Edictos DIARIOIMAGEN Jueves 27 de noviembre de 2014 21 EDICTOS, AVISOS JUDICIALES, NOTARIALES, DICTÁMENES Y CONVOCATORIAS AL CALCE UN SELLO CON EL ESCUDO NACIONAL QUE DICE ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL DISTRITO FEDERAL. “INDICADORES SOBRE DERECHO A UN JUICIO JUSTO. NUESTRO TRIBUNAL LÍDER EN MÉXICO Y EL MUNDO”. TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL DISTRITO FEDERAL. JUZGADO QUINCUAGÉSIMO SEGUNDO DE LO CIVIL. Dr. Claudio Bernard. No. 60, 5º piso, Col. Doctores, Delegación Cuauhtémoc, C.P. 06720. EDICTO Al calce un sello con el Escudo Nacional que EDICTO En los autos del juicio ORDINARIO CIVIL, seguido ante este Juzgado por ORTIZ PÉREZ RAÚL, MARTHA LORENA ORTIZ PÉREZ, ADRIANA ORTIZ PÉREZ Y ALBERTO ORTIZ PÉREZ, en contra de MANUEL OROZCO AUDELO, HÉCTOR TINOCO OROZCO, GABRIEL M. EZETA MOLL, JESÚS SESIN SAID, JESUS MIGUEL SESIN SAID, JAVIER DEL VALLE PALAZUELOS, INSTITUTO DE LA FUNCIÓN REGISTRAL DEL ESTADO DE MÉXICO, OFICINA REGISTRAL DE NAUCALPAN, en el expediente número 791/2013. El C. Juez Licenciado HELIO VICTORIA GUZMÁN con fecha catorce de octubre de dos mil catorce. Ordena emplazar por edictos al codemandado MANUEL OROZCO AUDELO los cuales deberán publicarse por TRES VECES DE TRES EN TRES DÍAS, debiendo mediar entre cada publicación DOS DÍAS HÁBILES, en el Boletín Judicial y en el Periódico “DIARIO IMAGEN”, para que en el término de TREINTA DÍAS, contados a partir del día siguiente de la última publicación, den contestación a la demandada instaurada en su contra, quedando las copias de traslado de la demanda, a su disposición en la Secretaría de Acuerdos “A” del Juzgado, de conformidad en lo dispuesto en el artículo 122 fracción II del Código de Procedimientos Civiles. Con el apercibimiento que en caso de no hacerlo, se tendrán por contestados los hechos en sentido negativo, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 271 del Código de Procedimientos Civiles. México, Distrito Federal, a 17 de octubre del 2014 LA SECRETARIA DE ACUERDOS “A” LIC. MARGARITA ALVARADO ROSAS. AL CALCE UN SELLO CON EL ESCUDO NACIONAL QUE DICE ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL DISTRITO FEDERAL. JUZGADO TERCERO DE LO FAMILIAR SRIA. “A” EXP. 823/1994 “Indicadores sobre Derecho a un Juicio Justo. Nuestro Tribunal Líder en México y el Mundo.” dice: Estados Unidos Mexicanos, Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal, México, Juzgado Quincuagésimo Séptimo Civil, Exp. 1048/09, Sria “B”. En los autos del juicio ESPECIAL HIPOTECARIO, promovido por SCRAP II, S. DE R.L DE C.V. en contra de JOSE VICTOR PEREZ VERDUGO y MARIA ANGELICA OCHOA TORRES DE PE- 52º. CIVIL SRIA. “A”. EXP. 791/2013 AL CALCE UN SELLO CON EL ESCUDO NACIONAL QUE DICE ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL DISTRITO FEDERAL. EDICTO SEÑORES: LILIA YARENTZI y LEVI ANTONIO ambos de apellidos FLORES MONROY. REZ, expediente número 1048/2009, la C. Juez Quincuagésimo Séptimo de lo Civil del Distrito Federal, MAESTRA MARGARITA CERNA HERNÁNDEZ ha dictado un auto que a la letra dice:— - México, Distrito Federal a veintisiete de octubre de dos mil catorce.—- Agréguese a sus autos el escrito y exhorto que al mismo acompaña el apoderado de la parte actora, a quién se tiene por hechas sus manifestaciones.—- Como se solicita y vistas las constancias de autos, con fundamento en el artículo 122 del Código de Procedimientos Civiles, emplácese a JOSÉ VÍCTOR PÉREZ VERDUGO y MARÍA ANGÉLICA OCHOA TORRES DE PÉREZ, por medio de EDICTOS que se publicarán por tres veces, de tres en tres días, en el BOLETÍN JUDICIAL y en el periódico “DIARIO IMAGEN”, para que dentro del término de TREINTA DÍAS conteste la demanda; quedando a disposición de los codemandados en la Secretaría “B” de este juzgado, las copias de traslado correspondientes. Notifíquese. Lo proveyó y firma la C. Juez Quincuagésimo Séptimo de lo Civil, Maestra en Derecho Margarita Cerna Hernández, en unión de la C. Secretaría de Acuerdos “B” Maestra en Derecho Sandra Díaz Zacarías, que autoriza y da fe.- Doy Fe. LA C. SECRETARIA DE ACUERDOS “B” Se les hace de su conocimiento que mediante escrito presentado el veintisiete de septiembre del año dos mil doce, ante la Oficialía de Partes de éste recinto el C. VÍCTOR ISRAEL FLORES LÓPEZ, por su propio derecho, presentó demanda incidental de cesación de pensión alimenticia, el cual fue radicado en éste Juzgado Tercero de lo Familiar el cuatro de septiembre del año dos mil trece. De conformidad con lo dispuesto por el artículo 122 fracción II del Código de Procedimientos Civiles, se procede a notificarlos de la tramitación del presente juicio incidental, haciéndoseles saber que cuentan con un término de CUARENTA DÍAS para apersonarse en el presente negocio y manifiesten lo que a su derecho convenga, mismos que contarán a partir de la última publicación, quedando a su disposición para tal efecto las copias simples de traslado respectivas, en el Juzgado Tercero de lo Familiar, del Distrito Federal, ubicado en: Avenida Juárez, Número 8, tercer piso, Colonia Centro, Código Postal 06010, Delegación Cuauhtémoc, en ésta Entidad.————México, Distrito Federal a 26 de Agosto de 2014. LA C. SECRETARIA DE ACUERDOS “A” RUBRICA MTRA. SANDRA DIAZ ZACARIAS. LIC. MARÍA DOLORES ARIAS GARCÍA. AL CALCE UN SELLO CON EL ESCUDO NACIONAL QUE DICE ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL DISTRITO FEDERAL. AL CALCE UN SELLO CON EL ESCUDO NACIONAL QUE DICE ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL DISTRITO FEDERAL. AL CALCE UN SELLO CON EL ESCUDO NACIONAL QUE DICE ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL DISTRITO FEDERAL. “INDICADORES SOBRE DERECHO A UN JUICIO JUSTO. NUESTRO TRIBUNAL LÍDER EN MÉXICO Y EL MUNDO”. “INDICADORES SOBRE DERECHO A UN JUICIO JUSTO. NUESTRO TRIBUNAL LÍDER EN MÉXICO Y EL MUNDO”. JUZGADO CUADRAGÉSIMO SÉPTIMO DE LO CIVIL EDICTOS EDICTO JUZGADO 21º FAM. SECRETARIA “B” EXP. 2045/10 En los autos del expediente número 595/2012, relativo al juicio ORDINARIO MERCANTIL, promovido por FINANCIERA DEL SECTOR SOCIAL, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, SOCIEDAD FINANCIERA POPULAR en contra de GASPAR MARTÍN GARCÍA GARZA, FEDERICO LABASTIDA RUBIO y OMAR NAVARRO MALDONADO. La C. Juez Cuadragésimo Séptimo de lo Civil, por proveído de fechas veintidós de octubre y treinta de junio ambos de dos mil catorce, ordenó se publicada el proveído de treinta de junio que su parte conducente dice…” A su expediente 595/2012 el escrito del apoderado de la actora. Por acusada la rebeldía en que incurrió el demandado GASPAR MARTÍN GARCÍA GARZA, al no haber dado contestación a la demanda instaurada en su contra y al no señalar domicilio para recibir notificaciones en esta jurisdicción esta y las subsecuentes notificaciones que se le deban practicar aun las de carácter personal, hágansele por medio de Boletín Judicial con fundamento en el artículo 1070 del Código de Comercio. Con fundamento en el artículo 1383 del Código de Comercio se abre el juicio a prueba por el término de CUARENTA DÍAS siendo los DIEZ PRIMEROS para su ofrecimiento y los TREINTA RESTANTES para desahogo de pruebas…” Conste Doy fe. JESUS DUARTE AMADOR demanda de ALEJANDRA CLAUDIA DOMINGUEZ NAVARRO, la disolución del vínculo matrimonial que los une, haciéndole saber a la demandada que las copias de traslado quedan a su disposición en la Secretaria de este juzgado por el término de CUARENTA DÍAS, para su recepción y dentro del término de quince días proceda a su contestación, pues de no hacerlo se tendrá por contestada la demanda en sentido negativo, así también para que manifieste lo que a su derecho corresponda en relación al convenio exhibido y en su caso presente contrapropuesta. Provisionalmente se decreta la separación de los cónyuges. Se le apercibe para que se abstenga de causar molestias al actor y sus menores hijos, apercibida que de no hacerlo así se le impondrá medida de apremio por $10,000.00. Se da vista con la guarda y custodia de sus hijos por el término de tres días. LA C. SECRETARIA DE ACUERDOS “A” LIC. ROSALÍA FELISA CONTRERAS REYES. LIC. KEILA LETICIA RAMIREZ MORALES. C. ALEJANDRA CLAUDIA DOMINGUEZ NAVARRO: MEXICO, D.F., A 10 DE NOVIEMBRE DE 2014. LA C. SECRETARIA DE SECRETARIA DE ACUERDOS “B” “INDICADORES SOBRE DERECHO A UN JUICIO JUSTO. NUESTRO TRIBUNAL LÍDER EN MÉXICO Y EL MUNDO”. JUZGADO SEPTUAGÉSIMO SEGUNDO DE LO CIVIL DE ESTE TRIBUNAL EDICTO A: ECOPOLIS DE JUAREZ 1, S. DE R.L. DE C.V. Por auto dictado el tres de noviembre del año en curso en los autos del juicio ESPECIAL HIPOTECARIO promovido por BBVA BANCOMER, S.A., INSTITUCION DE BANCA MULTIPLE, GRUPO FINANCIERO BBVA BANCOMER en contra de ECOPOLIS DE JUAREZ 1, S. DE R.L. DE C.V. EXPEDIENTE 796/2012, El C. Juez Septuagésimo Segundo De Lo Civil Del Distrito Federal Maestro José Encarnación Lozada Cielos ante la Fe de la C. Secretaria de Acuerdos “B” licenciada Blanca Alicia Shiromar Caballero, con domicilio en Fray Servando numero 32, cuarto piso, Colonia Centro, Delegacion Cuauhtemoc, C.P. 06010, México Distrito Federal ordenó …” Para tenga verificativo la Audiencia de ley se señalan las ONCE HORAS CON TREINTA MINUTOS DEL DIA OCHO DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL CATORCE, y a fin de no dejar en estado de indefensión a la parte demandada se ordena publicar la fecha antes señalada con fundamento en el artículo 639 del Código Procesal Civil, por medio de edictos por dos veces de tres en tres días en el Periódico EL DIARIO IMAGEN. Notifíquese. Lo proveyó y firma el C. Juez Septuagésimo Segundo Civil. Doy fe. México, Distrito Federal a 11 DE NOVIEMBRE DEL 2014. LA C. SECRETARIO DE ACUERDOS “B” LIC. BLANCA ALICIA SHIROMAR CABALLERO AL CALCE UN SELLO CON EL ESCUDO NACIONAL QUE DICE ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL DISTRITO FEDERAL. “INDICADORES SOBRE DERECHO A UN JUICIO JUSTO. NUESTRO TRIBUNAL LÍDER EN MÉXICO Y EL MUNDO”. JUZGADO 33º. CIVIL SECRETARIA. *A* EXP. No. 895/13 JUZGADO 4 CIVIL SRIA. “A” EXP. 1465/11 EDICTO DE EMPLAZAMIENTO EDICTOS PARA EMPLAZAR A LA PARTE DEMANDADA JUAN CARLOS BLANQUER CARNERERO Y GLORIA LIZBETH GONZÁLEZ DE LA TORRE En cumplimiento a lo ordenado en auto de SEIS DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL CATORCE, dictado en los autos del juicio ESPECIAL HIPOTECARIO PROMOVIDO POR BBVA BANCOMER, S.A. INSTITUCIÓN DE BANCA MÚLTIPLE GRUPO FINANCIERO BBVA BANCOMER EN CONTRA DE BLANQUER CARNERERO JUAN CARLOS Y GLORIA LIZBETH GONZÁLEZ DE LA TORRE EXPEDIENTE NUMERO 1465/11 la C. Juez Cuarto de lo Civil de esta Capital ordeno emplazar a la parte demandada JUAN CARLOS BLANQUER CARNERERO Y GLORIA LIZBETH GONZÁLEZ DE LA TORRE haciéndole saber que debe presentarse dentro del término de TREINTA DIAS hábiles ante este juzgado, a contestar la demanda y oponer las excepciones y defensas que tuviere quedando a su disposición en este juzgado las copias de traslado respectivas por el término precisado.México, D.F., a 13 DE OCTUBRE DEL AÑO 2014 EL C. SECRETARIO DE ACUERDOS “A” LIC. EDUARDO HERRERA ROSAS En los autos del juicio ESPECIAL HIPOTECARIO promovido por JIMÉNEZ LOPEZ MONICA ADRIANA en contra de INMOBILIARIA CONSTRUCTORA TECNICA S.A. Y MINIBUSES ALFA S.A. DE C.V., la C. Juez Trigésimo Tercero de lo Civil, Maestra ELVIRA CARVAJAL RUANO, por autos de fechas trece de octubre y dos de abril ambos del año dos mil catorce, ordeno el emplazamiento de los codemandados INMOBILIARIA CONSTRUCTORA TECNICA S.A. Y MINIBUSES ALFA S.A. DE C.V., mediante la publicación de edictos, haciéndole saber la radicación del presente juicio en éste Órgano Jurisdiccional, así como las prestaciones reclamadas consistentes en: a) la Declaración Judicial por sentencia firme de la extinción de la Hipoteca constituida para garantizar obligaciones derivadas de un contrato con Inmobiliaria y Constructora Técnica S.A., inscrito en el Registro Publico de la Propiedad bajo la partida 780, volumen 174, libro segundo, sección primera de fecha 27 de julio de 1975. b) La Declaración Judicial por sentencia firme de la extinción de la hipoteca constituida para garantizar obligaciones derivadas de un contrato de compra venta con MINIBUSES ALFA S.A. DE C.V., inscrito en el Registro Publico de la Propiedad bajo la partida 558 bis, volumen 590, libro segundo sección primera de fecha 4 de agosto de 1994 a favor de MINIBUSES ALFA S.A. DE C.V. c) Se de a conocer de la presente demanda al Instituto de la función registral de Ecatepec de Morelos, México, un juego de copias simples de Traslado de la presente demanda, así como los anexos correspondientes, y en su momento procesal oportuno se gire exhorto para dar a conocer la cancelación de las dos hipotecas.- así mismo se hace de su conocimiento que deberá presentarse en el local de éste Juzgado para recibir las copias de traslado respectivas dentro de un término que no exceda de TREINTA DIAS, y que dichas copias quedan a su disposición en la secretaría de éste Juzgado; y una vez que comparezca a recibir las copias de traslado o en su defecto que transcurra el término concedido para recibirlas, comenzará a correr el término de QUINCE DÍAS para producir su contestación a la demanda interpuesta en su contra.LA C. SECRETARIA DE ACUERDOS *A* MTRA. MARTINA SAULA ARMAS LUNA. México, D.F. a 12 de Noviembre del 2014.- AL CALCE UN SELLO CON EL ESCUDO NACIONAL QUE DICE ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL DISTRITO FEDERAL. EDICTOS JUZGADO CUADRAGÉSIMO PRIMERO DE LO CIVIL. SE CONVOCAN POSTORES En los autos del juicio ESPECIAL HIPOTECARIO promovido por HIPOTECARIA CASA MEXICANA, S.A. DE C.V., SOCIEDAD FINANCIERA DE OBJETO LIMITADO en contra de MONTAÑO PONCE MARIO expediente número 660/2009, secretaría B. En cumplimiento a lo ordenado por auto de fecha veintisiete de octubre de dos mil catorce, que en su parte conducente dice, …” Agréguese a sus autos el escrito presentado por persona autorizada por la parte actora “(…)”, se ordena sacar a Pública Subasta respecto del bien inmueble hipotecado consistente en el ubicado en: Lote de terreno número 51 cincuenta y uno, de la manzana “B”, y casa en el construida ubicado en calle Venus numero 1 uno, del Fraccionamiento Privadas del Sol, Localizado en Jagüey de Téllez, municipio de Zempoala, Estado de Hidalgo, con la superficie, medidas y linderos descritos en la Escritura Pública base de la acción, y para que tenga verificativo la diligencia de REMATE EN PRIMERA ALMONEDA se señalan las ONCE HORAS DEL DÍA NUEVE DE DICIEMBRE DEL AÑO EN CURSO, debiéndose convocar postores por medio de edictos que se publicarán en los Tableros de Avisos del Juzgado, en los de la Tesorería del Distrito Federal y el Periódico el Diario Imagen, por dos veces, debiendo mediar entre una y otra publicación siete días hábiles y entre la última y la fecha del remate, igual plazo, sirviendo de base para el remate la cantidad de $320,000.00 (TRESCIENTOS VEINTE MIL PESOS 00/100 MONEDA NACIONAL), siendo postura legal laque cubra las dos terceras partes de dicha cantidad y para intervenir en la subasta, los licitadores deberán consignar previamente a este Juzgado, mediante billete de depósito una cantidad igual al diez por ciento del valor del bien que sirve de base para el remate, sin cuyo requisito no serán admitidos, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 574 del Código de Procedimientos Civiles y toda vez que el inmueble se encuentra fuera de la jurisdicción de este Juzgado, gírese atento exhorto con los anexos necesarios al C. Juez Competente de CANCÚN MUNICIPIO DE ZEMPOALA, ESTADO DE HIDALGO, para que en auxilio de las labores de este Juzgado se sirva publicar los edictos en los estrados del Juzgado en cita, así como publicarlos en el periódico de mayor circulación de aquella entidad y en la Receptoría de Rentas de dicha entidad, debiendo mediar entre una y otra publicación siete días hábiles, y entre la última y la fecha de remate igual plazo. Notifíquese.- “(…)” México Distrito Federal a treinta de octubre del año dos mil catorce…”(… )” visto el contenido del acuerdo de fecha veintisiete de octubre del año en curso que antecede, con fundamento en los artículos 55 y 272 G del Código de Procedimientos Civiles, se aclara la parte conducente del mismo, en los siguientes términos: “… de CANCÚN MUNICIPIO…” Debiendo decir: “…del MUNICIPIO…”, “(…)”. Notifíquese.- lo proveyó y firma la C. Juez Cuadragésimo Primero de lo Civil en el Distrito Federal, Licenciada ANA MERCEDES MEDINA GUERRA, ante su C. Secretario de Acuerdos “B”, Licenciado GILBERTO EDMUNDO OVANDO CAMACHO, que da fe. DOY FE.—————————— México, D.F, A 31 de octubre de 2014. SECRETARIO DE ACUERDOS “B” LICENCIADO GILBERTO EDMUNDO OVANDO CAMACHO
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