CFI-PO-02 Solicitud de formulario de requisitos fitosanitarios

Ministerio de Agricultura y Ganadería
Servicio Fitosanitario del Estado
Departamento de Control Fitosanitario
Código:
Versión:
CFI-PO-02
1
Elaboró: Ing. Tatiana León Koroleva
Jefa Ventanilla Única
04/09/2015
Procedimiento de Solicitud de Formulario de Requisitos
Fitosanitarios
Revisó: Ing. Warner Herrera Méndez
Supervisor Dpto. Control Fitosanitario
04/09/2015
Rige a partir de
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su aprobación.
Aprobó: Ing. Marco Alfaro Cortes
Jefe Dpto. Control Fitosanitario
04/09/2015
1. PROPÓSITO
Establecer los pasos que se han de seguir para obtener el Formulario de Requisitos
Fitosanitarios de forma previa a la importación de plantas y productos vegetales.
2. ALCANCE
Aplica a todas las plantas y productos vegetales que se pretendan importar (a excepción de los
productos que se encuentren al amparo de la Resolución N° 117-2004 (COMIECO).
3. DEFINICIONES
SFE: Servicio Fitosanitario del Estado.
ARP: Unidad de Análisis de Riesgo de Plagas.
SICA: Sistema de Información de Cuarentena Agropecuaria.
Autoridad Fitosanitaria: Ministro de Agricultura y Ganadería, y los funcionarios del SFE en
posiciones de Dirección General, de subdirección, Jefatura de los diferentes órganos técnicos de
su estructura, los funcionarios del SFE que desempeñen cargos de inspección o supervisión
fitosanitaria o comisionados por las respectivas jefatura para determinar infracciones a esta ley
o a sus reglamentos, así como aquellos que por leyes especiales tengan tal calidad y
atribuciones.
Formulario de Requisitos Fitosanitarios (FRF): Documento oficial que indica los requisitos
fitosanitarios que debe de cumplir las plantas y productos vegetales a importar.
Formulario de Autorización de Desalmacenaje (FAD): Documento electrónico o físico por
medio del cual el usuario realiza ante el SFE solicitud de formularios de requisitos fitosanitarios.
Registro de Importadores: Es el registro creado por el decreto ejecutivo N°36999-MAG, el cual
aplica a todos los importadores de productos de origen vegetal y es administrado por el Dpto.
de Control Fitosanitario.
Cualquier impresión o copia de este documento será considerada una copia no controlada. El documento vigente se encuentra en
Intranet y en custodia de la Unidad de Planificación, Gestión de la Calidad y Control Interno.
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4. DOCUMENTOS RELACIONADOS
Cuadro 1. Documentos Relacionados.
Código
GC-Ex-02
GC-Ex-24
NR-ARP-PO-01
Nombre del Documento
Ley de Protección Fitosanitaria. Ley N° 7664.
Decreto Ejecutivo Nº26921-MAG. Reglamento a la ley de protección
fitosanitaria.
Procedimiento
para
establecer
requisitos
fitosanitarios
de
importación para artículos reglamentados.
Decreto Ejecutivo N° 36999-MAG. Registro de Importadores de
GC-Ex-27
productos de origen vegetal, y el establecimiento de controles de
unidades de transportación y bodegas como medida de trazabilidad
de productos agrícolas importados.
GC-Ex-08
Ley General de la Administración Pública N° 6227
CFI-PO-02_F-01
Formulario de requisitos fitosanitarios.
5. RESPONSABILIDAD Y AUTORIDAD
5.1.
Oficial Fitosanitario: Encargado de resolver la solicitud de emisión de formularios de
requisitos fitosanitarios, o remitir la solicitud a la Unidad de Análisis de Riesgo en los
casos en que no estén establecidos los requisitos fitosanitarios para el producto que se
desee importar.
5.2.
Unidad de Análisis de Riesgo de Plagas: Unidad encargada de evaluar y establecer los
requisitos fitosanitarios de importación de plantas y productos vegetales.
Cualquier impresión o copia de este documento será considerada una copia no controlada. El documento vigente se encuentra en
Intranet y en custodia de la Unidad de Planificación, Gestión de la Calidad y Control Interno.
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Fitosanitarios
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6. DESCRIPCIÓN DE ACTIVIDADES
6.1.
El oficial fitosanitario en Ventanilla Única de PROCOMER, recibe y analiza el Formulario
de Autorización de Desalmacenaje (FAD) (documento electrónico o físico).
6.2.
El oficial fitosanitario verifica que el importador cumpla con lo siguiente:
6.2.1.
La fecha de ingreso de los productos vegetales, declarada en la solicitud del
Formulario de Requisitos Fitosanitarios debe ser posterior a la fecha de
presentación del FAD.
6.2.2.
El importador y los productos deben estar inscritos en el Registro de
Importadores de productos vegetales y al día con el pago de anualidad, y tener
vigente el permiso de funcionamiento del Ministerio de Salud.
6.2.3.
Estar inscrito ante Dirección General de Tributación Directa del Ministerio de
Hacienda, lo cual se verifica en la página del Sistema de Identificación de
Contribuyentes (SIC”) (http://196.40.56.20/ConsultaSIC/index.aspx#consulta)
6.2.4.
Estar inscrito como patrono y activo ante la Caja Costarricense del Seguro Social
y
además
no
estar
moroso,
lo
cual
se
verifica
en
la
página
http://www.ccss.sa.cr/morosidad, en la consulta en línea “Consulta Morosidad
Patronal”.
6.3.
Si el importador no cumple con lo indicado en puntos anteriores, se deniega el FAD
indicando el motivo del rechazo y la instancia ante la cual debe corregir la falta.
6.4.
El funcionario a cargo del Registro de Importadores de productos vegetales, comunicará
vía correo electrónico a la oficina de Ventanilla Única, sobre las actualizaciones
realizadas (Inscripción al Registro de Importador, inclusión de nuevos productos inscritos
y vigencia del permiso de funcionamiento del Ministerio de Salud).
6.5.
Si el importador cumple con lo establecido, el oficial fitosanitario revisa en la base de
datos, la existencia de los requisitos fitosanitarios.
6.6.
Si hay requisitos fitosanitarios establecidos en la base de datos, se procede a emitir el
Formulario de Requisitos Fitosanitarios. El oficial fitosanitario cuenta con un plazo de
hasta 10 días hábiles para emitir el o los Formularios de Requisitos Fitosanitarios,
contados a partir de la fecha de recibido de la solicitud (FAD electrónico).
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6.7.
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Fitosanitarios
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Si no hay requisitos fitosanitarios establecidos en la base de datos SICA, el oficial
fitosanitario debe solicitar vía correo electrónico a la Unidad de Análisis de Riesgo de
Plagas, su determinación.
6.8.
El oficial fitosanitario modifica el estado del FAD de “En revisión” a “Análisis de riesgo”
indicando al usuario, que su solicitud se encuentra en estudio.
6.9.
Una vez recibida la respuesta de la Unidad de ARP, comunicando la inclusión de los
requisitos fitosanitarios en la base de datos, el oficial fitosanitario procede a la
verificación de la información en dicha base de datos y procede a la emisión del
Formulario de Requisitos Fitosanitarios.
6.10. El oficial fitosanitario traslada el Formulario de Requisitos Fitosanitarios a la Caja, para su
cobro y entrega, conforme al decreto de tarifas vigente, previa presentación de la copia
del FAD aprobado y el documento probatorio del pago en las cuentas autorizadas del
SFE.
7. PUNTOS DE CONTROL
No aplica.
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8. CONTROL DE REGISTROS
Cuadro 2. Control de Registros.
Código del
Registro
CFI-PO02_F-01
Nombre del
Registro
Formulario de
Requisitos
Fitosanitarios
Cargo
Responsable
de Almacenamiento
Oficial
Fitosanitario
Medio
Almacenamiento
(Físico/Digital)
Físico y Digital
Lugar y
método de
Almacenamiento
Físico:
Por
limitaciones
de espacio,
una vez al mes
la Encargada
del Archivo
Central recoge
y almacena los
documentos
en dicho
Archivo, por
orden de
consecutivo.
Previo a esto,
se almacenan
en archivo de
Ventanilla
Única y
Archivo de
Control
Fitosanitario
en Sede
Central del
SFE, por orden
de
consecutivo.
Tiempo
Almacenamiento
Físico: 3 años.
Digital: Plazo
de
conservación
permanente.
Disposición Final
Físico:
reciclaje.
Digital:
Base de datos
del sistema
SICA.
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9. CONTROL DE CAMBIOS
Para evidenciar el control de cambios de los documentos del Sistema de Gestión de la Calidad
del SFE, el Gestor de la Calidad mantiene en su custodia el archivo en pdf de la versión anterior
con los cambios incluidos en la nueva versión, y los registros que se constituyen a partir del
formulario PCCI-GC-PO-01_F-01 Formulario de aprobación y control de cambios. Las revisiones
periódicas no necesariamente implican un cambio de versión si el documento no es modificado.
El historial de revisiones se presenta en el cuadro siguiente:
Cuadro 3. Historial de Revisiones.
Fecha de revisión
Versión
04/09/2015
1
Responsable
Warner Herrera Méndez.
--- Última Línea ---
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