(cas) – año 2015 - Universidad Nacional de Huancavelica

UNIVERSIDAD NACIONAL DE HUANCAVELICA
(Creada por Ley N° 25265)
PROCESO CAS Nº 001-2015
REGLAMENTO DEL CONCURSO DE
PLAZAS POR LA MODALIDAD DE
CONTRATO ADMINISTRATIVO DE
SERVICIOS (CAS) - AÑO 2015
UNIVERSIDAD NACIONAL DE HUANCAVELICA
(Creada por Ley N° 25265)
VICERRECTORADO ADMINISTRATIVO
DIRECCIÓN UNIVERSITARIA DE PERSONAL
REGLAMENTO DEL CONCURSO DE PLAZAS POR LA MODALIDAD
DE CONTRATO ADMINISTRATIVO DE SERVICIOS (CAS) – AÑO
2015
CAPÍTULO I. GENERALIDADES
Artículo 1. El presente reglamento tiene por finalidad normar el concurso para la contrata de
personal a la Universidad Nacional de Huancavelica por la modalidad de
contrato administrativo de servicios (CAS).
Artículo 2. El objetivo es evaluar la capacidad de los postulantes y seleccionar para cubrir las plazas
vacantes de acuerdo al Cuadro de Personal para CAS 2015.
Artículo 3. El Reglamento tiene como sustento legal: La Constitución Política del Perú, Ley de
Creación de la Universidad Nacional de Huancavelica N°25265, Ley N° 27444 - Ley del
Procedimiento Administrativo General; Ley N° 30281 del Presupuesto del Sector Público
para el año 2015; Decreto Legislativo Nº 1057; Decreto Legislativo que regula el Régimen
Especial de Contratación Administrativa de Servicios, Decreto Supremo Nº075-2008PCM, Reglamento del Decreto Legislativo Nº1057, Decreto Supremo Nº 065-2011-PCM,
(Modificaciones al Reglamento del Régimen de Contratación Administrativa de Servicios),
Estatuto de la Universidad Nacional de Huancavelica.
.
CAPÍTULO II. CONVOCATORIA
Artículo 4. Las plazas vacantes son propuestas por la Dirección universitaria de planificación y
presupuesto y aprobadas por el Consejo Universitario.
Artículo 5. El Consejo Universitario de la Universidad Nacional de Huancavelica aprueba el
2
reglamento, las bases y autoriza la convocatoria para el proceso de contrata por la
modalidad de contrato administrativo de servicios (CAS).
Artículo 6. La convocatoria será publicada en la página web de la Universidad Nacional de
Huancavelica, en un diario de circulación nacional y otros medios de comunicación.
Artículo 7. La fecha de cierre de inscripción es inalterable.
CAPÍTULO III. INSCRIPCIÓN Y RECEPCIÓN DE DOCUMENTOS
Artículo 8. La inscripción y recepción de los documentos de los postulantes se realizarán en la
oficina de trámite documentario del Complejo Educativo de Servicios Académicos y
Administrativos de la Universidad Nacional de Huancavelica, cuyas direcciones y
teléfonos se hallan consignados en las bases y en las fechas indicadas en el
cronograma y en horario de oficina.
Artículo 9. El postulante dentro de las fechas señaladas en el cronograma deberá presentar una
solicitud dirigida a la Rectora, indicando claramente el código de la plaza a la que
postula y los documentos exigidos por el Reglamento y Bases del proceso de contrata
por la modalidad de contrato administrativo de servicios (CAS).
Artículo 10. Vencida la fecha y hora de inscripción y de recepción de los documentos no se
aceptará ninguna inscripción, ni agregar documentación alguna.
Artículo 11. El postulante solo podrá participar en una sola plaza, caso contrario será
descalificado.
CAPÍTULO IV. REQUISITOS
Artículo 12. Para postular al Grupo Ocupacional Profesional se requiere:
a) Poseer Título Profesional Universitario en la especialidad requerida acorde con las
funciones a desempeñar.
b) Experiencia laboral mínima de (02) años en actividades relacionadas al cargo que
postula, acreditadas con documentos conforme a normas.
c) Tener conocimientos en manejo del Office a nivel usuario (básico) en adelante.
Artículo 13. Para postular al Grupo Ocupacional Técnico se requiere:
a) Poseer Título Profesional de Técnico, Bachiller o Egresado Universitario en la
3
especialidad requerida acorde con las funciones a desempeñar.
b) Experiencia laboral mínima de (02) años en actividades relacionadas al cargo que
postula, acreditadas con documentos conforme a normas.
c) Tener conocimientos en manejo del Office a nivel usuario (básico)
Artículo 14. Para postular al Grupo Ocupacional Auxiliar se requiere:
a) Poseer estudios secundarios completos, egresado de instituto tecnológico o
estudios universitarios inconclusos.
b) Experiencia laboral mínima de (01) año en actividades relacionadas al cargo que
postula, acreditadas con documentos conforme a normas.
Artículo 15. Al concurso no podrán postular:
a) Personas destituidos o separados de entidades públicas y/o privadas por medidas
disciplinarias.
b) Personas con antecedentes penales y/o judiciales.
c) Personas con incompatibilidad laboral.
d) Personas que tienen litigio judicial con la Universidad Nacional de Huancavelica.
e) Personas que tengan problemas de salud que limitan su desempeño normal.
Artículo 16. El postulante deberá cumplir con presentar estrictamente los requisitos
documentarios exigidos en las bases del concurso.
Artículo 17. El postulante deberá presentar su expediente debidamente organizado, ordenado y
foliado en forma ascendente y numeración arábiga.
Artículo 18. Los documentos que forman parte del curriculum vitae serán válidos solo si están
legalizados o autenticados en el presente año, por Notario o por el Fedatario de la
Universidad Nacional de Huancavelica.
Artículo 19. La experiencia laboral deberá ser acreditada con resoluciones, constancias, contratos
legalizados o autenticados.
Artículo 20. Las asistencias, ponencias y organizaciones de cursos, seminarios, congresos y otros
eventos de capacitación serán tomadas en cuenta de los últimos 3 años.
CAPÍTULO V. JURADO EVALUADOR
Artículo 21. El Jurado Evaluador está integrado por el Vicerrector Administrativo de la UNH,
quien lo presidirá, el Director Universitario de Personal (DUP) - Secretario, el Jefe de
Oficina de Administración de Personal, Remuneraciones y Escalafón (OAPRE) – Vocal,
4
Jefa del Órgano de Control Institucional (OCI) – Veedor 1, representante del Sindicato
de Trabajadores Administrativos (SUTUNH). – Veedor 2 y cada Jefe Inmediato del Área
Usuaria como apoyo en la fase de entrevista personal.
Artículo 22. El Jurado Evaluador tiene las atribuciones y obligaciones siguientes: Atribuciones:
a. Solicitar a las autoridades la asesoría que estime conveniente.
b. Verificar la autenticidad de los documentos presentados, y si el postulante
presenta documentos fraguados queda eliminado del concurso; tal hecho será
comunicado por el jurado a las autoridades competentes para su respectiva
sanción.
c.
Solicitar a los postulantes los originales de los documentos que hubieran sido
presentados en fotocopia, en los casos que estimen conveniente para los efectos
de su verificación.
Obligaciones:
a. Cumplir y hacer cumplir el presente reglamento y las bases del concurso.
b. Verificarlos requisitos de Ley y Estatuto para declarar apto.
c.
Verificar los requisitos documentarios exigidos por las bases para declarar apto.
d. Evaluar los expedientes de acuerdo al reglamento y las bases del concurso.
e. Evaluar los méritos y la competencia profesional de los postulantes a través de la
ficha de evaluación de currículum vitae (evaluación externa) y examen escrito
(evaluación interna).
g.
Publicar los resultados de cada etapa en un lugar público y visible, indicando fecha
y hora.
h. Elevar el informe final de la evaluación adjuntando las actas del proceso del
concurso suscrito por todos los miembros del jurado.
i.
Cautelar los expedientes de los concursantes, mientras dure el proceso de
evaluación y devolver los al término del mismo.
CAPÍTULO VI. DECLARACIÓN DE POSTULANTES APTOS
Artículo 23. El postulante debe ser declarado apto para el proceso de evaluación cuando cumple
en primer lugar con los requisitos generales exigidos en las bases para el presente
5
proceso, Estatuto de la Universidad Nacional de Huancavelica y reglamento del
concurso y en segundo lugar cuando cumple con los requisitos documentarios exigidos
por las bases.
Artículo 24. Los postulantes declarados aptos estarán sujetos al calendario de evaluación, de
acuerdo al orden, fecha y hora, establecidos por el Jurado Evaluador.
CAPÍTULO VII. EVALUACIÓN
Artículo 25. Se evalúan los siguientes aspectos:
a. Aspecto externo: Currículum Vitae. Según ficha.
b. Aspecto interno: Examen escrito.
c. Entrevista personal.
Artículo 26. El Jurado Evaluador se reúne en sesión permanente para la evaluación del currículum
vitae y el examen escrito en los días, horas y lugares establecidos en el cronograma.
Artículo 27. El puntaje para aprobar la fase de la evaluación EXTERNA Será:
Nivel
a. Profesional
Puntaje Máximo
50.00 puntos
Puntaje Mínimo
35.00 puntos
b. Técnico
40.00 puntos
25.00 puntos
c. Auxiliar
30.00 puntos
15.00 puntos
Artículo 28. El postulante necesariamente debe aprobar la fase externa para pasar a la fase
interna.
Artículo 29. El puntaje para aprobar la fase de la evaluación INTERNA será:
Nivel
a. Profesional
Puntaje Máximo
40.00 puntos
Puntaje Mínimo
20.00 puntos
b. Técnico
30.00 puntos
16.00 puntos
c. Auxiliar
20.00 puntos
12.00 puntos
Artículo 30. El puntaje para la fase de entrevista personal será:
Nivel
a. Profesional
Puntaje
De 0 a 20 puntos
b. Técnico
De 0 a 20 puntos
c. Auxiliar
De 0 a 20 puntos
Auxiliar aprobado en cada fase cuando obtiene los puntajes
Artículo 31. El postulante esd. declarado
mínimos establecidos, caso contrario es eliminado del proceso de concurso.
Artículo 32. Los reclamos en cualquiera de las etapas serán presentadas ante el jurado evaluador
6
dentro de las 24 horas a partir de la publicación del resultado, el mismo que será
resuelto por los miembros del jurado, en el término de las 24 horas su decisión será
inapelable.
CAPÍTULO VIII. RESULTADOS DEL CONCURSO
Artículo 33. Las plazas convocadas serán declaradas vacantes en los casos siguientes:
a. Por falta de postulantes; y
b. Cuando los postulantes no logran el puntaje mínimo establecido para cada aspecto
(externo e interno).
Artículo 34.Los postulantes serán declarados ganadores del concurso de acuerdo al número de
postulantes aprobados en cada plaza y al resultado final obtenido según la siguiente
fórmula:
Puntaje Total = A + B +C + E
(A) Aspecto externo: Currículum Vitae
(B) Aspecto interno: Examen escrito.
(C) Entrevista personal.
(E) Bonificación
Artículo 35. En el caso de un solo postulante en la plaza, será, declarado ganador si alcanza el
puntaje mínimo exigido en los aspectos externo e interno.
Artículo 36. Si en la plaza hubiera más de un postulante con puntaje aprobatorio se considera
ganador al que alcance el mayor puntaje en el resultado final.
Artículo 37. Si hubiera empate el ganador será el que obtenga el mayor puntaje en el aspecto
interno, de persistir el empate el ganador será el que tiene el mayor Grado Académico,
de continuar el empate será ganador el que tiene Título Profesional más antiguo.
Artículo 38. Los ganadores deberán asumir sus funciones el día 01/04/2015, de no ser así lo harán
en un plazo no mayor de cinco días hábiles de la fecha señalada en la resolución
emitida por el Consejo Universitario, en caso contrario se contratará con quien ocupó el
puesto siguiente.
CAPÍTULO IX. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS
PRIMERA. Los postulantes que se valgan del tráfico de influencias, a través de algún funcionario,
servidor público o docente, y de los miembros del Jurado Evaluador, serán separados
automáticamente del proceso, sin perjuicio de las responsabilidades civiles y penales
7
que hubiere a lugar, conforme a ley.
SEGUNDA. Los postulantes que presenten documentos falsos, fraguados o adulterados, serán
eliminados automáticamente del proceso y denunciados ante el Ministerio Público
para las investigaciones pertinentes, aun cuando hayan sido declarados ganadores o ya
estén laborando, en cuyo caso de declarará nulo el contrato.
TERCERA. Los puntos imprevistos serán resueltos por el Jurado Evaluador.
CAPÍTULO X. DISPOSICIONES FINALES
PRIMERA. Cualquier situación no prevista en el presente reglamento y disposiciones conexas será
resuelta por el Jurado Evaluador, en concordancia con el Artículo 3 del presente
reglamento.
SEGUNDA. El presente reglamento deroga toda disposición anterior que se oponga a su alcance y
contenido.
TERCERA. El presente reglamento entra en vigencia a partir de la fecha de su aprobación
mediante Resolución.
Huancavelica, Febrero del 2015.
8