DOÑA ISABEL JIMÉNEZ DELGADO; VICESECRETARIA DEL AYUNTAMIENTO DE BORMUJOS (SEVILLA), CERTIFICO: Que en el Pleno de esta Corporación, en Sesión Ordinaria celebrada el día treinta de julio de dos mil quince, p o r u n a n i m i d a d , se acordó, lo siguiente: Aprobar las Bases Generales de la Bolsa Social de Empleo del Excmo. Ayuntamiento de Bormujos, a través de un sistema de concurso, con el fin de facilitar la contratación de personas sin cualificación específica para que realicen labores profesionales con carácter temporal en el municipio de Bormujos., la cual se transcribe a continuación: “BASES GENERALES REGULADORAS DE LA BOLSA SOCIAL DE EMPLEO DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE BORMUJOS OBJETO DE LA CONVOCATORIA. Las presentes normas tienen por objeto regular la constitución y el funcionamiento de la BOLSA SOCIAL DE EMPLEO DEL AYUNTAMIENTO DE Bormujos, a través de un sistema de concurso, con el fin de facilitar la contratación de personas sin cualificación específica para que realicen labores profesionales con carácter temporal en el municipio de Bormujos (limpieza de edificios públicos, barrenderos/as) Bolsas con cualificación especifica (Obras y Servicios, Medio Ambiente compuestas por las categorías de oficiales y peones) añadiendo a estas últimas 3 criterios de baremacion, experiencia profesional y formación reglada y no reglada. VIGENCIA. Apertura cada 4 meses de periodo de inscripción dando a la vez oportunidad de actualizar los datos a los ya inscritos. SISTEMA DE SELECCIÓN. El sistema de selección es el baremo. La valoración se realizará en función de los méritos y las puntuaciones que consten en las presentes Bases. REQUISITOS. Los/as aspirantes en el momento en que finalice el plazo de presentación de solicitudes de cada convocatoria, habrán de reunir los siguientes Código Seguro De Verificación: Firmado Por Observaciones Url De Verificación Estado Fecha y hora Francisco Miguel Molina Haro Firmado 03/08/2015 13:34:32 Isabel Jimenez Delgado Firmado 03/08/2015 12:20:39 Página 1/11 jcewtos9W2BhYjcOO0IaUA== https://portal.dipusevilla.es/vfirmaAytos/code/jcewtos9W2BhYjcOO0IaUA== requisitos: 1. Tener cumplidos dieciséis años de edad, y no exceder de aquella en que se pueda acceder a la jubilación forzosa según lo previsto en la legislación vigente. 2. Estar en posesión de nacionalidad española o de alguno de los países miembros de la Unión Europea, en los términos de la Ley 17/1993 de diciembre y Real decreto 543/2001 de 18 de mayo.Podrán participar, además de los anteriores, las personas extrajeras que se encuentren en situación de legalidad en España, siendo titulares de la documentación que les habilite para residir y poder acceder sin limitaciones al mercado laboral (Ley Orgánica 8/2000 de 22 de diciembre, de reforma de Ley 4/2000 de 11 de enero). 3. No padecer enfermedad o limitación física y/o psíquica que impida el normal desempeño de las tareas propias del puesto al que se opta. 4. No haber sido separado/a mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado/a para el desempeño de funciones públicas. 5. No hallarse incurso en ninguna de las causas de incapacidad específicas previstas en la legislación vigente 6. Estar en posesión de los requisitos exigidos según el puesto de trabajo. En el momento de la contratación, el/la solicitante tendrá que seguir manteniendo los requisitos que en su momento acreditó para su incorporación a la bolsa, de lo contrario quedará excluido/a. SOLICITUDES. Las instancias solicitando la incorporación a la Bolsa de Empleo se dirigirán al Sr. Alcalde-Presidente y se presentarán en el registro de Entrada del Ayuntamiento de Bormujos, en el plazo de 20 días hábiles siguientes al de publicación del anuncio de las Bases, mediante nota informativa, en el Tablón de Anuncios y en la página web de este Ayuntamiento. ACREDITACIÓN DE MÉRITOS. Para acreditar los méritos que se valoran en esta Bolsa de Empleo, los aspirantes deberán presentar los siguientes documentos: - Código Seguro De Verificación: Firmado Por Observaciones Url De Verificación Fotocopia del libro de Familia Estado Fecha y hora Francisco Miguel Molina Haro Firmado 03/08/2015 13:34:32 Isabel Jimenez Delgado Firmado 03/08/2015 12:20:39 Página 2/11 jcewtos9W2BhYjcOO0IaUA== https://portal.dipusevilla.es/vfirmaAytos/code/jcewtos9W2BhYjcOO0IaUA== Fotocopia de sentencia de divorcio o separación legal. Fotocopia de certificado de defunción de cónyuge. Certificado del SAE que acredite la percepción o no de prestaciones o subsidio de desempleo. Informe de vida laboral o alta en IAE. (veremos en comisión de seguimiento) Los solicitantes estarán obligados a actualizar sus datos, presentando la documentación original a petición del Ayuntamiento, y en todo caso siempre que se realice el llamamiento para acceder a un puesto de trabajo. Caso de no aportar dichos originales o no coincidir estos con las fotocopias correspondientes, quedará automáticamente excluidos de la Bolsa Social de Empleo. Las circunstancias familiares y económicas alegadas podrán ser comprobadas en caso necesario, a través de los Servicios Sociales del Ayuntamiento de Bormujos para lo cual los solicitantes expresarán su manifiesta conformidad en la propia instancia. No serán tenidos en cuenta, ni valorados, aquellos meritos aportados o justificados con posterioridad a la finalización del plazo de presentación de solicitudes. BAREMACIÓN. Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, por el tribunal seleccionador se procederá, una vez comprobada la veracidad de la documentación aportada, a la valoración de las mismas de acuerdo con la siguiente baremación: 1. Por Ingresos de la unidad familiar: Se utilizará como criterio de medida la renta familiar per cápita (total de los ingresos mensuales obtenidos por todos los miembros de la unidad familiar/número de miembros de la unidad familiar). INGRESOS BRUTOS ANUAL / NUMERO DE MIEMBROS UNIDAD FAMILIAR De 0 a 2500 euros, 5 puntos De 2501 a 3500 euros, 4 puntos De 3501 a 4500 euros, 3 puntos De 4501 a 6000 euros, 2puntos De 6001 euros en adelante, 1 punto 2. Por cargas familiares: Número de hijos/as a cargo: se entiende por hijos/as a cargo, los hijos/as con una edad igual o menor de 25 años que demuestren su dependencia económica de la unidad familiar (no posean ingresos propios). 1 punto por hijo hasta el 2º, 4 puntos a partir del 3ª. Código Seguro De Verificación: Firmado Por Observaciones Url De Verificación Estado Fecha y hora Francisco Miguel Molina Haro Firmado 03/08/2015 13:34:32 Isabel Jimenez Delgado Firmado 03/08/2015 12:20:39 Página 3/11 jcewtos9W2BhYjcOO0IaUA== https://portal.dipusevilla.es/vfirmaAytos/code/jcewtos9W2BhYjcOO0IaUA== 3. Antiguedad en situación de desempleo: Menos de 1 año desempleado 1 punto Entre 1 y 2 años desempleado 2 puntos Entre 2 y 4 años desempleado 3 puntos Más de 5 años desempleado 5 puntos Si se hubiera trabajado menos de 1 mes en un periodo mínimo de 12 meses o menos de 3 meses en un periodo de 24 meses, no se tendrá en cuenta dicho periodo siendo de aplicación igualmente la escala anterior. 4. Familias monoparentales. Por ser titular de familia monoparental. Se otorgaran 2 puntos al solicitante que sea el único/a progenitor/a responsable de los/as hijos/as a cargo. Se tomara en cuenta el criterio que establece la Junta de Andalucia de familia monoparental: Es la que consta en el libro de familia es decir, viudos/as, divorciados/as y madres solteras cuyos hijos no estén reconocidos por el padre excluyendo así a las madres solteras cuyos hijos e hijas si estén reconocidos por su padre y a las madres separadas que aún no hayan terminado los tramites del divorcio entre otras. 5. Familias con algún miembro discapacitado distinto del/la solicitante. Se otorgará 2 puntos por cada miembro con una discapacidad entre el 33% y el 65% 4 puntos entre el 66% y el 89% 6 puntos del 90% en adelante 6. Por ser víctima de violencia de género. Se otorgará 3 puntos a aquéllas personas que sean víctimas de violencia de género o doméstica. 7. Por estar empadronado/a en el Ayuntamiento de Bormujos. Antigüedad menos de 1 año 0 puntos Antigüedad de 1 año, 0.5 punto Antigüedad de 2-3 años, 1 puntos Antigüedad de 3-4 años, 2 puntos. Antigüedad de 5 en adelante, 3 puntos 8. Edad. Ser menor de 25 años y mayor de 45 años, 2 puntos. Código Seguro De Verificación: Firmado Por Observaciones Url De Verificación Estado Fecha y hora Francisco Miguel Molina Haro Firmado 03/08/2015 13:34:32 Isabel Jimenez Delgado Firmado 03/08/2015 12:20:39 Página 4/11 jcewtos9W2BhYjcOO0IaUA== https://portal.dipusevilla.es/vfirmaAytos/code/jcewtos9W2BhYjcOO0IaUA== En función del número de años en que se reduzca o supere este intervalo de edad se sumara 0,50 puntos con un máximo de 3 puntos. *Se puntuara con 2 puntos a todos/as las solicitantes que pertenecieran a bolsas de empleo municipal anteriores y que no hayan sido llamados nunca para trabajar. · CRITERIOS QUE SE AÑADEN PARA LAS BOLSAS ESPECIFICAS. Formación profesional. 0,20 puntos por mes trabajado relacionado con el puesto en cuestión con un máximo de 10 puntos. Para el cómputo de días, se tendrán en cuenta las fechas de alta y baja que figuran en el informe de vida laboral de las personas desempleadas. En los supuestos de jornada a tiempo parcial se tendrá en cuenta el equivalente en días trabajados que bajo tal epígrafe figuran en el certificado de vida laboral Formación reglada Se otorgaran 5 puntos por titulación oficial relacionada con el puesto a cubrir. Formación no reglada Títulos y cursos relacionados con el puesto ofertado Máximo de 3 puntos Cursos de formación relacionados con el puesto al que se opta, se aplicará la siguiente puntuación: • • • • • • de menos de 20 horas 0.15 puntos de 20 a 40 horas 0.25 puntos de 41 a 50 horas 0.35 puntos de 51 a 100 horas 0.45 puntos de 101 a 150 horas 0.55 puntos de 151 a 200 horas 0.75 puntos de 200 en adelante 1.00 puntos En caso de igualdad en la oportuna selección, se tendrán en cuenta los siguientes criterios para resolver el empate que se aplicarán en el orden que a continuación se reflejan: Código Seguro De Verificación: Firmado Por Observaciones Url De Verificación Estado Fecha y hora Francisco Miguel Molina Haro Firmado 03/08/2015 13:34:32 Isabel Jimenez Delgado Firmado 03/08/2015 12:20:39 Página 5/11 jcewtos9W2BhYjcOO0IaUA== https://portal.dipusevilla.es/vfirmaAytos/code/jcewtos9W2BhYjcOO0IaUA== .1. Ingresos Unidad Familiar. .2. Cargas familiares .3.Tiempo de desempleo. DESIGNACIÓN DEL TRIBUNAL DE SELECCIÓN La designación del tribunal de selección se realizara de conformidad con lo dispuesto en el art. 60 de la Ley 7/2007 de 12 de abril del Estatuto del Empleado Público y resto de normativa relacionada. La designación de los miembros del Tribunal incluirá la de los respectivos suplentes.. Para la válida constitución del Tribunal, a efectos de la celebración de sesiones, deliberaciones y toma de acuerdos se requerirá la presencia del presidente y del secretario o de quienes les sustituyan, y de la mitad, al menos, de sus miembros titulares o suplentes. Las decisiones se adoptarán por mayoría de votos de los miembros presentes, resolviendo en caso de empate el voto de calidad del presidente del Tribunal. El Tribunal de Selección resolverá todas las cuestiones derivadas de la aplicación de las Bases durante el desarrollo del proceso selectivo, encontrándose vinculado por lo dispuesto en estas Bases. Serán de aplicación a dicho Tribunal lo recogido en los art. 28 y 29 de la ley 30/1992 en relación a la abstención y recusación de sus miembros. El Tribunal de Selección podrá disponer la incorporación de asesores especialistas para todas o algunas de las pruebas. Dichos asesores colaborarán con el Tribunal de Selección exclusivamente en el ejercicio de sus especialidades técnicas, teniendo voz pero no voto. LISTA DE ADMITIDOS Y EXCLUIDOS. Una vez baremadas las solicitudes presentadas, se elevará la propuesta del tribunal seleccionador a la Alcaldía el cuál dictará la correspondiente Resolución que tendrá carácter provisional. En esta primera lista provisional, aparecerán las puntuaciones obtenidas por cada uno de los aspirantes admitidos, asimismo se relacionarán los aspirantes excluidos y los motivos de exclusión de los mismos. Una vez publicada dicha lista provisional se abrirá un plazo de diez días hábiles contados a partir del día siguiente al de su publicación para la presentación de reclamaciones. Dichas reclamaciones, si las hubiere, serán aceptadas o rechazadas en la resolución por la que se apruebe la lista definitiva que se hará pública asimismo, en la forma establecida en el párrafo anterior. CAUSAS DE EXCLUSIÓN DE LA BOLSA SOCIAL DE EMPLEO. Código Seguro De Verificación: Firmado Por Observaciones Url De Verificación Estado Fecha y hora Francisco Miguel Molina Haro Firmado 03/08/2015 13:34:32 Isabel Jimenez Delgado Firmado 03/08/2015 12:20:39 Página 6/11 jcewtos9W2BhYjcOO0IaUA== https://portal.dipusevilla.es/vfirmaAytos/code/jcewtos9W2BhYjcOO0IaUA== Son causas de exclusión de la Bolsa Social de Empleo a valorar por la Comisión de Seguimiento de la Bolsa: a) Quiénes no acepten una oferta de trabajo (sin causa justificada) b) Por voluntad propia de el/la solicitante mediante solicitud en el Registro de Entrada de este Ayuntamiento. c) Por no presentar en tiempo y forma la documentación necesaria de acuerdo con estas bases. d) Por no cumplir los requisitos mínimos en estas bases para cada ocupación. e) Por la falsedad de la documentación presentada. f) Por expediente disciplinario resuelto con sanción por falta grave o muy grave o demerito en el desempeño de trabajos para el municipio. UNIDAD FAMILIAR. S i varios miembros de una misma unidad familiar solicitarán participar en la Bolsa, solo podrá estar contratado uno de ellos, sin perjuicio de que una vez finalizado el contrato de trabajo de uno de ellos, pueda ser contratado otro miembro de dicha unidad con posterioridad, si llegase el caso, en el orden en el que esté establecido. A los efectos establecidos en este artículo se entiende por unidad familiar el conjunto de personas que convivan en el mismo domicilio y tengan entre sí dependencia económica, estén unidos o no entre sí por vínculo de parentesco. COMISIÓN DE SEGUIMIENTO DE LA BOLSA SOCIAL DE EMPLEO. La Comisión de Seguimiento es un órgano colegiado de carácter consultivo que estará integrada por el Alcalde del Ayuntamiento de Bormujos, o persona en quien delegue como Presidente de la misma, un/a representante de cada Grupo Político del Ayuntamiento, un representante de cada sindicato con representación en el Comité de Empresa, así como técnicos expertos en la materia (éstos con voz pero sin voto), la cual se reunirá periódicamente con el objeto de debatir y poner en común el estado de la Bolsa, el contenido de las Bases, puesta en común de sugerencias, reclamaciones o deficiencias que se detecten etc. Actuará como Secretario/a de la misma el propio de la Corporación o persona en quien delegue. Código Seguro De Verificación: Firmado Por Observaciones Url De Verificación Estado Fecha y hora Francisco Miguel Molina Haro Firmado 03/08/2015 13:34:32 Isabel Jimenez Delgado Firmado 03/08/2015 12:20:39 Página 7/11 jcewtos9W2BhYjcOO0IaUA== https://portal.dipusevilla.es/vfirmaAytos/code/jcewtos9W2BhYjcOO0IaUA== FUNCIONES DE LA COMISIÓN DE SEGUIMIENTO. a) Suplir las lagunas, dudas, que pueda generar la interpretación de estas bases. b) Supervisar el cumplimiento de estas bases de bolsa de empleo social. No obstante, la baremación, puntuación y propuesta de contrataciones se realizará exclusivamente por personal técnico, sin perjuicio de que a dicha fase de baremación pueda asistir todo miembro de la Comisión que esté interesado/a, así como solicitar la revisión de algún expediente en concreto. FUNCIONAMIENTO DE LA BOLSA SOCIAL DE EMPLEO. En caso de renuncia, sin causa justificada, dentro del plazo establecido, el/la interesado/a quedará excluido/a de la Bolsa de Trabajo y se continuará por el orden de la lista. En caso de que la renuncia se deba a enfermedad justificada, se reservará el orden que venía ocupando en la bolsa. Si la causa es por motivos de contrato el/la solicitante pasará al último lugar de la lista. Si el motivo es por formación este será valorado por la Comisión de Seguimiento, exceptuando los cursos directamente relacionados con el puesto a cubrir. Si de acuerdo con el orden establecido en las listas, el/la seleccionado no reúne los requisitos exigidos por el tipo de contrato a suscribir, se llamará al siguiente de la lista que cumpla con dichos requisitos. Los/as solicitantes que se inscriban en varias bolsas distintas una vez hayan sido contratados por medio de una de ellas pasarán al final de las citadas bolsas, salvo que el contrato sea inferior a tres meses, en cuyo caso no decaerá en la posición que ocupe en las listas hasta completar dicho periodo de contratación. FORMALIZACIÓN DE LOS CONTRATOS. Los contratos se formalizarán al amparo de la normativa que regula la contratación temporal (Estatuto de los trabajadores). INCOMPATIBILIDAD DE PUESTOS DE TRABAJO. Antes de la firma del contrato, el/la trabajador/a habrá de presentar en el Ayuntamiento de Bormujos, declaración jurada de no estar desempeñando en ese momento un segundo puesto de trabajo en la administración pública o en la empresa privada. Código Seguro De Verificación: Firmado Por Observaciones Url De Verificación Estado Fecha y hora Francisco Miguel Molina Haro Firmado 03/08/2015 13:34:32 Isabel Jimenez Delgado Firmado 03/08/2015 12:20:39 Página 8/11 jcewtos9W2BhYjcOO0IaUA== https://portal.dipusevilla.es/vfirmaAytos/code/jcewtos9W2BhYjcOO0IaUA== CARACTERÍSTICAS DE LA BOLSA DE EMPLEO. Las listas tendrán carácter rotatorio, en el sentido de que toda persona requerida y contratada, una vez finalizado el contrato, pasará inmediatamente al final de la lista. CONVENIOS DE COLABORACION CON EMPRESAS Y AYUDAS A LA CONTRATACION DE ADMINISTRACIONES PÚBLICAS. El Ayuntamiento de Bormujos podrá firmar convenios de colaboración con empresas para dar un impulso a la Bolsa Social de Empleo municipal. El espíritu de estos convenios será dar prioridad a los/as Bormujeros/as que se encuentren en situación de desempleo para acceder a un puesto de trabajo en los momentos en que hay que reforzar las plantillas de la empresa o bien contratar a nuevo personal mediante un proceso de selección. Con esta finalidad, será el Ayuntamiento de Bormujos quien se encargará de coordinar las ofertas de trabajo que lleguen de estas empresas cuando tengan necesidad de cubrir puestos de trabajo de entre las personas demandantes de trabajo. Por su parte, las empresas que firmen estos convenios se comprometen a incorporar prioritariamente a personal inscrito en la citada Bolsa Social de Empleo. *Se podrá utilizar el listado definitivo de esta bolsa unido si fuera necesario a otros criterios como la entrevista personal, para la selección de trabajadores normalmente ofertados por el SAE que provengan de las ayudas a la contratación de las distintas administraciones públicas SOLICITUD BOLSA SOCIAL AYUNTAMIENTO DE BORMUJOS. DE EMPLEO DEL BOLSAS SIN CUALIFICACION ESPECÍFICA. o LIMPIEZA DE EDIFICIOS PUBLICOS o BARRENDEROS BOLSAS CON CUALIFICACION ESPECIFICA o OFICIALES Y PEONES MEDIO AMBIENTE o OFICIALES Y PEONES OBRAS Y SERVICIOS 1. DATOS PERSONALES NIF: Código Seguro De Verificación: Firmado Por Observaciones Url De Verificación Estado Fecha y hora Francisco Miguel Molina Haro Firmado 03/08/2015 13:34:32 Isabel Jimenez Delgado Firmado 03/08/2015 12:20:39 Página 9/11 jcewtos9W2BhYjcOO0IaUA== https://portal.dipusevilla.es/vfirmaAytos/code/jcewtos9W2BhYjcOO0IaUA== Nombre y Apellidos: Teléfono: Dirección: Código Postal: Localidad: SI, autorizo a que el Ayuntamiento de Bormujos pueda entregar mis datos a otras empresas que oferten empleo. 2. DOCUMENTACIÓN A APORTAR: - Fotocopia DNI - Fotocopia Libro de Familia - Fotocopia Tarjeta de la Seguridad Social - Fotocopia Tarjeta Demanda de Empleo - Certificado del SAE que acredite la percepción o no de prestaciones o subsidio de desempleo - Informe de Vida Laboral actualizado o alta en IAE. - Documentación acreditativa de los méritos que el solicitante hace valer, de acuerdo con el baremo (Certificado de Minusvalía y/o Certificado de Compatibilidad, Demanda de Separación o Divorcio, Certificado de Defunción de Cónyuge,) EL AYUNTAMIENTO SE RESERVA EL DERECHO DE PEDIR CUALQUIER OTRA DOCUMENTACION QUE ESTIME NECESARIA PARA LA BAREMACION DE LA SOLICITUD. En Bormujos a de de 201_ EL SOLICITANTE Fdo. o La firma de la presente solicitud autoriza al Ayuntamiento de Bormujos a recabar de otros órganos y administraciones la información y documentación requerida en las Bases de la Bolsa de Empleo Social para baremación. Código Seguro De Verificación: Firmado Por Observaciones Url De Verificación Estado Fecha y hora Francisco Miguel Molina Haro Firmado 03/08/2015 13:34:32 Isabel Jimenez Delgado Firmado 03/08/2015 12:20:39 Página 10/11 jcewtos9W2BhYjcOO0IaUA== https://portal.dipusevilla.es/vfirmaAytos/code/jcewtos9W2BhYjcOO0IaUA== o El/la solicitante autoriza a su vez al ayuntamiento de Bormujos a disponer de sus datos personales garantizando este la confidencialidad de los datos de carácter personal facilitados por los/as solicitantes y su tratamiento automatizado de acuerdo a la legislación vigente sobre protección de datos de carácter personal (Ley Orgánica 15/99, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, el Real Decreto 994/1999, de 11 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de medidas de seguridad de los ficheros automatizados que contengan datos de carácter personal, así como toda la normativa aplicable a esta materia). Dispondrán también en todo momento de los derechos de información acceso, rectificación, cancelación y oposición de sus datos personales que podrá ejercitar mediante escrito presentado en el registro general del ayuntamiento de Bormujos sito en Plaza de Andalucía S/N Para ejercer dichos derechos, y en cumplimiento de la Instrucción 1/1998, de 19 de enero, de la Agencia de Protección de Datos, es necesario que usted acredite su personalidad mediante la presentación de fotocopia de Documento Nacional de Identidad o cualquier otro medio válido en Derecho.” Y para que conste y unir al expediente de su razón, y con la salvedad del artículo 206 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2.568/1986, de 28 de Noviembre, se expide la presente certificación con el Visto Bueno del Sr. Alcalde, en Bormujos a fecha de firma. Vº. Bº. EL ALCALDE Código Seguro De Verificación: Firmado Por Observaciones Url De Verificación Estado Fecha y hora Francisco Miguel Molina Haro Firmado 03/08/2015 13:34:32 Isabel Jimenez Delgado Firmado 03/08/2015 12:20:39 Página 11/11 jcewtos9W2BhYjcOO0IaUA== https://portal.dipusevilla.es/vfirmaAytos/code/jcewtos9W2BhYjcOO0IaUA==
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