Resolución No. ARCONEL-056/15 Resolución No. ARCONEL-056/15 EL DIRECTORIO DE LA AGENCIA DE REGULACIÓN Y CONTROL DE ELECTRICIDAD- ARCONELCONSIDERANDO: Que, el artículo 15 de la Ley Orgánica del Servicio Público de Energía Eléctrica, publicada en el Tercer Suplemento del Registro Oficial No. 418 del 16 de enero de 2015, establece como una de las atribuciones y deberes de la Agencia de Regulación y Control de Electricidad –ARCONEL: “…3. Controlar a las empresas eléctricas, en lo referente al cumplimiento de la normativa y de las obligaciones constantes en los títulos habilitantes pertinentes, …”; Que, la referida Ley, en su artículo 17 define las atribuciones y deberes del Directorio de ARCONEL, entre las cuales consta: “…8. Conocer y resolver todos los temas que se ponga a su consideración respecto de las atribuciones y deberes de la Agencia de Regulación y Control, ARCONEL, del servicio público de energía eléctrica y del servicio de alumbrado público general;…”; Que, el Director Ejecutivo de la ARCONEL, conforme lo dispone el artículo 19 de la Ley ibídem, realiza los actos administrativos y suscribe los contratos que sean necesarios, de conformidad con las atribuciones y deberes asignadas a la Agencia de Regulación y Control de Electricidad, ARCONEL y por el Directorio; Que, la Disposición Transitoria Novena, de la precitada Ley, en su inciso tercero dispone: “Los procesos administrativos, judiciales y arbitrales, que se encuentren en trámite en el Consejo Nacional de Electricidad, CONELEC, serán asumidos por ARCONEL, a partir de la fecha de su integración.”; Que, el 5 de noviembre de 2004, se suscribió el Contrato de Permiso para la Construcción, Instalación y Operación de una Central de Generación de Energía Eléctrica del Proyecto Hidroeléctrico Topo, entre el Consejo Nacional de Electricidad, CONELEC, y la Compañía PEMAF Cía. Ltda.; Que, el Consejo Nacional de Electricidad, CONELEC, y la Compañía PEMAF Cía. Ltda., han suscrito cinco contratos modificatorios del Contrato de Permiso para la Construcción, Instalación y Operación de una Central de Generación de Energía Eléctrica del Proyecto Hidroeléctrico Topo, conforme el siguiente detalle: No. Contrato Modificatorio Fecha Suscripción 1 09-Ago-2006 Modificación - Capacidad del proyecto. Sesión de Directorio de 15 de septiembre de 2015 Página 1 de 3 Resolución No. ARCONEL-056/15 2 23-Sep-2009 - 3 06-Ene-2012 4 21-Dic-2012 - 5 29-Oct-2014 - Fechas de los hitos de control de cronograma de ejecución. Costo referencial del proyecto. Incorporación en cronograma de ejecución del hito: inicio de obras preliminares. Capacidad del proyecto. Fechas de los hitos de control. Cronograma de ejecución. Costo referencial y cronograma valorado. Actualización Anexos 4A y 4B. Actualización cronogramas de ejecución y valorado. Reemplazo Anexo 1: Descripción de los principales bienes del proyecto. Incremento de potencia. Fechas de los hitos de control de cronograma de ejecución. Actualización Anexos 4A y 4B. Inclusión de la construcción, instalación y operación de la línea de Transmisión a 138 kV asociada al proyecto. Modificación fechas de cumplimiento Hitos 3 y 4. Actualización Anexo 1: Descripción de los principales elementos del proyecto. Actualización Anexo 3: Principales características técnicas. Cambio del monto de la garantía del fiel cumplimiento de plazos. Inclusión de la garantía de fiel cumplimiento del plan de manejo ambiental Que, PEMAF Cía. Ltda., mediante comunicaciones de 20 y 27 de abril de 2015 y con oficio No. CF-018-2015 de 3 de junio de 2015, solicitó a la ARCONEL la suscripción de un Sexto Contrato Modificatorio para el Proyecto Hidroeléctrico Topo, y adjuntó la documentación de respaldo; Que, la Dirección Nacional de Control de la Generación presentó el Informe de Estado de Situación del Proyecto Hidroeléctrico Topo – PEMAF Cía. Ltda. (DNCG-0615-046, de 11 de junio de 2015); Que, la Coordinación Nacional de Control del Sector Eléctrico, con Memorando Nro. ARCONEL-CNCSE-2015-0481-M de 7 de agosto de 2015, presentó a la Dirección Ejecutiva el informe técnico respecto de la solicitud de autorización para suscribir un Sexto Contrato Modificatorio para el Proyecto Hidroeléctrico Topo; Que, la Procuraduría Institucional, mediante Memorando Nro. ARCONEL-PG-2015-626M de 30 de junio de 2015, emitió el informe legal correspondiente; Que, la Procuraduría Institucional, mediante Memorando Nro. ARCONEL-PG-2015-802M de 18 de agosto de 2015, remitió al Director Ejecutivo el Proyecto de Minuta del Sexto Contrato Modificatorio para el Proyecto Hidroeléctrico Topo; Que, el Director Ejecutivo de la ARCONEL, con Oficio Nro. ARCONEL-DE-2015-1381-OF de 11 de septiembre de 2015, puso a consideración del Directorio de la Agencia la solicitud presentada por PEMAF Cía. Ltda., para la suscripción de un Sexto Contrato Sesión de Directorio de 15 de septiembre de 2015 Página 2 de 3 Resolución No. ARCONEL-056/15 Modificatorio para el Proyecto Hidroeléctrico Topo; así como, los informes técnico y legal correspondientes; Que, el Directorio de la ARCONEL efectuó el análisis pertinente de la documentación presentada por la Administración; y, En ejercicio de sus atribuciones, por unanimidad, RESUELVE: Artículo 1.- Acoger el contenido del Oficio de la Dirección Ejecutiva Nro. ARCONEL-DE2015-1381-OF de 11 de septiembre de 2015, y sus anexos, el informe técnico remitido con Memorando Nro. ARCONEL-CNCSE-2015-0481-M de 7 de agosto de 2015; y, los informes legales remitidos con Memorandos Nros. ARCONEL-PG-2015-626-M y ARCONEL-PG-2015802-M de 30 de junio y 18 de agosto de 2015, respectivamente. Artículo 2.- Aprobar el texto del proyecto de minuta del Sexto Contrato Modificatorio al Contrato de Construcción, Instalación y Operación del Proyecto de Generación Eléctrica Topo. Artículo 3.- Autorizar al Director Ejecutivo de ARCONEL la suscripción del Sexto Contrato Modificatorio al Contrato de Construcción, Instalación y Operación del Proyecto de Generación Eléctrica Topo, previo el cumplimiento de la normativa jurídica aplicable, mediante el cual se actualiza lo siguiente: El cronograma de ejecución, Anexo No. 4A, del Proyecto Hidroeléctrico Topo, con la ampliación de plazo de 125 días solicitada para el cumplimiento del Hito No. 4 “inicio de operación comercial”, es decir, para el 17 de noviembre de 2015. La modificación del cronograma valorado Anexo No. 4B, que señala el nuevo costo estimado del proyecto que asciende a USD$ 72’166.666,32 con la actualización de la Garantía de Cumplimiento de Plazos. Sesión de Directorio de 15 de septiembre de 2015 Página 3 de 3
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