ESTADO ACTUAL Y FUTURO DE LA LIQUIDACIÓN NOVIEMBRE 2016 CALIFICACIÓN Y GRADUACIÓN DE ACREENCIAS Para el proceso de recepción de acreencias, los días 2 y 17 de Diciembre de 2015 se publicaron avisos en radio y prensa nacional, comunicando la expedición de la Resolución N° 001 del 25 de Noviembre de 2015, por medio de la cual se estableció que el período para la recepción de reclamaciones había sido fijado entre el 18 de diciembre de 2015 y el 18 de enero de 2016, en los horarios de 8:00 am a 5:00 pm. 01. 02. De acuerdo con lo anterior, en la página web de la entidad, www.saludcoop.coop, se publicó la información sobre los términos, condiciones y requisitos para la recepción de acreencias de SALUDCOOP EPS OC En Liquidación. Conforme a lo anterior, cualquier persona natural o jurídica que considerara que existía una obligación a su favor y a cargo de SALUDCOOP EPS OC En Liquidación, debió presentar su acreencia en el período comprendido entre el 18 de diciembre de 2015 y el 18 de enero de 2016, de acuerdo con los términos previstos por el artículo 9.1.3.2.2. Parte 9 “procedimientos y liquidación” del Decreto 2555 de 2010, como lo hicieron un aproximado de veinticinco mil (25.000) acreedores, quienes se hicieron parte del trámite liquidatorio en forma oportuna. 03. 04. Respecto de las reclamaciones que fueron presentadas por fuera de los términos anteriormente señalados, su inclusión en el Proceso Liquidatorio de SALUDCOOP EPS EN LIQUIDACIÓN se estudiará de conformidad con las reglas señaladas en el Decreto 2555 de 2010, es decir como PASIVO CIERTO NO RECLAMADO (PACINORE), siempre y cuando se cumpla la condición establecida en el artículo 9.1.3.2.7 de la enunciada norma, esto es que el crédito se encuentre registrado contablemente. Con ocasión de la expedición de la Resolución No. 1731 del 21 de junio de 2016, por la cual la Superintendencia Nacional de Salud designó a la Doctora ANGELA MARÍA ECHEVERRI RAMÍREZ en calidad de Agente especial Liquidadora de SALUDCOOP EPS EN LIQUIDACIÓN, en referencia a los actos administrativos emitidos sobre la graduación y calificación de las reclamaciones presentadas oportunamente, se realizó una evaluación técnica y análisis jurídico con el fin de verificar el pasivo que está a cargo de la liquidación. 05. 06. Como consecuencia de la referida evaluación, mediante Resolución No. 1935 de 10 de agosto de 2016, la Agente Especial Liquidadora de SALUDCOOP EPS EN LIQUIDACIÓN resolvió revocar los Actos Administrativos, Resoluciones 00010 del 03 de febrero de 2016, 00178 del 29 de febrero de 2016, 00179 del 07 de marzo de 2016 y 00180 del 11 de marzo de 2016, que con anterioridad determinaron, graduaron y calificaron las reclamaciones presentadas oportunamente. Por tanto, se procederá a realizar una nueva calificación y graduación de las acreencias presentadas de manera oportuna, decisión que en su oportunidad será debidamente notificada a todos y cada uno de los reclamantes y contra la cual se podrá, en su momento, interponer recurso de reposición. Los créditos que sean reconocidos en este nuevo proceso de calificación y graduación se pagarán y/o se producirá el desembolso de dineros correspondientes, una vez se logre la realización de los activos de la entidad, teniendo en cuenta las reglas de prelación legal dentro de la liquidación y atendiendo la disponibilidad de recursos. Fechas que se darán a conocer con antelación a los reclamantes reconocidos y que se sujetan a las etapas consagradas en la ley para los procedimientos liquidatarios. 07. 08. En este sentido, las decisiones que se adopten a partir del proceso realizado, se notificaran en los términos de ley y se comunicaran a través de la página web www.saludcoop.coop, así como en la sede única de la entidad ubicada en la calle 128 No. 54-07 Barrio Prado Veraniego de la ciudad de Bogotá D.C. ETAPAS DEL PROCESO DE INTERVENCIÓN FORZOSA ADMINISTRATIVA PARA LIQUIDAR Determinación y valoración del activo de la Institución Financiera en Liquidación Inventario de los activos Valoración del inventario Enajenación de activos Notificación del acto administrativo que acepta el inventario valorado Traslado de los recursos de reposición Decisión sobre impugnaciones Notificaciones que decidan los recursos Ejecutoria del acto administrativo que acepta el inventario valorado Actualización del inventario de activos y su valoración Toma de posesión para la liquidación forzosa administrativa y medidas preventivas Reglas sobre la culminación del proceso de liquidación forzosa administrativa Término máximo para culminar el proceso Determinación del equilibrio financiero Reglas sobre activos remanentes Reglas sobre situaciones no definidas Terminación de la existencia legal Envío de comunicaciones 1 2 3 Determinación del Pasivo a cargo de la Institución Financiera en Liquidación Emplazamiento Término para presentar reclamaciones Traslado de las reclamaciones Pasivo a cargo de la entidad en liquidación 5 4 Reglas y procedimientos para el pago del pasivo a cargo de la Institución en Liquidación Pago de los gastos de administración Condiciones para la realización de los pagos Restitución de bienes excluidos de la masa Restitución de sumas de dinero excluidas de la masa Pago de los créditos a cargo de la masa Pago del pasivo cierto no reclamado Pago de obligaciones por procesos en curso 6 Reglas para la enajenación de los activos Enajenación de activos Enajenación en caso de urgencia CATEGORIZACIÓN DE ACTIVOS PARA LIQUIDAR 7 TOXICOS EN LIQUIDACION COOP 4 OTROS 2 *EQUIPOS, MUEBLES Y VEHÍCULOS 61.380 36 PRIMARIOS Y SECUNDARIOS INMUEBLES 82 PARTICIPACIONES INMUEBLES 18 DERECHOS FIDUCIARIOS Por establecer *Por determinar en inventario INMUEBLES 20 Ofc.317 Parq EMPRESAS 5 COMERCIALIZABLES ESTRATÉGICOS EMPRESAS SECTOR SALUD 11 MOVILIZACIÓN ACTIVOS RESOLUCIONES ACTIVOS Resolución 00184 Avalúo Paralelo 108 $ 128.022.826.400,00 Resolución 1933 Avalúo Venta de Inmuebles (Pendiente de resolver Recurso de Reposición) $ 466.128.748.650,00 Resolución 1936 Avalúo Venta de Vehículos, equipos Biomédicos, Equipos de Cómputo entre otros. $ 1.368.330.150,00
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