edictos, avisos judiciales, notariales, dictámenes y convocatorias

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Edictos
DIARIOIMAGEN
Lunes 9 de marzo de 2015
EDICTOS, AVISOS JUDICIALES, NOTARIALES, DICTÁMENES Y CONVOCATORIAS
AL CALCE UN SELLO CON EL ESCUDO
NACIONAL QUE DICE ESTADOS
UNIDOS MEXICANOS,
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA
DEL DISTRITO FEDERAL.
JUZGADO VIGÉSIMO NOVENO
DE LO FAMILIAR
EDICTO
AL CALCE UN SELLO CON EL ESCUDO
NACIONAL QUE DICE ESTADOS UNIDOS
MEXICANOS, TRIBUNAL SUPERIOR DE
JUSTICIA DEL DISTRITO FEDERAL.
AL CALCE UN SELLO CON EL ESCUDO
NACIONAL QUE DICE ESTADOS
UNIDOS MEXICANOS,
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA
JUZGADO VIGÉSIMO NOVENO
DE LO FAMILIAR
DEL DISTRITO FEDERAL.
LA SECRETARIA DE ACUERDOS “B” DEL
JUZGADO VIGÉSIMO NOVENO DE LO
FAMILIAR DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE
JUSTICIA DEL DISTRITO FEDERAL,
LICENCIADA ELSA ISABEL RAMIREZ RUIZ,
EMITE EL SIGUIENTE:————
“AÑO DE LA CONSOLIDACIÓN
EDICTO
JUZGADO TRIGÉSIMO PRIMERO
DE LO FAMILIAR
En los autos del juicio CONTROVERSIA DEL
DENTE DE CANCELACION DE PENSIÓN
ALIMENTICIA) promovido por RUEDA
ORTEGA IRMA, en contra de JOSE DE JESUS CASILLA FRANCO, expediente 892/03,
En los autos del juicio ORDINARIO CIVIL, DIVORCIO INCAUSADO, promovido por PINEDA CARRILLO ALFREDO en contra de MARIBEL GONZALEZ AGUILAR expediente 2329/2013, Justicia
del Distrito Federal, ubicado en la Avenida Juárez, número 8, décimo piso, Colonia Centro, Delegación
Cuauhtémoc, Teléfono 51 30 47 29, el C. Juez dictó un
auto que a la letra dice:
radicado ante el C. JUEZ Vigésimo Noveno
de la Familiar del Distrito Federal, en cumplimiento a lo ordenado en auto del treinta y uno
de marzo del dos mil catorce, se ordeno se
haga saber al C. IRVING CASILLAS RUEDA
la tramitación del juicio de referencia, que deberán publicarse por TRES VECES DE TRES
EN TRES DIAS EN EL BOLETIN JUDICIAL y en el PERIODICO IMAGEN, quedando en este juzgado las copias de traslado
en la Secretaria “A” dentro del termino de
QUINCE DIAS contando a partir de la ultima
publicación produzca su contestación, apercibida que de no hacerlo, se le declarara rebelde
y se tendrá por contestada la demanda en sentido negativo, con fundamento en el articulo
122 fracción II del Código de Procedimientos
Civiles…Notifíquese. Lo proveyó y firma el
C. Juez.- Doy fe.———————México, D.F., a 18 de febrero del 2015.
LA C. SECRETARIA DE ACUERDOS “A”
LIC. MARIA ANGELICA GEORGINA
SANCHEZ MUÑOZ
México, Distrito Federal a dieciséis de enero del año
dos mil quince.
—-A sus autos el escrito de cuenta, como se solicita y
visto el estado que guardan los presentes autos, de los
que se desprende que ya se han realizado las gestiones
necesarias para la localización del domicilio de la C.
MARIBEL GONZALEZ AGUILAR, por lo que con
fundamento en lo dispuesto en el artículo 122 del Código
de Procedimientos Civiles, se ordena la práctica del
emplazamiento de MARIBEL GONZALEZ AGUILAR por Edictos, mismos que deberán publicarse por
tres veces, de tres en tres días en el periódico DIARIO
IMAGEN, así como en el Boletín Judicial, en éste último de manera gratuita, haciéndose saber al enjuiciado que deberá presentarse en el local del juzgado
en el término de quince días posteriores a la última
publicación a recibir las copias de traslado y contestar la demanda entablada en su contra en el término de QUINCE DIAS, apercibido de no hacerlo
se le declarará la correspondiente rebeldía y al mismo
tiempo, se tendrá por contestada en sentido negativo.- Notifíquese.- Lo proveyó y firma la C. Interina,
Licenciada María Angélica Georgina Sánchez Muñoz,
con fundamento en lo dispuesto en el artículo 115 del
Código de Procedimientos Civiles, ante la secretaria de
acuerdos “B”, Licenciada Elsa Isabel Ramírez Ruiz,
con quién actúa y da fe.
PARA SU PUBLICACION POR TRES VECES DE
TRES EN TRES DIAS EN EL PERIODICO DIARIO IMAGEN.
LA C. SECRETARIA DE ACUERDOS “B”
LIC. ELSA ISABEL RAMIREZ RUIZ.
EDICTO
AL SEÑOR: SALVADOR
MARTÍNEZ GALÁN.
En los autos del Juicio DIVORCIO, promovido
por URIBE VALLES MARGARITA SELENE
en contra de SALVADOR MARTÍNEZ GALÁN, expediente número 2378/12, ante la C.
Juez Trigésimo Primero Familiar del Tribunal
Superior de Justicia del Distrito Federal, la C.
Juez dicto un auto de fecha quince de enero
del dos mil quince, que en su parte conducente
dice: (se procede a emplazar al C. SALVADOR
MARTINEZ GALAN para que dentro del término de QUINCE DIAS contados a partir de
la última publicación se apersone al juicio quedando su disposición las copias de traslado en
esta Secretaría “B”, Haciéndole del conocimiento que el domicilio del Juzgado Trigésimo
Primero de lo Familiar es el ubicado en AVENIDA JUAREZ NUMERO 8, DÉCIMO PISO, COLONIA CENTRO, DELEGACION
CUAUHTEMOC, CODIGO POSTAL 06010.
MEXICO, D.F., A 20 DE ENERO DEL 2015.
LA C. SECRETARIA DE ACUERDOS “B”
LIC. TERESA PEDRO PEREZ.
JUZGADO SEPTUAGÉSIMO
SEGUNDO DE LO CIVIL
En los autos del juicio ESPECIAL HIPOTECARIO promovido por JIMÉNEZ JIMÉNEZ FAUSTO FELICITOS en contra de
JIMÉNEZ DORIA RENE ALEJANDRO
EXPEDIENTE 639/2012, con fecha diecinueve de febrero de este año se dicto un auto
que en lo conducente dice:—-“visto el estado
de los presentes autos, no habiendo las partes
de este juicio, ofrecido pruebas dentro del término conferido para tal efecto, se tiene por
perdido su derecho para hacerlo, con la aclaración de que los documentos exhibidos en autos se desahogaran en los términos en que
obren, con fundamento en el artículo 296 del
Código de Procedimientos Civiles, y para que
tenga verificativo la Audiencia de Ley en el
presente asunto se señalan las DIEZ HORAS
DEL DÍA DIEZ DE ABRIL DEL AÑO EN
CURSO, y tomando en consideración que la
parte demandada, fue emplazada en términos
de lo dispuesto por la fracción II del artículo
122 del Código de Procedimientos Civiles, en
consecuencia publíquese un extracto del presente proveído por DOS VECES DE TRES
EN TRES DÍAS, en el Boletín Judicial y el
periódico “DIARIO IMAGEN”, para todos
los efectos legales a que haya lugar...”
México, Distrito federal a 24 de febrero
del año dos mil quince.
LIC. ALFONSO BERNAL GUZMAN
En los autos relativos al Juicio ESPECIAL HIPOTECARIO promovido por SANTANDER HIPOTECARIO, S.A. DE C.V., SOCIEDAD FINANCIERA DE
OBJETO MÚLTIPLE, ENTIDAD REGULADA en
contra de SILVIA SUSANA ANAYA ANAYA Bajo el
Numero de Expediente: 1103/2012.- El C. Juez Trigésimo Noveno de lo Civil del Distrito Federal, dictó
auto de fecha quince y veintiuno de enero ambos del
dos mil quince.- “...para que tenga verificativo la AUDIENCIA DE REMATE EN PRIMERA ALMONEDA del bien hipotecado consistente en VIVIENDA
“A” DÚPLEX, CONSTRUIDA SOBRE LA UNIDAD PRIVATIVA 4, DEL LOTE CONDOMINAL
26, DE LA MANZANA 45 DEL CONJUNTO DE
TIPO MIXTO, HABITACIONAL DE INTERÉS SOCIAL, POPULAR, INDUSTRIAL, COMERCIAL Y
DE SERVICIOS DENOMINADO “LAS AMERICAS” UBICADO EN EL MUNICIPIO DE ECATEPEC, ESTADO DE MÉXICO, con las medidas, superficie, linderos y colindancias que se detallan en el
expediente, se señalan las DIEZ HORAS DEL DÍA
VEINTE DE MARZO DEL AÑO DOS MIL QUINCE, debiéndose convocar postores mediante edictos
que deberán publicarse por DOS VECES DE SIETE
EN SIETE DÍAS, mediando entre una y otra publicación siete días hábiles, y entre la última publicación y
la fecha de remate igual plazo, en el tablero de avisos
de este Juzgado, en los de la Tesorería de esta Ciudad,
en el periódico “DIARIO IMAGEN”, sirviendo como
base del remate la cantidad de SEISCIENTOS SESENTA Y CUATRO MIL DOSCIENTOS TREINTA
PESOS 00/100 MONEDA NACIONAL, siendo postura legal la que cubra las dos terceras partes de dicha
cantidad. Toda vez que el inmueble a rematar se encuentra fuera de la jurisdicción de este Juzgado, con
los insertos necesarios gírese atento exhorto al C. Juez
Competente en el MUNICIPIO DE ECATEPEC, ESTADO DE MÉXICO, para que en auxilio de las labores
de este Juzgado se sirva publicar edictos en los tableros
de avisos y lugares de costumbre del Juez exhortado…
.”.- Notifíquese.—EL C. SECRETARIO DE ACUERDOS “A”
RUBRICA
LIC. ERIC ALBERTO MILLÁN ROMERO.
EDICTO
JUZGADO SEXAGÉSIMO OCTAVO DE LO CIVIL DEL DF
Al calce un sello con el Escudo Nacional que
dice: Estados Unidos Mexicanos, Tribunal
Superior de Justicia del Distrito Federal,
México, Juzgado Vigésimo Séptimo de lo
Civil, Expediente 1270/08, Secretaria “B”.
UNIÓN PRESFORZADORA, S.A. DE C.V.
México, Distrito Federal, a dieciséis de mayo
de dos mil catorce. - - - Agréguese a sus autos
el escrito de cuenta de la parte demandada por
conducto de su apoderado BERNARDO MARIANO ALONSO BARRAZA, como se solicita,
y atendiendo al resolutivo segundo de la sentencia interlocutoria de fecha diez de marzo
de dos mil catorce, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 1408 del Código de Comercio, se dicta el presente auto de ejecución
con efectos de mandamiento en forma, a fin de
requerir a la parte actora para que en el acto
de la diligencia, haga pago a las codemandadas de la cantidad de $4,941,937.25 (Cuatro
Millones Novecientos Cuarenta y Un Mil Novecientos Treinta y Siete Pesos 25/100 Moneda
Nacional) que por concepto de costas causadas
en ambas instancias se le condenó y no haciéndolo, procédase embárguensele bienes de
su propiedad, suficientes a garantizar dicha
cantidad; y tomando en consideración que el
domicilio del demandado se localiza fuera de
la jurisdicción de este Tribunal, con los insertos
y anexos de ley correspondiente gírese atento
exhorto al C. Juez competente en el Municipio
de Nopaltepec, Estado de México, para que en
auxilio de las labores de este juzgado se sirva
dar cumplimiento a lo ordenado en el presente
proveído; con fundamento en el artículo 1072
Al calce un sello con el Escudo Nacional que
dice: Estados Unidos Mexicanos, Tribunal
Superior de Justicia del Distrito Federal, México,
Juzgado Trigésimo Noveno de lo Civil,
Expediente 1103/2012, Secretaria “A”.
AL CALCE UN SELLO CON EL ESCUDO NACIONAL QUE DICE ESTADOS UNIDOS MEXICANOS,
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL DISTRITO FEDERAL.
EDICTO
En los autos del juicio ORDINARIO MERCANTIL promovido por UNIÓN PRESFORZADORA S.A. DE C.V. en contra de INGENIEROS CIVILES ASOCIADOS S.A. DE
C.V. ICA SAN LUIS S.A. DE C.V. Y AFIANZADORA ASERTA S.A. DE C.V., GRUPO
FINANCIERO ASERTA, EXPEDIENTE
98/2012, la C. Juez Sexagésimo Octavo de lo
Civil en el Distrito Federal, dictó un auto que
a la letra dice:
EDICTO.
(SE CONVOCAN POSTORES)
DE LA JUSTICIA ORAL”
—-E D I C T O—ORDEN FAMILIAR ALIMENTOS (INCI-
AL CALCE UN SELLO CON EL ESCUDO
NACIONAL QUE DICE ESTADOS
UNIDOS MEXICANOS,
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA
DEL DISTRITO FEDERAL.
“AÑO DE LA CONSOLIDACIÓN
DE LA JUSTICIA ORAL”
del Código de Comercio, se faculta al C. Juez
Exhortado para que acuerde promociones, habilite días y horas inhábiles aplique las medidas
de apremio correspondientes, gire oficios y
para que realice cualquier acto tendiente al
cumplimiento de dicha diligencia. Asi mismo,
se tienen por autorizadas a las personas que
menciona para los fines que se indican.- Notifíquese. Lo proveyó y firma la C. Juez Licenciada Marta Alicia Cuevas Nava ante la C. Secretaria de Acuerdos Licenciada Alejandrina
Arceo Hughes. Doy fe. RUBRICAS, México,
Distrito Federal, a seis de noviembre de dos
mil catorce. - - - Agréguese a sus autos el escrito de cuenta de la parte demandada por conducto de su apoderado BERNARDO MARIANO ALONSO BARRAZA, como se solicita,
atendiendo a las constancias procesales que
integran los presentes autos, por los motivos
que invoca y en virtud de que se han agotado
los domicilios aportados, notifíquese a la parte
actora UNIÓN REFORZADORA, S.A. DE C.V.,
por medio de edictos los proveídos de fechas
veintidós de mayo y doce de junio, ambos del
año en curso, en el Boletín Judicial y en el periódico IMAGEN “por dos veces de tres en
tres días.- Notifíquese.- Lo proveyó y firma la
C. Juez Licenciada Marta Alicia Cuevas Nava
ante la C. Secretaria de Acuerdos Licenciada
Alejandrina Arceo Hughes. Doy fe. RUBRICAS.
México, Distrito Federal, a catorce de noviembre de dos mil catorce. - - - Agréguese a sus
autos el escrito de cuenta de la de la demandada INGENIEROS CIVILES ASOCIADOS
S.A. DE C.V. GRUPO FINANCIERO ASERTA,
por conducto de su apoderado BERNARDO
MARIANO ALONSO BARRAZA y como lo solicita, tomando en consideración que en proveído de fecha seis de noviembre de dos mil
catorce se asentó: “... notifíquese a la parte
actora UNIÓN REFORSADORA, S.A. DE
C.V...” con fundamento en lo dispuesto por el
artículo 1055 del Código de Comercio, se aclara el mismo en la parte conducente, debiendo
decir “... notifíquese a la parte actora UNIÓN
PRESFORSADORA, S.A. DE C.V....” aclaración que se formula para todos los efectos legales a que haya lugar y que deberá formar
parte integrante del proveído en mención, por
lo que se ordena no expedir copia simple ni
certificada sin que lleve el presente aclaratorio.
Así mismo, se requiera a la parte actora como
está ordenado en proveídos de fechas dieciséis
y veintidós de mayo de dos mil catorce; y una
vez realizadas las publicaciones, en términos
de lo dispuesto por el artículo 535 del Código
de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria al Código de Comercio, en el término
de TRES DÍAS, salvo el derecho del deudor, el
ocursante podrá pedir la providencia oprecautoria levantándose constancia por el C. Secretario actuario de la adscripción.- Notifíquese.- Lo proveyó y firma la C. Juez Licenciada
Marta Alicia Cuevas Nava ante la C. Secretaria
de Acuerdos Licenciada Alejandrina Arceo
Hughes. Doy fe. RUBRICAS. México, Distrito
Federal, a veintiuno de enero de dos mil quince.
- - - Dada nueva cuenta con los presentes autos
y atendiendo la certificación que antecede, se
aclara el proveído de fecha catorce de noviembre del año dos mil catorce, en su parte conducente que señala: “... Agréguese a sus autos
el escrito de cuenta de la de la demandada INGENIEROS CIVILES ASOCIADOS S.A. DE
C.V. GRUPO FINANCIERO ASERTA...” debiendo decir: “... INGENIEROS CIVILES
ASOCIADOS S.A. DE C.V. (ICA)...”; aclaración que se formula para todos los efectos legales a que haya lugar y que deberá formar
parte integrante del proveído en mención, por
LA C. SECRETARIA DE ACUERDOS “B”
LIC. ALEJANDRINA ARCEO HUGHES.
lo que se ordena no expedir copia simple ni
certificada sin que lleve el presente aclaratorio.
Para el solo efecto de evitar futuras nulidades;
por cuanto hace a la condena de gastos y costas
que condenó a la parte actora a hacer pago a
las codemandadas INGENIEROS CIVILES
ASOCIADOS S.A. DE C.V. (ICA) e ICA SAN
LUIS S.A. DE C.V., por la cantidad de $
4’941,937.25 (CUATRO MILLONES NOVECIENTOS CUARENTA Y UN MIL NOVECIENTOS TREINTA Y SIETE PESOS 25/100
M.N.), atendiendo a los proveídos de fechas
dieciséis de mayo, seis y diecinueve de noviembre, todos de dos mil catorce; en términos del
artículo 535 del Código de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria al Código de
Comercio, se ordena requerir de pago a la
parte actora por medio de EDICTOS, así de
que en el término de CINCO DÍAS, después
de la última notificación haga pago a las codemandadas de referencia; y no haciéndolo
señale bienes de su propiedad suficientes a cubrir dicha cantidad ante éste Juzgado, debiéndose realizar por TRES DÍAS, debiendo mediar
TRES DÍAS entre cada una de ellas, en el Boletín Judicial, así como en el periódico “IMAGEN”, y de no hacerlo pasen los autos al C.
Secretario Actuario de la adscripción, a fin de
que con comparecencia de la parte demandada
INGENIEROS CIVILES ASOCIADOS S.A. DE
C.V. (ICA) e ICA SAN LUIS, S.A. DE C.V.... señale bienes para garantizar dicha cantidad,
en la fecha y hora que en su oportunidad se
llegaré a señalar, como está ordenado en proveído de catorce de noviembre de dos mil catorce. Notifíquese. Lo proveyó y firma la C.
Juez Licenciada Marta Alicia Cuevas Nava en
compañía de la C. Secretaria de Acuerdos Licenciada Alejandrina Arceo Hughes. Doy fe.
RUBRICAS.
SE CONVOCAN POSTORES
En los autos del juicio ESPECIAL HIPOTECARIO promovido por SOCIEDAD HIPOTECARIA FEDERAL, S.N.C. INSTITUCION
DE BANCA DE DESARROLLO, COMO FIDUCIARIA SUSTITUTA EN EL FIDEICOMISO DENOMINADO FONDO DE OPERACIÓN Y FINANCIAMIENTO BANCARIO A LA VIVIENDA FOVI EN CONTRA
DE MARITZA PACHECO Y VICENTE
BAUTISTA JIMENEZ expediente 1270/08
SECRETARIA “B” LA C. JUEZ VIGÉSIMO
SÉPTIMO DE LO CIVIL, LICENCIADA PATRICIA MENDEZ FLORES ordeno sacar a
remate en PRIMERA ALMONEDA el bien
inmueble, identificado como: CALLE JERICO, NUMERO 52, DEPARTAMENTO B-5,
COLONIA ROMERO RUBIO, C.P. 15400,
VENUSTIANO CARRANZA, en la cantidad
de $430,000.00 (CUATROCIENTOS TREINTA MIL PESOS 00/100 M.N) precio de avalúo, en consecuencia; para tal efecto se señalan
las ONCE HORAS CON TREINTA MINUTOS DEL VEINTE DE MARZO DE DOS
MIL QUINCE; y siendo postura legal la que
cubra las dos terceras partes de dicho precio,
con fundamento en lo dispuesto por el artículo
573 del Código de Procedimientos Civiles para
el Distrito Federal, debido los licitadores que
quieran participar en la subasta ordenada, exhibir en cualquiera de las formas establecidas
por la ley, una cantidad igual a por lo menos
el diez por ciento del valor efectivo del bien.
SE CONVOCAN POSTORES.
México, D.F., a 19 de enero de 2015.
LA C. SECRETARIA DE ACUERDOS
RUBRICA
LIC. BARBARA ARELY
MUÑOZ MARTINEZ