IMSS - Inbursa

info AFORE
Tip:
Si cambiaste de domicilio actualízalo en
una de nuestras sucursales. Encuentra
tu sucursal mas cercana aquí
¿Qué opciones tienes para
pensionarte?
La pensión es una prestación económica que se te otorgará como trabajador
asegurado, o en su caso, a tus beneficiarios cuando se cumplan las condiciones
para solicitarla.
IMSS:
Para los trabajadores que cotizan al IMSS existen dos tipos de Régimen por los que
se pueden pensionar, dependiendo de la fecha en que empezaron a cotizar. Estos
se conocen como Régimen 73 y Régimen 97.
Si empezaste a cotizar antes del 1° de Julio de 1997 puedes elegir el Régimen por
el que te quieres pensionar, pero si empezaste a cotizar después de esta fecha
solo podrás hacerlo por el Régimen 97.
Si no sabes cuándo empezaste a cotizar, el año en que te diste de alta aparece
dentro de tu Número de Seguridad Social (NSS).
CLÍNICA AFILIADA
01945726974
Ejemplo de Número de
Seguridad Social (NSS)
AÑO DE NACIMIMIENTO
¿Tienes preguntas sobre tu Afore?
Comunícate al Centro de Atención
Telefónica Inbursa o visita cualquiera
de nuestras Sucursales*
(55) 5447 8000 en el Área Metropolitana
01 800 90 90 000 (lada sin costo) Interior de
la República
Horario de atención: lunes a domingo
de 08:00 a 22:00 hrs.
Consulta tu saldo en los cajeros automáticos
de Banco Inbursa, digita tu Número de
Seguridad Social (NSS) y usa tu Código Postal
como NIP.
Activa tu portal en www.aforeinbursa.com.mx
en dónde puedes consultar tu saldo, detalle de
movimientos o resumen de estado de cuenta,
cambiar tu NIP o actualizar tu domicilio y
teléfono. Sólo tienes que llamar al Centro de
Atención Telefónica Inbursa desde el número
telefónico que registraste en tu solicitud de
afiliación o traspaso.
*Consulta ubicaciones y horarios en
www.inbursa.com o bien con i-móvil app
ALTA DEL NSS
De este modo conocerás el año en el que empezaste a cotizar y el Régimen por
el que puedes pensionarte.
¿Cuál es la diferencia entre Régimen 73 y Régimen 97?
a) El número mínimo de semanas cotizadas requeridas para tener
derecho a pensión.
b) Quién paga la pensión.
c) Los tipos de pensión.
IMSS – Régimen 73 vs. Régimen 97
Régimen 73
Antes del 1° de Julio de 1997
500
¿Quién paga la pensión?
El Gobierno Federal
Cesantía en edad avanzada
Vejez
Invalidez2
Incapacidad permanente
Régimen 97
A partir del 1° de Julio de 1997
¿Semanas cotizadas requeridas?
1250
El trabajador con los recursos de su cuenta individual
a través de un retiro programado, una renta vitalicia o
pensión mínima garantizada1
Tipos de pensión
Cesantía en edad avanzada
Vejez
Invalidez3
Incapacidad permanente
En caso de que el titular de la Cuenta Individual fallezca, sus beneficiarios
tienen derecho a solicitar las pensiones de:
Viudez
Orfandad
Ascendencia
1
2
3
Viudez
Orfandad
Ascendencia
En el caso de Pensión Mínima Garantizada, una vez agotados los recursos de la cuenta individual la pensión será cubierta directamente
por el IMSS, con los recursos que para tal efecto le debe proporcionar el Gobierno Federal.
En caso de Invalidez sólo se requieren 150 semanas de cotización.
En caso de invalidez menor al 75% se requieren 250 semanas de cotización y si el porcentaje de invalidez es igual o mayor al 75% sólo
se requieren 150 semanas de cotización.
¿Qué tengo que hacer para tramitar mi pensión?
Los requisitos, forma de cálculo y trámite son distintos en cada régimen y pensión, por
lo que en los próximos números de infoAFORE te daremos a conocer la información
correspondiente.
¡Conoce los requisitos para cada tipo de pensión
en el próximo número de infoAFORE!
“Los recursos de la Cuenta
Individual son propiedad del
Trabajador”
Unidad Especializada de Atención
a Usuarios de Afore Inbursa:
Av. Insurgentes Sur 3500,
Edificio Inbursa, Planta Baja
Col. Peña Pobre, Delegación Tlalpan,
C.P. 14060, México, D.F.
Tel. (55) 5238 0649 o 01 800 84 91 000
Horario de atención: lunes a viernes
de 08:30 a 17:30 horas
Consulta www.consar.gob.mx