Press Informativo del automóvil exclusivo para miembros de AUTOMOVILISTAS EUROPEOS ASOCIADOS 152 - FEBRERO 2016 NUEVA CONDENA AL AYUNTAMIENTO DE MADRID Anulan la sanción a un Socio de AEA por rebasar un semáforo en rojo IMPORTANTE ÉXITO JURÍDICO DE AEA AUDI reembolsará 39.620 € a un Socio de AEA al que no instaló un extra valorado en 180 € AEA A FAVOR DE LA MEDIDA Informes médicos gratuitos para víctimas del tráfico Nuestro Socio solicitó un sistema de reconocimiento de señales que no era posible incorporar en el modelo Q5. DESDE EL 1 DE ENERO La DGT multa a los conductores comunitarios residentes que no hayan renovado su carnet GRACIAS A LA RECLAMACIÓN DE AEA La Junta de Extremadura mejorará la seguridad vial de la carretera EX-200 DAÑOS CAUSADOS POR CAÍDA DE NIEVE DE EDIFICIOS ¿Y a mí quién me arregla el coche? RADIOGRAFÍA AEA DE LA VELOCIDAD EN MADRID ¿Dónde están los radares que más multan? CONSULTORIO JURÍDICO DE AEA ¿Qué garantía tienen los coches de segunda mano? AVISO IMPORTANTE AUTOMOVILISTAS MADRILEÑOS LOS TRIBUNALES VUELVEN A DAR LA RAZÓN A AEA La DGT tiene que descontar los márgenes de error en las multas de velocidad 90 euros de multa por acceder sin autorización al Área de Prioridad Residencial de Ópera AEAPress 1 Tráfico controla con cámaras a los vehículos sin seguro AVISO IMPORTANTE AUTOMOVILISTAS MADRILEÑOS 90 euros de multa por acceder sin autorización al Área de Prioridad Residencial de Ópera La Dirección General de Tráfico está comprobando a través de los medios automatizados de control y de monitorización instalados en las carreteras que los vehículos que circulan por ellas tienen contratada dicha póliza. Los titulares de vehículos que no tengan suscrito el seguro obligatorio de accidente se enfrentan a la inmovilización y depósito del mismo y a sanciones que van de los 601 a los 3.005 euros en función del tipo del vehículo y de otras circunstancias. En 2015, la DGT tramitó alrededor de 50.000 denuncias por circular con un vehículo que carecía del seguro obligatorio. Desde el mes de noviembre, el Ayuntamiento de Madrid ha comenzado a multar con 90 euros a todos los vehículos privados que circulen sin autorización por el Área de Prioridad Residencial de Ópera. Ópera se une así a otros barrios como Embajadores, Cortes y Letras que ya son de preferencia para residentes. Para poder acceder a esta zona, los automovilistas residentes deben solicitar una autorización para los vehículos de su propiedad. Además, pueden solicitar autorización para dos vehículos adiciona- les de los que no sean titulares y obtener 20 autorizacio- nes puntuales al mes sin justificación. Si está Ud. afectado acuda a AEA Le recordamos que la Asesoría Jurídica de AEA está a su disposición para atender cualquier consulta que precise sobre este asunto. 91.559.49.40 [email protected] ¡Invite a sus allegados a formar parte de AEA¡ Para proteger sus legítimos derechos de automovilista Frente a la administración, talleres de reparación, fabricantes de automóviles, aseguradoras, etc, o frente a cualquier persona o entidad que lesione los derechos de los automovilistas. Automovilistas Europeos Asociados Tel.: 91 559 49 40 AEAPress 6 www.aeaclub.org [email protected] IMPORTANTE ÉXITO JURÍDICO DE AEA Audi obligado a reembolsar 39.620 euros a un Socio de AEA al que no instaló un extra valorado en 180 euros Un reciente laudo adoptado por unanimidad por la Junta Arbitral de Consumo de la Comunidad de Madrid ha estimado íntegramente la reclamación dirigida por los servicios jurídicos de Automovilistas Europeos Asociados (AEA) en defensa de los intereses de uno de nuestros socios, y ha decretado la rescisión de la compraventa de un vehículo marca Audi, modelo Q5, porque “no era posible incorporar en el modelo adquirido el sistema de reconocimiento de señales” que había solicitado como equipamiento extra del vehículo y que estaba valorado en 180 euros. “Con un cambio de aceite resolvemos el problema” El concesionario de la marca donde fue adquirido el vehículo quería arreglar el conflicto surgido ofreciendo al cliente la devolución del importe abonado por el equipamiento extra “y un primer cambio de aceite valorado en 220 euros”. Sin embargo, la resolución arbitral adoptada obliga al concesionario de Audi a reembolsar al automovilista el importe íntegro de lo abonado por la compra del vehículo (impuestos incluidos), cuya cuantía asciende a 39.620 euros, al considerar que “el vendedor no entregó el bien conforme con el contrato de compraventa en relación con un elemento de seguridad que no se puede calificar de escasa importancia, siendo imposible técnica- mente tanto la reparación como la sustitución del bien”. Un error tipográfico no justifica el incumplimiento del contrato En la audiencia celebrada en la Junta arbitral de Consumo de Madrid, los letrados de AEA rechazaron el argumento de Audi respecto al ACUDA A AEA, SOMOS EXPERTOS EN DEFENDER A LOS AUTOMOVILISTAS COMO CONSUMIDORES Para AEA, el caso ahora resuelto favorablemente para el consumidor supone un importante precedente jurídico y pone en evidencia la necesidad de los automovilistas de estar asesorados y protegidos por expertos en materia de consumo. Desde hace más de veinte años, nos hemos especializado en defender los legítimos derechos de los consumidores frente a posibles incumplimientos de los fabricantes o de los vendedores de coches”. Les recordamos que el Departamento de Consumo de AEA está a su disposición para atender cualquier consulta que necesiten. 91.559.49.40 [email protected] hecho de que en el programa para configurar el equipamiento y los extras del vehículo elegido figurase el reconocimiento de señales se debiera a “un error tipográfico en la web de Audi”, así como a que “la información recogida en dicha web no ofrece garantía respecto a la exactitud de la información y se recomienda se utilice la información como orientativa”. Para AEA, “la información contenida en la web, así como en cualquier otra publicidad, obliga al anunciante a cumplir todo lo prometido en el anuncio, ya que su contenido forma parte del contrato y por eso el consumidor puede exigir al empresario que las cumpla y, caso de no hacerlo así, resolver el contrato con devolución del precio”. Y esa es la decisión adoptada por unanimidad por el Colegio Arbitral de Consumo al obligar al concesionario oficial de la marca alemana a reembolsar 39.620 euros por no poder instalar un “equipamiento extra” valorado en tan sólo 180 euros. AEAPress 3 AEA valora muy positivamente el nuevo reglamento aprobado por el Gobierno Informes médicos gratuitos para las víctimas de accidentes de tráfico Automovilistas Europeos Asociados (AEA) ha valora- do muy positivamente el Real Decreto que regula la realización de pericias para valorar los daños y perjuicios causados a las personas en los accidentes de circulación, que entró en vigor el pasado 1 de enero. Reunión del Presidente de AEA, Mario Arnaldo, con altos cargos del Ministerio de Justicia para tratar la reforma del Código Penal. Para AEA, “la posibilidad de que los perjudicados de accidentes puedan solicitar gratuitamente la realización de informes y dictámenes médicos a los Institutos de Medicina Legal y Ciencias Forenses supone un importantísimo avance para lograr una solución rápida y segura en aquellos accidentes en los que se produzca un daño corporal indemnizable, que después de la última reforma del Código Penal, en vigor desde el pasado mes de julio, había quedado seriamente comprometida”. nieron con altos cargos del Ministerio de Justicia para manifestar nuestra preocupación por la última reforma del Código Penal que despenalizó las faltas de tráfico y que podía dejar desasistidas a las víctimas de accidentes de tráfico al tener que acudir a costosos informes periciales para valorar el alcance de sus lesiones. Reunión de AEA con altos cargos del Ministerio de Justicia El pasado mes de julio representantes de AEA se reu- Como respuesta a esta inquietud, el Gobierno ha aprobado este Real Decreto que a juicio de AEA, “va a permitir a las víctimas de accidentes beneficiarse de Nuevo sistema de valoración la calidad, experiencia e imparcialidad pericial que aportan los médicos forenses, sin coste alguno para ellos, como contrapunto de la oferta motivada que realicen las entidades aseguradoras”. ¿Subirá el precio de los seguros? AEA quiere advertir frente a quienes vaticinan importantes subidas en el precio de los seguros como consecuencia del nuevo baremo indemnizatorio que “no estaría justificado un incremento generalizado de las primas, ya que durante los últimos años se ha reducido el número y la gravedad de los accidentes”. El 1 de enero también entró en vigor la Ley que regula el nuevo sistema para valorar los daños y perjuicios causados a las personas en accidentes de circulación y que, en términos generales, va a incrementar las indemnizaciones por fallecimiento y por lesiones con secuelas, si bien es probable que bajen las incapacidades temporales un 2%. AEAPress 4 LOS TRIBUNALES VUELVEN A DAR LA RAZÓN A AEA La DGT tiene que descontar el margen de error de los radares en las multas de velocidad Una reciente sentencia dictada por el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha ha revocado una sentencia dictada por un Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Albacete -que dio la razón a la DGTy ha anulado una multa de 300 € y la detracción de 2 puntos impuesta a un automovilista por circular a 113 km/h teniendo limitada la velocidad a 80 km/h. La sentencia rechaza el argumento utilizado por Tráfico “de que al plasmarse la velocidad infractora en el correspondiente boletín, la deducción de márgenes de error ya está hecha, ajustándose a lo que establecen las normas de control y las verificaciones periódicas”. Según se recoge en la sentencia, esa afirmación “sólo tendría credibilidad si a la fotografía del vehículo en cuya parte superior aparece la pantalla del cinemómetro donde se plasma la velocidad detectada, se le restasen los márgenes del 5% ó 7% reglamentarios”. La velocidad que aparece en la pantalla no es la real Además, continua la sentencia “a la Sala no le cabe duda que esa velocidad fidedigna que sale en la pantalla del cinemómetro no es la real sino dentro de los límites del error admitidos ya que es lógico suponer que no existe una programación de los aparatos para que lleven inserto en sus cálculos tales márgenes, cuando se les permite funcionar con ellos, o por lo menos esa corrección no consta. La conse- cuencia debe ser, pues, que si a esa velocidad de la pantalla no se le ha detraído el margen de error tolerable, el interesado y en este caso el Tribunal debe hacerlo por permitírselo la norma”. Sanciones por encima de la ley Según Automovilistas Europeos Asociados (AEA) -que hace más de cinco años viene denunciando la indebida imposición de sanciones de velocidad por parte de Tráfico-, “no es la primera ACUDA A AEA, SOMOS EXPERTOS EN DERECHO DE LA CIRCULACIÓN AEA advierte que la seguridad vial no está reñida con las garantías de los derechos de los ciudadanos por lo que le recomendamos que reciba un buen asesoramiento especializado por parte de expertos en derecho de la circulación y no de meros tramitadores de multas, dado que las denuncias por exceso de velocidad requieren, además del conocimiento de las normas de tráfico, de un perfecto conocimiento de las normas metrológicas. 91.559.49.40 [email protected] vez que la DGT recibe un varapalo jurídico en este sentido ya que son numerosas las sentencias de distintos juzgados que se han pronunciado en idénticos términos, pero si es la primera vez que lo hace un Tribunal Superior de Justicia con esa claridad y contundencia”. AEA también ha mostrado su satisfacción por la condena en costas que el Tribunal ha impuesto a Tráfico por obligar a los ciudadanos a tener que sufrir un peregrinaje, primero administrativo y luego judicial, para exigir que se aplique correctamente el importe de las sanciones. “Si los jueces no actúan con contundencia contra estas prácticas ilegales -concluye AEA- permitirán que determinadas administraciones conviertan la justicia en una lotería, ya que estarían jugando con la probabilidad de que a los ciudadanos, no sólo les den la razón, sino de que puedan recuperar los gastos de defensa en que incurran por defender sus legítimos derechos”. AEAPress 5 DESDE EL 1 DE ENERO La DGT multa a los conductores comunitarios residentes en España que no hayan renovado su carnet En Automovilistas Europeos Asociados (AEA) hemos iniciado una campaña de información dirigida a los conductores extranjeros residentes en España para evitarles las sanciones de 200 euros que la DGT impone a quienes circulan sin haber renovado su permiso. Desde el 1 de enero, Tráfico ha comenzado a multar con 200 euros a los conductores comunitarios residentes en España que no hayan renovado su permiso de conducir. Aunque los residentes comunitarios con dos años o más de residencia en España debían renovar su permiso de conducción desde el 19 de enero de 2015, la DGT no ha comenzado a multar hasta este año ya que consideró que era necesario establecer un periodo transitorio para que los ciudadanos afectados por esta modificación normativa la conocieran y tuvieran un periodo razonable de tiempo para regularizar la situación de sus permisos. Esta obligación se debe al cumplimiento de la Directiva Comunitaria 2006/126/CE sobre el permiso de conducción que establece que todos los conductores comunitarios residentes en España deben renovar su carnet, con independencia del país comunitario donde lo hubieran obtenido y del periodo de vigencia por el que se les hubiera otorgado. Esta Directiva permite a los países miembros de la Unión Europea establecer periodos de vigencia a carnés que actualmente no tienen fecha de caducidad, obligando a sus titulares a renovarlos en las mismas condiciones que los conductores nacionales a partir de los dos años en que adquieran la residencia en su territorio. ¿Qué deben hacer? Lo primero que deben hacer los conductores afectados es solicitar cita previa en el teléfono 060 o a través de la página web de la DGT. Una vez sean citados, deberán acudir a la Jefatura Provincial de Tráfico de su domicilio con la siguiente documentación: • Permiso de conducción original y fotocopia. • Documento que acredite la identidad. • Documento legal que acredite la residencia. • Número de teléfono o mail donde pueda ser localizado. Con estos documentos, la Jefatura solicitará la verificación del permiso de con- ducción al país expedidor, y una vez recibida, se pondrá en contacto con el interesado para que se presente en la misma con los siguientes documentos para finalizar el trámite: • Solicitud de renovación del permiso de conducción comunitario. • Informe de Aptitud psicofísica emitido por un Centro de Reconocimiento de Conductores autorizado. • Fotografía reciente • Talón foto que facilita la Jefatura de Tráfico. • Justificante de pago de la tasa (23,50 euros). • Permiso de conducción original. Otra alternativa Si bien la renovación del carnet es obligatoria para los conductores comunitarios a partir de los dos años en que adquieran su residencia en España, pueden solicitar antes de esos dos años, si lo desean, el canje de su permiso comunitario por el equivalente español. La ventaja que tiene esta opción es que Tráfico les va a expedir un permiso español por un periodo de 10 ó 5 años, sin necesidad del reconocimiento médico. Asesoramiento especializado AEA Dado que son muchos los conductores extranjeros residentes en nuestro país los que desconocen esta normativa, hemos iniciado una campaña de información a fin de evitarles las sanciones de 200 euros que la DGT está imponiendo a quienes circulan sin haber renovado su permiso. AEAPress 6 NUEVA CONDENA AL AYUNTAMIENTO DE MADRID POR SANCIONAR MEDIANTE EL SISTEMA FOTO-ROJO Anulan la sanción impuesta a un Socio de AEA por rebasar un semáforo en rojo Una nueva sentencia judicial dictada por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 3 de Madrid ha anulado una sanción de 200 euros y la detracción de 4 puntos, que el Ayuntamiento de Madrid había impuesto a un Socio de Automovilistas Europeos Asociados (AEA) por rebasar, presuntamente, un semáforo en fase roja en el Paseo de la Castellana, a la altura del número 167, y ha condenado con 200 euros de costas al consistorio madrileño. En el fundamento jurídico primero de la sentencia se señala que “la principal, y en realidad única prueba de cargo de los hechos está en la fotografía (…) que es cualquier cosa menos concluyente”. Esta resolución judicial se une a las decenas de sentencias judiciales promovidas Actuación ilegal y contumaz Para AEA, resulta sorprendente que el Ayuntamiento de Madrid, en lugar de paralizar la utilización de un sistema sobre cuya legalidad ya se han pronunciado, numerosos juzgados, el propio Tribunal Superior de Justicia de Madrid y hasta el Tribunal Supremo, “persevere en la utilización ilegal y contumaz de un sistema que no garantiza la seguridad vial de peatones ni automovilistas”. por los servicios jurídicos de AEA en defensa de los intereses de nuestros miembros, ante los distintos Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid (núms. 5, 8, 10, 21, 23, 25 y 34) y pone de nuevo en evidencia la falta de garantías del sistema utilizado por el Ayuntamiento de Madrid, desde noviembre de 2009, para captar supuestas infracciones por rebasar los semáforos en rojo en 32 intersecciones de la capital. FOTO-ROJO No obstante, el consistorio madrileño en lugar de paralizar este sistema de captación de imágenes -sobre el que ya se ha pronunciado el Tribunal Superior de Justicia de Madrid y el Tribunal Supremo-, ha anunciado que a lo largo de este año va a instalar más cámaras. SANCIÓN LOS DATOS En las calles de Madrid hay instalados 32 foto-rojo. DENUNCIAS Hasta octubre de 2015 el Ayuntamiento ha formulado 18.208 denuncias por saltarse un semáforo en rojo, con una recaudación de más de 3.5 millones de euros. Saltarse un semáforo en rojo es sancionado con multa de 200 euros y pérdida de 4 puntos. AEAPress 7 AEA ALERTA SOBRE EL ESTADO DE LAS CARRETERAS USTED DENUNCIA En el último año las quejas relativas al estado de conservación de las carreteras han aumentado un 170%. Por este motivo, en esta sección todos los meses damos a conocer las denuncias que nos envían los automovilistas en relación con el mal estado de las carreteras debido a baches, mala señalización o mal uso de las mismas, con el objeto de hacerlas públicas y así alertar a otros conductores. MAL ESTADO PAVIMENTO DETERIORADO Carretera: AS-326 Población: Tabaza-Tremañes Comunidad: Asturias Vía: A-52 Kilómetros: Del 1 al 40 Población: De Benavente a Puebla de Sanabria Provincia: Zamora Problema encontrado La carretera A-52, desde el kilómetro 1 hasta al menos el 40 está en muy mal estado con constantes baches, algunos muy peligrosos. Esto ocurre tanto en el sentido Benavente - Puebla de Sanabria como en el contrario. Problema encontrado Esta carretera es muy estrecha y se encuentra en muy malas condiciones, llena de baches y sin arcenes ni marcas viales visibles. Esto pone en peligro a conductores y peatones, así como a la integridad de los vehículos que circulan por ella. BACHES PELIGROSOS Vía: A-67 Kilómetros: Del 50 al 90 Población: Palencia Problema encontrado La autovía, en su carril derecho de ambos sentidos, está llena de baches constantes que imposibilitan rodar por el tramo central de dicho carril derecho. Los vehículos circulan con la rueda izquierda sobre la línea central, haciendo peligroso el adelantamiento del resto de vehículos. Además el bote que esto provoca se nota en la dirección del vehículo, haciendo muy peligrosa la conducción. AEAPress 8 GRACIAS A LA RECLAMACIÓN DE AEA... La Junta de Extremadura mejorará la seguridad vial de la carretera EX-200 Bajan los precios de los peajes El precio medio de los peajes de la red de autopistas dependientes de la Administración del Estado ha bajado una media del 0,6% este año. No obstante, según el Ministerio de Fomento, las tarifas de la autopista Alicante - Cartagena, han experimentado una subida del 0,39%. También se ha incrementado el peaje en las radiales R-3 (Madrid-Arganda), R-4 (Madrid-Ocaña) y R-5 (Madrid Navalcarnero), en un 1,34%. Esta actualización del precio de los peajes es fruto de la fórmula de revisión automática anual que está en vigor desde 2002, y que tiene en cuenta el IPC y la evolución de los tráficos como sus principales variables. La Consejería de Economía e Infraestructuras de la Junta de Extremadura va a instalar un paso de peatones elevado u otro sistema similar para reducir la velocidad en la carretera EX-200, tras la reclamación presentada por los servicios jurídicos de Automovilistas Europeos Asociados (AEA). AEA solicitó a la Consejería la reparación del semáforo ubicado en el paso de peatones y cruce de la carretera EX-200 a la altura del kilómetro 5,7 en Casas de Reina (Badajoz) para garantizar la seguridad de los viandantes y automovilistas que circulan por esta vía. AEA realizó esta petición tras recibir varias quejas de nuestros Socios sobre la avería de este semáforo que fue arrollado por un vehículo en un accidente en 2014 y no había sido reparado casi un año después. Según la Consejería, ante la falta de acción del Ayuntamiento de Casas de Reina, que es a quien corresponde la reparación y mantenimiento del semáforo al estar situado en suelo urbano, “van a actuar instalando un paso de peatones elevado u otro sistema similar que haga efectiva la reducción de velocidad en esa carretera”. DAÑOS CAUSADOS POR CAÍDA DE NIEVE ACUMULADA EN EDIFICIOS ¿Y a mí quién me arregla el coche? Las olas de frío polar provocan cada año daños en los vehículos de miles de automovilistas a causa de la caída de la nieve acumulada en los tejados de los edificios y muchos son los que se preguntan si esto se puede reclamar y a quién. Responsabilidad de los dueños de edificios Y la respuesta es que sí, ya que -salvo que se trate de un fenómeno extraordinario- los propietarios de los edificios deben prever que tras una nevada de proporciones normales la nieve acumulada en lo tejados se solidifica por el frío y es probable que caiga por el peso, causando daños a las personas y a los bienes. Por eso deben evitar este riesgo limpiando las viseras de nieve que se forman en los tejados, o bien señalizando convenientemente el peligro. Así que ya lo saben, si la nieve destroza su coche es posible reclamar al dueño del edificio. Servicio gratuito para Socios Si Vd. se encuentra en este caso acuda a AEA. La asesoría jurídica es un servicio gratuito para Socios. 91.559.49.40 AEAPress 9 BOTÓN DE MUESTRA Botón de muestra es una sección de Aerosoles en la que seleccionamos algunas de las consultas realizadas por nuestros socios. Mes a mes elegimos aquellas que tienen un interés más general, para que sirvan de ayuda a otros automovilistas que se encuentren en el mismo caso. GARANTÍA COCHES DE SEGUNDA MANO Voy a comprar un coche de segunda mano y no se si debo pedir factura o vale junto con el contrato de compra-venta. El compraventa me ofrece una garantía de 3 meses, ¿esta garantía tiene el mismo valor con la factura que con el contrato? s De acuerdo con la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias, la garantía de un vehículo debe ser formalizada por escrito con independencia de la factura o del contrato de compraventa. En cualquier operación de compraventa de un vehículo (se trate de transacciones entre particulares o bien con profesionales) es conveniente hacer un contrato por escrito donde queden reflejadas las condiciones de la venta. Cuando se trata de compras realizadas a empresarios o profesionales, la factura no es que sea conveniente, es que es obligatoria que se la entreguen. Por tanto si Vd. adquiere un vehículo a una "casa de compraventa" deben entregarle la factura, un contrato de compraventa y el contrato de garantía con un plazo que no podrá ser inferior a un año desde la entrega del vehículo y no de tres meses como le ofrecen a usted. No obstante, le informamos que aunque no se formalizara expresamente un contrato de garantía la ley establece un plazo de seis meses para que el comprador de un automóvil pueda exigir del vendedor el saneamiento por los vicios ocultos que pueda tener el vehículo. APARCAMIENTO PLAZA DE MINUSVÁLIDO ¿Puedo aparcar con la tarjeta de estacionamiento para minusválidos en las plazas reservadas para este fin si el discapacitado no viaja en el coche? s No. La reserva del esta- discapacitado y el vehículo cionamiento para minusvá- en el que en cada momento lidos, y la autorización otor- sea transportado. Pero debe gada a tal fin, no son para viajar en él, ya que en caso un vehículo concreto, sino contrario la autorización no que son personales para el tiene eficacia. AEAPress 10 ¡COMPRÉ UN COCHE ROBADO! Hace un año compré un coche a un compraventa. El coche tenía seis meses, procedía de Italia pero ya lo habían matriculado en España. Hace unos días me llamó la Policía comunicándome que mi coche figuraba como robado en Italia (el robo había sido denunciado dos meses después de su compra). ¿Me pueden quitar el coche? s Es muy probable que las autoridades judiciales decreten la devolución del vehículo a su legítimo dueño en Italia. No obstante, Vd. frente al compraventa que se lo vendió puede ejercitar -en el plazo de seis meses desde la compra- una acción por el saneamiento de vicios ocultos para que le devuelva lo que Vd. pagó por el coche, conociera o no la procedencia ilícita del mismo. DENEGACIÓN TARJETA DE APARCAMIENTO PARA RESIDENTES POR MULTAS Mi residencia está rodeada totalmente por zona ORA, y por razones particulares tengo que dejar el coche en la calle. Por ello, he solicitado la tarjeta de residente, la cual me han denegado porque dicen que tengo dos denuncias pendientes. Me he acercado al ayuntamiento y les he comunicado que no tengo conocimiento de tales denuncias, que por cierto son por aparcar sin tarjeta en zona ORA, a lo que me contestan que ya me las notificarán. Ante esta situación mi problema es que si no me dan la tarjeta corro el riesgo de que me sigan denunciando. ¿Esto es normal? ¿Debo esperar a que me envíen la denuncia para poder recurrirla o pagarla? s La regulación de las zonas de ORA es de estricta competencia de cada ayuntamiento mediante la aprobación de la oportuna Ordenanza que debe estar publicada en el correspondiente boletín oficial de la provincia. Por tanto, para saber los requisitos que son exigibles para obtener la tarjeta de residente puede solicitar en su municipio una copia de la ordenanza, o bien que le indiquen la fecha de su publicación. No obstante, si efectivamente se establece en la norma municipal la inexistencia de denuncias como requisito para otorgarle tal autorización, entendemos que ésta sería una exigencia ilegal por cuanto la simple denuncia no implica que los hechos denunciados fueron ciertos. Esto sólo ocurre después de un proceso contradictorio y cuando se ha dictado una resolución firme. Nuestro consejo es que haga la solicitud y si se la deniegan (tienen que hacerlo por escrito), plantee el correspondiente recurso administrativo. Si se lo vuelven a rechazar tendría que plantear su pretensión ante los tribunales para que sean estos los que declaren nula incluso la propia norma municipal. OBLIGACIÓN DE ASEGURARSE GASTO ALQUILER COCHE Soy propietario de una motocicleta de 250 centímetros cúbicos que no uso desde hace cinco años. Hace dos años la dí de baja en el seguro. ¿Es obligatorio suscribir el seguro circulen o no los vehículos? s La Ley sobre Responsabilidad Civil y Seguro en la Circulación de Vehículos a Motor impone al propietario la obligación de contratar el seguro por cada vehículo de que sea titular. Por tanto, esta obligación de asegurarse nace por la simple titularidad de vehículos aptos para circular, circulen de hecho o no, y siempre que no causen baja en el registro administrativo de Tráfico. Por tanto, si realmente Vd. no utiliza la motocicleta solicite la baja en el registro ya que no sólo se ahorrará el importe del seguro sino también del impuesto municipal que cada año debe pagar. Como consecuencia de una colisión múltiple por culpa de otro conductor, mi coche va a ser dado “siniestro total”. Acogiéndome a una oferta que me hace mi aseguradora estoy utilizando un coche alquilado. Hasta ahora, los gastos derivados de este alquiler los estoy asumiendo yo. Tratándose de un accidente que yo no provoqué sino que fui víctima del error de otro conductor, ¿puedo reclamar a su seguro los gastos del alquiler de este vehículo? s Desde luego tienes derecho a ser indemnizado por los daños y perjuicios que te hayan ocasionado como consecuencia de esa colisión. Entre ellos están sin duda los gastos del vehículo de sustitución, debidamente acreditados que podrás reclamar al responsable del accidente y a su aseguradora. AEAPress 11 Repasamos con Vd. el Código En esta sección publicaremos cada mes una selección de las normas de tráfico, explicando su significado. Si Vd. tiene hijos en edad escolar queremos que comparta con ellos educación vial. R-412: CADENAS PARA NIEVE SEÑAL VERTICAL DE OBLIGACIÓN Obligación de no proseguir la marcha sin cadenas para nieve u otros dispositivos autorizados, que actúen al menos en una rueda a cada lado del mismo eje motor. P-31: CONGESTIÓN SEÑAL VERTICAL DE ADVERTENCIA DE PELIGRO Peligro por la proximidad de un tramo en que la circulación se encuentra detenida o dificultada por congestión del tráfico. S-34 A: APARTADERO EN TÚNELES SEÑAL VERTICAL DE INDICACIÓN GENERAL Indica la situación de un lugar donde se puede apartar el vehículo en un túnel, a fin de dejar libre el paso, y que dispone de teléfono de emergencia. AEAPress 12 ADVERTENCIAS DE LOS CONDUCTORES Art.108: OBLIGACIÓN DE ADVERTIR LAS MANIOBRAS 1. Los conductores están obligados a advertir al resto de los usuarios de la vía acerca de las maniobras que vayan a efectuar con sus vehículos. 2. Como norma general, dichas advertencias se harán utilizando la señalización luminosa del vehículo o, en su defecto, con el brazo. La validez de las realizadas con el brazo quedará subordinada a que sean perceptibles por los demás usuarios de la vía y se efectúen de conformidad con lo dispuesto en el artículo siguiente, y anularán cualquier otra indicación óptica que las contradiga. RADIOGRAFÍA AEA DE LA VELOCIDAD EN MADRID ¿DÓNDE ESTÁN LOS RADARES QUE MÁS MULTAN? La M-30, es la vía que contabiliza el mayor número de infracciones (el 68%), siendo el radar situado en el túnel de la Av. de Portugal, el que formula el mayor número de denuncias (casi 50.000). LOS RADARES QUE MÁS MULTAN Según el informe de AEA, “a pesar del importantísimo número de denuncias que se formulan en la capital, la inmensa mayoría (el 90% de los casos) se trata de excesos mínimos de velocidad de apenas un 10% sobre el límite establecido, que son sancionados con multa de 100 euros”. Durante los diez primeros meses de 2015, los radares de la policia municipal de Madrid formularon 319.846 denuncias, por un importe de 38.423.800 €, por sobrepasar los límites de velocidad establecidos, según un estudio realizado por Automovilistas Europeos Asociados (AEA). Según AEA, la mayoría de las infracciones (el 55% de los casos) se produjeron por no respetar el límite de velocidad de 70 km/h. que coincide precisamente con el que existe en los túneles de la M-30. La velocidad más alta registrada por los radares de la capital fue la de un conductor que circulaba por el kilómetro 6,7 de la M-30 a 158 km/h. -en dicho punto el límite es de 90-, si bien el mayor exceso sobre el límite previsto se produjo en la Av. de Puerta de Hierro (Farola 5), al circular un conductor a 127 km/h. en un tramo donde no se pueden superar los 60 km/h. UBICACIÓN Nº DE DENUNCIAS RECAUDACIÓN 1. M-30 Túnel Av. de Portugal 49.918 5.188.700 € 2. A-5 Km. 4 (Batán) 42.137 4.335.700 € 3. M-30 C1 Km. 6,700 32.483 3.368.000 € 4. M-30 Túnel Km. 10.3 27.111 2.797.100 € 5. M-30 Túnel km. 16,530 22.365 2.298.200 € 6. M-30 C2 Km. 7,8 14.800 1.509.500 € 7. M-30 C1 Km. 0,5 13.636 1.393.200 € 8. M-30 C2 Km. 27 12.915 1.332.900 € 9. M-30 Túnel Km. 14,2 12.374 1.251.200 € 8.833 908.700 € 10. M-30 Túnel Km. 19,06 INFRACCIONES POR FRANJA DE VELOCIDAD LÍMITE NÚMERO 81 6.999 35.415 178.308 1.393 95.157 La M-30, la vía con mas infracciones La M-30, es la vía que contabiliza el mayor número de infracciones (el 68 por ciento del total), siendo el radar situado en el túnel de la Avenida de Portugal, de entrada a Madrid (Km. 4,150), el que formula el mayor número de denuncias (15%), seguido por el que está situado en el Km. 4 de la A-5, a la altura de Batán (13%). AEAPress 13 SERVICIO DE ALERTA DE VEHÍCULOS DEFECTUOSOS AEA protege a sus Socios de las anomalías detectadas en los vehículos a través del servicio SAVED AEASaved es una sección de AEAPress en la que mes a mes publicamos las últimas notificaciones que los fabricantes de vehículos han realizado a las autoridades de consumo sobre la existencia de posibles riesgos en sus productos. Estas notificaciones sobre productos industriales no alimenticios que pueden generar un riesgo grave para los consumidores son publicadas periódicamente por la Agencia Española de Consumo, Seguridad Alimentaria y Nutrición (AECOSAN) a través de la “Red de Alerta”, y reproducidas fielmente por AEA a través de las páginas de AEAPress. RENAULT, modelos MEGANE III & SCENIC III (X95), NUEVO ESPACE (JFC), KADJAR (HFE) y TRAFIC III (X82) (con motores R9M) y MASTER III (X62) (con motores M9T) (motores equipados con una bomba de vacío fabricada el 29/09/15, el 30/09/15 o el 01/10/15) RIESGO: Accidente de tráfico Rotura del rotor de arrastre de la bomba de vacío que puede afectar a la asistencia de frenado o a la potencia del motor del vehículo. La empresa RENAULT ESPAÑA COMERCIAL ha comunicado a las autoridades de consumo de Castilla y León el problema del vehículo y las medidas que voluntariamente ha adoptado, consistentes en contactar con los propietarios para proceder al control y, llegado el caso, a la sustitución de la bomba de vacío de asistencia de frenado. VOLKSWAGEN, modelo CADDY (2C), MY 2013-2014 RIESGO: Accidente de tráfico Existe la posibilidad de que el atornillado a masa de la unidad de control de la red de a bordo no se haya realizado correctamente. En el caso más desfavorable, al accionar el mando a distancia por radiofrecuencia, el motor se puede poner en marcha solo, lo que puede provocar que el vehículo avance si hay una marcha engranada. VOLKSWAGEN-AUDI ESPAÑA ha comunicado a las autoridades de consumo de Cataluña el problema del vehículo y las medidas que voluntariamente ha adoptado, consistentes en contactar con los propietarios para comprobar si están afectados los bastidores y, en caso afirmativo, se reaprieta el par de apriete del atornillado a masa. MOTOCICLETA YAMAHA, modelos YZF-R1 y YZF-R1M (modelo 2015) RIESGO: Accidente de tráfico Existe el riesgo que los engranajes de la transmisión de segunda, tanto del eje principal como del secundario, puedan romperse o funcionar incorrectamente debido al uso extremo y al alto esfuerzo sufrido en la parte inferior del diente. En consecuencia, los piñones de tercera y cuarta pueden deformarse por el estrés excesivo causado por un uso severo y debido también a la resistencia inadecuada del material. En el peor de los casos, los piñones pueden llegar a romperse. En situaciones muy severas de reducción a segunda velocidad en circuitos, con asfalto con gran agarre y neumáticos tipo slic (competición) también de gran agarre, en reducciones de marcha muy bruscas o mal diestras, puede llegar a romperse el piñón de cambio de segunda velocidad por el estrés generado, con el consiguiente peligro. El estrés puede afectar otros piñones del cambio. YAMAHA ESPAÑA ha comunicado a las autoridades de consumo de Cataluña el problema de la motocicleta y las medidas que ha adoptado, consistentes en contactar con los propietarios para que revisen sus motos y se efectúen las modificaciones necesarias. AEAPress 14 OPEL, modelos ADAM y CORSA E (2014-2016) RIESGO: Incendio y quemaduras La conexión entre la mangueta y el brazo de apoyo inferior podría fallar, provocando una pérdida de estabilidad en la marcha. Este problema puede presentarse de forma repentina e inesperada de manera que el vehículo ya no sería controlable. GENERAL MOTORS ESPAÑA ha comunicado a las autoridades de consumo de Aragón el problema del vehículo y las medidas que voluntariamente ha adoptado, consistentes en solicitar a los propietarios que pasen por la Red de Reparadores Autorizados para que practiquen la solución técnica pertinente. OPEL, modelos VIVARO B y MOVANO B (modelo 2016) RIESGO: Accidente de tráfico Debido a una rotura del eje de la bomba de vacío, se podría producir una pérdida de asistencia del servofreno, pérdida de potencia del motor, testigo iluminado y vehículo en modo de emergencia. GENERAL MOTORS ESPAÑA ha comunicado a las autoridades de consumo de Aragón el problema del vehículo y las medidas que ha adoptado, consistentes en notificar la campaña por correo a todos los propietarios registrados. En esta comunicación se solicita a estos clientes que pasen por la Red de Reparadores Autorizados para que practiquen la solución técnica pertinente. SKODA, modelo SUPERB III (cód. 3V - MY 2015-2016) RIESGO: Accidente de tráfico Existe la posibilidad de que el conector T2a situado en el portarrelés SC del habitáculo (borne 30_2) no esté suficientemente bloqueado. En el caso más desfavorable, el conector T2a se puede soltar y algunas de las funciones electrónicas (p. ej., arranque del vehículo, apertura del portón trasero, testigos de control del cuadro de instrumentos, etc.) podrían fallar. Si el fallo se produce durante la marcha, se podría seguir conduciendo el vehículo hasta su detención. VOLKSWAGEN-AUDI ESPAÑA ha comunicado a las autoridades de consumo de Cataluña el problema del vehículo y las medidas que voluntariamente ha adoptado, consistentes en contactar con los propietarios de los vehículos afectados para ejecutar las labores técnicas necesarias. NISSAN, modelo NOTE (E11) (años 2005 a 2011) RIESGO: Lesiones diversas Existe la posibilidad que se haya alterado la densidad del dispositivo pirotécnico en algunos infladores de airbag fabricados entre los años 2005 y 2011. En esta condición, durante el despliegue del airbag, podría crearse una presión excesiva dentro del inflador, pudiendo llegar a romperse. NISSAN IBERIA ha comunicado a las autoridades de consumo de Cataluña el problema del vehículo y las medidas que voluntariamente ha adoptado, consistentes en contactar con los propietarios de los vehículos afectados para reemplazar el inflador del módulo del airbag del conductor. KIT DE ZAPATAS DE FRENO PARA VEHÍCULO NISSAN TERRANO, marca VALEO, ref. 554855, 554856 y 554904 (lote TR48/13) RIESGO: Incendio y quemaduras Como consecuencia de un lote de hojas de mandíbula TR48/13 donde las partes de diferentes tamaños se mezclan, si se utiliza una parte de dimensión incorrecta, la junta puede caerse durante el uso del freno, pudiendo causar el bloqueo de las ruedas. La empresa VALEO SERVICES ESPAÑA ha comunicado a las autoridades de consumo de Madrid el problema del producto y las medidas que voluntariamente ha adoptado, consistentes en localizar las piezas afectadas para retirarlas, ha puesto un cartel en tienda y un aviso en su página Web. AEAPress 15 TELE-CONSULTA AUTOMOVILÍSTICA AEA Dígame!! Servicio exclusivo para los Socios, para dar respuesta inmediata a sus consultas relacionadas con el uso del automóvil A través del teléfono 91 559 49 40 Vd. podrá formular cualquier consulta sobre multas, accidentes, garantías de fabricantes, etc OFICINAS AEA EN MADRID Tasas de tráfico 2016 Desde el 1 de enero de este año, las tasas que exige la Jefatura Central de Tráfico para realizar cualquier trámite relacionado con su vehículo, permiso de conducir u otras autorizaciones son las siguientes: Recuerde que todas las Jefaturas Provinciales de Tráfico han suprimido su pagos en efectivo. PERMISOS DE CIRCULACIÓN Expedición de permisos de circulación 95,80 Expedición de licencias de circulación de ciclomotores y cambios de titularidad de los mismos 26,70 Autorizaciones especiales de circulación 127,50 Permisos y Autorizaciones temporales (traslados, pruebas,etc) 19,80 Cambios de titularidad de los permisos de circulación 53,40 PERMISOS PARA CONDUCCIÓN Pruebas para obtener el permiso 90,30 Obtención de licencias de conducción 42,70 Obtención de permisos o licencias de conducción por haber perdido el crédito de puntos o por canje, cuando éste no requiera la realización de pruebas prácticas de conducción; así como la expedición del permiso A tras la superación de la formación exigida sin examen 27,70 Prórroga de vigencia de los permisos de conducción 23,50 OTRAS TARIFAS Luis Carlos Vázquez, 16 28043 MADRID Fax: 91 559 27 57 E-mail: [email protected] www.aeaclub.org Invite a sus familiares y amigos a inscribirse en AEA AEAPress 16 Anotaciones de cualquier clase en los expedientes, suministro de datos, certificaciones, cotejos o copias auténticas 8,30 Duplicados de permisos y licencias de conducción por extravío, deterioro, etc 20,00 Otras autorizaciones otorgadas por el Organismo 10,10 Anotación del resultado de la ITV Escolta, control y regulación de la circulación de vehículos. Por hora y agente... 3,90 32,20 Nueva valoración fiscal en la compraventa de coches Desde el 1 de enero, Hacienda ha actualizado los valores fiscales de los coches, a efectos de liquidar impuestos en caso de compraventa. Si Usted va a adquirir un vehículo a un particular, consulte con AEA los impuestos que tendría que pagar. Es un servicio gratuito para Socios: 91.559.49.40 [email protected]
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