modificaciones a proyectos autorizados en materia de

MODIFICACIONES A PROYECTOS
MATERIA DE IMPACTO AMBIENTAL
AUTORIZADOS
EN
ESTACIONES DE SERVICIO PARA EXPENDIO AL PÚBLICO
¿Qué es?
Este trámite sirve para las personas físicas o morales que tengan una autorización en materia de
impacto ambiental vigente y pretendan realizar modificaciones a las obras y actividades, y/o una
solicitud de ampliación de términos y plazos establecidos a los proyectos autorizados en materia de
impacto ambiental.
¿En qué casos debe presentarse?
Cuando:
1.- Pretenda realizar modificaciones a las obras y/o actividades del Sector Hidrocarburos de
un proyecto que cuente con autorización en materia de impacto ambiental, con objeto de
que se determine lo procedente conforme a lo señalado en el artículo 28 del Reglamento
de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente en Materia de
Evaluación del Impacto Ambiental.
2.- Pretenda realizar modificaciones de ampliación a los plazos y términos establecidos en
la autorización en materia de impacto ambiental.
¿Qué consecuencias tendría no hacer este trámite?
El particular no contaría con la autorización correspondiente para llevar a cabo modificaciones a las
obras o actividades, y/o no contaría con la posibilidad de que sea ampliada la vigencia de los plazos
y términos establecidos en la autorización en materia de impacto ambiental, por lo que tendría que
iniciar un nuevo procedimiento de autorización de impacto ambiental con todos los costos que esto
implicaría.
Clave del trámite:
SEMARNAT-04-008-A Modificación a proyectos autorizados en materia de impacto ambiental
Fundamento legal del trámite
Artículos 3, fracción XI, 5, fracción XVIII, 7, fracción I de la Ley de la Agencia Nacional de Seguridad
Industrial y de Protección al Medio Ambiente del Sector Hidrocarburos, 37, fracción V del
Reglamento Interior de la Agencia Nacional de Seguridad Industrial y de Protección al Medio
Ambiente del Sector Hidrocarburos, y 28 del Reglamento de la Ley General del Equilibrio Ecológico
y la Protección al Ambiente en Materia de Evaluación del Impacto Ambiental.
Recepción del Trámite
Melchor Ocampo 469, Col. Nueva Anzures, Delegación Miguel Hidalgo, Distrito Federal, C.P.
11590, México.
No contamos con Delegaciones en los Estados.
El horario de atención es de lunes a viernes de 9:00 a 18:00 hrs.
Días hábiles.
Tiempo de Respuesta
de 10 a 20 días hábiles
Costo del trámite:
$8,057.17 MN (ocho mil cincuenta y siete pesos 17/100)
Según la miscelánea fiscal 2016
Área responsable del trámite:
Dirección General de Gestión Comercial
Documentos requeridos
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Carta solicitud del trámite suscrita por el representante legal donde describa el tipo de
modificación que solicita.
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Carta autorización para recibir y oír notificaciones vía correo electrónico, suscrita por el
representante legal.
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Comprobante de pago de derechos en el formato E5 $8,057.17 M.N. (según la miscelánea
fiscal 2016).
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Tabla de cálculo del pago de derechos firmada por el promovente.
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Original y copia para cotejo del documento con el que se acredite la personalidad jurídica
del Representante Legal, y copia de su credencial oficial con fotografía.
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Copia de la autorización en materia de impacto ambiental con la que cuenta el proyecto.
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Carta bajo protesta de decir verdad donde se declare que el proyecto no ha sido modificado
conforme a lo autorizado y/o que la modificación del proyecto solicitada no ha sido
realizada al momento de ingresar su trámite. Debe contar con la firma del Representante
Legal.
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Carta bajo protesta de decir verdad donde se declare que el proyecto requiere de
modificaciones en los plazos y/o términos establecidos en la autorización en materia de
impacto ambiental, la cual deberá presentarse antes de que expiren los plazos y términos
otorgados originalmente.
Nota importante
La falta de alguno de estos documentos imposibilita a la autoridad emitir una respuesta rápida y
expedita a su solicitud.
En los casos en que se haya ingresado la solicitud de este trámite con la autoridad Estatal antes de
la entrada en funciones de la Agencia (3 de marzo de 2015), podrá solicitar nuevamente dicha
modificación ante la Agencia, siempre y cuando acredite haber presentado en tiempo y forma dicha
solicitud con la autoridad local, anexando la documentación correspondiente.
Liga para consulta de guías y formatos de pago
http://tramites.semarnat.gob.mx/index.php/impacto-ambiental/modificaciones-exenciones-yavisos/43-modificaciones-a-proyectos-autorizados-en-materia-de-impacto-ambiental
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Documentos Requeridos