Press Informativo del automóvil exclusivo para miembros de AUTOMOVILISTAS EUROPEOS ASOCIADOS 151 - DICIEMBRE 2015 ESCÁNDALO TESTRA 700.000 multas de tráfico en Cataluña a la basura Nuevas normas para vehículos que trasladen presos NUEVO ÉXITO JURÍDICO DE AEA La DGT no aplica el margen de error en las mediciones de los radares Una nueva sentencia reduce una sanción por exceso de velocidad y condena en costas a Tráfico por no aplicar correctamente los márgenes de error de los radares. CAMPAÑA DE AEA Si conduces bebido, olvídate del seguro PRUEBAS DE ALCOHOLEMIA Los ciclistas también soplan REFORMA DEL REGLAMENTO DE CONDUCTORES Los conductores de ciclomotor menores de 18 años podrán llevar pasajeros CONSULTORIO JURÍDICO DE AEA ¿Está un conductor novel cubierto por el seguro de su padre en caso de accidente? DESDE EL 1 DE ENERO DE 2016 Se reduce a un mes el plazo para darse de baja del seguro AEA A FAVOR DE REDUCIR EL COSTE DEL VIA-T AEA les desea las mejores Navidades para Vd. y su familia Peajes más accesibles para discapacitados AEAPress 1 ESCÁNDALO TESTRA 500.000 multas de “trànsit” y otras 200.000 municipales a la basura AEA ha detectado que las publicaciones edictales realizadas en el último año por el Servei Català de Trànsit y doscientos municipios catalanes en el TESTRA son ineficaces al no constar en los edictos la fecha de su publicación. Tampoco son válidas las multas publicadas por el Ayuntamiento de Barcelona en el BOE desde el pasado 1 de junio porque no es el diario oficial procedente. Automovilistas Europeos Asociados (AEA) ha denunciado que todas las notificaciones de multas realizadas en el último año por el Servei Català de Trànsit y doscientos municipios catalanes a través del Tablón Edictal de Sanciones de Tráfico (TESTRA), que publica la DGT, así como las realizadas por el Ayuntamiento de Barcelona a través del BOE desde el pasado 1 de junio, son ineficaces e inválidas porque no cumplen la normativa que regula este tipo de notificaciones, en el caso de que no hubieran podido ser entregadas personalmente a los interesados. La DGT se olvidó de poner la fecha de publicación en el TESTRA Respecto a las publicaciones en el TESTRA, el fallo que hemos detectado consiste en que la DGT, responsable del servicio, ha venido omitiendo la fecha en la que el anuncio se publicó, tanto en su cabecera como en cada una de las páginas del edicto -como establece el Art. 6 de la Orden INT/3022/2010, de 23 de noviembre, por la que se regula el TESTRA-, lo cual impide realizar el computo de los plazos legales AEAPress 2 bien para pagar con descuento o bien para recurrir, resultando dichas publicaciones “inválidas, ineficaces y sin valor legal alguno”. El BOE no el diario oficial procedente Igualmente, AEA denuncia que tampoco son válidas las publicaciones edictales que desde el pasado 1 de junio realizan en el BOE tanto el Servei como el Ayuntamiento de Barcelona “por cuanto, éste no es el diario oficial procedente para publicar sanciones de tráfico”. “Por tanto -a nuestro juicio- cualquier automovilista catalán podría oponerse al cobro ejecutivo de dichas multas por parte de la Agencia Tributaria, o de cualquier otro servicio de recaudación, porque la necesaria 200 notificación previa no se ha realizado correctamente”. 700.00 multas a la basura Según nuestras estimaciones -que hemos tenido que acudir a la fe pública notarial para acreditar los fallos detectados-, 500.000 multas tramitadas por Trànsit y otras 200.000 tramitadas por el Ayuntamiento de Barcelona, son inválidas y su recaudación ejecutiva, en caso de impago, resultaría inviable al no constar en los edictos la fecha en la que fueron publicados. Si está Ud. afectado acuda a AEA Le recordamos que la Asesoría Jurídica de AEA está a su disposición para atender cualquier consulta que precise sobre este asunto. 91.559.49.40 [email protected] ayuntamientos afectados AEA ha detectado también idénticas irregularidades en la tramitación de otros cientos de miles de multas impuestas por otros doscientos municipios catalanes que han utilizado el TESTRA de la DGT y el BOE para notificarlas. Multas que también pueden terminar en la basura. Entre ellos se encuentran los importantes municipios de Hospitalet de Llobregat, Badalona, Terrassa, Sabadell, Lleida, Mataró, Santa Coloma de Gramenet y Girona, entre otros (Pueden ver la lista completa en www.aeaclub.org) NUEVO ÉXITO JURÍDICO DE AEA Una nueva sentencia reduce una sanción por exceso de velocidad y condena en costas a Tráfico por no aplicar correctamente los márgenes de error de los radares. La DGT no aplica el margen de error en las mediciones de los radares Una sentencia del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 4 de A Coruña ha estimado el recurso promovido por Automovilistas Europeo Asociados (AEA) en defensa de uno de nuestros miembros y ha reducido la gravedad de la sanción impuesta por exceso de velocidad -de 400 € y 4 puntos a 300 € y 2 puntos- al considerar que para graduar la sanción, Tráfico no aplicó correctamente los márgenes de error legalmente previstos en la Orden ITC/3123/2010, reguladora del control metrológico del AEA lo denunció hace 5 años Esta nueva sentencia vuelve a avalar la denuncia que realizamos en 2010 respecto del erróneo criterio sancionador que la DGT, el Gobierno Vasco, la Generalitat de Cataluña y municipios como Alicante, Murcia, Valencia, Valladolid o Zaragoza están aplicando desde entonces para sancionar los excesos de velocidad. Estado de los instrumentos destinados a medir la velocidad de circulación de vehículos a motor. Además el fallo condena hasta 400 € de costas a la Administración. La resolución judicial rechaza la alegación que el letrado de la DGT sostuvo en el juicio de que “en el cinemómetro está incluido el margen de error” ya que según consta en la sentencia “si así es, no consta en ningún lugar. Ni en el certificado de calibración, ni en la fotografía, ni tampoco en prueba alguna practicada”. 300.000 multas por encima de la Ley AEA calcula que desde mayo del año 2010 se han impuesto en España más de 300.000 multas con importes y detracción de puntos superiores a los establecidos en la Ley de Seguridad Vial. Para AEA, “esta sentencia es contundente y clara al afirmar que es a la Administración a quién corresponde la prueba completa de la infracción y que con los datos de la verificación metrológica efectuada podría demostrar, en lugar de negar la prueba al sancionado, la correcta graduación de la sanción”. Satisfacción por la condena en costas AEA ha mostrado también su satisfacción por la condena en costas impuesta a Tráfico por obligar a los ciudadanos a tener que sufrir un peregrinaje, primero administrativo y luego judicial, para exigir que se aplique correctamente el importe de las sanciones. Según AEA, “si los jueces no actúan con contundencia contra estas prácticas ilegales permitirán que determinadas administraciones conviertan la justicia en una lotería, ya que estarían jugando con la probabilidad de que a los ciudadanos, no sólo les den la razón, sino de que puedan recuperar los gastos de defensa en que incurran por defender sus derechos”. La DGT incumple la normativa de la UE ¿Qué dice el Centro Español de Metrología? AEA recuerda que la directiva europea sobre persecución transfronteriza de infracciones de tráfico obliga a consignar en las denuncias “la velocidad máxima permitida, la velocidad medida por el radar y la velocidad medida corregida en función del margen de error” sobre la que deberá aplicarse el cuadro de sanciones. El Centro Español de Metrología ya informó a AEA que “los cinemómetros reflejan en sus fotografías los datos de velocidad captados por el instrumento en ese momento” y que “el tratamiento o aplicación que de los márgenes de error se dé a las lecturas corresponderá a las unidades sancionadoras u organismos competentes”. AEAPress 3 ¡RE CU ER DE ! A partir del próximo mes de enero se reduce a un mes el plazo para comunicar la baja al seguro QUÉ ME VOY...!! La Ley del Contrato de Seguro establece que podemos concertar un seguro por el plazo que determinemos en la póliza, siempre que no sea superior a diez años, y que podemos prorrogarlo una o más veces por un período no superior a un año cada vez. Hasta ahora, si decidíamos no continuar con el seguro debíamos comunicar la baja a la aseguradora con dos meses de antelación al vencimiento. Sin embargo, a partir del próximo mes de enero, el plazo de preaviso para los asegurados se reduce a un mes, manteniéndose el anterior plazo de dos meses para comunicar la decisión de oponerse a la prórroga si es la aseguradora la que toma la decisión o si quiere modificar algún aspecto del contrato (incremento de prima, modificación del capital asegurado, etc). Leemos la letra pequeña por Vd. AEA le ofrece el asesoramiento preciso e independiente para que Vd. y su automóvil estén perfectamente asegurados. 91.559.49.40 Si tiene alguna duda con su PÓLIZA consulte con la asesoría de seguros de AEA. Es un servicio gratuito para los Socios. CONSEJOS DE AEA PARA CONTRATAR UN SEGURO 1 º No se fíe de lo que le digan de palabra. El contrato de seguros siempre debe estar formalizado por escrito. 2 3 º No pregunte sólo por lo que cubre el seguro. Pregunte también por lo que no cubre. º Cuando compare precios entre distintas compañías, compare también magnitudes iguales. Bajo la nomenclatura de “seguros a todo riesgo” o “seguros a terceros” pueden existir variaciones de cobertura muy importantes. (Así, por ejemplo, para indemnizar el siniestro total de un vehículo algunas compañías lo hacen con arreglo al precio de lo que en su día costó el coche de nuevo; otras de acuerdo con el precio de nuevo actualizado, y otras con el valor por matrícula del coche usado. Entre unas y otras puede haber variaciones de un 40%). 4 º Pague de inmediato la prima y exija el correspondiente recibo expedido por la compañía aseguradora. Recuerde que el primer requisito para estar asegurado es estar al corriente de pago. En materia de seguros no vale el “ya te pagaré”. 5 º Revise anualmente las coberturas de su póliza, especialmente si contrata un seguro “a todo riesgo”. Recuerde que cada año el valor de su automóvil se deprecia y podría ocurrir que a lo largo de los años Vd. esté pagando más prima que la indemnización que pueda corresponderle en caso de siniestro total. AEAPress 4 CAMPAÑA DE AEA Si conduces bebido, olvídate del seguro El 62% de los automovilistas desconoce que los seguros no cubren los siniestros causados por conductores ebrios. Coincidiendo con las celebraciones navideñas, Automovilistas Europeos Asociados (AEA) ha puesto en marcha por séptimo año una campaña divulgativa para informar a los automovilistas de las graves consecuencias que para su patrimonio puede suponer el alcohol en caso de tener un accidente de tráfico. AEA pretende con esta campaña incidir sobre las consecuencias económicas del alcohol en la conducción y que resultan desconocidas para la mayoría de conductores y propietarios de vehículos. Según la última encuesta que hemos realizado, todavía son muchos los automovilistas que desconocen que los seguros excluyen de cobertura los daños causados por conductores ebrios, aproximadamente el 62%. Sin embargo el porcentaje de desconocimiento sobre la responsabilidad en que pueden incurrir es aún mayor cuando se trata de propietarios de vehículos que prestan su automóvil a otros, ya que el 77% de los encuestados no sabe que como propietarios responderían también de los daños causados por dichos conductores ebrios aun estando el vehículo asegura- do “a todo riesgo”, si éstos fueran insolventes. ¿Dejarías a tus padres en la calle por una copa de más? Y la práctica totalidad de los encuestados aseguraron desconocer que la condena por conducir bajo los efectos del alcohol implica quedar “fichado” con antecedentes penales. Para AEA, “todo el mundo es consciente que el alcohol es un factor de riesgo muy importante en la conducción y que se pueden imponer importantes sanciones a los conductores ebrios, pero no saben que por una simple copa de más se pueden quedar sin casa, o cerrar la empresa donde trabajan”. Por esta razón, queremos explicar con ejemplos sencillos y basados en casos reales las consecuencias económicas que tiene la presencia del alcohol en la conducción. CIÓN IFICA NOT BARGO M DE E P ablo tenía plan para el fin de año. Sólo tenía que convencer a su padre para que le dejara el coche para recoger a sus amigos. Su padre no se negó. A la ida, Pablo tuvo cuidado de que no le mancharan la tapicería del coche nuevo de su padre, pero a la vuelta, después de unas cuantas copas de más, no acertaba a trazar las curvas con seguridad. En una de ellas, el coche volcó y sus amigos resultaron heridos. H oy sus padres viven en una modesta vivienda de alquiler porque el juzgado embargó el chalet familiar donde vivían para hacer frente, como propietarios del vehículo, a los 360.000 euros con que tuvieron que indemnizar a los amigos de su hijo. Si conduces bebido, olvídate del seguro. Automovilistas Europeos Asociados Lo que dice la ley Desde 1995, la Ley que regula el seguro de responsabilidad civil de suscripción obligatoria del automóvil permite a las aseguradoras reclamar los importes de las indemnizaciones a que hubieran tenido que hacer frente por los da- ños causados por los conductores ebrios. Inicialmente las víctimas de estos conductores son indemnizadas por las propias compañías de los vehículos, pero posteriormente dichas cantidades son reclamadas al conductor ebrio, e incluso al propietario del vehículo, caso de que aquel fuera insolvente. AEAPress 5 Los ciclistas también soplan ✔ En lo que va de año la Policía Municipal de Madrid ha realizado pruebas de alcoholemia a 327 personas que circulaban en bicicleta. ✔ En el 30% de los casos el resultado de estos controles fue positivo. Hasta el pasado mes de octubre, 99 personas han sido multadas en Madrid por pedalear bajo los efectos del alcohol. En total, la policia municipal realizó 327 pruebas de alcoholemia a ciclistas. Son datos preocupantes si tenemos en cuenta que el año pasado se hicieron 44 pruebas, en las cuales sólo cinco personas dieron positivo. Pero ¿están obligados los ciclistas a someterse a la prueba de alcoholemia? La tasa máxima de alcoholemia, de los conductores en general (0.5 g/l de alcohol en sangre o de alcohol en aire espirado superior a 0.25 miligramos por litro) también afecta a los ciclistas que están obligados, como otros conductores, a someterse al preceptivo test de alcoholemia. En caso de dar positivo, la cuantía económica a pagar por los ciclistas será de 500 euros, excepto para aquellos que ya hubieran sido sancionados en el año inmediatamente anterior por el mismo motivo; así como para aquellos que circulen con una tasa que supere el doble de la permitida. Para estas ex- Lo que dice el Reglamento de Circulación Artículo 20. Tasas del alcohol en sangre y aire espirado. 1. No podrán circular por las vías objeto de la legislación sobre tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial los conductores de vehículos ni los conductores de bicicletas con una tasa de alcohol en sangre superior a 0,5 gramos por litro, o de alcohol en aire espirado superior a 0,25 miligramos por litro. Artículo 21.Investigación de la alcoholemia. Personas obligadas. 1. Todos los conductores de vehículos y de bicicletas quedan obligados a someterse a las pruebas que se establezcan para la detección de las posibles intoxicaciones por alcohol. cepciones, la sanción será de 1.000 euros. Sin pérdida de puntos No obstante, a los ciclistas no les afecta la pérdida de puntos ya que según la Ley de Seguridad Vial establece que esta “únicamente se producirá cuando el hecho del que se deriva la detracción de puntos se produce con ocasión de la conducción de un vehículo para el que se exija autorización administrativa para conducir”. Y hasta la fecha, la conducción de bicicletas no exige ninguna autorización. Así opinan los Socios de AEA “Han logrado que el Ayuntamiento de Madrid anule 30 multas notificadas por edictos (casi 3.000 euros)”. AEAPress 6 “Gracias por su forma de informar y aclarar, con sencillez y objetividad las dudas que le planteó mi hijo”. AEA APLAUDE LA INICIATIVA DE REDUCIR EL COSTE DE MANTENIMIENTO DEL TELEPEAJE VIA-T PEAJES MÁS ACCESIBLES PARA CONDUCTORES DISCAPACITADOS El CCS asumirá los siniestros por catástrofe de los vehículos con seguro Según se recoge en un proyecto de Orden Ministerial aprobado el pasado 4 de noviembre por el Ministerio de Economía, a partir de julio del próximo año el Consorcio de Compensación de Seguros (CCS) se hará cargo de los siniestros por inundaciones o terremotos de todos los vehículos, independientemente del tipo de póliza de seguros que tengan. Hasta la fecha únicamente cubría los gastos de los coches con una póliza a Todo Riesgo. Automovilistas Europeos Asociados (AEA) ha aplaudi- do la decisión de SEOPAN, asociación que representa a 27 empresas concesionarias de autopistas, de reducir un 66% el coste del mantenimiento anual del dispositivo telepeaje VIA-T para facilitar el acceso a los automovilistas discapacitados que tengan algún tipo de adaptación en sus vehículos. AEA solicitó a Fomento soluciones para facilitar el peaje a conductores discapacitados Como se recordará, el pasado verano AEA trasladó al Ministerio de Fomento las quejas de miembros de su asociación que, por tener algún tipo de discapacidad o adaptación en sus vehículos, habían tenido dificultades para efectuar el pago de los peajes en los accesos a autopis- tas que no disponían de personal las 24 horas. Fomento remitió una instrucción a las concesionarias instando a solventar este problema que, en parte, podría encontrar solución en la eliminación, o al menos en una disminución del coste anual ¿CÓMO PUEDEN BENEFICIARSE DE ESTA REDUCCIÓN? Para beneficiarse de esta reducción, los interesados deben realizar una solicitud por mail a [email protected], adjuntando copia de su permiso de conducir por las dos caras. de mantenimiento de los dispositivos que permiten el pago electrónico de los peajes sin necesidad de que los conductores tengan que alterar su posición. Rebajas del 66% en el coste del mantenimiento anual Por eso, celebramos esta esta iniciativa de la que podrán beneficiarse los conductores en cuyo epígrafe nº 12 de su permiso de conducción, relativo a las restricciones o adaptaciones, figure alguno de los siguientes códigos armonizados: 02, 03, 10, 15, 20, 25, 30, 35, 40, 42, 43 y 44. Dichos códigos se refieren a la adaptación que lleva el vehículo (embrague, transmisión, frenos, dirección, etc) o bien a las prótesis del conductor, tales como audífonos o aparatos ortopédicos. ¡Invite a sus allegados a formar parte de AEA¡ Para proteger sus legítimos derechos de automovilista Frente a la administración, talleres de reparación, fabricantes de automóviles, aseguradoras, etc, o frente a cualquier persona o entidad que lesione los derechos de los automovilistas. Automovilistas Europeos Asociados Tel.: 91 559 49 40 www.aeaclub.org [email protected] AEAPress 7 AEA ALERTA SOBRE EL ESTADO DE LAS CARRETERAS UST E D DENUNCIA En el último año las quejas relativas al estado de conservación de las carreteras han aumentado un 170%. Por este motivo, en esta sección todos los meses damos a conocer las denuncias que nos envían los automovilistas en relación con el mal estado de las carreteras debido a baches, mala señalización o mal uso de las mismas, con el objeto de hacerlas públicas y así alertar a otros conductores. FIRME EN MAL ESTADO PAVIMENTO DETERIORADO Carretera: A-1307 Población: Belchite (Zaragoza)-Alzaila (Teruel) Comunidad: Aragón Vía: N-634 Población: Curtis Provincia: A Coruña Problema encontrado El estado de esta vía a su paso por el municipio de Curtis (A Coruña) es lamentable. Además tiene una alta siniestralidad ya que soporta una gran cantidad de tránsito de vehículos al comunicar la provincia de Lugo con Santiago de Compostela. Problema encontrado Carretera en muy mal estado, tanto en la calidad del firme como en la solidez de las cunetas por la cantidad de vegetación que se acumula en las mismas. Además es una vía muy estrecha, en la que en muchos puntos apenas pueden circular dos vehículos. NECESARIA ACTUACIÓN DE CONSERVACIÓN Vía: LE-521 Población: Valencia de Don Juan a Matallana de Valmadrigal Provincia: León Problema encontrado El firme de la carretera que une Valencia de Don Juan con Matallana de Valmadrigal está en muy mal estado ya que desde que se trazó esta vía nunca se ha realizado ninguna actuación de conservación. Sólo se han realizado obras consistentes en esparcir un poco de brea sobre la carretera y añadir gravilla para que se adhiera a la brea. AEAPress 8 El Ministerio del Interior ha aprobado una Orden (Orden INT/2573/2015, de 30 de noviembre), que regula las condiciones técnicas y de seguridad que, como mínimo, deben reunir los vehículos destinados a la conducción de detenidos, presos y penados, utilizados por las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, que se adquieran a partir de su entrada en vigor (el pasado 5 de diciembre). Nuevas normas para vehículos que trasladen presos No obstante, los vehículos existentes a la entrada en vigor de esta orden podrán seguir en uso hasta su baja definitiva. Según el Ministerio, la neVEHÍCULOS DE HASTA NUEVE PLAZAS cesidad de conciliar la seguridad activa y pasiva de los vehículos y la seguridad de los traslados, en relación con los detenidos, presos y penados, por una parte, y de los componentes de la escolta, por otra; justifica la elaboración de una nueva normativa que regule las especificaciones técnicas que deben reunir los vehículos destinados a la conducción de detenidos, presos y penados. Según esta Orden, los vehículos celulares para el transporte de detenidos, presos y penados, incluido el conductor y escolta deber reunir las siguientes especificaciones generales: VEHÍCULOS DE MÁS DE NUEVE PLAZAS CLIMATIZACIÓN CLIMATIZACIÓN Debe permitir mantener una temperatura aproximada en los distintos habitáculos entre 18 ºC y 28 ºC. Debe permitir mantener una temperatura aproximada en los distintos habitáculos entre 18 ºC y 28 ºC. ALUMBRADO INTERIOR ALUMBRADO INTERIOR Cada habitáculo deberá disponer de alumbrado interior suficiente, sin que se produzcan deslumbramientos, ni molesten indebidamente a los demás usuarios de la vía pública. Cada habitáculo deberá disponer de alumbrado interior suficiente, sin que se produzcan deslumbramientos, ni molesten indebidamente a los demás usuarios de la vía pública. COMPARTIMENTO DE DETENIDOS, PRESOS Y PENADOS Estará separado del compartimento de conducción y vigilancia por una estructura con puerta, construida con materiales anti-vandálicos que podrán ser transparentes, para que permitir la visualización de la escolta hacia los detenidos, presos y penados, u opacos, en cuyo caso dispondrá de, al menos, una ventana. Este compartimento dispondrá también de: - Al menos dos ventanas laterales no practicables, provistas de oscurecimiento para dificultar la identificación visual desde el exterior, con resistencia anti-vandálica. - Asientos colocados en dirección de la marcha, con un sistema de retención homologado que se abra desde el puesto de vigilancia. - Maletero separado para el transporte de equipaje, si las dimensiones de los vehículos lo permiten. - Dependiendo de las necesidades operativas y de sus características, cuando sean utilizados en distancias de largo recorrido, dispondrán de un habitáculo de dimensiones adecuadas destinado a urgencias fisiológicas. SISTEMAS ELECTRÓNICOS DE VIGILANCIA Deberán estar dotados de dispositivos electrónicos de visualización que permitan, en todo momento, a los efectivos encargados de la conducción y vigilancia la observación del habitáculo de detenidos, presos y penados. Este sistema de vigilancia grabará las imágenes. INTERCOMUNICADOR Los compartimentos delantero y trasero, ocupados por los efectivos encargados de la vigilancia, dispondrán de un intercomunicador que conecte ambos compartimentos. COMPARTIMENTO CENTRAL Estará constituido por un pasillo y celdas a ambos lados. Estas serán aisladas, con capacidad para una o dos personas. Los materiales utilizados en su construcción, en la medida de lo posible, serán ignífugos. Este compartimento también dispondrá de: - Asientos colocados en el sentido de la marcha, con un sistema de retención homologado que se abra desde el puesto de vigilancia. Además llevarán reposacabezas integrado. - Pasillo de una anchura mínima de 45 centímetros que dispondrá de dos puertas que aíslen el compartimento central de los compartimentos delantero y trasero. - Un habitáculo de dimensiones adecuadas destinado a urgencias fisiológicas. SISTEMAS ELECTRÓNICOS DE VIGILANCIA Deberán estar dotados de dispositivos electrónicos de visualización que permitan, en todo momento, a los efectivos encargados de la conducción y vigilancia la observación del habitáculo de detenidos, presos y penados. Este sistema de vigilancia grabará las imágenes. AEAPress 9 BOTÓN DE MUESTRA Botón de muestra es una sección de Aerosoles en la que seleccionamos algunas de las consultas realizadas por nuestros socios. Mes a mes elegimos aquellas que tienen un interés más general, para que sirvan de ayuda a otros automovilistas que se encuentren en el mismo caso. JÓVENES CONDUCTORES Son frecuentes las consultas acerca de las consecuencias de tener un siniestro con un coche asegurado a nombre de una persona mayor y con varios años de carnet pero conducido por un conductor joven con carnet reciente. Por ello queremos dejarles claras algunas ideas. QUEDARSE SIN GASOLINA NO ESTÁ SANCIONADO En mi último viaje me quedé sin carburante. Se presentó la Guardia Civil y tras prestarme ayuda me sancionó por este hecho. ¿Estipula el Código de Circulación esta sanción? s Como tal infracción no s Siempre que se habla de seguros conviene analizar caso a caso para ver como está hecha la póliza. No obstante y para dar una orientación general ya que es un caso frecuente, les diremos lo siguiente: Con respecto a los daños o lesiones que se puedan producir a terceros, la compañía deberá indemnizar siempre, con independencia de quién sea el conductor. El problema por tanto se plantearía sólo respecto de los daños propios en aque- llos vehículos asegurados “a todo riesgo”. El único supuesto en que la aseguradora podría rechazar el siniestro sería cuando en la póliza figurara con claridad, y de manera destacada, que los siniestros producidos por conductores no reflejados están excluidos. Si no existe esta cláusula, lo único que podría hacer la compañía es reducir proporcionalmente la indemnización en función de la diferencia que existiera entre lo pagado y los recargos que, en función de la edad y años de carnet se tendrían que haber pagado y, siempre y cuando demuestre que el conductor que llevaba el vehículo en el momento del siniestro lo conducía habitualmente (cosa bastante difícil de probar para las compañías). Nuestro consejo para los padres y los conductores jóvenes es que para evitarse discusiones hagan la póliza incluyendo a los conductores noveles, y paguen los correspondientes recargos, si éstos van a conducir habitualmente el coche. está expresamente tipificada y, por tanto, no consideramos probable que en su caso, si presenta el oportuno recurso, la denuncia se convierta en sanción. No obstante, debemos informarle que el art. 2 del Reglamento General de Circulación es como una especie de “cajón de sastre" donde en determinados casos -nunca en el caso que nos plantea- podría incardinarse como infracción el hecho de “quedarse sin gasolina”. Según dicho articulo: “Los usuarios de la vía están obligados a comportarse de forma que no entorpezcan indebidamente la Circulación, ni causen peligro, perjuicios o molestias innecesarias a las personas o daños a los bienes”. TALLERES INDEPENDIENTES ¿Puedo llevar mi coche a un taller independiente sin perder la garantía? s Si. El propietario de un vehículo no pierde la cobertura de su garantía legal por el hecho de realizar mantenimientos o reparaciones en talleres AEAPress 10 independientes con recambios de otras marcas, siempre que lo haga conforme a las recomendaciones del fabricante de su coche. PLAZO PARA PASAR LA ITV ¿FURGONETA O TURISMO? Hace unos años me compré una furgoneta para utilizarla como un vehículo de turismo. Sin embargo ahora al pasar la ITV me he llevado una sorpresa ya que me han dicho que tengo que poner un separador entre la zona del conductor y la parte trasera del vehículo, y además que tengo que pasar la ITV cada año en lugar de cada dos como yo creía que tenían que pasar los turismos. ¿Es cierto? El pasado mes de octubre la policía local de Madrid me formuló una denuncia por no haber pasado la ITV. Tan sólo me había demorado cinco días. Me dieron un justificante para pasar la inspección en el plazo de 10 días, cosa que hice al día siguiente. Quisiera saber si a pesar de haber pasado ya la ITV voy a ser sancionado con una multa de 200 euros. Me han dicho que existe un mes de gracia para pasar la ITV después del plazo de caducidad, ¿es cierto? s Efectivamente le han informado correctamente. El vehículo que Vd. adquirió es un vehículo denominado “mixto” que admite simultáneamente el transporte de carga y pasajeros. Respecto del separador, el art. 10 del Reglamento General de Circulación establece que dichos vehículos deberán estar provistos de una protección adecuada a la carga que transporte de manera que no estorbe a los ocupantes ni pueda dañarlos en caso de ser proyectada. Respecto del plazo para pasar la ITV, efectivamente es menor que el de un turismo, ya que se tiene la obligación de acudir a la primera ITV a los dos años en lugar de a los cuatro; cada dos años cuando el vehículo tenga una antigüedad de entre dos y seis años; cada año, si tiene entre seis y diez años y cada seis meses, cuando cumpla los diez. Pero aún existe otra diferencia de este tipo de vehículos mixtos respecto de los turismos, y es la velocidad máxima a la que pueden circular: 100 km/h. en autopista; 90 km/h. en vías rápidas y 80 km/h. en carreteras convencionales. s En la actualidad no se concede ningún mes de gracia para pasar la ITV sin ser sancionado, es decir, que con pasarse un sólo día del plazo concedido para pasar la ITV se le puede sancionar. No obstante, el plazo de los 10 días que los agentes otorgan para pasar la ITV es sólo para que no se ordene, además, el precinto del vehículo. Pero este hecho no significa que no se vaya a continuar con el expediente sancionador por no haber pasado la ITV en el plazo indicado. VIGENCIA SEÑAL DE VELOCIDAD PAGO IVTM ¿Cuándo finaliza la vigencia de una señal de limitación de velocidad? Cuando se vende un coche, el pago del impuesto municipal ¿corresponde al vendedor o al comprador? s El Impuesto municipal sobre Vehículos de Tracción Mecánica se devenga el día 1 de enero de cada año. Por tanto, legalmente le corresponde el pago del impuesto de todo el año a la persona que figure como titular del vehículo el día 1 de enero, aunque con posterioridad lo transfiera. Cuestión distinta es que una vez pagado, se s La señal R-301 de velocidad máxima obliga desde el lugar en que esté situada hasta la próxima señal «Fin de limitación de velocidad», de «Fin de prohibiciones» u otra de «Velocidad máxima», salvo que esté colocada en el mismo poste que una señal de advertencia de peligro o en el mismo panel que esta, en cuyo caso la prohibición finaliza cuando termine el peligro señalado. Situada en una vía sin prioridad, deja de tener vigencia al salir de una intersección con una vía con prioridad. Si el límite indicado por la señal coincide con la velocidad máxima permitida para el tipo de vía, recuerda de forma genérica la prohibición de superarla. pueda pactar con el comprador del vehículo el recobro de dicho impuesto. AEAPress 11 Repasamos con Vd. el Código En esta sección publicaremos cada mes una selección de las normas de tráfico, explicando su significado. Si Vd. tiene hijos en edad escolar queremos que comparta con ellos educación vial. SEÑALES REALIZADAS DESDE LOS VEHÍCULOS Los agentes de la autoridad responsables del tráfico que estén regulando la circulación podrán dar órdenes o indicaciones a los usuarios mientras hacen uso de la señal V-1, a través de la megafonía o por cualquier otro medio que pueda ser percibido claramente por aquéllos, entre los cuales están los siguientes: BANDERA ROJA Indica que a partir del paso del vehículo que la porta, la calzada queda temporalmente cerrada al tráfico de todos los vehículos y usuarios, excepto para aquellos que son acompañados o escoltados por los agentes de la autoridad responsable de la regulación, gestión y control del tráfico. BANDERA VERDE Indica que, a partir del paso del vehículo que la porta, la calzada queda de nuevo abierta al tráfico BANDERA AMARILLA Indica al resto de los conductores y usuarios la necesidad de extremar la atención o la proximidad de un peligro. BRAZO EXTENDIDO HACIA ABAJO INCLINADO Y FIJO El agente desde un vehículo indica la obligación de detenerse en el lado derecho a aquellos usuarios a los que va dirigida la señal. AEAPress 12 Art.104: USO DEL ALUMBRADO DURANTE EL DÍA Deberán llevar encendida durante el día la luz de corto alcance o cruce: a) Las motocicletas que circulen por cualquier vía objeto de la legislación sobre tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial. b) Todos los vehículos que circulen por un carril reversible, por un carril adicional circunstancial o por un carril habilitado para circular en sentido contrario al normalmente utilizado en la calzada donde se encuentre situado, bien sea un carril que les esté exclusivamente reservado, bien esté abierto excepcionalmente a la circulación en dicho sentido, así como aquellos obligados en virtud de lo establecido en los artículos 41 y 42. REFORMA DEL REGLAMENTO GENERAL DE CONDUCTORES Los conductores de ciclomotor menores de 18 de años podrán llevar pasajeros PASAJEROS EN CICLOMOTOR Se elimina la prohibición actual de transportar pasajeros en un ciclomotor hasta que el conductor titular del permiso de la clase AM (habilita a conducir ciclomotores) tenga dieciocho años cumplidos. Desde el 31 de diciembre, una vez obtenido el permiso, no se podrá condicionar la posibilidad de transportar pasajeros en el ciclomotor a que su titular tenga una edad determinada. SE ELIMINA EL PERMISO BTP Se suprime la clase de permiso de conducción BTP exigido para conducir un vehículo prioritario en servicio urgente, o que realice transporte escolar, o transporte público de viajeros (taxis). Actualmente, para conducir esa clase de vehículos es necesario ser titular de la clase de permiso en función de las características del vehículo (B para turismos o D para autobuses) y, además, obtener un permiso de la clase BTP, previa superación de unas pruebas psicofísicas, teóricas y prácticas. SOLO SE PODRÁ SER TITULAR DE UN PERMISO El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto que modifica el Reglamento General de Conductores y que entrará en vigor el próximo 31 de diciembre. Desde Automovilistas Europeos Asociados (AEA) queremos que Vd. conozca de forma clara y concisa algunas de las modificaciones introducidas, y que a Vd. como automovilista le afectan. Si le surge alguna duda, los servicios jurídicos de AEA están como siempre a su disposición. Sólo se podrá ser titular de un único permiso de conducción expedido por un Estado miembro, con independencia de que en ese permiso se vayan incorporando las distintas clases que se puedan ir obteniendo. Por lo tanto, ya no se podrán expedir en nuestro país permisos de conducción a quienes ya sean titulares de un permiso expedido por otro Estado miembro, aunque sea de otra clase. MODELO ÚNICO DE PERMISO COMUNITARIO La implantación como único del modelo comunitario de permiso de conducción hace necesario que los permisos de conducción expedidos en un modelo diferente ya no sean devueltos cuando se proceda a su renovación en nuestro país. En su lugar serán sustituidos por un permiso expedido por la autoridad española ajustado a ese modelo único comunitario. APNEA DEL SUEÑO Se modifica el anexo IV sobre “Aptitudes psicofísicas para obtener o prorrogar el permiso o licencia de conducir” para regular expresamente la patología del síndrome de apnea obstructiva del sueño (trastorno respiratorio durante el sueño), al permitir obtener o prorrogar la vigencia del permiso o la licencia de conducción a conductores que padezcan esa patología moderada o grave, condicionados al informe favorable de la Unidad de Sueño que acredite un buen control, el cumplimiento del tratamiento y la mejora de la somnolencia diurna. AEAPress 13 SERVICIO DE ALERTA DE VEHÍCULOS DEFECTUOSOS AEA protege a sus Socios de las anomalías detectadas en los vehículos a través del servicio SAVED AEASaved es una sección de AEAPress en la que mes a mes publicamos las últimas notificaciones que los fabricantes de vehículos han realizado a las autoridades de consumo sobre la existencia de posibles riesgos en sus productos. Estas notificaciones sobre productos industriales no alimenticios que pueden generar un riesgo grave para los consumidores son publicadas periódicamente por la Agencia Española de Consumo, Seguridad Alimentaria y Nutrición (AECOSAN) a través de la “Red de Alerta”, y reproducidas fielmente por AEA a través de las páginas de AEAPress. MOTOCICLETA, marca KTM, modelos SX-F, EXC-F y EXC-F Six Days (MY 2016) RIESGO: Incendio Un defecto en la tuerca de aluminio de la bomba de gasolina M12 puede ocasionar la pérdida de hermeticidad y fugas descontroladas de combustible que, en casos extremos, puede producir daños o incendio. La empresa KTM SPORTMOTORCYCLES ESPAÑA ha comunicado a las autoridades de consumo de Cataluña el problema de la motocicleta y las medidas que voluntariamente ha adoptado, consistentes en contactar con distribuidores y propietarios para solventar el problema e incluir una nota informativa en la web y en diversos medios de comunicación escritos o digitales. KTM, modelo FREERIDE 250 R/350 RIESGO: Incendio Presenta deficiencias en la válvula de respiración del depósito de gasolina que, en situaciones extremas, podrían provocar fugas de combustible. La empreas KTM SPORTMOTORCYCLES ESPAÑA ha comunicado a las autoridades de consumo de Cataluña el problema de la motocicleta y las medidas que voluntariamente ha adoptado, consistentes en informar a concesionarios y propietarios para que acudan a resolver el problema. MITSUBISHI, modelo LANCER EVOLUTION (CZ4A) (producción 2014) RIESGO: Incendio y quemaduras Debido a un mal montaje del cable del freno de estacionamiento del lado derecho, puede rozar con el depósito de combustible y deteriorar su recubrimiento, y en el peor de los casos podría ocasionar pérdida de combustible. B&M AUTOMÓVILES ESPAÑA ha comunicado a las autoridades de consumo de Madrid el problema del vehículo y las medidas que ha adoptado, consistentes en realizar una notificación a todos los titulares de los vehículos afectados mediante carta, para que acudan a la red de talleres autorizados Mitsubishi para realizar la reparación. RENAULT TWINGO III (equipados con la caja de velocidades automática DCT (X07 R4S), fabricados desde el inicio de la producción hasta el 20/10/2015) RIESGO: Accidente de tráfico Posible arranque del motor al accionar la llave de contacto sin que la palanca de velocidades esté posicionada en P o en N. En el caso de que el freno de mano no esté activado, el vehículo se pone en movimiento cuando tendría que permanecer inmóvil. La empresa RENAULT ESPAÑA COMERCIAL ha comunicado a las autoridades de consumo de Castilla y León el problema del vehículo y las medidas que ha adoptado, consistentes en contactar con los propietarios de los vehículos afectados para modificar el dossier de configuración del calculador de la Unidad Central del Habitáculo. AEAPress 14 MOTOCICLETA HONDA, modelos GL1800 Goldwing y GL1800B Bagger RIESGO: Accidente de tráfico El freno trasero puede llegar a bloquearse mientras se circula y en un caso extremo, si se continúa circulando, puede llegar a producir fuego por la elevada temperatura a la que se llega. Esto es debido a que el orificio de la válvula de retención en el sistema de frenos del cilindro maestro secundario es estructuralmente susceptible a la obstrucción por sedimentos externos durante un periodo de stock prolongado o un mantenimiento inadecuado. La consecuencia de este problema puede llegar a bloquear el freno trasero. HONDA ESPAÑA ha comunicado a las autoridades de consumo de Cataluña el problema de la moto y las medidas que ha adoptado, consistentes en informar a concesionarios y propietarios para reemplazar el cilindro maestro secundario por uno nuevo modificado, se limpiarán los posibles sedimentos y se sustituirá el líquido de frenos. KAWASAKI, modelo SC300 / SC300ABS (SC300AF/BF) RIESGO: Accidente de tráfico Con el motor frío, este puede llegar a pararse al cerrar el mando del acelerador. KAWASAKI ESPAÑA ha comunicado a las autoridades de consumo de Cataluña el problema del vehículo y las medidas adoptadas, consistentes en informar a todos los propietarios de las unidades afectadas para que visiten un concesionario para llevar a cabo la reparación. OPEL, modelos ADAM y CORSA E (2014-2016) RIESGO: Incendio y quemaduras La conexión entre la mangueta y el brazo de apoyo inferior podría fallar, provocando una pérdida de estabilidad en la marcha. Este problema puede presentarse de forma repentina e inesperada de manera que el vehículo ya no sería controlable. GENERAL MOTORS ESPAÑA ha comunicado a las autoridades de consumo de Aragón el problema del vehículo y las medidas que voluntariamente ha adoptado, consistentes en solicitar a los propietarios que pasen por la Red de Reparadores Autorizados para que practiquen la solución técnica pertinente. ¿Tiene problemas con la garantía de su coche? AEA ofrece a sus socios un servicio de atención legal gratuito para resolver conflictos en materia de consumo por reparación defectuosa o falta de la adecuada atención sobre garantías de coches nuevos o usados. Además, Ud. dispone de un servicio de tasación del valor de su vehículo en el mercado de ocasión. ¡AEA, especialistas en proteger sus legítimos derechos! AEAPress 15 TELE-CONSULTA AUTOMOVILÍSTICA AEA EN ESPAÑA Los coches autónomos pueden realizar ensayos en vías abiertas al tráfico Dígame!! Servicio exclusivo para los Socios, para dar respuesta inmediata a sus consultas relacionadas con el uso del automóvil A través del teléfono 91 559 49 40 Vd. podrá formular cualquier consulta sobre multas, accidentes, garantías de fabricantes, etc OFICINAS AEA EN MADRID Los vehículos de conducción automatizada disponen desde el pasado 16 de noviembre de un marco normativo estable para realizar pruebas y ensayos en vías abiertas al tráfico. La Dirección General de Tráfico (DGT) ha publicado una instrucción en la que se recogen los requisitos necesarios para solicitar dichas pruebas, así como una clasificación de dichos vehículos en función de su nivel de automatización. Podrán solicitar la autorización para la realización de pruebas y ensayos los fabricantes de vehículos autóno- Luis Carlos Vázquez, 16 28043 MADRID Fax: 91 559 27 57 E-mail: [email protected] www.aeaclub.org Invite a sus familiares y amigos a inscribirse en AEA AEAPress 16 ¿QUÉ ES UN COCHE AUTÓNOMO? Según esta instrucción, vehículo autónomo es todo aquel que dispone de capacidad motriz y está equipado con tecnología que permita su manejo o conducción sin precisar la forma activa de control o supervisión de un conductor, tanto si dicha tecnología autónoma estuviera activada o desactivada de forma temporal o permanente. mos, sus carroceros y los laboratorios oficiales, así como los fabricantes o instaladores de la tecnología que permita al vehículo plena autonomía, las universidades y consorcios que participen en proyectos de investigación. El ámbito de la autorización es nacional y establecerá los tramos de vías urbanas e interurbanas por las que el vehículo está autorizado a realizar las pruebas. Las autorizaciones concedidas tendrá un plazo máximo de 2 años, pudiéndose prorrogar sucesivamente por idénticos periodos de tiempo. EN INGLATERRA Y GALES EN FRANCIA Prohíben fumar en coches donde vayan niños Los ciclistas cobrarán por ir a trabajar en bici Desde el pasado 1 de octubre, Inglaterra y Gales han prohibido fumar dentro de los coches en los que viajen menores de 18 años. La Ministra de Ecología, Desarrollo Sostenible y Energía, Ségolène Royal, ha anunciado que a partir del 1 de enero de 2016 los trabajadores que se desplacen a su lugar de trabajo en bicicleta recibirán una bonificación de veinticinco céntimos de euro por cada kilómetro que recorran. La nueva normativa establece multas de 50 libras (67 euros) para los infractores.
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