CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL

Poder Judicial de la Nación
CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
FEDERAL- SALA IV
CAUSA N° 46.520/2013/CA1: “VARGAS ARCE, Martín Javier c/ EN-Mº
Seguridad- PFA s/ personal militar y civil de las FFAA y de Seg.”
En Buenos Aires, a 11 de febrero de 2016, reunidos en
acuerdo los señores jueces de la Sala IV de la Cámara Nacional de Apelaciones en
lo Contencioso Administrativo Federal, a efectos de conocer de los recursos
interpuestos en los autos caratulados “VARGAS ARCE, Martín Javier c/ ENMº Seguridad- PFA s/ personal militar y civil de las FFAA y de Seg.”, contra
la sentencia de fs. 50/52, el Tribunal estableció la siguiente cuestión a resolver:
¿Se ajusta a derecho la sentencia apelada?
El señor juez de Cámara Rogelio W. Vincenti dijo:
1º) Que la señora jueza de la anterior instancia hizo lugar a la
demanda y, en consecuencia, condenó al Estado Nacional a que incorporara al
haber mensual del actor, con carácter “remunerativo” y “bonificable”, los
suplementos establecidos por el decreto 2744/93 y sus ampliatorios. Asimismo,
ordenó que se le abonaran las retroactividades adeudadas desde abril de 2008 (v.
reclamo de fs. 44/vta.), y rechazó la pretensión referida al decreto 103/03. Impuso
las costas en el orden causado.
2º)
Que,
contra
tal
pronunciamiento,
ambas
partes
interpusieron recurso de apelación, el actor a fs. 53 y el Estado Nacional a fs.
57/58, que fueron concedidos libremente a fs. 56 y 61. Puestos los autos en la
Oficina, expresaron sus agravios a fs. 64/65 y 67/69vta., respectivamente.
Solamente el accionante contestó el memorial de su contraparte, a fs. 72/78 (v. fs.
80).
3º) Que las cuestiones planteadas por el demandado en
relación con el decreto 2744/93 y sus ampliatorios, resultan sustancialmente
análogas a las resueltas por esta Sala, en la causa caratulada “DEL RIO, Gustavo
Jorge c/EN – M° Justicia-PFA- Dto 2744/93 861/07 sobre Personal Militar y
Civil de las FFAA y de Seg.”, el 11 de febrero de 2010, en la que se reconoció la
procedencia el derecho del personal de la Policía Federal a incorporar a su “haber
Fecha de firma: 11/02/2016
Firmado por: MARCELO DANIEL DUFFY, JUEZ DE CAMARA
Firmado por: JORGE EDUARDO MORAN, JUEZ DE CAMARA
Firmado por: ROGELIO W. VINCENTI, JUEZ DE CAMARA
#16400353#146903356#20160210134656416
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CAUSA N° 46.520/2013/CA1: “VARGAS ARCE, Martín Javier c/ EN-Mº
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mensual” las asignaciones establecidas por el decreto 2744/93 y sus
modificatorios, como remunerativos y bonificables.
De tal modo, resultan de aplicación los fundamentos allí
vertidos, a los que cabe remitirse por razones de brevedad y a fin de evitar
innecesarias reiteraciones.
4º) Que, la Corte Suprema de Justicia de la Nación en la
causa “Oriolo” (Fallos 333:1909), ha señalado que “(…) aun cuando los decretos
de necesidad y urgencia 1255/05, 1126/06 y 861/07 –convalidados por ambas
Cámaras del Congreso Nacional- y el decreto 884/08 hayan expresado que los
suplementos creados por el decreto 2744/93 son particulares, no remunerativos y
no bonificables, su carácter general –en tanto se aplican según su jerarquía a la
generalidad del personal policial- desnaturaliza tal calificación a la luz del art.
75 de la ley 21.965”. Agregó que tales decretos “han mantenido la ilegitimidad
que exhibe el decreto 2744/93 en tanto la aplicación de éste ha desconocido la
estructura o arquitectura salarial prevista en el art. 75 de la ley 21.965”.
5º) Que, respecto del único agravio esgrimido por la
accionante, referido a los gastos causídicos, este Tribunal entiende que, en
atención a la distribución que efectuó el Alto Tribunal en el citado fallo “Oriolo”
(Fallos: 333:1909), se verifican razones suficientes para disponer que las costas
de ambas instancias se impongan por su orden. Máxime, si se advierte que los
sucesivos decretos -que aumentaron los porcentajes de los suplementos
establecidos por el decreto 2744/93- ratificaron el carácter “no remunerativo y no
bonificable” de aquéllos y fueron evaluados en dicho precedente.
Por ello, voto por:
Confirmar la sentencia apelada en cuanto al fondo de la
cuestión debatida, con costas en la Alzada también en el orden causado (art. 68,
segunda parte, del CPCCN).
Los señores jueces de Cámara Marcelo Daniel Duffy y Jorge
Eduardo Morán adhieren al voto precedente.
Fecha de firma: 11/02/2016
Firmado por: MARCELO DANIEL DUFFY, JUEZ DE CAMARA
Firmado por: JORGE EDUARDO MORAN, JUEZ DE CAMARA
Firmado por: ROGELIO W. VINCENTI, JUEZ DE CAMARA
#16400353#146903356#20160210134656416
Poder Judicial de la Nación
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FEDERAL- SALA IV
CAUSA N° 46.520/2013/CA1: “VARGAS ARCE, Martín Javier c/ EN-Mº
Seguridad- PFA s/ personal militar y civil de las FFAA y de Seg.”
En virtud del resultado que instruye el acuerdo que antecede,
el Tribunal RESUELVE:
Confirmar la sentencia apelada en cuanto al fondo de la
cuestión debatida, con costas en la Alzada también en el orden causado (art. 68,
segunda parte, del CPCCN).
Regístrese, notifíquese y devuélvase.
Marcelo Daniel Duffy
Jorge Eduardo Morán
Rogelio W. Vincenti
Fecha de firma: 11/02/2016
Firmado por: MARCELO DANIEL DUFFY, JUEZ DE CAMARA
Firmado por: JORGE EDUARDO MORAN, JUEZ DE CAMARA
Firmado por: ROGELIO W. VINCENTI, JUEZ DE CAMARA
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