Ambiente del Sector Hidrocarburos, conocida como Agencia de Seguridad, Energía y Ambiente (ASEA), es biente y Recursos Naturales, con autonomía técnica y de gestión, encargada de regular y supervisar la seguridad industrial, la seguridad operativa y la protección del medio ambiente en las actividades del sector hidrocarburos. La Agencia tiene como objeto regular y supervisar en materia de seguridad industrial, operativa y de protec- ción del medio ambiente, las instalaciones y actividades del sector hidrocarburos, incluyendo el desmantelamiento y abandono de instalaciones, así como el control de residuos. Medio Ambiente del Sector Hidrocarburos trado de la Secretaría de Medio Am- Agencia Nacional de Seguridad Industrial y de Protección al un órgano administrativo desconcen- ASEA/UGI/MODIFICACIÓN_MIA/V10_060516 MODIFICACIONES DE LA OBRA, ACTIVIDAD O PLAZOS Y TÉRMINOS ESTABLECIDOS A PROYECTOS AUTORIZADOS EN MATERIA DE IMPACTO AMBIENTAL Industrial y de Protección al Medio ESTACIONES DE SERVICIO La Agencia Nacional de Seguridad ESTACIONES DE SERVICIO MODIFICACIONES DE LA OBRA, ACTIVIDAD O PLAZOS Y TÉRMINOS ESTABLECIDOS A PROYECTOS AUTORIZADOS EN MATERIA DE IMPACTO AMBIENTAL Clave del trámite: SEMARNAT-04-008-A Modificación a proyectos autorizados en materia de impacto ambiental. Fundamento legal del trámite Artículos 1 y 95 de la Ley de Hidrocarburos; 3, fracción XI, 5, fracción XVIII, 7, fracción I de la Ley de la Agencia Nacional de Seguridad Industrial y de Protección al Medio Ambiente y 28 del Reglamento de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente en Materia de Evaluación del Impacto Ambiental. Documentos requeridos ¿Qué es? Este trámite sirve para las personas físicas o morales que hayan obtenido una autorización en materia de impacto ambiental y pretendan realizar modificaciones a las obras y actividades, y/o una solicitud de ampliación de términos y plazos establecidos a los proyectos autorizados en materia de impacto ambiental. ¿En qué casos debe presentarse? Original (para su cotejo) y copia del documento con el que se acredite la personalidad jurídica de la persona moral o física que solicita el trámite. Originales (para su cotejo) y copias de los documentos de acreditación del representante legal y de la identificación oficial del mismo. Solicitud de ingreso de trámite signada por el representante legal. Carta autorización para recibir y oír notificaciones vía correo electrónico, suscrita por el representante legal. Comprobante de pago de derechos en el formato e5 ($8,057.17 m.n., según la miscelánea fiscal 2016) y la tabla de cálculo del pago de derechos firmada por el promovente. Copia de la autorización en materia de impacto ambiental con la que cuenta el proyecto y, en su caso, de las prórrogas otorgadas. Carta bajo protesta de decir verdad donde declare que el proyecto no ha sido modificado conforme a lo autorizado y/o que la modificación del proyecto solicitada no ha sido realizada al momento de ingresar su trámite. Debe contar con la firma del Representante Legal. Carta bajo protesta de decir verdad donde se declare que el proyecto requiere de modificaciones en los plazos y/o términos establecidos en la autorización en materia de impacto ambiental, la cual deberá presentarse antes de que expiren los plazos y términos otorgados originalmente. Cuando pretenda realizar modificaciones de la obra y/o actividad de las Estaciones de Servicio que cuenten con autorización en materia de impacto ambiental o con ampliación a los plazos y términos establecidos en la autorización en materia de impacto ambiental. Nota importante ¿Qué consecuencias tendría no hacer este trámite? Liga para consulta de guías y formatos de pago El particular no contaría con la posibilidad de modificar el proyecto de obra o actividad después de emitida la autorización en materia de impacto ambiental y/o de ampliar la vigencia de los plazos autorizados, por lo que tendría que iniciar un nuevo procedimiento de evaluación de impacto ambiental con todos los costos que esto implicaría. http://tramites.semarnat.gob.mx/index.php/ impacto-ambiental/modificaciones-exenciones-y -avisos/43-modificaciones-a-proyectosautorizados-en-materia-de-impacto-ambiental. La falta de alguno de estos documentos imposibilita a la autoridad emitir una respuesta rápida y expedita a su solicitud. Recepción del trámite Melchor Ocampo 469, Col. Nueva Anzures, Delegación Miguel Hidalgo, C.P. 11590, Ciudad de México. No contamos con Delegaciones en los Estados. El horario de atención es en días hábiles, de 9:00 a 15:00 hrs. Tiempo de respuesta De 10 a 20 días hábiles Área responsable del trámite Dirección General de Gestión Comercial ¿Qué hacer si tu autorización fue emitida por una Entidad Federativa? En caso de contar con una autorización vigente de la Manifestación de Impacto Ambiental, o bien, una ampliación de plazo vigente emitida por el Estado antes del 2 de marzo de 2015, debe realizar este trámite en la Agencia; de lo contrario, deberá consultar la gestión a realizar. Póngase en contacto con nosotros Correo electrónico atenció[email protected] Consulte nuestra web: www.asea.gob.mx
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