fYde c? a de de la GlVacWn

Expte.no
6074/16.-
fYde c?a de de la GlVacWn
Q9't;w tk" 'PlJ de k PlJeckracúm tk k
gj'nd oAíaaOna/
Buenos Aires, J de eetu.k
Visto
González,
pensión
en
al
que
supérsti te
la
Ley
el
pedido
señor
(Ley
administrativo-,
de
solicita
tendría
del
18.464
el
cual
derecho
Agustín
22.94 O)
la
el
señora
pago
en
su
el
2016.-
Amalia
del
Bugallo
cargo
de
Alba
anticipo
carácter
Alberto
con
de
de
de
cónyuge
-j ubilado
de
prosecretario
y
CONSIDERANDO:
Que
guarda
silencio
penslon
a
Tribunal
las
los
que
leyes
esencia
sin
con
perjuicio
relación
eventuales
los
conceptos
j ubilatorias
y
sentido
de
a
la
utilizados
el
finalidad
contempla
de
nros.
que
2527/98
se
Que
cubrir
gestión
-como
pago
de
la
beneficiaria
trámite
del
el
y
tanto
o
el
cuenta-
pensión
respectivo-,
Por
de
de
del
legislador
conforme
en
a
que
seguridad
la
tierle
social
asistencial
Fallos
anticipo
la
a
demora
la
290:275,
procede
Fallos
y
de
y
del
311:317,
tiene
de
su pago
en
en
la
los
actividad
resolución
pensión
tiende
administrativa
que
acreditación
afiliado
(conf.
doctrina
890/99).
en
a
18.464
subsistencia,
y que la
si guarda clara armoía
naturaleza
(conf.
ley
anticipos
previsional,
régimen
la
trata
-previa
jubilado
jubilación
SE
todo
adecuadamente
beneficio
res.
de
por
interpretarse
institución
fin cubrir los riesgos de la
aplicación extensiva es procedente
la
la
de
es
por
con
que
beneficiarios,
deben
la
de
extensión
en
derecho
iniciación
casos
con
de
a
la
la
del
muerte
derecho
a
citados).
ello,
RESUELVE:
Hacer
Consejo
de
la
saber
a
Magistratura
la
Administración
que
corresponde
General
liquidar
del
el
anticipo
I,I González.
mensual
de
pensión
a
la
señora
Registrese y hágb=-
RICARDO LUIS LORENZETTI
PRESIDENTE DE LA
CDRTE SUPREMA DE JUSTICIA
DELANACIDN
Amalia
Alba