Boletín Oficial de Canarias núm. 196 25947 Jueves 9 de octubre de 2014 IV. Administración de Justicia Juzgado de Primera Instancia nº 7 de Santa Cruz de Tenerife 4348 EDICTO de 23 de septiembre de 2014, relativo al fallo de la sentencia dictada en los autos de familia. Divorcio contencioso nº 0000074/2013. D./Dña. María Inmaculada Monllor Gisbert, Secretario/a Judicial del Juzgado de Primera Instancia nº 7 de Santa Cruz de Tenerife y su Partido: HACE SABER: que en este Juzgado se ha dictado sentencia en los autos que luego se dirá, cuyo encabezamiento y fallo tienen el siguiente tenor literal: SENTENCIA En Santa Cruz de Tenerife, a veintitrés de septiembre de dos mil catorce. Vistos por Dña. Lorena Quiles Vallejo, Juez del Juzgado de Primera Instancia nº 7 de Santa Cruz de Tenerife los presentes autos de Juicio Verbal de Divorcio seguidos con n° 74/2.013, promovidos por Dña. Liceth Febles Delgado, representada por la procuradora Dña. Cristina Ramos Suárez y asistida por el Letrado D. Manuel Quintero Quintero, formula demanda de divorcio contencioso contra D. Carlos Eduardo Arenas Hernández, rebelde en las presentes actuaciones. PARTE DISPOSITIVA Que estimando íntegramente la demanda presentada por la procuradora Dña. Cristina Ramos Suárez, en nombre y representación de Dña. Liceth Febles Delgado, debo declarar y declaro la disolución del matrimonio contraído entre Dña. Liceth Febles Delgado y D. Carlos Eduardo Arenas Hernández, con todos los efectos legales inherentes a tal p ronunciamiento. Una vez firme la presente Resolución, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 755 de la LEC, líbrese -de oficio- exhorto al Registro Civil, con testimonio de la misma, para su constancia al margen de la inscripción de matrimonio de los litigantes. Sin hacer pronunciamiento condenatorio en cuanto a las costas procesales devengadas en esta Primera Instancia. Notifíquese a las partes que la presente Resolución no es firme y que contra ella cabe recurso de apelación que se interpondrá por escrito ante este Juzgado en el término de veinte días. Así por esta mi Sentencia lo pronuncia, manda y firma. PUBLICACIÓN.- La anterior Sentencia ha sido leída y publicada por mi Dña. Lorena Quiles Vallejo, Juez de Adscripción Territorial designada en el presente Juzgado de Primera Instancia nº 7, de Santa Cruz de Tenerife y su Partido, de lo que doy fe. Y para que sirva de notificación al demandado en paradero desconocido D. Carlos Eduardo Arenas Hernández, expido y libro el presente en Santa Cruz de Tenerife, a 23 de septiembre de 2014.- La Secretario Judicial. https://sede.gobcan.es/cpji/boc boc-a-2014-196-4348
© Copyright 2024