UNIVERSIDAD NACIONAL DE HUANCAVELICA (Creada por Ley N° 25265) PROCESO CAS Nº 001-2015 REGLAMENTO DEL CONCURSO DE PLAZAS POR LA MODALIDAD DE CONTRATO ADMINISTRATIVO DE SERVICIOS (CAS) - AÑO 2015 UNIVERSIDAD NACIONAL DE HUANCAVELICA (Creada por Ley N° 25265) VICERRECTORADO ADMINISTRATIVO DIRECCIÓN UNIVERSITARIA DE PERSONAL REGLAMENTO DEL CONCURSO DE PLAZAS POR LA MODALIDAD DE CONTRATO ADMINISTRATIVO DE SERVICIOS (CAS) – AÑO 2015 CAPÍTULO I. GENERALIDADES Artículo 1. El presente reglamento tiene por finalidad normar el concurso para la contrata de personal a la Universidad Nacional de Huancavelica por la modalidad de contrato administrativo de servicios (CAS). Artículo 2. El objetivo es evaluar la capacidad de los postulantes y seleccionar para cubrir las plazas vacantes de acuerdo al Cuadro de Personal para CAS 2015. Artículo 3. El Reglamento tiene como sustento legal: La Constitución Política del Perú, Ley de Creación de la Universidad Nacional de Huancavelica N°25265, Ley N° 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General; Ley N° 30281 del Presupuesto del Sector Público para el año 2015; Decreto Legislativo Nº 1057; Decreto Legislativo que regula el Régimen Especial de Contratación Administrativa de Servicios, Decreto Supremo Nº075-2008PCM, Reglamento del Decreto Legislativo Nº1057, Decreto Supremo Nº 065-2011-PCM, (Modificaciones al Reglamento del Régimen de Contratación Administrativa de Servicios), Estatuto de la Universidad Nacional de Huancavelica. . CAPÍTULO II. CONVOCATORIA Artículo 4. Las plazas vacantes son propuestas por la Dirección universitaria de planificación y presupuesto y aprobadas por el Consejo Universitario. Artículo 5. El Consejo Universitario de la Universidad Nacional de Huancavelica aprueba el 2 reglamento, las bases y autoriza la convocatoria para el proceso de contrata por la modalidad de contrato administrativo de servicios (CAS). Artículo 6. La convocatoria será publicada en la página web de la Universidad Nacional de Huancavelica, en un diario de circulación nacional y otros medios de comunicación. Artículo 7. La fecha de cierre de inscripción es inalterable. CAPÍTULO III. INSCRIPCIÓN Y RECEPCIÓN DE DOCUMENTOS Artículo 8. La inscripción y recepción de los documentos de los postulantes se realizarán en la oficina de trámite documentario del Complejo Educativo de Servicios Académicos y Administrativos de la Universidad Nacional de Huancavelica, cuyas direcciones y teléfonos se hallan consignados en las bases y en las fechas indicadas en el cronograma y en horario de oficina. Artículo 9. El postulante dentro de las fechas señaladas en el cronograma deberá presentar una solicitud dirigida a la Rectora, indicando claramente el código de la plaza a la que postula y los documentos exigidos por el Reglamento y Bases del proceso de contrata por la modalidad de contrato administrativo de servicios (CAS). Artículo 10. Vencida la fecha y hora de inscripción y de recepción de los documentos no se aceptará ninguna inscripción, ni agregar documentación alguna. Artículo 11. El postulante solo podrá participar en una sola plaza, caso contrario será descalificado. CAPÍTULO IV. REQUISITOS Artículo 12. Para postular al Grupo Ocupacional Profesional se requiere: a) Poseer Título Profesional Universitario en la especialidad requerida acorde con las funciones a desempeñar. b) Experiencia laboral mínima de (02) años en actividades relacionadas al cargo que postula, acreditadas con documentos conforme a normas. c) Tener conocimientos en manejo del Office a nivel usuario (básico) en adelante. Artículo 13. Para postular al Grupo Ocupacional Técnico se requiere: a) Poseer Título Profesional de Técnico, Bachiller o Egresado Universitario en la 3 especialidad requerida acorde con las funciones a desempeñar. b) Experiencia laboral mínima de (02) años en actividades relacionadas al cargo que postula, acreditadas con documentos conforme a normas. c) Tener conocimientos en manejo del Office a nivel usuario (básico) Artículo 14. Para postular al Grupo Ocupacional Auxiliar se requiere: a) Poseer estudios secundarios completos, egresado de instituto tecnológico o estudios universitarios inconclusos. b) Experiencia laboral mínima de (01) año en actividades relacionadas al cargo que postula, acreditadas con documentos conforme a normas. Artículo 15. Al concurso no podrán postular: a) Personas destituidos o separados de entidades públicas y/o privadas por medidas disciplinarias. b) Personas con antecedentes penales y/o judiciales. c) Personas con incompatibilidad laboral. d) Personas que tienen litigio judicial con la Universidad Nacional de Huancavelica. e) Personas que tengan problemas de salud que limitan su desempeño normal. Artículo 16. El postulante deberá cumplir con presentar estrictamente los requisitos documentarios exigidos en las bases del concurso. Artículo 17. El postulante deberá presentar su expediente debidamente organizado, ordenado y foliado en forma ascendente y numeración arábiga. Artículo 18. Los documentos que forman parte del curriculum vitae serán válidos solo si están legalizados o autenticados en el presente año, por Notario o por el Fedatario de la Universidad Nacional de Huancavelica. Artículo 19. La experiencia laboral deberá ser acreditada con resoluciones, constancias, contratos legalizados o autenticados. Artículo 20. Las asistencias, ponencias y organizaciones de cursos, seminarios, congresos y otros eventos de capacitación serán tomadas en cuenta de los últimos 3 años. CAPÍTULO V. JURADO EVALUADOR Artículo 21. El Jurado Evaluador está integrado por el Vicerrector Administrativo de la UNH, quien lo presidirá, el Director Universitario de Personal (DUP) - Secretario, el Jefe de Oficina de Administración de Personal, Remuneraciones y Escalafón (OAPRE) – Vocal, 4 Jefa del Órgano de Control Institucional (OCI) – Veedor 1, representante del Sindicato de Trabajadores Administrativos (SUTUNH). – Veedor 2 y cada Jefe Inmediato del Área Usuaria como apoyo en la fase de entrevista personal. Artículo 22. El Jurado Evaluador tiene las atribuciones y obligaciones siguientes: Atribuciones: a. Solicitar a las autoridades la asesoría que estime conveniente. b. Verificar la autenticidad de los documentos presentados, y si el postulante presenta documentos fraguados queda eliminado del concurso; tal hecho será comunicado por el jurado a las autoridades competentes para su respectiva sanción. c. Solicitar a los postulantes los originales de los documentos que hubieran sido presentados en fotocopia, en los casos que estimen conveniente para los efectos de su verificación. Obligaciones: a. Cumplir y hacer cumplir el presente reglamento y las bases del concurso. b. Verificarlos requisitos de Ley y Estatuto para declarar apto. c. Verificar los requisitos documentarios exigidos por las bases para declarar apto. d. Evaluar los expedientes de acuerdo al reglamento y las bases del concurso. e. Evaluar los méritos y la competencia profesional de los postulantes a través de la ficha de evaluación de currículum vitae (evaluación externa) y examen escrito (evaluación interna). g. Publicar los resultados de cada etapa en un lugar público y visible, indicando fecha y hora. h. Elevar el informe final de la evaluación adjuntando las actas del proceso del concurso suscrito por todos los miembros del jurado. i. Cautelar los expedientes de los concursantes, mientras dure el proceso de evaluación y devolver los al término del mismo. CAPÍTULO VI. DECLARACIÓN DE POSTULANTES APTOS Artículo 23. El postulante debe ser declarado apto para el proceso de evaluación cuando cumple en primer lugar con los requisitos generales exigidos en las bases para el presente 5 proceso, Estatuto de la Universidad Nacional de Huancavelica y reglamento del concurso y en segundo lugar cuando cumple con los requisitos documentarios exigidos por las bases. Artículo 24. Los postulantes declarados aptos estarán sujetos al calendario de evaluación, de acuerdo al orden, fecha y hora, establecidos por el Jurado Evaluador. CAPÍTULO VII. EVALUACIÓN Artículo 25. Se evalúan los siguientes aspectos: a. Aspecto externo: Currículum Vitae. Según ficha. b. Aspecto interno: Examen escrito. c. Entrevista personal. Artículo 26. El Jurado Evaluador se reúne en sesión permanente para la evaluación del currículum vitae y el examen escrito en los días, horas y lugares establecidos en el cronograma. Artículo 27. El puntaje para aprobar la fase de la evaluación EXTERNA Será: Nivel a. Profesional Puntaje Máximo 50.00 puntos Puntaje Mínimo 35.00 puntos b. Técnico 40.00 puntos 25.00 puntos c. Auxiliar 30.00 puntos 15.00 puntos Artículo 28. El postulante necesariamente debe aprobar la fase externa para pasar a la fase interna. Artículo 29. El puntaje para aprobar la fase de la evaluación INTERNA será: Nivel a. Profesional Puntaje Máximo 40.00 puntos Puntaje Mínimo 20.00 puntos b. Técnico 30.00 puntos 16.00 puntos c. Auxiliar 20.00 puntos 12.00 puntos Artículo 30. El puntaje para la fase de entrevista personal será: Nivel a. Profesional Puntaje De 0 a 20 puntos b. Técnico De 0 a 20 puntos c. Auxiliar De 0 a 20 puntos Auxiliar aprobado en cada fase cuando obtiene los puntajes Artículo 31. El postulante esd. declarado mínimos establecidos, caso contrario es eliminado del proceso de concurso. Artículo 32. Los reclamos en cualquiera de las etapas serán presentadas ante el jurado evaluador 6 dentro de las 24 horas a partir de la publicación del resultado, el mismo que será resuelto por los miembros del jurado, en el término de las 24 horas su decisión será inapelable. CAPÍTULO VIII. RESULTADOS DEL CONCURSO Artículo 33. Las plazas convocadas serán declaradas vacantes en los casos siguientes: a. Por falta de postulantes; y b. Cuando los postulantes no logran el puntaje mínimo establecido para cada aspecto (externo e interno). Artículo 34.Los postulantes serán declarados ganadores del concurso de acuerdo al número de postulantes aprobados en cada plaza y al resultado final obtenido según la siguiente fórmula: Puntaje Total = A + B +C + E (A) Aspecto externo: Currículum Vitae (B) Aspecto interno: Examen escrito. (C) Entrevista personal. (E) Bonificación Artículo 35. En el caso de un solo postulante en la plaza, será, declarado ganador si alcanza el puntaje mínimo exigido en los aspectos externo e interno. Artículo 36. Si en la plaza hubiera más de un postulante con puntaje aprobatorio se considera ganador al que alcance el mayor puntaje en el resultado final. Artículo 37. Si hubiera empate el ganador será el que obtenga el mayor puntaje en el aspecto interno, de persistir el empate el ganador será el que tiene el mayor Grado Académico, de continuar el empate será ganador el que tiene Título Profesional más antiguo. Artículo 38. Los ganadores deberán asumir sus funciones el día 01/04/2015, de no ser así lo harán en un plazo no mayor de cinco días hábiles de la fecha señalada en la resolución emitida por el Consejo Universitario, en caso contrario se contratará con quien ocupó el puesto siguiente. CAPÍTULO IX. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS PRIMERA. Los postulantes que se valgan del tráfico de influencias, a través de algún funcionario, servidor público o docente, y de los miembros del Jurado Evaluador, serán separados automáticamente del proceso, sin perjuicio de las responsabilidades civiles y penales 7 que hubiere a lugar, conforme a ley. SEGUNDA. Los postulantes que presenten documentos falsos, fraguados o adulterados, serán eliminados automáticamente del proceso y denunciados ante el Ministerio Público para las investigaciones pertinentes, aun cuando hayan sido declarados ganadores o ya estén laborando, en cuyo caso de declarará nulo el contrato. TERCERA. Los puntos imprevistos serán resueltos por el Jurado Evaluador. CAPÍTULO X. DISPOSICIONES FINALES PRIMERA. Cualquier situación no prevista en el presente reglamento y disposiciones conexas será resuelta por el Jurado Evaluador, en concordancia con el Artículo 3 del presente reglamento. SEGUNDA. El presente reglamento deroga toda disposición anterior que se oponga a su alcance y contenido. TERCERA. El presente reglamento entra en vigencia a partir de la fecha de su aprobación mediante Resolución. Huancavelica, Febrero del 2015. 8
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