RESOLUCION No 005 DR AMPUDIA

CONCEJO DISTRITAL DE BUENAVENTURA
NIT. 835.000.021-4
RESOLUCION No 005
4 de enero 2016
“Por la cual resuelve reclamación por resultado en la convocatoria pública para
elegir Contralor Distrital de Buenaventura 2016-2019”
La Mesa Directiva del Concejo Distrital de Buenaventura, Valle del Cauca, en uso
de sus facultades Constitucionales y legales, en especial las conferidas por el
artículo 35 de la Ley 1551 de 2012, el decreto 2485 de 2014, el Decreto sectorial
No 1083 de 2015 y la autorización de la plenaria del Concejo Distrital del 10 de
noviembre de 2015
CONSIDERANDO
Que mediante Resolución No 488 de diciembre de 2015 POR MEDIO DE LA
CUAL SE REALIZA LA CONVOCATORIA PUBLICA PARA LA ELECCIÓN DEL
CONTRALOR DISTRITAL DE BUENAVENTURA, VALLE DEL CAUCA PARA EL
PERIODO CONSTITUCIONAL 2016 – 2019, se publicó la convocatoria respectiva.
Que una vez practicadas las pruebas señaladas en la Resolución No 488 de 2015,
prueba de conocimientos, prueba de competencias comportamentales y valoración
de antecedentes, se publicó el listado de resultado final de esas pruebas.
Que conforme lo establece el artículo 35 de la Resolución No 488 de 2015, el
abogado LENIS GUSTAVO AMPUDIA ASPRILLA , identificado con la cédula de
ciudanía No 16.446.423, radico dentro de los términos legales consagrados en
dicha resolución, su reclamación, por no estar de acuerdo con su resultado de sus
prueba de conocimientos y comportamentales.
Que en cuanto a su solicitud de revisión de sus respuestas en la prueba de
conocimientos nos permitimos informarle que el proceso de calificación de este
tipo de pruebas se utilizan procedimientos estandarizados de la estadística y la
psicometría; para el caso concreto, la prueba de conocimientos se calificó un
procedimiento denominado con referencia a la norma, es decir, que las
ejecuciones de un aspirante son puntuadas e interpretadas con respecto al
desempeño de los demás aspirantes que abordan la misma prueba. En este caso
se calculan ciertos estadísticos de la población para determinar la escala de
resultados. En primer lugar se obtiene el número de respuestas correctas de cada
persona que aborda las preguntas; con este dato, se calcula el promedio y la
desviación estándar de todos y finalmente, con estos datos, se realiza el proceso
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de estandarización de puntajes y por último se transforma este resultado a una
escala particular.
Que es importante aclarar entonces que la puntuación directa, es decir, el número
de respuestas correctas o aciertos no es la puntuación final obtenida en la prueba,
sino que es necesario transformar esas puntuaciones para poder hacerlas
comparables con las de los demás aspirantes.
Que en relación con la prueba de competencias laborales, el puntaje obtenido
significa el grado de ajuste o de aproximación de su perfil individual de
competencias al perfil ideal del cargo en selección; su calificación se realiza
valorando cada una de las respuestas dadas frente a ese perfil ideal, pero de igual
manera en función del grupo que abordó la prueba para el mismo cargo.
Que asi las cosas, la puntuación obtenida en la prueba de conocimientos
corresponde a no solo al número de respuestas correctas suyas, sino a la
ponderación de esas respuestas respecto de las dadas por los demás
concursantes; en ese sentido, su calificación es correcta y verdadera y no hay
lugar a modificación alguna.
Que el aspirante abogado Lenis Gustavo Ampudia Asprilla , identificado con la
cédula de ciudanía No 16.446.423, identificado con la cédula de ciudanía No
16.446.423, al presentar las pruebas de conocimientos obtuvo un total de 39
aciertos sobre 70 posibles, lo que representa, de acuerdo a lo manifestado en los
incisos 4, 5 y 6 de este escrito, un resultado de 56,31/100, para un porcentaje de
39.41% sobre 60% en la prueba de conocimientos, en la convocatoria pública para
elegir Contralor Distrital e Buenaventura.
En consecuencia
DECRETA
ARTÍCULO PRIMERO: No revocar la Resolución No 594 de 31 de diciembre de
2015, y por consiguiente no aceptar la reclamación del profesional Lenis Gustavo
Ampudia Asprilla, identificado con la cédula de ciudanía No 16.446.423, en la
convocatoria pública para elegir Contralor distrital de Buenaventura, por las
razones expuestas en la parte motiva.
ARTICULO SEGUNDO.- Contra el presente acto administrativo, no procede
recurso.
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Dado en Buenaventura, Valle del Cauca, a los cuatro (4) días del mes de enero de
2016.
ORIGINAL FIRMADO POR LA MESA DIRECTIVA
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