Cámaras Civiles - Poder Judicial

IMPUESTOS A COBRAR EN LAS CAMARAS CIVILES
CONCEPTO
Ley 196
de 1971
Ley 91
de 1983
Ley 33-91
e 1991
Total
Imptos.
a) Por cada solicitud escrita
de fijación de audiencia:
30.00
--
30.00
5.00
30.00
--
30.00
5.00
--
65.00
b) Por cada instancia o solicitud,
incluyendo solicitudes de autos de
embargos, oposiciones, fuerza pública
y otros, pero excluyendo fijación
de audiencias:
c)
65.00
Por cada conclusión en materia de divorcio:
1) Ciudadanos Dominicanos
30.00
--
30.00
10.00
2) Ciudadanos Extranjeros o Dominicanos
residentes en el exterior
30.00
--
30.00
10.00
30.00
--
30.00
5.00
30.00
--
30.00
10.00
30.00
--
30.00
70.00
70.00
d) Por cada conclusión incidental o no
principal:
--
65.00
e) Por toda conclusión principal o al
fondo:
--
70.00
f) Por cada escrito ampliatorio de
conclusiones al fondo, de réplica o
contrarréplica:
Nota:
1)
2)
5.00
--
65.00
Los impuestos establecidos por las diferentes leyes serán ajustados por el índice de la inflación anual
exceptuando la ley 33-91.
Las conclusiones incidentales solo se cobrarán, si el juez se retira a deliberar o se reserva el fallo.
IMPUESTOS A COBRAR EN LAS CAMARAS CIVILES
CONCEPTO
Ley 196
de 1971
Ley 91
de 1983
30.00
30.00
30.00
30.00
30.00
--
Ley 33-91
de 1991
Total
Imptos.
g) Por cada copia certificada de sentencia
interlocutoria o preparatoria, ordenanza
o auto:
30.00
90.00
h) Por cada certificación de las
sentencia:
30.00
90.00
i) Por cada Certificación, a excepción
de las sentencias certificadas:
--
10.00
40.00
5.00
35.00
j) Por cada solicitud de desglose,
al Secretario :
30.00
--
--
OTRAS TASAS
a) Defecto por falta de concluir
b) Defecto por falta de comparecer
---
---
---
--
c) Por el registro de cada Alguacil
--
30.00
d) Registro Civil y Conserv. Hipotecas
Si es un protesto de cheque menor de $500.00
---
30.00
Si es un protesto de cheque mayor de $500.00
--
30.00
5.00
35.00
--
10.00
40.00
--
10.00
40.00
--
5.00
35.00
5.00
35.00
e) Por cada instancia depositada en el
Control de Alquileres de Casas y Desahucios
y en la Comisión de Apelación.
30.00
f) Por cada copia expedida de las Resol.
del Control de Alquileres de Casas y
Desahucios y en la Comisión de Apel.
30.00
--
IMPUESTOS A COBRAR EN LAS CAMARAS CIVILES
LEY 2334 del 20 de Mayo de 1885 ( SOBRE REGISTRO CIVIL)
Por cada sentencia registrada en la Oficina de Registro Civil se cobrará el Derecho Proporcional y Derecho Fijación:
1)
Sentencia condenatoria en demanda en cobro de pesos, se pagará lo siguiente:
DERECHO PROPORCIONAL
7 x 1,000 del monto de la condena más 12% del resultado de 7 x 1,000.
Ejemplo: RD$100,000.00 monto condena
100,000.00 x 0.007 = 700.00
+ 12% de 700
= 84.00
Total a pagar
RD$784.00
2) DERECHO FIJO
RD$15.00. por cada sentencia
Nota:
1)
2)
Los impuestos establecidos por las diferentes leyes serán ajustados por el índice de la inflación anual
exceptuando la ley 33-91.
Las conclusiones incidentales solo se cobrarán, si el juez se retira a deliberar o se reserva el fallo.