Resolución nº 1899/2015 - Ayuntamiento de Bormujos

DON FRANCISCO MIGUEL MOLINA HARO, ALCALDE DEL AYUNTAMIENTO DE BORMUJOS (SEVILLA), HACE SABER: Que, por la presente, se comunica que por esta Alcaldía, con fecha de hoy, se ha dictado Resolución nº 1899/2015, cuyo tenor literal se transcribe a continuación: “RESOLUCIÓN EN VIRTUD DE LA CUAL SE APRUEBAN PROVISIONALMENTE LAS LISTAS DE EXCLUIDOS Y/O ADMITIDOS DE LA BOLSA DE MONITOR DE TAICHÍ PARA EL CURSO 2015‐2016, COMO RESULTADO DEL PROCESO SELECTIVO DESARROLLADO CON ARREGLO A LAS BASES APROBADAS POR RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 1544/2015, TENIENDO EN CUENTA EL NUEVO PLAZO OTORGADO POR RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 1829/2015. ANTECEDENTES: I. Que mediante Resolución de Alcaldía nº 1544/2015, de fecha veintiuno de agosto del corriente, se aprobaron las Bases para la Constitución de la Bolsa de Trabajo de Monitores para Escuelas Deportivas Municipales y Monitores de Apoyo Escolar para el Curso 2015‐2016. II. Que, según disponen las citadas Bases aprobadas, se han reunido el Tribunal Seleccionador a los fines previstos, estando compuesto de la siguiente forma: ‐ En su Presidencia; Dª. Isabel Jiménez Delgado, con DNI 28744057Z, Vicesecretaria Interventora del Ayuntamiento de Bormujos. ‐ Como Secretario; D. Manuel Ángel Navarro Sánchez, con DNI 28581625P, Técnico de Administración General del Ayuntamiento de Bormujos. ‐ Y como Vocal; D. Diego Gaviño Rodríguez, con DNI 27290741E, funcionario de carrera de este Ayuntamiento. III. A resultas de las diferentes sesiones celebradas por dicho Tribunal Seleccionador, de conformidad con los criterios contenidos en las citadas bases reguladoras, teniendo en cuenta lo acordado en la Resolución de Alcaldía nº 1829/2015, de fecha cinco de los corrientes, sobre ampliación del plazo de presentación de solicitudes, y según consta en el Acta expedido y suscrito por los integrantes de dicho Tribunal con fecha trece de los corrientes, se acordó aprobar los listados provisionales de admitidos y/o excluidos para la constitución de Bolsa de Trabajo de Monitores de Taichí para el Curso 2015‐2016 que se reproducen a continuación: LISTADO DE ADMITIDOS/AS: X‐5889660‐G 11 1 D. Antonio Nestico
2 Dª. Elisa Sierra Brito
29.782.391‐J 10 3 D. José María Venero Galindo 28.718.305‐E 2
Por todo lo anterior, teniendo en cuenta el contenido del Acta expedida por el Código Seguro De Verificación:
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Francisco Miguel Molina Haro
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Tribunal Seleccionador, en uso de las competencias que le confiere la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, esta Alcaldía, HA RESUELTO: Primero.‐ Aprobar de manera provisional las listas de personas excluidas y/o incluidas reproducidas en el Antecedente III de la presente Resolución, correspondientes a la Bolsa de Trabajo de Monitores de Taichí para el Curso 2015‐
2016, como resultado del proceso selectivo desarrollado por el referido Tribunal con arreglo a las Bases aprobadas por la citada Resolución de Alcaldía nº 1544/2015. Segundo.‐ Publicar el Edicto correspondiente en los Tablones de Anuncios del Ayuntamiento, así como en la web municipal, para su general conocimiento y a los efectos previstos en la Base 8ª para el inicio del periodo de reclamaciones por un periodo de cinco (5) días hábiles, a contar desde el siguiente al de la publicación. Tercero.‐ Notifíquese la presente Resolución a las Áreas de Secretaría, Empleo y Recursos Humanos, para su conocimiento y efectos.” La referida resolución, por imperativo del apartado a), del artículo 109 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, pone fin a la vía administrativa y contra dicho acuerdo, podrá interponerse recurso potestativo de reposición, ante el mismo órgano que dictó el acto en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de la notificación. Transcurrido un mes desde la interposición del recurso de reposición, sin que se notificase su resolución se entenderá desestimado por silencio administrativo (artículo 43.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre) y quedará expedita la vía contencioso – administrativa. Igualmente, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso – Administrativa, podrá interponerse directamente recurso contencioso – administrativo ante el Juzgado Contencioso – Administrativo correspondiente en el plazo de de dos meses contados desde el siguiente al de la notificación del acto administrativo o de la notificación del acuerdo resolutivo del recurso de reposición, o bien en el plazo de seis meses contados desde el siguiente a aquel en que se produzca el acto prescrito. Lo que se hace público para general conocimiento y a los efectos oportunos, en Bormujos, a trece de octubre de dos mil quince. EL ALCALDE Fdo.: Francisco Miguel Molina Haro. Código Seguro De Verificación:
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