PRESENTACION AGOSTO 2016_1.cdr

ESTADO ACTUAL Y FUTURO DE LA LIQUIDACIÓN
NOVIEMBRE 2016
CALIFICACIÓN Y GRADUACIÓN DE ACREENCIAS
Para el proceso de recepción de acreencias,
los días 2 y 17 de Diciembre de 2015 se
publicaron avisos en radio y prensa nacional,
comunicando la expedición de la Resolución
N° 001 del 25 de Noviembre de 2015, por
medio de la cual se estableció que el período
para la recepción de reclamaciones había sido
fijado entre el 18 de diciembre de 2015 y el 18
de enero de 2016, en los horarios de 8:00 am a
5:00 pm.
01.
02.
De acuerdo con lo anterior, en la página web
de la entidad, www.saludcoop.coop, se
publicó la información sobre los términos,
condiciones y requisitos para la recepción de
acreencias de SALUDCOOP EPS OC En
Liquidación.
Conforme a lo anterior, cualquier persona
natural o jurídica que considerara que existía
una obligación a su favor y a cargo de
SALUDCOOP EPS OC En Liquidación, debió
presentar su acreencia en el período
comprendido entre el 18 de diciembre de 2015
y el 18 de enero de 2016, de acuerdo con los
términos previstos por el artículo 9.1.3.2.2.
Parte 9 “procedimientos y liquidación” del
Decreto 2555 de 2010, como lo hicieron un
aproximado de veinticinco mil (25.000)
acreedores, quienes se hicieron parte del
trámite liquidatorio en forma oportuna.
03.
04.
Respecto de las reclamaciones que fueron
presentadas por fuera de los términos
anteriormente señalados, su inclusión en el
Proceso Liquidatorio de SALUDCOOP EPS EN
LIQUIDACIÓN se estudiará de conformidad
con las reglas señaladas en el Decreto 2555 de
2010, es decir como PASIVO CIERTO NO
RECLAMADO (PACINORE), siempre y cuando
se cumpla la condición establecida en el
artículo 9.1.3.2.7 de la enunciada norma, esto
es que el crédito se encuentre registrado
contablemente.
Con ocasión de la expedición de la Resolución
No. 1731 del 21 de junio de 2016, por la cual la
Superintendencia Nacional de Salud designó
a la Doctora ANGELA MARÍA ECHEVERRI
RAMÍREZ en calidad de Agente especial
Liquidadora de SALUDCOOP EPS EN
LIQUIDACIÓN, en referencia a los actos
administrativos emitidos sobre la graduación y
calificación de las reclamaciones presentadas
oportunamente, se realizó una evaluación
técnica y análisis jurídico con el fin de verificar
el pasivo que está a cargo de la liquidación.
05.
06.
Como consecuencia de la referida evaluación,
mediante Resolución No. 1935 de 10 de agosto
de 2016, la Agente Especial Liquidadora de
SALUDCOOP EPS EN LIQUIDACIÓN resolvió
revocar los Actos Administrativos,
Resoluciones 00010 del 03 de febrero de 2016,
00178 del 29 de febrero de 2016, 00179 del 07
de marzo de 2016 y 00180 del 11 de marzo de
2016, que con anterioridad determinaron,
graduaron y calificaron las reclamaciones
presentadas oportunamente.
Por tanto, se procederá a realizar una nueva
calificación y graduación de las acreencias
presentadas de manera oportuna, decisión
que en su oportunidad será debidamente
notificada a todos y cada uno de los
reclamantes y contra la cual se podrá, en su
momento, interponer recurso de reposición.
Los créditos que sean reconocidos en este
nuevo proceso de calificación y graduación
se pagarán y/o se producirá el desembolso
de dineros correspondientes, una vez se logre
la realización de los activos de la entidad,
teniendo en cuenta las reglas de prelación legal
dentro de la liquidación y atendiendo la
disponibilidad de recursos. Fechas que se
darán a conocer con antelación a los
reclamantes reconocidos y que se sujetan a las
etapas consagradas en la ley para los
procedimientos liquidatarios.
07.
08.
En este sentido, las decisiones que se
adopten a partir del proceso realizado, se
notificaran en los términos de ley y se
comunicaran a través de la página web
www.saludcoop.coop, así como en la sede
única de la entidad ubicada en la calle 128 No.
54-07 Barrio Prado Veraniego de la ciudad de
Bogotá D.C.
ETAPAS DEL PROCESO DE INTERVENCIÓN
FORZOSA ADMINISTRATIVA PARA LIQUIDAR
Determinación y valoración
del activo de la Institución
Financiera en Liquidación
Inventario de los activos
Valoración del inventario
Enajenación de activos
Notificación del acto administrativo que
acepta el inventario valorado
Traslado de los recursos de reposición
Decisión sobre impugnaciones
Notificaciones que decidan los recursos
Ejecutoria del acto administrativo que
acepta el inventario valorado
Actualización del inventario de activos
y su valoración
Toma de posesión para
la liquidación forzosa
administrativa y medidas
preventivas
Reglas sobre la culminación
del proceso de liquidación
forzosa administrativa
Término máximo para culminar el proceso
Determinación del equilibrio financiero
Reglas sobre activos remanentes
Reglas sobre situaciones no definidas
Terminación de la existencia legal
Envío de comunicaciones
1
2
3
Determinación del Pasivo
a cargo de la Institución
Financiera en Liquidación
Emplazamiento
Término para presentar reclamaciones
Traslado de las reclamaciones
Pasivo a cargo de la entidad en liquidación
5
4
Reglas y procedimientos
para el pago del pasivo a
cargo de la Institución
en Liquidación
Pago de los gastos de administración
Condiciones para la realización de los pagos
Restitución de bienes excluidos de la masa
Restitución de sumas de dinero excluidas de la masa
Pago de los créditos a cargo de la masa
Pago del pasivo cierto no reclamado
Pago de obligaciones por procesos en curso
6
Reglas para la
enajenación
de los activos
Enajenación de activos
Enajenación en caso
de urgencia
CATEGORIZACIÓN DE ACTIVOS
PARA LIQUIDAR 7
TOXICOS
EN LIQUIDACION
COOP
4
OTROS
2
*EQUIPOS, MUEBLES Y VEHÍCULOS 61.380
36
PRIMARIOS Y
SECUNDARIOS
INMUEBLES 82
PARTICIPACIONES INMUEBLES
18
DERECHOS FIDUCIARIOS Por establecer
*Por determinar en inventario
INMUEBLES
20 Ofc.317 Parq
EMPRESAS
5
COMERCIALIZABLES
ESTRATÉGICOS
EMPRESAS SECTOR SALUD 11
MOVILIZACIÓN ACTIVOS
RESOLUCIONES ACTIVOS
Resolución 00184
Avalúo Paralelo 108
$ 128.022.826.400,00
Resolución 1933
Avalúo Venta de Inmuebles (Pendiente de resolver Recurso de Reposición)
$ 466.128.748.650,00
Resolución 1936
Avalúo Venta de Vehículos, equipos Biomédicos, Equipos de
Cómputo entre otros.
$ 1.368.330.150,00