Impuestos Ecológicos en Zacatecas

December 26, 2016
ENERGY
ALERT
Congreso de Zacatecas aprueba nuevos impuestos
ecológicos locales que podrían afectar a la industria
minera con presencia en el Estado
Congress of Mexican State of Zacatecas approves new
local Green Taxes that could affect the mining industry
with presence in the State
El pasado 15 de diciembre, el Congreso estatal del Estado de
Zacatecas aprobó el Paquete Económico 2017 que incluye, entre
otros, una reforma significativa a la Ley de Hacienda del Estado, ya
que incorpora una serie de nuevos gravámenes entre los que destacan
los llamados “Impuestos Ecológicos” que entrarán en vigor a partir
del 1 de enero de 2017.
On December 15th the Congress of Zacatecas, a state in
north-central Mexico where the largest mining cluster is based,
approved the Revenue Law for 2017, to be effective on January
1st, 2017. The Revenue Law includes a new set of “Green Taxes”
for increasing tax revenue to be used for purposes of reducing the
environmental impact created by industrial activities carried out in
the state.
El objetivo y finalidad de estos impuestos es que la Hacienda Pública
de Zacatecas cuente con recursos para atender la obligación de
proteger la salud y brindar un medio ambiente sano para la población.
Estos impuestos se destinarán a obras, infraestructura y operación
de servicios de salud, a restaurar el equilibrio ecológico, a la
inspección y vigilancia del cumplimiento de disposiciones ambientales,
desastres naturales, reubicación de viviendas en zonas de riesgo,
entre otros, en las áreas de mayor afectación ambiental y rezago
económico del Estado.
Los nuevos tributos deberán pagarse a más tardar dentro de los
primeros 17 días del mes siguiente al que se causen. Dichos
Impuestos Ecológicos se enlistan enseguida:
1.
2.
3.
4.
Impuesto por Remediación Ambiental en la Extracción
de Materiales;
Impuesto a la Emisión de Gases a la Atmósfera;
Impuesto a la Emisión de Contaminantes al Suelo, Subsuelo y Agua; y,
Impuesto al Depósito o Almacenamiento de Residuos.
Adicionalmente, se establece un Impuesto para la Universidad
Autónoma de Zacatecas ante las adversidades financieras que
enfrenta dicha casa de estudios, el cual consiste en un 10% adicional
sobre el monto que se cubra por el concepto de impuestos y derechos
estatales incluyendo los Impuestos Ecológicos.
The objective and purpose of these taxes is that the Treasury of
Zacatecas reaches sufficient resources to meet its obligation to
protect health and improve environment for the population.
The funds collected for these taxes will be destined to works,
infrastructure and operation of health services, to restore ecological
balance, to the inspection and monitoring of compliance with
environmental provisions, to solve the effects of natural disasters,
relocating of dwellings in risk areas, among others, in the areas of
greater environmental damage and economic backwardness of
the State.
The new taxes must be paid no later than the first 17 days of the
month following the one that they are triggered. The Green Taxes
are listed below:
1. Environmental Remediation Tax on the Extraction of Materials;
2. Tax on Gas Emissions to the Atmosphere;
3. Tax on Emissions of Pollutants to the Soil, Subsoil and Water; and,
4. Tax on the Disposal of Wastes.
In addition, it has been established the Tax for the Autonomous
University of Zacatecas. This tax’s purpose is to face the financial
adversities that said education institution currently has; the tax
consists on an additional 10% over the total amount of local duties
and taxes paid by the taxpayers in Zacatecas, including Green Taxes.
Impuesto por Remediación Ambiental en la Extracción
de Materiales
Environmental Remediation Tax on the Extraction
of Materials
Este impuesto tiene como objeto gravar la extracción de materiales,
incluyendo los productos derivados de su descomposición, tales
como: agregados pétreos, andesita, arcillas, arena, caliza, cantera,
caolín, grava, riolita, rocas, piedras y sustrato o capa fértil, cuyos
materiales no se encuentran reservados a la Federación en los
términos de la Ley Minera. Para efectos de este impuesto, únicamente
será objeto del mismo la extracción realizada por medio de trabajos
a cielo abierto en el territorio del Estado de Zacatecas.
The Environmental Remediation Tax on the Extraction of Materials
should only apply to open pit extraction of rocks, sand, and other
ground components not regulated by the Mining Law.
La base sobre la cual se causará este tributo será el volumen de
metros cúbicos del material extraído. Siendo sujetos del impuesto,
las personas físicas, morales o unidades económicas que realicen
la extracción, como se especifica anteriormente, de los materiales
objeto de la contribución.
Las empresas mineras no estarán sujetas a este impuesto por la
extracción de minerales bajo una concesión otorgada por el
Gobierno Federal en los términos de la Ley Minera (es decir oro,
plata, zinc, plomo, cobre, algunos minerales de uso industrial y
piedras preciosas, entre otros minerales y sustancias previstas en
dicha ley). Sin embargo, las empresas mineras podrían estar sujetas
a los otros tres impuestos establecidos en la Ley de Hacienda al
encontrarse en alguno de los supuestos que los detonan.
Impuesto por Emisión de Gases a la Atmósfera
Este impuesto busca alinear al Estado de Zacatecas con los
compromisos ambientales adoptados por México internacionalmente
en materia de protección ambiental. Son sujetos del impuesto las
personas físicas, morales o unidades económicas por las emisiones
a la atmósfera de los llamados gases de efecto invernadero por
considerar que provocan calentamiento global (bióxido de carbono,
metano, óxido nitroso, hidrofluoro-carbonos, perfluoro-carbonos
y hexafluoruro de azufre o la combinación entre ellos), generadas
en los procesos productivos que se desarrollen en instalaciones o
fuentes fijas en la demarcación del Estado.
El impuesto se pagará mediante la aplicación de una cuota de MXN
$250 por tonelada de CO2 (o equivalentes) que se emitan a la
atmósfera.
Impuesto por Emisión de Contaminantes al Suelo,
Subsuelo y Agua
Este nuevo gravamen aplicará a las personas físicas, morales y
unidades económicas que emitan sustancias contaminantes
listadas en la Ley de Hacienda, que se depositen, desechen o
descarguen al suelo, subsuelo y agua en el territorio del Estado
de Zacatecas, sin importar el domicilio fiscal del causante, bajo
cualquier título, por sí mismas o a través de intermediarios.
Así, se establece el pago de una cuota de $25 pesos por metro
cuadrado de suelo o subsuelo afectado, así como $100 pesos por
metro cúbico de agua contaminada, con algunas reglas especiales
para su cálculo.
Impuesto al Depósito o Almacenamiento de Residuos
En el caso de este impuesto, se causará por contribuyentes que
depositen o almacenen residuos en vertederos públicos o privados
situados en territorio del Estado de Zacatecas, generados en sus
procesos de extracción, beneficio, transformación, producción,
consumo, utilización, control o tratamiento cuya calidad no permita
usarlo nuevamente en el proceso que lo generó. Para tales efectos
deberá cubrirse una cuota $100 pesos por tonelada de residuos.
The tax shall be calculated by applying a fee per cubic meter of
extracted material. Mining companies extracting minerals under a
concession granted by the Federal Government in terms of the
Mining Law shall not be subject to this tax (i.e. silver, gold, zinc,
lead, etc.).However, mining companies may be liable to the other
three taxes, since such companies are not excluded from their scope.
Tax on Gas Emissions to the Atmosphere
The Tax on Gas Emissions to the Atmosphere applies to the emission
of greenhouse gases considered to provoke global warming during
productive activities performed in the state, such as CO2, methane,
among others. The tax shall be paid by a applying a fee of
US$12.5 (MXN$250) per ton of CO2 (or equivalents) released to
the atmosphere.
Tax on Emissions of Pollutants to the Soil, Subsoil
and Water
The Tax on Emissions of Pollutants to the Soil, Subsoil and Water
taxes the emission of pollutants to the land or water. The tax shall
be calculated by applying a fee of US$1.25 (MXN$25) per square
meter of land or US$5 (MXN$100) per cubic meters of water
affected by the emission of pollutants.
Tax on the Disposal of Wastes
Tax on the Disposal of Wastes levies the disposal or storage in
public or private facilities of wastes. Wastes include any material
deriving from extraction and processing of minerals. This tax shall
be calculated by applying a fee of US$5 (MXN$100) per ton of
wastes disposed by the taxpayer.
These new taxes encompass the compliance with some formal obligations, such as registration before the local Ministry of Finance,
keeping books and records supporting the tax calculation, and
filing notices and tax returns.
It is expected that the Revenue Law will be published within the
upcoming days. The approval of these new taxes has created an
enormous controversy and concern in the mining sector. Not only
with respect to mines located in Zacatecas, but also all around the
rest of the country, since this initiative may encourage other States
to approve similar taxes. This is the first time a local government
approves this type of taxes.
As an example, the Mining Chamber (CAMIMEX) issued public
statements urging the Government of Zacatecas to reconsider the
approval of the new “Green Taxes” based on the negative impact
that will have to the mining industry in the state.
Legal remedies
We consider that there are means to file an administrative trial
(amparo) against the new “Green Taxes” referred above since there
are several constitutional breaches related to taxation proportionality,
equality and equity; legality and jurisdictional invasion.
Cabe mencionar que en la iniciativa de ley, se pone como ejemplo
la generación de residuos comúnmente denominados como relave,
jale o cola, mismos que supuestamente se ocasionan derivado de
procesos mineros.
Mining companies should evaluate the impact that these taxes may
have, based on the activities performed in Zacatecas and analyze
whether they would want to file an administrative trial against
these new “Green Taxes”.
Estos nuevos impuestos incluyen el cumplimiento de obligaciones
formales, tales como la inscripción ante la Secretaría de Finanzas
local, llevar libros y registros para el cálculo de los Impuestos
Ecológicos, así como la presentación de avisos y declaraciones.
Se espera que la ley que contiene estos nuevos impuestos estatales
sea publicada en los próximos días. Sin embargo, ya ha generado
una gran controversia en el sector minero de todo el país, ya que
sienta un precedente que puede provocar que otras entidades
federativas establezcan impuestos similares a los establecidos por
el Estado de Zacatecas.
Cabe señalar que el día 20 de diciembre de 2016 la Cámara Minera
de México (CAMIMEX) publicó un comunicado dirigido al Gobierno
del Estado de Zacatecas exhortándolo a reconsiderar la aprobación
de los Impuestos Ecológicos por el impacto que podría tener para
el sector en este Estado.
Medios de defensa
En contra de las nuevas disposiciones legales que establecelos
impuestos ecológicos y el impuesto adicional del 10%, antes
señalados, consideramos que es procedente la interposición de un
juicio de amparo a efecto de evidenciar ante el Poder Judicial de la
Federación, entre otros, los siguientes vicios de inconstitucionalidad:
Proporcionalidad tributaria; invasión de competencias; legalidad;
igualdad y equidad tributaria.
Con base en lo anterior, las empresas mineras deben evaluar el
impacto que estos impuestos ecológicos puedan tener con base en
las actividades que realicen en Zacatecas así como la posibilidad
de interponer algún medio de defensa en contra de la aplicación de
estos nuevos impuestos.
Contactos / Contacts:
Alfredo Álvarez
[email protected]
Enrique Ramírez
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Koen Van’t Hek
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Manuel González
[email protected]
José Pizarro
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Antonio Gómez del Campo
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Silvestre Del Río
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Juan Pablo Lemmen-Meyer
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Luis Ávila
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Nora Morales
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Ricardo Villalobos
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Valeria Lapray
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