Análisis Económico del Derecho aplicado al Derecho de la Empresa Mag. Carmen Zavalaga Ortiz Docente de la Facultad de Derecho Universidad de San Martin de Porres El Análisis Económico del Derecho trata de dar una explicación económica del Derecho y predecir las consecuencias de la aplicación de las normas. Asimismo, pretende determinar los costos y beneficios de las conductas reguladas por el Derecho, siendo su objetivo el maximizar beneficios y minimizar costos. Aplica el método económico para analizar la reacción de los individuos a ciertos incentivos de manera predecible. El Análisis Económico del Derecho es considerado por diversos autores como la utilización de términos provenientes de la microeconomía y otros provenientes de la economía, a situaciones concretas originadas por el comportamiento humano. Robert Cooter y Thomas Ulen no dan una definición exacta de lo que significa el Análisis Económico del Derecho, sin embargo, señalan que “la economía ofrece una teoría del comportamiento para pronosticar cómo responderán los individuos ante los cambios de las leyes. Esta teoría rebasa a la intuición, así como la ciencia rebasa al sentido común. Las leyes no son sólo argumentos arcanos técnicos: son instrumentos para lograr importantes metas sociales. A fin de conocer los efectos de las leyes en esas metas, los jueces y otros legisladores deben poseer un método para evaluar los efectos de las leyes sobre importantes valores sociales”. José Ramón Cossio Díaz señala respecto del Análisis Económico del Derecho que “puede designarse, en un sentido genérico, a todo aquel análisis que desde las categorías económicas se haga del Derecho o, en un sentido más restringido, al análisis que del Derecho se haga a partir de una específicas categorías económicas”. Alfredo Bullard Gonzales señala que “el Análisis Económico se trata de la aplicación del método económico para entender a las instituciones jurídicas”. Andrés Roemer señala que “el Análisis Económico del Derecho ha permitido responder a una lógica económica, la del mercado y todo lo que la rodea. Permite entender como se puede maximizar riqueza y bienestar, buscando dar una explicación económica del Derecho y prediciendo las consecuencias de la aplicación de las normas». Finalmente, el Análisis Económico del Derecho, como una corriente de pensamiento, busca que el jurista y el legislador puedan agregar a su bagaje de conocimientos, herramientas de trabajo que permitan visualizar posibles efectos sociales y económicos de las normas jurídicas. La perspectiva del Análisis Económico del Derecho radica en que las leyes actúan como incentivos para el cambio o realización de conductas y como instrumentos para objetivos de política económica (eficiencia y distribución). Pero el Análisis Económico del Derecho permite, también, evaluar situaciones que se encuentran en el mercado de recursos no patrimoniales. Richard Posner señala que “la idea de que el Análisis Económico nos puede ayudar a entender el desperdicio de recursos no necesariamente patrimoniales, materiales o tangibles se la debemos a Gary Becker, (Premio Nobel de Economía) quien plantea que este análisis pretende explicar el comportamiento humano y los principios e incentivos que lo determinan, extendiendo así la economía más allá de sus límites tradicionales”. En este sentido, podrían analizarse actividades que se realizan fuera del mercado tales como la caridad y el amor, así como sus contribuciones específicas al análisis económico de los delitos, la discriminación racial, el matrimonio y el divorcio”. Para poder entender la forma como funciona el Análisis Económico del Derecho debemos recurrir primero a la explicación de ciertos conceptos. Así tenemos: Eficiencia: Característica de la sociedad que busca extraer lo màs posible de sus recursos escasos. Equidad: Característica que distribuye la riqueza económica de modo igualitario entre los miembros de la sociedad. Incentivo: Aquello que induce a las personas a actuar. Coste de oportunidad: Es lo que se sacrifica con el objeto de tener algo. Personas racionales: Individuos que deliberada y sistemáticamente tratan de hacer lo posible para lograr sus objetivos. Cambios marginales: Pequeños ajustes adicionales que se le hacen a un plan de acción. Economía de mercado: Economía que asigna los recursos mediante las decisiones descentralizadas de numerosos hogares y empresas que interactúan en el mercado para conseguir bienes y servicios. Falla del mercado: Situación en la cual el mercado, no asigna sus recursos eficientemente. Externalidad: Impacto de las acciones de una persona sobre el bienestar de otras. Poder de mercado: Capacidad que tiene un sólo actor económico (o un pequeño grupo de ellos) de ejercer influencia considerable en los precios del mercado. Economía positiva: Es descriptiva y busca describir la realidad como es. Economía normativa: Es prescriptiva y busca describir la realidad como debería ser. Teorema de Coase y los Costos de Transacción La teoría de Coase se fundamenta en los “costos de transacción” y puede ser formulado de dos maneras diferentes, que en el fondo expresan exactamente la misma idea. Coase formula dos teorías: Primera Teoría: “Si los costos de transacción son iguales a cero, no importa la solución legal que se adopte, pues siempre las partes involucradas, a través de transacciones en el mercado, llegarán a la solución más eficiente”. Segunda Teoría: “Si los costos de transacción son significativamente superiores a cero, si importa la situación legal que se adopte para llegar a la solución más eficiente”. A continuación analizaremos las actividades de una empresa que tienen efectos perjudiciales en otra, en consecuencia, los problemas deben evaluarse en su totalidad y marginalmente. Antes de evaluar una solución posible debemos conocer si las actividades perjudiciales son responsables o no del daño causado, ya que sin establecer esta delimitación inicial de derechos no pueden existir transacciones de mercado para transferirlas y recombinarlas. No debemos cometer el error de discutir el problema en términos de causas, ambas partes causan el daño. Si nos vamos a atener a una asignación óptima de los recursos, es deseable entonces que ambas partes tomen en cuenta el efecto dañino (el perjuicio) al decidir sobre su curso de acción. Se debe recordar que ante un problema de índole económico, la cuestión inmediata enfrentada por los tribunales no es lo que se hará, sino quién tiene derecho legal a hacerlo. Siempre es posible modificar mediante transacciones de mercado la delimitación legal inicial de los derechos. Y, por supuesto, si tales transacciones de mercado no tienen costo, siempre tendrá lugar la recomposición de los derechos si conduce a un incremento del valor de la producción. Para llevar a cabo transacciones de mercado es necesario descubrir con quién deseamos transar, informar a la gente que deseamos intercambiar y en qué términos, conducir negociaciones que lleven a un convenio, redactar el contrato, llevar a cabo la inspección necesaria para asegurarnos de que los términos del contrato se observan, y demás. Estas operaciones son, a menudo, muy costosas; suficientemente costosas para evitar muchas transacciones que se llevarían a cabo en un mundo en el que el sistema de precios funcionase sin costos. Los costos de transacción y el problema de agencia. Para Martín Esteban Paolantonio, «los costos de transacción como el de los problemas de agencia tienen como nota común que la sociedad anónima los considera como nexos contractuales». «La sociedad es un nexo contractual de una pluralidad de acuerdos, escritos y no escritos, con factores de producción y clientes, los que especifican derechos y obligaciones y el modo en que se adoptarán las decisiones». (Grupos de interés). Grupos de interés Proveedores Empleados Accionistas Gerencia Estado Empresa Acreedores Sociedad Clientes Para toda empresa, una preocupación latente es como va a obtener recursos económicos para la ejecución de sus operaciones. Por lo que deberá acudir a los proveedores de recursos financieros, en este caso a los acreedores y socios. Las relaciones entre los accionistas de las empresas y sus administradores, esta definida en la toma de decisiones y la asunción plena de sus consecuencias económicas (situación que se verifica en la relación entre accionistas mayoritarios y minoritarios, o en la relación de la sociedad con sus acreedores). En este sentido, el problema de agencia se verifica cuando las consecuencias de las decisiones recaen sobre sujetos diferentes de los que adoptan tales decisiones, por tanto habrá que tomar precauciones, las mismas que se relacionan con los costos de transacción.
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