• • o o • • • • • • • • • . • • • • • Cont. 2.2 Reemplazo de certificados fitosanitarios Otros requisitos relativos al reemplazo de certificados fitosanitarios: - Los certificados fitosanitarios que se devuelvan para su reemplazo deben ser retenidos y cancelados por la ONPF del país que lo expidió. Los certificados fitosanitarios nuevos no deberían tener el mismo número que el certificado de reemplazo. No debería utilizarse nuevamente el número del certificado original. - Cuando certificados fitosanitarios que se han expedido anteriormente no se puedan devolver y hayan salido del cuidado y el control de la ONPF (por ejemplo, debido a que se han extraviado o están en otro país), la ONPF podrá decidir que es apropiado expedir un reemplazo del certificado fitosanitario. Los certificados fitosanitarios nuevos no deberían tener el mismo número que el reemplazo del certificado fitosanitario pero deberían hacer referencia a éste indicando lo siguiente “Este certificado reemplaza y cancela al certificado fitosanitario n.º [incluir número] expedido el [incluir fecha]”. • • los certificados fitosanitarios) o o o • expedir Secretaría expedirá los certificados) 800 720 600 538 400 269 422 270 255 285 289 345 CFE 200 0 2006 2007 2008 2009 2010 2011 *al 8 de julio. Fuente: Sistema Nacional de Gestión Forestal 2012 2013 2014 • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • ´ SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN PARA LA PROTECCIÓN AMBIENTAL DIRECCIÓN GENERAL DE GESTIÓN FORESTAL Y DE SUELOS Gracias Dr. Francisco García García Director General de Gestión Forestal y de Suelos [email protected] Ing. Gustavo González Villalobos Director de Salud Forestal y Conservación de Recursos Genéticos [email protected] Biol. María Eugenia Guerrero Alarcón Subdirectora de Dictaminación y Programas Sanitarios Forestales [email protected]
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