info AFORE Tip: Si cambiaste de domicilio actualízalo en una de nuestras sucursales. Encuentra tu sucursal mas cercana aquí ¿Qué opciones tienes para pensionarte? La pensión es una prestación económica que se te otorgará como trabajador asegurado, o en su caso, a tus beneficiarios cuando se cumplan las condiciones para solicitarla. IMSS: Para los trabajadores que cotizan al IMSS existen dos tipos de Régimen por los que se pueden pensionar, dependiendo de la fecha en que empezaron a cotizar. Estos se conocen como Régimen 73 y Régimen 97. Si empezaste a cotizar antes del 1° de Julio de 1997 puedes elegir el Régimen por el que te quieres pensionar, pero si empezaste a cotizar después de esta fecha solo podrás hacerlo por el Régimen 97. Si no sabes cuándo empezaste a cotizar, el año en que te diste de alta aparece dentro de tu Número de Seguridad Social (NSS). CLÍNICA AFILIADA 01945726974 Ejemplo de Número de Seguridad Social (NSS) AÑO DE NACIMIMIENTO ¿Tienes preguntas sobre tu Afore? Comunícate al Centro de Atención Telefónica Inbursa o visita cualquiera de nuestras Sucursales* (55) 5447 8000 en el Área Metropolitana 01 800 90 90 000 (lada sin costo) Interior de la República Horario de atención: lunes a domingo de 08:00 a 22:00 hrs. Consulta tu saldo en los cajeros automáticos de Banco Inbursa, digita tu Número de Seguridad Social (NSS) y usa tu Código Postal como NIP. Activa tu portal en www.aforeinbursa.com.mx en dónde puedes consultar tu saldo, detalle de movimientos o resumen de estado de cuenta, cambiar tu NIP o actualizar tu domicilio y teléfono. Sólo tienes que llamar al Centro de Atención Telefónica Inbursa desde el número telefónico que registraste en tu solicitud de afiliación o traspaso. *Consulta ubicaciones y horarios en www.inbursa.com o bien con i-móvil app ALTA DEL NSS De este modo conocerás el año en el que empezaste a cotizar y el Régimen por el que puedes pensionarte. ¿Cuál es la diferencia entre Régimen 73 y Régimen 97? a) El número mínimo de semanas cotizadas requeridas para tener derecho a pensión. b) Quién paga la pensión. c) Los tipos de pensión. IMSS – Régimen 73 vs. Régimen 97 Régimen 73 Antes del 1° de Julio de 1997 500 ¿Quién paga la pensión? El Gobierno Federal Cesantía en edad avanzada Vejez Invalidez2 Incapacidad permanente Régimen 97 A partir del 1° de Julio de 1997 ¿Semanas cotizadas requeridas? 1250 El trabajador con los recursos de su cuenta individual a través de un retiro programado, una renta vitalicia o pensión mínima garantizada1 Tipos de pensión Cesantía en edad avanzada Vejez Invalidez3 Incapacidad permanente En caso de que el titular de la Cuenta Individual fallezca, sus beneficiarios tienen derecho a solicitar las pensiones de: Viudez Orfandad Ascendencia 1 2 3 Viudez Orfandad Ascendencia En el caso de Pensión Mínima Garantizada, una vez agotados los recursos de la cuenta individual la pensión será cubierta directamente por el IMSS, con los recursos que para tal efecto le debe proporcionar el Gobierno Federal. En caso de Invalidez sólo se requieren 150 semanas de cotización. En caso de invalidez menor al 75% se requieren 250 semanas de cotización y si el porcentaje de invalidez es igual o mayor al 75% sólo se requieren 150 semanas de cotización. ¿Qué tengo que hacer para tramitar mi pensión? Los requisitos, forma de cálculo y trámite son distintos en cada régimen y pensión, por lo que en los próximos números de infoAFORE te daremos a conocer la información correspondiente. ¡Conoce los requisitos para cada tipo de pensión en el próximo número de infoAFORE! “Los recursos de la Cuenta Individual son propiedad del Trabajador” Unidad Especializada de Atención a Usuarios de Afore Inbursa: Av. Insurgentes Sur 3500, Edificio Inbursa, Planta Baja Col. Peña Pobre, Delegación Tlalpan, C.P. 14060, México, D.F. Tel. (55) 5238 0649 o 01 800 84 91 000 Horario de atención: lunes a viernes de 08:30 a 17:30 horas Consulta www.consar.gob.mx
© Copyright 2024