Institucional de Archivos del Poder Judicial del Distrito
Federal, una vez trascurrido el término de noventa días naturales siguientes a la publicación
del auto que dé por concluido el asunto, se procederá a la destrucción del expediente, sus cuadernos y los documentos exhibidos. Notifíquese. Lo proveyó y firma la C. Juez MAESTRA GRISELDA MARTINEZ LEDESMA, ante el C. Secretario de Acuerdos Licenciado ROGELIO SAMPERIO ZAVALA con quien actúa y da fe.
EL C. SECRETARIO DE ACUERDOS “B”
LIC. ROGELIO SAMPERIO ZAVALA