Material 1

Análisis Económico del
Derecho aplicado al
Derecho de la Empresa
Mag. Carmen Zavalaga Ortiz
Docente de la Facultad de Derecho
Universidad de San Martin de Porres
El Análisis Económico del Derecho trata de dar una explicación
económica del Derecho y predecir las consecuencias de la aplicación de
las normas.
Asimismo, pretende determinar los costos y beneficios de las conductas
reguladas por el Derecho, siendo su objetivo el maximizar beneficios y
minimizar costos.
Aplica el método económico para analizar la reacción de los individuos a
ciertos incentivos de manera predecible.
El Análisis Económico del Derecho es considerado por diversos autores
como la utilización de términos provenientes de la microeconomía y otros
provenientes de la economía, a situaciones concretas originadas por el
comportamiento humano.
Robert Cooter y Thomas Ulen no dan una definición exacta de lo que
significa el Análisis Económico del Derecho, sin embargo, señalan que “la
economía ofrece una teoría del comportamiento para pronosticar cómo
responderán los individuos ante los cambios de las leyes. Esta teoría
rebasa a la intuición, así como la ciencia rebasa al sentido común. Las
leyes no son sólo argumentos arcanos técnicos: son instrumentos para
lograr importantes metas sociales. A fin de conocer los efectos de las leyes
en esas metas, los jueces y otros legisladores deben poseer un método
para evaluar los efectos de las leyes sobre importantes valores sociales”.
José Ramón Cossio Díaz señala respecto del Análisis Económico del
Derecho que “puede designarse, en un sentido genérico, a todo aquel análisis
que desde las categorías económicas se haga del Derecho o, en un sentido más
restringido, al análisis que del Derecho se haga a partir de una específicas
categorías económicas”.
Alfredo Bullard Gonzales señala que “el Análisis Económico se trata de la
aplicación del método económico para entender a las instituciones jurídicas”.
Andrés Roemer señala que “el Análisis Económico del Derecho ha
permitido responder a una lógica económica, la del mercado y todo lo que la
rodea. Permite entender como se puede maximizar riqueza y bienestar,
buscando dar una explicación económica del Derecho y prediciendo las
consecuencias de la aplicación de las normas».
Finalmente, el Análisis Económico del Derecho, como una corriente de
pensamiento, busca que el jurista y el legislador puedan agregar a su bagaje de
conocimientos, herramientas de trabajo que permitan visualizar posibles
efectos sociales y económicos de las normas jurídicas.
La perspectiva del Análisis Económico del Derecho radica en que las leyes
actúan como incentivos para el cambio o realización de conductas y como
instrumentos para objetivos de política económica (eficiencia y distribución).
Pero el Análisis Económico del Derecho permite, también, evaluar
situaciones que se encuentran en el mercado de recursos no
patrimoniales.
Richard Posner señala que “la idea de que el Análisis Económico
nos puede ayudar a entender el desperdicio de recursos no
necesariamente patrimoniales, materiales o tangibles se la debemos a
Gary Becker, (Premio Nobel de Economía) quien plantea que este
análisis pretende explicar el comportamiento humano y los principios
e incentivos que lo determinan, extendiendo así la economía más allá
de sus límites tradicionales”. En este sentido, podrían analizarse actividades que se realizan fuera del mercado tales como la caridad y el
amor, así como sus contribuciones específicas al análisis económico de
los delitos, la discriminación racial, el matrimonio y el divorcio”.
Para poder entender la forma como funciona el Análisis Económico del
Derecho debemos recurrir primero a la explicación de ciertos conceptos.
Así tenemos:
Eficiencia: Característica de la sociedad que busca extraer lo màs posible de
sus recursos escasos.
Equidad: Característica que distribuye la riqueza económica de modo
igualitario entre los miembros de la sociedad.
Incentivo: Aquello que induce a las personas a actuar.
Coste de oportunidad: Es lo que se sacrifica con el objeto de tener algo.
Personas racionales: Individuos que deliberada y sistemáticamente tratan
de hacer lo posible para lograr sus objetivos.
Cambios marginales: Pequeños ajustes adicionales que se le hacen a un
plan de acción.
Economía de mercado: Economía que asigna los recursos mediante las
decisiones descentralizadas de numerosos hogares y empresas que
interactúan en el mercado para conseguir bienes y servicios.
Falla del mercado: Situación en la cual el mercado, no asigna sus recursos
eficientemente.
Externalidad: Impacto de las acciones de una persona sobre el bienestar de
otras.
Poder de mercado: Capacidad que tiene un sólo actor económico (o un
pequeño grupo de ellos) de ejercer influencia considerable en los precios del
mercado.
Economía positiva: Es descriptiva y busca describir la realidad como es.
Economía normativa: Es prescriptiva y busca describir la realidad como
debería ser.
Teorema de Coase y los Costos de Transacción
La teoría de Coase se fundamenta en los “costos de transacción” y puede ser
formulado de dos maneras diferentes, que en el fondo expresan
exactamente la misma idea.
Coase formula dos teorías:
Primera Teoría:
“Si los costos de transacción son iguales a cero, no importa la
solución legal que se adopte, pues siempre las partes
involucradas, a través de transacciones en el mercado, llegarán a
la solución más eficiente”.
Segunda Teoría:
“Si los costos de transacción son significativamente superiores a
cero, si importa la situación legal que se adopte para llegar a la
solución más eficiente”.
A continuación analizaremos las actividades de una empresa que tienen
efectos perjudiciales en otra, en consecuencia, los problemas deben
evaluarse en su totalidad y marginalmente.
Antes de evaluar una solución posible debemos conocer si las actividades
perjudiciales son responsables o no del daño causado, ya que sin establecer
esta delimitación inicial de derechos no pueden existir transacciones de
mercado para transferirlas y recombinarlas.
No debemos cometer el error de discutir el problema en términos de causas,
ambas partes causan el daño. Si nos vamos a atener a una asignación
óptima de los recursos, es deseable entonces que ambas partes tomen en
cuenta el efecto dañino (el perjuicio) al decidir sobre su curso de acción.
Se debe recordar que ante un problema de índole económico, la cuestión
inmediata enfrentada por los tribunales no es lo que se hará, sino quién
tiene derecho legal a hacerlo.
Siempre es posible modificar mediante transacciones de mercado la
delimitación legal inicial de los derechos. Y, por supuesto, si tales
transacciones de mercado no tienen costo, siempre tendrá lugar la
recomposición de los derechos si conduce a un incremento del valor de la
producción.
Para llevar a cabo transacciones de mercado es necesario descubrir con
quién deseamos transar, informar a la gente que deseamos intercambiar y
en qué términos, conducir negociaciones que lleven a un convenio, redactar
el contrato, llevar a cabo la inspección necesaria para asegurarnos de que
los términos del contrato se observan, y demás. Estas operaciones son, a
menudo, muy costosas; suficientemente costosas para evitar muchas
transacciones que se llevarían a cabo en un mundo en el que el sistema de
precios funcionase sin costos.
Los costos de transacción y el problema de agencia.
Para Martín Esteban Paolantonio, «los costos de transacción como el de los
problemas de agencia tienen como nota común que la sociedad anónima los
considera como nexos contractuales».
«La sociedad es un nexo contractual de una pluralidad de acuerdos, escritos y
no escritos, con factores de producción y clientes, los que especifican derechos
y obligaciones y el modo en que se adoptarán las decisiones». (Grupos de
interés).
Grupos de interés
Proveedores
Empleados
Accionistas
Gerencia
Estado
Empresa
Acreedores
Sociedad
Clientes
Para toda empresa, una preocupación latente es como va a obtener
recursos económicos para la ejecución de sus operaciones. Por lo que
deberá acudir a los proveedores de recursos financieros, en este caso a los
acreedores y socios.
Las relaciones entre los accionistas de las empresas y sus administradores,
esta definida en la toma de decisiones y la asunción plena de sus
consecuencias económicas (situación que se verifica en la relación entre
accionistas mayoritarios y minoritarios, o en la relación de la sociedad con
sus acreedores).
En este sentido, el problema de agencia se verifica cuando las
consecuencias de las decisiones recaen sobre sujetos diferentes de los que
adoptan tales decisiones, por tanto habrá que tomar precauciones, las
mismas que se relacionan con los costos de transacción.