Vientres de alquiler

“Vientres de alquiler, cuando lo ilegal
Se convierta en legal”
Obeth Ponte
 La maternidad subrogada
con fines de lucro es una
industria millonaria.
 Que
consiste
en
fecundar un óvulo de
la mujer con el
espermatozoide
del
hombre dentro de un
tubo de ensayo en el
laboratorio y luego es
implantado
en
el
vientre de la mujer.
 Esto ha supuesto
una de las mejores
opciones para las
parejas
estériles
que desean tener
un hijo biológico y
que
de
forma
convencional
no
podrían tenerlo y
formar su propia
familia.
 En la historia
contemporánea, las madres
sustitutas comienzan a
aparecer en el año de 1975
en California, Estados
Unidos, cuando un periódico
de esa ciudad publica un
anuncio en el cual se solicita
una mujer para ser
inseminada artificialmente,
a pedido de una
pareja estéril,
que por este
servicio ofrecía
una remuneración.
EL PRECIO DE UN VIENTRE DE ALQUILER
 Para los padres biológicos,
la inversión total en la
maternidad subrogada puede
rondar entre $50.000 y
$100.000 (en Estados
Unidos) dependiendo de los
factores médicos y legales
específicos.
 En distintas
del
mundo
práctica
permitida.
 En
partes
esta
está
Panamá
está
Legislada, es decir
que El Alquiler de
Vientres en nuestro
país es ilegal en el
sentido de que en el
código de la niñez y
adolescencia
esta
prohíba.
CONSECUENCIAS LEGALES DE
ESTE PROBLEMA
1. La filiación
2. La Paternidad
3. En el Derecho Sucesorio
4. En general en los principios e
instituciones del derecho de familia
LA IGLESIA CATOLICA
Rechaza
estas
fecundación,
técnicas
por
de
considerarlas
contrarias a la moral, en las que
interviene la masturbación y la
fecundación artificial.
El papa Pío XII fue uno de los
primeros
inmorales.
en
condenarlas
por
Argumentan que va
mas halla de los
limites de la
BIOETICA.
Sin duda alguna, esta es la pregunta que todos nos hacemos en primer lugar.
La ley de reproducción asistida, no permite la subrogación uterina por lo que
hacer un proceso de subrogación en Panamá es, hoy por hoy, ilegal.
Por eso muchas parejas cuya única opción es la maternidad subrogada recurren
a terceros países, donde si es legal, para poder formar sus familias. El hecho de
hacerlo fuera de Panamá no supone ningún “delito” si se hace bien, en un país
donde las leyes lo contemplen y regulen, con lo que no habrá que “falsificar”
partidas de nacimiento ni otros documentos.
En Estados Unidos, donde nosotros recurrimos, la maternidad no viene dada
por el hecho de dar a luz sino por la relación biológica del hijo respecto a los
padres; por eso nuestros nombres constan en las partidas de nacimiento de
nuestras hijas biológicas y somos sus padres a todos los efectos.
1. MATOZZO DE ROMUALDI, Liliana. Volviendo a la
cuestión de la maternidad subrogada...¿Puede reconocerse
un derecho al hijo? ED. Tomo 182-1663.
2. GARCÍA RUBIO, Mari Paz. La experiencia jurídica italiana
en materia de fecundación asistida, Pág. 37.
3. Consideraciones respecto del derecho civil español Rev.
Tapia, año VII, N 36. Octubre 1987, Pág. 73
4. 8 HOYOS AGUILAR, Wagner. “La Familia y El Derecho de
Familia”, Fondo Editorial El Portal del Derecho. AyacuchoPerú Pág. 78.