Notas para los miembros marzo 2016 ETOXIQUINA y su uso como antioxidante en la harina de pescado y alimentos balanceados de pescados Resumen El cumplimiento de las jurisdicciones y leyes de comercio está consagrado en el Código de Prácticas de IFFO. IFFO apoya el uso continuado de la etoxiquina como antioxidante en la estabilización de la harina de pescado siempre que se garantice la seguridad de los consumidores, los animales de granja y el medio ambiente. La posición de la Comisión Europea sobre la re-autorización de la etoxiquina no es clara en este momento, pero IFFO espera que se conceda una extensión de tiempo para que se aborden las lagunas de conocimiento a través de ciencia específica, y que esos resultados sean a favor del uso continuado de la etoxiquina. Antecedentes La Etoxiquina (E324) es un antioxidante ampliamente utilizado en la industria de alimentos balanceados de animales, y se incluye en las preparaciones de vitaminas y carotenoides, en las pre-mezclas y los alimentos balanceados compuestos, y en los componentes de los alimentos balanceados, en particular la harina de pescado. Los antioxidantes son utilizados comúnmente en las industrias de alimentos y alimentos balanceados para proteger a las materias primas y los productos finales contra la oxidación (rancidez), y ya que la etoxiquina ha demostrado ser un antioxidante altamente eficaz se utiliza generalmente en la industria de la harina de pescado. El uso de la etoxiquina en la harina de pescado estabiliza los ácidos grasos poliinsaturados de cadena larga (en particular el ácido eicosapentaenoico, EPA y el ácido docosahexaenoico, DHA, conocidos por promover la salud en los seres humanos y animales) y es importante para la calidad y la seguridad durante el transporte de los productos1. IFFO estima que aproximadamente el 66% de la producción mundial de harina de pescado se estabiliza con etoxiquina, y se ha utilizado desde la década de los 1970 o antes. Como un aditivo en los alimentos balanceados de animales, la etoxiquina se encuentra actualmente en un proceso de re-autorización en la UE-28. El proceso de re-autorización de la etoxiquina como un aditivo en los alimentos balanceados de animales en la UE-28 El proceso de re-autorización se inició en el 2003 con la intención de evaluar todos los aditivos de alimentos balanceados por su seguridad. La legislación pertinente se detalla en el Reglamento (CE) N° 1831/2003, que establece que el uso de todos los aditivos en los alimentos balanceados de animales debe ser revisado periódicamente, y cuando se concedan las autorizaciones, estas deben ser para periodos de tiempo limitados para permitir las revisiones periódicas. De acuerdo con el reglamento, cualquier acción relacionada con la salud humana, la salud animal y el medio ambiente debe basarse en el principio de precaución. La re-autorización es un proceso estándar que inicia con la revisión de los datos de seguridad de una sustancia por la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria (EFSA por sus siglas en inglés), seguido por la publicación de un dictamen sobre la seguridad de los animales de cría, los consumidores y el medio ambiente extraída de dicha revisión. La reautorización es un requisito estándar para todos los aditivos de alimentos balanceados. La etoxiquina fue autorizada para su uso en los alimentos balanceados de animales en la legislación anterior, la Directiva 70/524, con un límite fijo de 1 La harina de pescado que no ha sido estabilizada con antioxidantes tiene propiedades de auto-calentamiento que pueden producir la combustión. 150 mg kg-1 para su uso en los alimentos balanceados de animales y en el 2010 se presentó una solicitud para su reautorización. El dictamen de la EFSA sobre la etoxiquina en los alimentos balanceados de animales, publicado en noviembre de 20152 informó que la revisión de los datos de seguridad no fue concluyente. La EFSA identificó insuficiencias de conocimiento en las que se requiere que los datos realicen una evaluación global de la seguridad de la etoxiquina para los animales, el consumidor y el medio ambiente. IFFO ha estado trabajando estrechamente con los organismos europeos de comercio FEFAC (alimentos balanceados) y FEFANA (ingredientes de alimentos balanceados) y en coordinación con la Comisión Europea para evaluar el camino a seguir. El siguiente paso en el proceso de re-autorización es que la Comisión Europea, a través de su Comité Permanente de plantas, animales, alimentos y alimentos balanceados (SCoPAFF), sección de Nutrición Animal, debata la solicitud de autorización de la etoxiquina del solicitante. En circunstancias normales, el Comité preparará un proyecto de reglamento para conceder o denegar la autorización en un plazo de 3 meses desde la recepción del dictamen de la EFSA. En casos complejos, este plazo puede ser extendido. La sección de Nutrición Animal de SCoPAFF se reúne mensualmente, y la reunión de marzo incluyó una continuación de la discusión sobre la seguridad y la importancia económica de la etoxiquina3, lo que indica que el Comité está aún muy lejos de tomar una decisión sobre su autorización. Ensayos de IFFO sobre la reducción de la tasa de inclusión de la etoxiquina en la harina de pescado y posibles antioxidantes alternativos IFFO ha estado examinando la posibilidad de que los productores puedan reducir el nivel de incorporación de la etoxiquina en la harina de pescado, conservando las propiedades satisfactorias de calidad y seguridad en el producto fabricado. Un nivel de incorporación reducido en los ingredientes de alimentos balanceados y/o alimentos balanceados, podría ser un resultado del proceso de re-autorización. La Organización Marítima Internacional (OMI) regula la seguridad de los envíos y requiere que la harina de pescado sea dosificada con etoxiquina de entre 400 mg kg-1 y 1000 mg kg-1 dentro de un periodo de 12 meses antes del envío, garantizando que al menos cuente con un nivel de 100 mg kg-1 al momento de carga antes de su envío para mitigar el riesgo de combustión durante el transporte en el mar. IFFO también ha estado evaluando la eficacia de otros antioxidantes en los ensayos realizados con harina de pescado por algunos de los miembros. Estos ensayos incluyen el uso de BHT (hidroxitolueno butilado), y una opción natural que contiene una mezcla de tocoferol y extracto de romero en la estabilización de la harina de pescado. Los ensayos de almacenamiento comenzaron en julio de 2015, y finalizarán en julio de 2016. Posteriormente, los resultados serán evaluados y reportados. Además, IFFO está llevando a cabo estudios acelerados de la estabilidad de la harina de pescado con los tratamientos utilizados en el ensayo de almacenamiento a largo plazo para evaluar si los estudios acelerados podrían utilizarse en el futuro para evaluar a los antioxidantes para su uso en la harina de pescado. IFFO ha colaborado con el Comité de Transporte de Mercancías Peligrosas de las Naciones Unidas (ONU-TDG) y OMI en el proceso de inclusión de antioxidantes alternativos y/o modificaciones en los niveles de inclusión de la etoxiquina y BHT en la harina de pescado. La ONU-TDG compila la Reglamentación Modelo para el Transporte de Mercancías Peligrosas de la ONU, que la OMI utiliza como base para sus códigos de envío. Cualquier cambio al código de IMDG de la OMI, por lo tanto, requiere tiempo. Por ejemplo, en las próximas reuniones semestrales de ONU-TDG en el verano de 2 3 http://www.efsa.europa.eu/en/press/news/151118 http://ec.europa.eu/food/animals/docs/reg-com_ani-nutrit_20160308_agenda.pdf 2016 se crearán los códigos revisados de la OMI que entrarán en vigor en el 2020. Por otra parte, IFFO tiene conocimiento de una cláusula de exención en el código mediante la cual los países pueden realizar acuerdos en virtud de la sección 7.9.1 del Código IMDG entre las autoridades competentes en materia de seguridad marítima de esos países. IFFO sigue asistiendo a las reuniones semestrales de ONU-TDG manteniendo la conversación en los antioxidantes. Es posible que las autoridades de la UE suspendan la aprobación del uso de la etoxiquina con efecto inmediato. La próxima reunión y punto de decisión es la reunión SCoPAFF del 27-28 de abril de 2016. Por lo tanto, IFFO les recomienda a los miembros considerar las contingencias y alternativas al uso de etoxiquina, los impactos potenciales y las acciones de seguimiento si las autoridades deciden suspender la etoxiquina. Mayor información La información es actualizada regularmente en la página web de IFFO. Las consultas de los miembros deberán dirigirse a [email protected].
© Copyright 2024