Bases_Auxiliar Recaudacion ( pdf , 161,25 Kb )

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BASES PARA LA PROVISION DE TRECE PLAZAS DE AUXILIAR, INTERINO, PARA LA
SECCIÓN DE RECAUDACIÓN
AYUNTAMIENTO DE OVIEDO CIF: P3304400I Registro de entidades locales Núm. 01330447
(Aprobadas por Acuerdo de Junta de Gobierno de 22 de Julio de 2016 y modificadas por
acuerdo de Junta de Gobierno de 12 de agosto de 2016)
El procedimiento de selección se regirá por lo dispuesto en la presente convocatoria y
en lo no previsto expresamente en esta, por lo dispuesto en las bases generales de la
convocatoria Unitaria para la selección de personal a efectos de provisión libre de plazas de
la Oferta de Empleo Público del Ayuntamiento de Oviedo para 2009 y siguientes, de la
Plantilla de Funcionarios y Personal Laboral. (Aprobadas por acuerdo de Junta de Gobierno
de 21 de mayo de 2009 y publicadas íntegramente en el BOPA de 23 de junio de 2009).
1.- GRUPO: C, subgrupo C2.
2.- CLASIFICACION: Escala de Administración General. Auxiliar.
3.- NÚMERO DE PLAZAS: Trece.
4. TITULACION EXIGIDA: Estar en posesión de la titulación mínima de Graduado Escolar,
Graduado en ESO, FP1 o equivalente.
5.- SISTEMA DE SELECCIÓN: Concurso- Oposición.
6.- DESARROLLO DEL PROCESO SELECTIVO:
Para garantizar la agilidad del proceso selectivo se realizarán en primer lugar los
ejercicios correspondientes a la fase de oposición, valorando únicamente los méritos
correspondientes a la fase de concurso de aquellos opositores qua hayan logrado las setenta
mejores puntuaciones en la suma de ambos ejercicios de oposición, siempre y cuando hayan
superado la prueba de oposición, con al menos 3 puntos.
6.1.- Fase de Concurso:
El tribunal calificará, una vez acreditados documentalmente, los siguientes méritos:
A. Experiencia profesional (máximo 2,8 puntos): Será valorada con independencia del
ámbito en el que hubiera sido adquirida. Deberá referirse a las funciones y tareas del
puesto de trabajo que pretende cubrirse
1. Los servicios prestados en la Administración Local se valorarán a razón de 0,10
puntos/mes completo.
2. Los servicios prestados en la Administración Estatal o Autonómica se valorarán
a razón de 0,07 puntos / mes completo.
3. Los servicios prestados en otros entes públicos o en la empresa privada se
valorarán a razón de 0,05 puntos/mes completo.
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B. Cursos oficiales relacionados con el puesto objeto de convocatoria y/o con el temario
anexo a esta convocatoria (máximo 1,20 puntos): a razón de 0,003 puntos por hora
de formación. Los cursos en los que no se indique el número de horas no serán objeto
de valoración.
No se valorarán los cursos de idiomas.
Cuando los cursos no sean completos de la formación específica que se
pretende valorar, deberán indicarse las horas de cada apartado de la formación
específica.
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Los méritos alegados por los aspirantes deberán acreditarse de la forma que a continuación se
indica:
•
Los del apartado A: los servicios prestados en la función pública o empresas del
sector público deberán acreditarse mediante certificación expedida por la
Administración competente con expresión de la relación jurídica (funcionario o personal
laboral), plaza y puesto de trabajo desempeñados, fecha de toma de posesión y/o cese
o periodo de prestación efectiva de servicios.
En el supuesto de servicios prestados en el sector privado, deberá presentarse
necesariamente contratos de trabajo en los que conste la categoría profesional y
puesto desempeñado e informe de vida laboral expedido por la Tesorería General de la
Seguridad Social con expresión del grupo de cotización de los periodos cotizados.
En caso de contradicción entre el contrato y el informe de vida laboral en cuanto a la
categoría laboral, se estará a la definición que por este concepto figure en el contrato
laboral. En caso de omitirse la categoría laboral en el contrato se estará al grupo de
cotización que figure en el informe de vida laboral.
En el supuesto de sucesión de contratos, como consecuencia de la prórroga de los
mismos, deberá aportarse el contrato inicial junto con todos los sucesivos escritos de
prórroga registrados en los Servicios Públicos de Empleo, valorándose exclusivamente
aquellos periodos acreditados documentalmente.
No serán objeto de valoración los contratos que no figuren en el certificado de vida
laboral expedido por la Tesorería General de la Seguridad Social.
En caso de servicios a tiempo parcial se computará de forma proporcional a los
mismos.
•
Los del apartado B, mediante aportación de la fotocopia debidamente compulsada del
certificado de asistencia del curso de formación alegado
6.2.- Fase de Oposición.
La fase de oposición se plantea con una puntuación total máxima de 6 puntos, y
compuesta por dos ejercicios.
Primer ejercicio en forma de cuestionario o test de 50 preguntas a contestar en un
tiempo de una hora, con una valoración máxima de 3 puntos, las preguntas acertadas
se valorarán con 0,06 puntos, las preguntas no acertadas descontarán 0,02 puntos y
las preguntas no contestadas no serán puntuadas. Solamente pasarán al segundo
ejercicio quienes hayan obtenido en este primer ejercicio de la fase de oposición una
puntuación mínima de 1,5 puntos, el resto quedará eliminado.
Segundo ejercicio consistente en un aprueba teórico-práctica relacionada con las
funciones del puesto a desarrollar utilizando las aplicaciones de la suite de ofimática
Office 2013, con una duración de una hora y media y una puntuación máxima de 3
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puntos siendo necesario alcanzar una puntuación mínima de 1,5 puntos para superar
la prueba.
El cuestionario-test se elaborará por el Tribunal Calificador con carácter previo e
inmediato a la realización del ejercicio, garantizándose la confidencialidad y el secreto
del contenido del segundo ejercicio hasta el momento de su realización.
7.- CALIFICACIÓN DE LAS PRUEBAS.
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La puntuación definitiva de este proceso de selección estará determinada por la suma
de las puntuaciones obtenidas en la fase de concurso y oposición.
8.- DERECHOS DE PARTICIPACION: 12,83 € o la certificación prevista en las Bases
Generales.
9. CLASIFICACIÓN DEL TRIBUNAL: Tercera Categoría
10. PUBLICIDAD: Estas bases se publicarán en el Tablón de Edictos y página web del
Ayuntamiento de Oviedo, así como en el Boletín Oficial del Principado de Asturias y la
Provincia. El plazo de solicitudes será de 20 días naturales, contados a partir del siguiente al en
que aparezca publicado el anuncio de la Convocatoria en el Boletín Oficial del Principado de
Asturias y de la Provincia
11.- TEMARIO:
En el supuesto de que algún tema de los integrantes en el programa se viese afectado por
alguna modificación, ampliación o derogación legislativa durante el transcurso de la misma, se
exigirá en todo caso la legislación vigente en el momento de la realización de las respectivas
pruebas.
Tema 1.- El acto administrativo. Concepto. Elementos. Clases.
Tema 2.- Los interesados en el procedimiento administrativos. El ciudadano y la
Administración: derechos y deberes de los ciudadanos. Derechos de acceso a archivos y
registros. Colaboración y comparecencia de los ciudadanos.
Tema 3.- La eficacia de los actos administrativos: La notificación: Contenido, plazo y práctica.
La notificación defectuosa. La publicación.
Tema 4.- El procedimiento Administrativo: Concepto. Fases.
Tema 5.- La revisión de los actos administrativos: Recursos administrativos. Principios
generales y clases. Actos susceptibles de recurso administrativo.
Tema 6.- La invalidez del acto administrativo. Supuestos de nulidad de pleno derecho y
anulabilidad. La revisión y revocación de actos La rectificación de errores materiales o de
hecho.
Tema 7.- Régimen Jurídico del personal funcionario de las entidades locales : derechos,
deberes, régimen disciplinario. Situaciones administrativas. Derechos económicos. Seguridad
Social.. Incompatibilidades.
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Tema 8.- El municipio: concepto y elementos. Las competencias municipales.
Tema 9.- Organización municipal en los municipios de “gran población”. Órganos superiores: el
Ayuntamiento Pleno y Comisiones Plenarias, El Alcalde, La Junta de gobierno Local. Los
órganos directivos. Otros órganos.
Tema 10.- El procedimiento de gestión tributaria: iniciación y trámites. Las normas de gestión
de los tributos locales.
Tema 11.- Los tributos locales. Imposición y Ordenación de los Tributos locales.
Tema 12.- Las ordenanzas fiscales: elaboración, publicación y publicidad.
Tema 13.- Los recursos de las Haciendas Locales: enumeración. Recursos de los municipios.
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Tema 14.- La gestión Recaudatoria Local: concepto. Objeto.
Tema 15.- El procedimiento de recaudación en período voluntario: iniciación y conclusión.
Ingresos a través de las entidades de depósito que prestan el Servicio de Caja. Ingresos a
través de las entidades colaboradoras en la recaudación. Recaudación de deudas de
vencimiento periódico y notificación colectiva.
Tema 16.- La recaudación en período ejecutivo: concepto, características y principios. Efectos.
Recargos del período ejecutivo. Procedimiento de apremio: inicio y terminación.
Tema 17.- Aplazamiento y fraccionamiento del pago. Tramitación. Garantías. Falta de pago.
Desempate: En el supuesto de que se produzca un empate entre dos o más aspirantes, se
resolverá teniendo en cuenta en primer lugar la mayor puntuación obtenida en el primer
ejercicio de la fase de oposición, si persistiese el empate a la puntuación en el segundo
ejercicio de la fase de oposición y como última opción, un sorteo entre los aspirantes
empatados.
CONCEJAL DE GOBIERNO DE PERSONAL
Fdo: Isidro Iván Alvarez López
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