sesion ordinaria de fecha 15 de marzo de 2016 informe de prensa

JURADO DE ENJUICIAMIENTO DE MAGISTRADOS
SESION ORDINARIA DE FECHA 15 DE MARZO DE 2016
INFORME DE PRENSA
1) Como primer punto, el Jurado recibió la declaración informativa de los
Magistrados LUIS FERNANDO ROY, MIGUEL ÁNGEL VARGAS DIAZ y CÉSAR
CÁCERES, en el marco del expediente caratulado: “Abg. Arnaldo Gaona c/ Abgs.
LUIS FERNANDO ROY, MIGUEL ÁNGEL VARGAS DIAZ y CÉSAR CÁCERES,
Miembros del Tribunal de Apelación en lo Civil, 2° Sala, de la ciudad de
Encarnación, Circunscripción Judicial de Itapúa s/ Denuncia”.Seguidamente, el Jurado resolvió no hacer lugar al enjuiciamiento oficioso de
los Magistrados LUIS FERNANDO ROY, MIGUEL ÁNGEL VARGAS DIAZ y CÉSAR
CÁCERES, por improcedente, puesto que no surgen indicios de mal desempeño de
funciones en el marco de la tramitación del expediente judicial caratulado: “VILMAR
EISSEN C/ LUIS ANIBAL SHUPP MEDINA Y OTROS S/ INTERDICTO DE RECOBRAR
LA POSESION”.2) Como segundo punto, el Jurado recibió la declaración informativa de la
Magistrada ZUNILDA MARTÍNEZ NOGUERA, en el marco del expediente
caratulado: “Investigación Preliminar s/ publicación periodísticas del Diario ABC
Color de fecha 12 de abril de 2012 – Abg. ZUNILDA MARTÍNEZ NOGUERA, Agente
Fiscal Penal de la Unidad Nº 01 de la ciudad de Hernandarias”.Seguidamente, el Jurado resolvió no hacer lugar al enjuiciamiento oficioso de
la Magistrada ZUNILDA MARTÍNEZ NOGUERA, por improcedente, puesto que no
surgen indicios de mal desempeño de funciones en el marco de la tramitación del
expediente judicial caratulado: “INVESTIGACIÓN SOBRE SUPUESTO HECHO
PUNIBLE DE ACOSO SEXUAL Y COACCIÓN SEXUAL”.3) Como tercer punto, el Jurado recibió la declaración informativa del
Magistrado HUGO CAME, en el marco del expediente caratulado: “Oscar Daniel
Ramírez Morales c/ Abg. MARÍA EUGENIA GIMÉNEZ DE ALLEN, Miembro del
Tribunal de Apelación de la Niñez y la Adolescencia de la ciudad de San Lorenzo,
Circunscripción Judicial de Central s/ Denuncia”.Seguidamente, el Jurado resolvió no hacer lugar al enjuiciamiento oficioso del
Magistrado HUGO CAME, por improcedente, puesto que no surgen indicios de mal
desempeño de funciones en el marco de la tramitación del expediente judicial
caratulado:
“OSCAR
DAVID
RAMIREZ
MIRANDA
s/
REGIMEN
DE
RELACIONAMIENTO”.4) Como cuarto punto, el Jurado analizó los siguientes expedientes:
- “Juan Dario Monges Espinola c/ Abg. JACINTO MARTINEZ INSFRAN,
Agente Fiscal en lo Penal de la Unidad Nº 02 de la Ciudad de Paraguarí, Región XI
- Departamento de Paraguarí s/ Denuncia”.El Jurado resolvió posponer el estudio de estos autos para la próxima
sesión.- “Antonio Tapia Fuentes c/ Abg. MAFALDA CAMERON LUQUE, Jueza de
Primera Instancia en lo Civil y Comercial del 9º Turno de la Circunscripción
Judicial de la Capital s/ Enjuiciamiento”.El Jurado resolvió no hacer lugar al enjuiciamiento oficioso de la Jueza
MAFALDA CAMERON LUQUE, por improcedente, puesto que no surgen elementos
de sospecha razonable de “mal desempeño de funciones”, en los hechos expuestos en
la referida causa caratulada: “ENTIDAD BINACIONAL YACYRETA c/ ANTONIO TAPIA
FUENTES s/ PAGO POR CONSIGNACIÓN”.-
- “Edith Natalia Benítez Rodríguez c/ ABG. PEDRO R. BÁEZ GAVILAN, Juez
Penal de Garantías de la ciudad de Itakyry, Circunscripción Judicial de Alto
Paraná s/ Denuncia”
El Jurado resolvió la cancelación de estos autos.Observación: Se aclara que en la Sesión se trató el probable enjuiciamiento
del Juez Pedro Báez Gavilán, y en ese acto se informó por Secretaría la noticia del
fallecimiento del citado magistrado, por lo que seguidamente el Jurado resolvió:
CANCELAR el procedimiento por dicha razón y ARCHIVAR el expediente.- “Claudio Hein Ratzlaff y Cindy Amarilla Martens de Hein c/ ABG. JUAN
CASCO AMARILLA, Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial del 5º Turno
de la Ciudad de Encarnación s/ Acusación”
El Jurado resolvió no hacer lugar a la acusación promovida contra el Juez
JUAN CASCO AMARILLA, por improcedente, puesto que no surgen elementos de
sospecha razonable de “mal desempeño de funciones”, en los hechos expuestos en la
tramitación del expediente judicial caratulado: “CRISOL Y ENCARNACIÓN
FINANCIERA S.A. C/ EL INDIO SRL Y OTROS S/ ACCIÓN EJECUTIVA”
- “Abg. MARÍA GRICELDA CABALLERO, Juez Penal de Garantías N° 09 de
la Capital s/ Investigación Preliminar”
El Jurado resolvió posponer el estudio de estos autos para una próxima sesión y
como medida de mejor proveer, convocar a una audiencia informativa a la Magistrada
MARIA GRISELDA CABALLERO.- “Lourdes López de Lovera c/ ABGS. SANDRA LILIAN PALACIOS, Miembro
del Tribunal de Apelación en lo Penal de Itapúa; ELSA KETTERMAN, Miembro del
Tribunal de Apelación; HUGO CENTURION, Juez Penal de Garantías de Tomas
Romero Pereira, Circunscripción judicial de Itapúa; ALFREDO BAEZ PEDOTTI,
Agente Fiscal de la Unidad Penal Nº 6 de la ciudad de Encarnación, Departamento
de Itapúa, y LUIS ALBERTINI, Agente Fiscal de la Unidad Penal Nº 10 de la Ciudad
de Encarnación departamento de Itapúa s/ Denuncia”.
El Jurado resolvió no hacer lugar al enjuiciamiento oficioso de los
Magistrados SANDRA LILIAN PALACIOS, ELSA KETTERMAN y HUGO ALBERTO
CENTURIÓN, así como de los Agentes Fiscales ALFREDO BAEZ PEDOTTI y LUIS
ALBERTO DANIEL ALBERTINI, respectivamente, por improcedente, puesto que no
surgen elementos de sospecha razonable de “mal desempeño de funciones”, en la
causa caratulada: “MARIA VICTORIA AQUINO DE PEDROZO S/ SUP. HECHO
PUNIBLE DE LESION DE CONFIANZA EN ALTO VERA Y LOURDES LOPEZ DE
LOVERA S/ SUP. HECHO PUNIBLE DE LESION DE CONFIANZA”.- “Enrique Sarubbi Flores c/ ABG. NELIDA ROSA ALVARENGA CRISTALDO, Jueza de Primera Instancia en lo Laboral del 2 Turno de la ciudad de Ciudad
del Este, Circunscripción Judicial de Alto Paraná s/ Denuncia”.
El Jurado resolvió no hacer lugar al enjuiciamiento oficioso de la Jueza
NELIDA ALVARENGA CRISTALDO, por improcedente, puesto que no surgen
elementos de sospecha razonable de “mal desempeño de funciones”, en los hechos
expuestos en la referida causa caratulada: “ENRIQUE SARUBBI FLORES C/
HUMBERTO ZAPATTINI Y OTROS S/ INTERDICTO DE RECOBRAR LA POSESION”.- “Abg. Paola Ayumi Horita Nova c/ ABG. CYNTHIA R. PINEDA, Jueza de
Primera Instancia en lo Civil y Comercial del Turno Nº 6 de la ciudad de Ciudad
del Este, Circunscripción Judicial de Alto Paraná s/ Denuncia”.
El Jurado resolvió no hacer lugar al enjuiciamiento oficioso de la Jueza
CYNTHIA R. PINEDA, por improcedente, puesto que no surgen elementos de
sospecha razonable de “mal desempeño de funciones”, en las causas caratuladas:
“LUCIANO PERIER ESCOBAR Y OTROS C/ FUNDACION FRANCIS MARIE PERIER
S/ DEMANDA ORDINARIA DE REDUCCION” y “MERDEDES SOPHIE PERIER C/
EDUCARDO ERNESTO BERNITAT ALLIO S/ REMOCION DE ADMINISTRADOR”.- “Abgs. BERNARDO JAVIER ELIZAUR, Agente Fiscal en lo Penal de la
ciudad de Villarica, Región V – Departamento de Guairá, y CARLOS FELICIANO
ALVARENGA, Agente Fiscal en lo Penal de la Unidad N° 01 de la Región V,
Departamento de Guairá s/ Enjuiciamiento”
El Jurado resolvió posponer el estudio de estos autos para la próxima sesión.- “Entidad Itaipu Binacional c/ Abg. TADEO ZARRATEA, Juez de Primera
Instancia en lo Laboral del 5° Turno de la Circunscripción Judicial de la Capital s/
Enjuiciamiento”.
El Jurado resolvió posponer el estudio de estos autos para la próxima sesión.- “Investigación Preliminar - ABG. ALICIA FERNANDEZ RIQUELME, Agente
Fiscal de la Unidad Penal Nº 1 de Delitos Electorales y Juegos de Azar de la
ciudad de Villeta, Departamento Central”.
El Jurado resolvió no hacer lugar al enjuiciamiento oficioso de la Agente
Fiscal ALICIA FERNANDEZ RIQUELME, por improcedente, por no existir indicios de
“mal desempeño de funciones” en el marco de la causa caratulada: “FELIX GUSTAVO
BENITEZ Y OTROS S/ INVASION DE INMUEBLE AJENO”.5) Como quinto punto, en Asuntos Varios, el Jurado analizó el siguiente
expediente:
- “Defensor del Pueblo Edgar Villalba Riquelme c/ Abgs. CARLA
BACIGALUPO, Jueza Penal de Garantías de la Capital; MARIA SOLEDAD
QUIÑONEZ, JALIL RACHID LICHI y JORGE KRONAWETTER, Agentes Fiscales en
lo Penal s/ Denuncia”.
El Jurado resolvió rechazar “in limine” la denuncia formulada contra la
Magistrada CARLA BACIGALUPO y los Agentes Fiscales MARIA SOLEDAD
QUIÑONEZ, JALIL RACHID LICHI y JORGE KRONAWETTER, por improcedente,
puesto que no existen indicios de “mal desempeño de funciones” en los hechos
expuestos en la denuncia presentada.-