RER Nº 068-2015-GRSM/PGR | Fecha

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GOBIERNO REGIONAL
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No oG6 -2015-GRSM/PGR
Moyobamba,
15 nf. 71\15
VISTO:
El Expediente N° 859810, el Memorando N° 046-2015GRSM/GGR, del14 de Enero de 2015; y,
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con la Constitución Política del Estado,
Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XN del Título N, sobre Descentralización Ley N°
27680, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales - Ley N° 27867 y sus Leyes modificatorias, se les
reconoce a los Gobiernos Regi0nales, autonomía política y administrativa en los asuntos de su
competencia.
Que, el inciso e) del artículo 21° de la Ley N° 27867; Ley
Orgánica de Gobiernos Regionales, concordante con el artículo primero de la Ordenanza Regional N°
020-2004-GRSM/CR, señala que es atribución del Presidente Regional designar y cesar a los
7cionarios de confianza, oficiándose mediante la correspondiente Resolución Ejecutiva Regional.
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Que, la Segunda Disposición Complementaria de la Ley N°
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27783,
Ley de Bases de la Descentralización, y la Tercera Disposición Transitoria, Complementaria y
Final de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales, modificada por el Artículo 7°
de la Ley N° 27902, establecen el proceso de transferencia a los Gobiernos Regionales y Locales,
según corresponda, de los Fondos y Proyectos Sociales de Lucha contra la Pobreza y Proyectos de
!n.versión de Infraestructura Productiva de alcance Regional ( ... ).
Que, mediante Decreto Supremo N° 024-2003-VNIENDA,
se autorizo la transferencia de partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2003
correspondiente al Proyecto Especial Alto Mayo del INADE al Gobierno Regional San Martín,
asimismo en su Artículo 6, señala la Creación de Consejo Directivo en el Proyecto Especial Alto
Mayo, como máximo órgano de la entidad, encargado de establecer las políticas, planes, estrategias,
actividades, metas de la Institución, asimismo, supervisa la administración general y la marcha
institucional indicando además que el Consejo Directivo estará conformado por tres (3) representantes
del Gobierno Regional, entre los cuales estará el Presidente Regional quien lo presidirá.
Que, la Presidencia del Gobierno Regional de San Martín,
considera pertinente designar con efectividad a:1 01 de enero del 2015 al Sr. VITILIO LUIS
AUSBERTO CALONGE GARCIA, como miembro del Consejo Directivo del Proyecto Especial
Alto Mayo del Gobierno Regional de San Martín, con todas las prerrogativas y funciones inherentes al
cargo.
Que, el Reglamento de la Carrera Administrativa, Decreto
Supremo N° 005-90-PCM, señala en su Artículo 77° que, la designación consiste en el desempeño de
un cargo de responsabilidad directiva o de confianza por decisión de la autoridad competente en la
misma o diferente entidad; en este último caso se requiere del conocimiento previo de la entidad de
origen y del consentimiento del servidor. Si el designado es un servidor de carrera, al término de la
designación reasume funciones del grupo ocupacional y nivel de carrera que le corresponda en la
entidad de origen. En caso de no pertenecer a la carrera, concluye su relación con el Estado.
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GOBIERNO REGIONAL
~olución~~
No o68 -2015-GRSM/PGR
Que, la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales N° 27867 y
sus modificatorias, establece que en su artículo 21°, inciso e) como atribución del Presidente Regional,
"Designar y cesar al Gerente General Regional y a los Gerentes Regionales, así como nombrar y cesar
a los funcionarios de confianza"; por lo que corresponde emitir la Resolución Ejecutiva Regional que
así lo establezca.
Que, por las razones expuestas, de conformidad con la Ley N°
27867- Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias Leyes N° 27902 y 28013, y el
Reglamento de Organización y Funciones aprobada mediante Ordenanza Regional N° 036-2014GRSM/CR; y con la visación de la Oficina Regional de Asesoria Legal y la Gerencia General
jegional del Gobierno Regional de San Martín.
SE RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO: DESIGNAR, con efectividad al
01 de enero del2015 al Sr. VITILIO LUIS AUSBERTO CALONGE GARCIA, como miembro del
Consejo Directivo del Proyecto Especial Alto Mayo del Gobierno Regional de San Martín, con todas
· las prerrogativas y funciones inherentes al cargo.
ARTÍCULO SEGUNDO: NOTIFICAR el contenido de la
presente Resolución al miembro del Consejo Directivo señalado en el artículo anterior conforme a
Ley.
ARTÍCULO TERCERO: DEJAR sin efecto cualquier acto ~
resolutivo que. se oponga a la presente.
Regístrese, Comuníquese y Archívese.