ASIGNACIONES FAMILIARES: QUIÉNES Y CÓMO - Arba

15/02/13
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Corresponde a la edición del Boletín Electrónico #431 (15/02/2013)
ASIGNACIONES FAMILIARES:
QUIÉNES Y CÓMO ACCEDER A LOS BENEFICIOS LUEGO DE LOS ÚLTIMOS CAMBIOS NORMATIVOS
La Gerencia de Recursos Humanos comunica que para acceder al cobro de Asignaciones
Familiares se deben tener en cuenta las modificaciones dispuestas por el Decreto Nº 1460/12,
que cambia los montos y tramos de ingresos percibidos por el grupo familiar y establece la
obligatoriedad de efectuar, antes del 30/03/2013, una declaración jurada y su correspondiente
documentación respaldatoria. Esta nueva normativa alcanza también a quienes ya se
encuentren percibiendo las asignaciones consignadas en el Decreto Nº 1516/04.
Pueden acceder a las asignaciones familiares:
Los agentes cuyos ingresos brutos sean inferiores a $ 7000 y los ingresos del grupo
familiar no superen los $ 14.000. La percepción de ingresos superior a $7000 por
uno de los integrantes del grupo familiar, excluye a dicho grupo del cobro de las
asignaciones familiares. (No opera esta limitación para la asignación familiar por hijo
discapacitado)
Aquellos agentes que se encuentren en condiciones de acceder al cobro de asignaciones
familiares, deberán realizar la carga de datos para el nuevo Régimen de Asignaciones
Familiares en el portal de la Secretaria de Personal y Políticas de Recursos Humanos
http://rrhh.gba.gov.ar, se acompaña instructivo.
La declaración jurada que se imprime del Siape y la documentación respaldatoria
correspondiente detallada en el siguiente cuadro, deberá ser presentada en el
Departamento Legajos y Jubilaciones del Personal, Planta Baja - Corredor Azul - oficina
15 - Teléfono 0221-4294770.
TIPO DE ASIGNACION
REQUISITOS
DOCUMENTACION A PRESENTAR
AYUDA ESCOLAR
Menor de 18 años
Nota firmada por el agente y RC 6057
PRENATAL
A partir de la semana 12
de gestación
Certificado médico con tiempo gestación
y fecha probable de parto y RC 6030
POR NACIMIENTO DE
HIJO
Dentro de los 30 días del
Certificado de nacimiento
nacimiento
POR MATRIMONIO
Dentro de los 30 días de
contraído el matrimonio
Copia del certificado de matrimonio y
DNI del cónyuge
POR ADOPCION
Constancia de Guarda Definitiva –
Resolución de Adopción Plena de la
persona por la cual solicita – Certificado
de nacimiento
POR MENOR A CARGO Menor de 18 años
Certificado de Nacimiento y fotocopia del
DNI
POR HIJO
DISCAPACITADO
Certificado Médico e historia clínica,
certificado de discapacidad emitido por
el Ministerio de Salud, Certificado de
Nacimiento y DNI
Además de la documentación que se detalla para cada caso, deberá acompañar a la
presentación en todos los casos el formulario RC 6033, y según corresponda:
- Constancia de CUIL/CUIT: cónyuge/conviviente/hijos y/u otro progenitor. (La CUIL/CUIT de los
hijos menores debe solicitarse indefectiblemente en la sede de Anses más próxima a su
domicilio, con original y fotocopia del DNI del menor y del certificado de nacimiento).
- Certificación Negativa de Anses del cónyuge. (Se debe ingresar a www.anses.gov.ar / apartado
trámites en línea / certificación Negativa, allí se debe ingresar el número de CUIT/CUIL,
consignar el último trimestre e imprimir formulario).
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consignar el último trimestre e imprimir formulario).
- Copia Recibo de sueldo/ constancia de inscripción ante la AFIP
Los formularios RC que se detallan se encuentran disponibles en la página Web de Arba
USO INTERNO / GERENCIA GENERAL DE ADMINISTRACION / GERENCIA DE RECURSOS
HUMANOS / FORMULARIOS / REGISTRO DE CALIDAD. O desde los links ubicados en la
introducción del mail.
Consultas
Depto. Legajos y Jubilaciones del Personal, Planta Baja - Corredor Azul - oficina 15
Teléfono (0221) 429-4770
Mail: [email protected]
Información editada y divulgada por:
Depto. de Comunicación Interna / Gcia. de Medios, Comunicación y Protocolo / Gcia. Gral. de Comunicación y Vínculos Interinstitucionales
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