20 Edictos DIARIOIMAGEN Miércoles 21 de enero de 2015 EDICTOS, AVISOS JUDICIALES, NOTARIALES, DICTÁMENES Y CONVOCATORIAS AL CALCE UN SELLO CON EL ESCUDO NACIONAL QUE DICE ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL DISTRITO FEDERAL. “INDICADORES SOBRE DERECHO A UN JUICIO JUSTO. NUESTRO TRIBUNAL LÍDER EN MÉXICO Y EL MUNDO”. AL CALCE UN SELLO CON EL ESCUDO NACIONAL QUE DICE ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL DISTRITO FEDERAL. “INDICADORES SOBRE DERECHO A UN JUICIO JUSTO. NUESTRO TRIBUNAL LÍDER EN MÉXICO Y EL MUNDO”. EDICTO Al calce un sello con el Escudo Nacional que dice: Estados Unidos Mexicanos, Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal, México, Juzgado Octavo de lo Civil, Exp: 454/1999, Secretaria “B”. JUZGADO SEXAGÉSIMO SEGUNDO CIVIL JUZGADO VIGÉSIMO SÉPTIMO DE LO CIVIL EDICTO En cumplimiento a lo ordenado el ocho de diciembre de dos mil catorce, dictado en los autos del juicio ESPECIAL HIPOTECARIO, promovido por FLORES CERVANTES VIRGINIA, en contra de GABRIEL IGNACIO VARGAS MADRAZO, JAVIER BASILIO VARGAS MADRAZO y ANA LAURA JAYMES SANCHEZ, expediente número 624/2012, el C. JUEZ SEXAGÉSIMO SEGUNDO CIVIL del Distrito Federal dictó dos autos, que a la letra dicen: En la Ciudad de México, Distrito Federal siendo las diez horas con treinta minutos del día ocho de diciembre de dos mil catorce…para que tenga verificativo la audiencia de REMATE EN PRIMERA ALMONEDA respecto del inmueble hipotecado en autos consistente y ubicado en LOS LOTES MARCADOS CON LOS NÚMEROS TREINTA Y TRES Y TREINTA Y CUATRO, DE LA MANZANA CATORCE, MARCADOS ACTUALMENTE CON LOS NÚMEROS TRESCIENTOS DIECINUEVE Y TRESCIENTOS VEINTIUNO RESPECTIVAMENTE, DE LA CALLE DE TARANGO UBICADOS EN EL FRACCIONAMIENTO “AMPLIACION LAS AGUILAS” COLONIA PROLETARIA “LAS AGUILAS”, DELEGACIÓN ÁLVARO OBREGÓN, DISTRITO FEDERAL, presentes en el local de éste Juzgado el C. Juez Sexagésimo Segundo de lo Civil de éste tribunal, Licenciado RODRIGO CORTES DOMÍNGUEZ TOLEDANO asistido del Secretario de Acuerdos Licenciado Eduardo Benítez García quien autoriza y da fe… se señala para que tenga verificativo la audiencia DE REMATE EN PRIMERA ALMONEDA LAS DOCE HORAS DEL DÍA TRES DE FEBRERO DE DOS MIL QUINCE, debiéndose de preparar en los términos ordenados en el proveído de cinco de agosto de dos mil catorce y en el periódico “DIARIO IMAGEN”. el C. Juez Licenciado Rodrigo Cortes Domínguez Toledano, y el C. Secretario de Acuerdos Licenciado Eduardo Benítez García que da fe. OTRO AUTO: México, Distrito Federal, a cinco de agosto de dos mil catorce…para que tenga verificativo la audiencia de REMATE EN PRIMERA ALMONEDA respecto del bien inmueble consistente en LOS LOTES MARCADOS CON LOS NÚMEROS TREINTA Y TRES Y TREINTA Y CUATRO, DE LA MANZANA CATORCE, MARCADOS ACTUALMENTE CON LOS NÚMEROS TRESCIENTOS DIECINUEVE Y TRESCIENTOS VEINTIUNO RESPECTIVAMENTE, DE LA CALLE DE TARANGO UBICADOS EN EL FRACCIONAMIENTO “AMPLIACION LAS AGUILAS” COLONIA PROLETARIA “LAS AGUILAS”, DELEGACIÓN ÁLVARO OBREGÓN, DISTRITO FEDERAL…por lo que con fundamento en lo dispuesto en el artículo 570 del Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal, convóquense postores, y se ordena la publicación de edictos que se fijaran por dos veces en los tableros de avisos de este Juzgado en la Tesorería del Distrito Federal, en el periódico “EL ECONOMISTA” debiendo mediar entre una y otra publicación SIETE DÍAS HÁBILES y entre la última y la fecha de remate igual plazo. Sirviendo como base para la subasta la cantidad de $2´881,000.00 (dos millones ochocientos ochenta y un mil pesos 00/100 M.N.), siendo postura legal la que cubra las dos terceras partes, debiendo los postores exhibir mediante billete de deposito por lo menos del diez por ciento del valor del bien a efecto de que intervenga en el remate. NOTIFIQUESE. Lo proveyó y firma el C. Juez Sexagésimo Segundo de lo Civil LICENCIADO RODRIGO CORTES DOMÍNGUEZ TOLEDANO quien actúa ante el C. Secretario de Acuerdos LICENCIADO EDUARDO BENÍTEZ GARCÍA, que autoriza y da fe. DOY FE. MÉXICO, D.F., A 10 DE DICIEMBRE DE 2014. EL SECRETARIO DE ACUERDOS “B” LIC. EDUARDO BENÍTEZ GARCÍA EDICTOS SE CONVOCAN POSTORES EXPEDIENTE 1164/12 SECRETARIA “B” En los autos del juicio ESPECIAL HIPOTECARIO promovido por THE BANK OF NEW YORK MELLON, S.A. INSTITUCION DE BANCA MULTIPLE EN CONTRA DE CARLOS ALBERTO ROJAS GALICIA expediente 1164/12 SECRETARIA “B” LA C. JUEZ VIGESIMO SEPTIMO DE LO CIVIL, LICENCIADA PATRICIA MENDEZ FLORES ordenó sacar en REMATE EN PRIMERA ALMONEDA del bien inmueble, identificado como: CASA ONCE CUADRUPLEX, NÚMERO TRES, SOBRE LA CALLE SIN NOMBRE Y SIN NÚMERO DE LA MANZANA UNO, LOTE CINCO EN LA COLONIA LOS REYES ACAQUILPAN, MUNICIPIO DE LOS REYES LA PAZ, ESTADO DE MÉXICO, TAMBIEN CONOCIDO COMO LOTE CINCO, MANZANA UNO, CONDOMINIO CINCO, CUADRUPLEX 3, VIVIENDA ONCE, FRACCIONAMIENTO VILLAS DE LA PAZ CINCO, UBICADO FRENTE A LA CALLE ZAFIRO, MUNICIPIO DE LOS REYES LA PAZ, DISTRITO DE TEXCOCO, ESTADO DE MÉXICO, para tal efecto se señalan las TRECE HORAS DEL TRES DE FEBRERO DE DOS MIL QUINCE; SIRVIENDO DE BASE PARA LA ALMONEDA LA CANTIDAD DE $441,000.00 (CUATROCIENTOS CUARENTA Y UN MIL PESOS 00/100 M.N.), precio de avalúo exhibido por la actora, en el que se toma de base en términos de lo dispuesto por la fracción II y III del artículo 486 del Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal; sirviendo de base para la almoneda la cantidad antes referida en términos de lo dispuesto por la fracción II del artículo 486 del Código adjetivo invocado y siendo postura legal la que cubra las dos terceras partes de dicho precio, debido los licitadores que quieran participar en la subasta ordenada, exhibir en cualquiera de las formas establecidas por la ley, una cantidad igual a por lo menos el diez por ciento del valor efectivo del bien.- SE CONVOCAN POSTORES. MÉXICO, D.F., a 24 de noviembre de 2014. LA C. SECRETARIA DE ACUERDOS LIC. BARBARA ARELY MUÑOZ MARTINEZ. AL CALCE UN SELLO CON EL ESCUDO NACIONAL QUE DICE ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL DISTRITO FEDERAL. “INDICADORES SOBRE DERECHO A UN JUICIO JUSTO. NUESTRO TRIBUNAL LÍDER EN MÉXICO Y EL MUNDO”. JUZGADO 15º CIVIL SECRETARIA “B” EXPEDIENTE NÚMERO 456/2013 EDICTO En los autos del Juicio ESPECIAL HIPOTECARIO promovido BANCO INVEX, S.A. INSTITUCIÓN DE BANCA MÚLTIPLE, INVEX GRUPO FINANCIERO FIDUCIARIO, EN SU CARÁCTER DE FIDUCIARIO DEL FIDEICOMISO NÚMERO 1301, en contra DÍAZ CASTILLO JOANNA ANAYELI, expediente número 456/2013, el C. Juez Décimo Quinto de lo Civil dicto una sentencia definitiva de fecha diecinueve de septiembre, que en lo conducente dice:-—————— —-México, Distrito Federal, a diecinueve de Septiembre de dos mil catorce.—————-V I S T O S, los autos del juicio ESPECIAL HIPOTECARIO, promovido por BANCO INVEX, S.A. INSTITUCIÓN DE BANCA MÚLTIPLE, INVEX GRUPO FINANCIERO FIDUCIARIO, EN SU CARÁCTER DE FIDUCIARIO DEL FIDEICOMISO NUMERO 1301 en contra de DIAZ CASTILLO JOANNA ANAYELI. 456/2013, para dictar SENTENCIA DEFINITIVA, y————————————————-R E S U E L V E— ———————— -PRIMERO.- Ha sido procedente la vía ESPECIAL HIPOTECARIA en la que la parte actora BANCO INVEX, S.A. INSTITUCIÓN DE BANCA MÚLTIPLE, INVEX GRUPO FINANCIERO FIDUCIARIO, EN SU CARÁCTER DE FIDUCIARIO DEL FIDEICOMISO NÚMERO 1301 acreditó su acción en rebeldía de la demandada DIAZ CASTILLO JOANNA ANAYELI, en consecuencia;————— -SEGUNDO.- Se declara judicialmente el vencimiento anticipado del plazo estipulado para cubrir el importe del crédito otorgado con fecha treinta de octubre de dos mil dos, respecto del contrato de apertura de crédito con interés y garantía hipotecaria para todos los efectos legales procedentes.———————— -TERCERO.- Se condena a la enjuiciada DIAZ CASTILLO JOANNA ANAYELI, a pagar a la parte actora o a quien sus derechos legalmente la represente, la cantidad de 17,742.11 (DIECISIETE MIL SETECIENTAS CUARENTA Y DOS PUNTOS ONCE UNIDADES DE INVERSION), la que deberá ser actualizada al momento de efectuarse el pago y que equivalió a la cantidad de $85,666.96 (OCHENTA Y CINCO MIL SEISCIEN- EN CUMPLIMIENTO AL ARTÍCULO 115 DEL CODIGO DE PROCEDIMIENTOS CIVILES PARA EL DISTRITO FEDERAL, SE HACE DEL CONOCIMIENTO DE LOS INTERESADOS QUE A PARTIR DEL VEINTICINCO DE FEBRERO DE DOS MIL CATORCE, LA TITULAR DE ESTE JUZGADO ES LA LICENCIADA PATRICIA MENDEZ FLORES TOS SESENTA Y SEIS PESOS 96/100 M.N.), por concepto de suerte principal lo que deberá hacer dentro del término de CINCO DÍAS contados a partir del día siguiente a aquel en que se encuentre legalmente firme la presente resolución.——————-CUARTO.- Se condena a la demandada a pagar a la parte actora o a quien sus derechos legalmente la represente la suma de 2,577.05 UDIS (DOS MIL QUINIENTAS SETENTA Y SIETE PUNTO CINCO UNIDADES DE INVERSION), misma que se deberá actualizar el momento de efectuarse el pago, y que al día treinta y uno de octubre de dos mil doce equivalió a la cantidad de $12,443.17 (DOCE MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y TRES PESOS 17/100 M.N.), que se reclama por concepto de mensualidades vencidas mismas que se deberá de cuantificarse en moneda nacional al momento de verificarse el pago, calculadas al día treinta y uno de octubre de dos mil doce, lo que deberá hacer dentro del término de CINCO DIAS, contados a partir de que la presente sentencia sea legalmente ejecutable, más las que se siga generando hasta la total solución del presente juicio y que se regularán en ejecución de sentencia.———————— -QUINTO.- Se condena a la demandada a pagar a la parte actora o a quien sus derechos legalmente la represente la cantidad de 1,050.00 UDIS (UN MIL CINCUENTA UNIDADES DE INVERSION), que al día treinta y uno de octubre de dos mil doce equivalen a la cantidad de $5,069.88 (CINCO MIL SESENTA Y NUEVE PESOS 88/100 M.N.), que se reclama por concepto de comisión por administración misma que se deberá de cuantificarse en moneda nacional al momento de verificarse el pago, calculadas al día treinta y uno de octubre de dos mil doce, lo que deberá hacer dentro del término de CINCO DIAS, contados a partir de que la presente sentencia sea legalmente ejecutable, más la que se siga generando hasta la total solución del presente juicio y que se regularán en ejecución de sentencia.———————— -SEXTO.- Se condena a la demandada a pagar a la parte actora o a quien sus derechos legalmente la represente, la cantidad de 450.00 UDIS (CUATROCIENTAS CINCUENTA UNIDADES DE INVERSION), que al día treinta y uno de octubre de dos mil doce, equivalen a la cantidad de $2,172.80 (DOS MIL CIENTO SETENTA Y DOS PESOS 00/100 M.N.), que se reclama por concepto de gastos de cobranza misma que se deberá de cuantificarse en moneda nacional al momento de verificarse el pago, calculadas al día treinta y uno de octubre de dos mil doce, lo que deberá hacer dentro del termino de CINCO DIAS, contados a partir de que la presente sentencia sea legalmente ejecutable, más las que se sigan generando hasta la total solución del presente juicio y que se regularán en ejecución de sentencia.————————-SÉPTIMO.- Se condena a la demandada a pagar a la parte actora o a quien sus derechos legalmente la represente la cantidad de 324.83 UDIS (TRESIENTOS VEINTICUATRO PUNTO OCHENTA Y TRES UNIDADES DE INVERSION), que al día treinta y uno de octubre de dos mil doce, equivalen a la cantidad de $1,568.41 (UN MIL QUINIENTOS SESENTA Y OCHO PESOS 83/100 M.N.), que se reclama por concepto de intereses moratorios, mismos que deberán de cuantificarse en moneda nacional al momento de verificarse el pago, calculadas al día treinta y uno de octubre de dos mil doce, lo que deberá hacer dentro del término de CINCO DIAS, contados a partir de que la presente sentencia sea legalmente ejecutable, mas las que se sigan generando hasta la total solución del presente juicio y que se regularán en ejecución de sentencia.———————— -OCTAVO.- Se condena a la demandada al pago de los gastos y costas causadas, previa su liquidación en ejecución de sentencia.———————— -NOVENO.-No verificando la deudora el pago de las cantidades que fueron condenados a pagar, hágase trance y remate del bien inmueble hipotecado y con su producto el pago a la acreedora.———————— -DÉCIMO-NOTIFÍQUESE.———————— -DÉCIMO PRIMERO.- Se ordena publicar por dos veces de tres en tres días los puntos resolutivos del presente fallo en el periódico DIARIO IMAGEN.——— ————A S I, DEFINITIVAMENTE juzgando lo resolvió y firma la C. Juez Décimo Quinto de lo Civil Maestro Alejandro Rivera Rodríguez, ante el C. Secretario de Acuerdos, Licenciado Armando Vázquez Nava, con quien actúa y da fe.- Doy fe. México, D.F., a 09 de octubre de 2014. EL C. SECRETARIO DE ACUERDOS “B” LIC. ARMANDO VAZQUEZ NAVA REMATE EN LOS AUTOS DEL JUICIO ESPECIAL HIPOTECARIO, PROMOVIDO POR OLGA LORENA MORAN GARCIA, EN CONTRA DE MIREYA LOPEZ CHAVEZ, EXPEDIENTE NÚMERO 454/1999 SECRETARIA “B”, SECRETARIA “B” EN EL JUZGADO OCTAVO DE LO CIVIL EN EL DISTRITO FEDERAL, OBRAN ENTRE OTRAS CONSTANCIAS DEL AUTO DE FECHA DOS DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL CATORCE, QUE EN LO CONDUCENTE SEÑALA:- “Señaló las DOCE HORAS CON TREINTA MINUTOS DEL DÍA TRES DE FEBRERO DE DOS MIL QUINCE para que tenga verificativo la audiencia de remate en primera almoneda del inmueble ubicado en las CALLES DE NOE NUMERO TREINTA Y CINCO, DEPARTAMENTO TRESCIENTOS UNO (301) Y CUARTO DE SERVICIO ANEXO, COLONIA GUADALUPE TEPEYAC, DELEGACIÓN GUSTAVO A. MADERO, MÉXICO, DISTRITO FEDERAL, con las medidas y colindancias que se detallan en el expediente, debiéndose convocar postores por medio de edictos que se fijaran por dos veces en los tableros de avisos de juzgado y en la Tesorería del Distrito Federal, debiendo mediar entre una y otra publicación siete días hábiles y, entre la última y la fecha del remate igual plazo, y en el periódico “Diario Imagen”, sirviendo de base para el Remate la cantidad $715,000.00 (SETECIENTOS QUINCE MIL PESOS MONEDA NACIONAL) de preció de avalúo, y siendo postura legal el que cubra las dos terceras partes de dicha cantidad o del precio fijado CUATROCIENTOS SETENTA Y SEIS MIL SEISCIENTOS SESENTA Y SEIS PESOS 66/100 MONEDA NACIONAL, lo anterior de conformidad con lo previsto por el articulo 570 y 573 del Código de Procedimientos Civiles, debiendo exhibir los licitadores para tomar parte en la subasta el diez por ciento del avalúo. SUFRAGIO EFECTIVO NO REELECCIÓN. MÉXICO, D.F. A 11 DE DICIEMBRE DEL 2014 DE CONFORMIDAD CON LOS ACUERDOS GENERALES DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA DEL DISTRITO FEDERAL 36-48/. LA C. SECRETARIO CONCILIADOR POR MINISTERIO DE LEY DEL JUZGADO OCTAVO DE LO CIVIL EN EL DISTRITO FEDERAL. RUBRICA LICENCIADO JOSÉ ALFREDO DÍAZ SALAS AL CALCE UN SELLO CON EL ESCUDO NACIONAL QUE DICE ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL DISTRITO FEDERAL. “INDICADORES SOBRE DERECHO A UN JUICIO JUSTO. NUESTRO TRIBUNAL LÍDER EN MÉXICO Y EL MUNDO”. JUZGADO 33º CIVIL. SECRETARIA. “A” EXP. NO. 423/08 EDICTO En los autos del juicio ESPECIAL HIPOTECARIO promovido por HIPOTECARIA NACIONAL, S.A. DE C.V. SOCIEDAD FINANCIERA DE OBJETO LIMITADO, GRUPO FINANCIERO BBVA BANCOMER en contra de MARIA LUISA DIAZ BARRIGA MARROQUIN, la C. Juez Trigésimo Tercero de lo Civil, Maestra ELVIRA CARVAJAL RUANO, ha señalado LAS DIEZ HORAS DEL DIA TRES DE FEBRERO DEL AÑO DOS MIL QUINCE, a fin de que tenga verificativo la audiencia de remate en PRIMERA ALMONEDA respecto del inmueble ubicado en: EL CONJUNTO URBANO DE TIPO HABITACIONAL DE INTERÉS SOCIAL DENOMINADO RANCHO SAN MIGUEL MANZANA 12 LOTE 14 VIVIENDA CASA C. MUNICIPIO CHICOLOAPAN ESTADO DE MÉXICO, con las medidas, linderos y colindancias que se encuentran precisadas en autos, se convocan postores, haciéndoles saber que será postura legal la que cubra las dos terceras partes de la cantidad de TRESCIENTOS SESENTA Y CINCO MIL PESOS 00/100 M.N., precio del avalúo. México D.F., a 26 de noviembre del 2014 LA C. SECRETARIA DE ACUERDOS “A”. MTRA. MARTINA SAULA ARMAS LUNA AL CALCE UN SELLO CON EL ESCUDO NACIONAL QUE DICE ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL DISTRITO FEDERAL. EDICTOS JUZGADO 23º DE LO CIVIL SECRETARIA “A” EXP. 165/2013 EMPLAZAMIENTO EN LOS AUTOS DEL JUICIO ESPECIAL HIPOTECARIO, PROMOVIDO POR HIPOTECARIA NACIONAL S.A. DE C.V. SOCIEDAD FINANCIERA DE OBJETO MÚLTIPLE, ENTIDAD REGULADA, GRUPO FINANCIERO BBVA BANCOMER, EN CONTRA DE TERESA HEESSEL PIMENTEL VÁZQUEZ Y JUAN CARLOS TRILLO DOMÍNGUEZ, EXPEDIENTE 165/2013, EL C. JUEZ VIGÉSIMO TERCERO DE LO CIVIL DICTO UN AUTO QUE A LA LETRA DICE: - - - - - - - MÉXICO, DISTRITO FEDERAL A SEIS DE AGOSTO DEL DOS MIL CATORCE. - - - Agréguese a sus autos el escrito presentado por EL APODERADO LEGAL DE LA PARTE ACTORA, y como lo solicita atento al estado procesal que guarda este juicio con fundamento en lo dispuesto por el artículo 122 fracción II del Código de Procedimientos Civiles atento al estado procesal que guarda este juicio en el que no ha sido posible realizar el emplazamiento de la parte demandada TERESA HEESSEL PIMENTEL VÁZQUEZ Y JUAN CARLOS TRILLO DOMÍNGUEZ en el domicilio proporcionado por la parte actora ni por las instituciones que cuentan con registro oficial de personas en consecuencia es procedente el emplazamiento mediante EDICTOS LOS CUALES DEBEN PUBLICARSE POR TRES VECES DE TRES EN TRES DÍAS EN EL BOLETÍN JUDICIAL Y EN EL PERIÓDICO “DIARIO IMAGEN”, haciéndose saber a la parte demandada que cuenta con un término de TREINTA DÍAS, para producir su contestación a la demanda instaurada en su contra y que las copias simples para el traslado de ley se encuentran a su disposición en la Secretaría “A” de este H. Juzgado, debiendo dejar razón de su recibo en autos, para los efectos legales a que haya lugar. MÉXICO, DISTRITO FEDERAL A VEINTIDÓS DE FEBRERO DEL DOS MIL TRECE. Con el escrito de cuenta, fórmese expediente y regístrese en el Libro de Gobierno bajo el número de partida que le corresponda. Guárdese en el Seguro del Juzgado los documentos exhibidos, y se provee el escrito de demanda en los siguientes términos: Se tiene por presentado a ARTURO RODOLFO TAVERA SÁNCHEZ, en su calidad de apoderado (a) (s) Legal (es) de HIPOTECARIA NACIONAL SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, SOCIEDAD FINANCIERA DE OBJETO MÚLTIPLE, ENTIDAD REGULADA, GRUPO FINANCIERO BBVA BANCOMER. Personalidad que se le reconoce en términos de la copia certificada del instrumento que se acompaña al ocurso de cuenta, se le tiene demandando en la VIA ESPECIAL HIPOTECARIO de TERESA HEESSEL PIMENTEL VÁZQUEZ Y JUAN CARLOS TRILLO DOMÍNGUEZ, el pago de la cantidad de TRESCIENTOS VEINTE MIL NOVECIENTOS VEINTITRÉS PESOS 65/100 M.N., por concepto de suerte principal y demás prestaciones. Y con fundamento en lo establecido por los artículos 468, 470, 471, 483 y demás relativos del Código de Procedimientos Civiles, se admite la demanda en la vía y forma propuestas. Con las copias simples exhibidas córrase traslado y emplácese a los demandados, para que dentro del término de QUINCE DÍAS, produzcan su contestación a la demanda y toda vez que el domicilio del demandado se encuentra fuera de la Jurisdicción del suscrito juez... MÉXICO, D.F. A 02 DE SEPTIEMBRE DEL 2014. LA C. SECRETARIA DE ACUERDOS “A” LIC. LOURDES REGINA GERMAN
© Copyright 2024