LICEO SAN RAFAEL DE ALICANTE DAVID ALFONSO BAUTISTA LANDINEZ RECTOR RUBIELA AMADOR BENITEZ COORDINADORA GENERAL Aprobación oficial Preescolar y Básica Primaria No. 10-315 de Agosto 31/09 Básica Secundaria y Media No. 10-106Junio 21/2012 DANE 311001109206 Sede Pre-escolar y Básica Primaria Calle 73A No. 74 A-42 Tel. 2516473-7968293 Sede Secundaria y Media Calle 73A No. 74A -67 Email: [email protected] Página Web: www.liceosanrafaeldealicante.edul.co LICEO RAFAEL DE ALICANTE PEI APRENDER PARA HACER: Vanguardia del desarrollo social y económico de nuestro país MISIÓN Formación de líderes integrales en las dimensiones humanas, científicas y técnicas que permitan promover el desarrollo del talento humano y la construcción de una sociedad fraterna y justa VISIÓN Una institución líder en las transformación social en la equidad y el respeto por la dignidad humana generadora de competencias saberes y dominios que permitan el desarrollo integral de los miembros de la comunidad san Rafaelista. MANUAL DE CONVIVENCIA JUSTIFICACIÓN Los principios de la Constitución Política de Colombia, han sentado las bases para la construcción de una sociedad más justa, pacífica y democrática., en ella cada hombre y mujer podrá desarrollar sus potencialidades sin atropellar ni recortar las posibilidades de sus congéneres. Nuestro manual de convivencia se enfoca a una concordancia de voluntades entre todos los estamentos de comunidad Liceísta ya que es prioritario armonizar, unas normas claras y básicas entre todos los integrantes del Liceo definidos en la constitución, los Derechos del Niño (a), el Código Infancia y los lineamientos de la Ley General de Educación (Ley 115 de 1994) y demás normas, que permitan una adecuada orientación para el logro de las metas propuestas, teniendo en cuenta los deberes y derechos que le corresponde a todos y cada uno de los integrantes de nuestra comunidad y velar por el cumplimiento obligatorio, Ley 1098 infancia Art 18,19,42,45 44 y el Articulo 25 de Código Penal Ley 599., (el respeto mutuo y el libre albedrío o escogencia). Tanto los estudiantes, padres de familia, personal administrativo, Docentes y Directivos Docentes, tomamos conciencia de nuestra responsabilidad para contribuir de manera eficaz de nuestros objetivos del orden académico y convivencia de manera irrenunciable e inexcusable en nuestro proceso educativo. En el Liceo San Rafael de Alicante consideramos que convivir significa compartir con otros la vida, el tiempo, los espacios, los objetivos, las ideas, en un ambiente de democracia y armonía social. El Manual de Convivencia es un instrumento de referencia útil que refleja las reglas de juego: Acuerdos, desacuerdos, compromisos, renuncias, ganancias y la transformación de los conflictos para construir convivencia. Los conflictos, en estos procesos de crecimiento jurídico con la libertad, no se pueden negar, ocultar o eliminar, sino que se deben reconocer como: posibilitadores de aprendizaje, comunicación y cambio. Algunos conflictos se resuelven, hay otros que son parte de la dinámica de nuestro Liceo, que deben ser gestionados, abordándolos de manera enriquecedora, en un proceso desde donde se crea la noción común de justicia y comunidad normativa. El espíritu de la convivencia en nuestro Liceo se fundamenta en la Constitución Política de Colombia, Código Infancia y Adolescencia y en la Ley General de Educación (Ley 115 de 1994). Nuestro Manual de Convivencia en permanente construcción, espera ser alimentado con el aporte de todos los miembros de la comunidad educativa y cada vez más, ser el reflejo de la coherencia entre la práctica y el discurso disciplinario, entendiendo que la disciplina consiste en “fijar límites y consecuencias para que el estudiante aprenda a autorregularse” fundamentado en la responsabilidad, autonomía y el respeto al otro (a). PERFIL DEL ESTUDIANTE Se entiende por perfil del estudiante san Rafaelista, los criterios y aptitudes que deben distinguirlo en su vida personal y colectiva, preparándolo como protagonista consciente del devenir social. Los estudiantes del Liceo deben ser participativos, auténticos, responsables, con sentido de pertenencia, compromiso con el Liceo, críticos, conscientes de que en sus manos está su propia formación, tolerantes y respetuosos de la diversidad; racial, política, social, cultural y religiosa, capaces de tomar decisiones para crecer y crear una democracia, enemigo de la impunidad y la complicidad, en actos que atenten contra la vida, dignidad y la convivencia social. Para que se proyecte como un ser: · Intelectual, creativo y hábil, especialmente en el desarrollo de las competencias comunicativas para comprender y transformar el mundo que lo rodea. · Autónomo, libre, crítico, responsable, respetuoso, ético y democrático (en el Liceo, la familia, el barrio, localidad, ciudad y país), con capacidad de amar y de relacionarse. · Líder, comprometido con su grupo social, buscando la cooperación, la concertación, el desarrollo de iniciativas, modales y costumbres para una convivencia armónica y pacífica, respetando los derechos humanos. · Capaz de aceptar la diferencia, la individualidad y la autenticidad de sus semejantes en igualdad de condiciones. · Constructor de una cultura ecológica en lo humano, que facilite la conservación, protección y utilización racional de los recursos naturales. · Participe y hacedor de su proyecto de vida. CAPÍTULO I OBJETIVOS DEL MANUAL DE CONVIVENCIA · Ofrecer un medio eficaz para la aplicación de los principios que rigen la institución. · Permitir la participación activa de todos los estamentos educativos. · Servir de instrumento para la aplicación de los mecanismos que facilitan la convivencia social como son: el diálogo, la conciliación, la concertación, la democracia participativa y los derechos humanos. · Aplicar los mandatos de la Constitución Nacional, la Ley 115 de 1994 y el Decreto 1860 de 1994, respecto del Gobierno Escolar, el Manual de Convivencia y demás normas pertinentes. · Desarrollar competencias para la convivencia social. CAPÍTULO II FUNDAMENTOS LEGALES DEL MANUAL DE CONVIVENCIA El Liceo San Rafael de Alicante se rige por normas y principios consagrados en la Constitución de 1991,lalEY 1098 DEL 8 de noviembre de 2006. Ley de infancia y Adolescencia., la Ley 115 del 8 de febrero de 1994,la Ley 87/93,Ley 734/02,Ley 1278/02, Decreto1883/02, Decreto 3011/97, Decreto1860 de 1994, Ley 715 de 2002, Decreto1850 de 2002, Decreto 3020 de 2003,Decreto 3055 de 2002, Ley 1014 de 26 de enero 2006 fomento al emprendimiento, Código del menor Art. 320 al 325, Decreto 1290 de 16 de abril de 2009, Ley 1620 de 2013 y su Decreto reglamentario 1965 de 2013. Ley 115 de 1994, artículo 1. Objetivo de la ley. La educación es un proceso de formación permanente, personal, cultural y social que se fundamentas en una concepción integral de la persona humana, de su dignidad, de sus derechos y de sus deberes. CAPÍTULO III OBJETIVOS ESPECÍFICOS DEL MANUAL DE CONVIVENCIA 1. Crear cultura de convivencia, a través de la educación en el respeto a la palabra, al espacio del debate, a la crítica y a la diferencia. 2. Adoptar deliberadamente los acuerdos del decálogo, creando un ambiente participativo y abierto a la solución de conflictos. 3. desarrollar el sentido de pertenencia estableciendo una coherencia entre el YO y mi Institución. 4. Formar conciencia solidaria y democrática que le permita desarrollar a la comunidad educativa, actitudes deseables a la exigencia de la sociedad y asimilar sus reflexiones individuales y grupales. 5. Fortalecer los valores de: afecto, amor, ternura, goce por el saber y satisfacción por los aciertos y errores que engrandecen al ser humano. CAPÍTULO IV DERECHOS El Manual de Convivencia tiene como fundamento legal: La Constitución Política de Colombia, el Código de Infancia, la Ley General de Educación (Ley 115 de 1994), la Declaración Universal de los Derechos Humanos de los Niños y Niñas y demás normas complementarias. Además la Institución considera como derechos de los estudiantes, los siguientes: 1. La vida, el afecto, la libertad de expresión, la igualdad, la diferencia, la participación y la recreación. 2. Los (as) niños (as) y adolescentes tienen derecho al amor, al respeto. Al apoyo económico y moral de sus padres o responsables. 3. Participar activamente en los procesos educativos que posibiliten la formación integral, el desarrollo de potencialidades, respeto a la individualidad y se guíe tanto por los principios filosóficos de la Institución, como por la legislación del Ministerio de Educación Nacional. 4. Ser respetado como persona por toda la comunidad educativa (padres y madres de familia, directivos (as), profesores (as), compañeros (as), administrativos y personal de servicios generales). 5. Opinar y exponer oportunamente sus razones en forma respetuosa, siguiendo el conducto regular y contando con el debido proceso establecido en la Constitución Política de Colombia y en el Manual de Convivencia. 6. Participar y controlar activamente su proceso educativo así como la ejecución, planeación y evaluación de las actividades que le competen, programadas dentro y fuera de la Institución. 7. Elegir y ser elegido para participar en el Gobierno Escolar y en los demás órganos de representación estudiantil determinados por la ley General de Educación y el decreto 1860 de 1994. 8. Conocer el Manual de Convivencia, solicitar su cumplimiento, aplicación y participar en la evaluación y reforma del mismo. 9. Ejercer el derecho de la defensa y al debido proceso (Art. 29 de la Constitución Política). 10. Promover y participar en campañas institucionales que propicien el bienestar y la superación del o la estudiante. 11. Conocer los indicadores de logros propuestos para cada asignatura y periodo, al iniciar cada bimestre y los logros que debe alcanzar al finalizar el año escolar. 12. El estudiante tiene derecho a conocer el resultado de sus evaluaciones en un plazo máximo de diez días. 13. Conocer la metodología, las áreas temáticas, los criterios de evaluación, el cronograma de trabajo y evaluaciones en cada una de las asignaturas. También las valoraciones y las inasistencias, antes de ser entregadas a la Coordinación o Secretaría Académica para tener la oportunidad de solicitar respetuosamente correcciones o revisiones cuando sean necesarias, de forma oral o escrita en un término no mayor a 15 días calendario. 14. Solicitar y recibir atención adecuada en las diferentes instancias que ofrece el Liceo tales como: Consejo Directivo, Rectoría, Consejo Académico, Secretaría, Orientación, Coordinación y en los servicios de bienestar estudiantil, siempre respetando los horarios y criterios establecidos. 15. Recibir una orientación pertinente y preventiva con respecto al consumo de sustancias psicotrópicas, bebidas alcohólicas y otros factores que atenten contra la salud física y mental. 16. Recibir a más tardar en el primer período académico, el carné estudiantil como documento de identificación, para acceder a los servicios que presta el colegio. 17. Ser promocionado anticipadamente al demostrar una superación persistente de los logros establecidos para el grado en el cual se encuentra matriculado, previo concepto del Comité de Promoción y Evaluación y el consentimiento de los padres, madres de familia o acudientes. 18. En las áreas cuyos logros no haya alcanzado, ser citado a realizar actividades de recuperación y complementarias en las fechas establecidas por la Institución. 19. Ser auxiliado en caso de enfermedad, disponer de tiempo de incapacidad para su recuperación y obtener permiso para atender a una calamidad doméstica. 20. Participar en salidas lúdicas, recreativas y pedagógicas, respetando las normas y programación establecidas para tal fin. 21. Salir de la Institución en horas de clase, con justificación y presentación personal del padre, madre o acudiente quien lo (a) retirará. Si se presenta autorización de una persona diferente, deberá presentar de manera escrita y fotocopia de cedula de persona autorizada. CAPÍTULO V DEBERES 1. Conocer y cumplir con el Manual de Convivencia de la Institución para mantener una buena calidad de vida. 2. Ser puntual en el horario de entrada, salida, inicio y finalización de clases y actividades complementarias. 3. Cumplir con las actividades curriculares, y extracurriculares, participar en los comités establecidos y asistir a las actividades de formación personal tales como: convivencias, foros talleres, seminarios, saldas pedagógicas, encuentros y actividades deportivas, necesarios para los procesos de desarrollo integral. 4. Cumplir con las responsabilidades que conducen a obtener los logros propuestos para cada área, presentando los trabajos, evaluaciones, actividades de recuperación y complementarias en las fechas programadas por la Institución. En caso de ausencia justificada, solicitar autorización al (a) coordinadora general, para presentar las actividades mencionadas, dentro de los tres días siguientes a su regreso. 5. Portar y utilizar los uniformes respectivo, carné en el pecho con lazo color azul oscuro,, todo lo anterior de carácter obligatorio. 6. Dirigirse con respeto y amabilidad a compañeros (as), directivos (as), profesores (as), administrativos (as), auxiliares de servicio, padres, madres de familia y demás personas. 7. Acatar el conducto regular respetando el diálogo y la concentración en cada uno de los casos relacionados con evaluaciones, situaciones académicas y/o disciplinarias. 8. En caso de ser elegido en el Gobierno Escolar u otro cargo representativo, asumir con responsabilidad las funciones correspondientes y someterse al control de sus electores. 9. Traer y cuidar los libros, guías, útiles y demás elementos necesarios para su buen desempeño en las actividades escolares, de la misma forma respetar y cuidar los ajenos. 10. No traer elementos que no se necesiten para el trabajo escolar (celulares, y demás elementos de alta gama), la Institución no responde por el extravío o daño de los mismos. 11. Utilizar adecuadamente los servicios e instalaciones de nuestra Institución, garantizando la seguridad y el bienestar de quienes lo comparten, respetando los turnos y ayudando en la conservación de los bienes de la Institución. 12. Respetar y obedecer a los compañeros (as) de acuerdo a funciones encomendadas como monitorias y trabajo social, Consejo Directivo, Personero, Delegado estudiantil y otros. 13. Justificar la inasistencia a clase y demás actividades con la respectiva presencia del padre, madre o acudiente, o certificado médico según sea el caso. Esta excusa se presentará el día que el estudiante se reintegre a las labores académicas. ENTRADA SALIDA PRE-ESCOLAR 07:00 a.m. 01:00 p.m. BASICA PRIMARIA 6:30 a.m. 01:45 p.m. BASICA SECUNDARIA Y MEDIA 6:30 a.m. 01:45 p.m. 14. Respetar y acatar las orientaciones de todos los docentes y directivos. NOTA: El cumplimiento e incumplimiento del horario contemplado en el Manual de Convivencia es responsabilidad de los estudiantes, padres, madres y acudientes. La Institución no es responsable de los estudiantes que no ingresen a la Institución en el horario establecido. CAPÍTULO VI ESTÍMULOS 1. Izar la bandera, es una distinción que se concede a estudiantes, por una acción meritoria en nuestra Institución o fuera de ella. 2. Matrícula de honor, se otorga a los (as) estudiantes excelentes en rendimiento académico y de convivencia. 3. Felicitación verbal o escrita de carácter, personal o grupal registrada en el Observador o dirigidas a los padres, madres o acudientes, a los estudiantes que sobresalen en cualquier aspecto de la actividad escolar y comportamientos de convivencia meritorios. 4. Mención de honor o excelencia a los estudiantes destacados en aspectos como: rendimiento académico, esfuerzo personal, convivencia, colaboración, compañerismo, actitud investigativa, espíritu deportivo y otras acciones que lo ameriten. 5. Premios especiales a los estudiantes meritorios. 6. Cuadro de honor en el aula por los aspectos que consideren las docentes. 7. El cumplimiento eficiente del deber se traducirá en LOGROS para el alumno y será su mayor satisfacción. CAPÍTULO VII COMPORTAMIENTOS QUE AFECTAN LA CONVIVENCIA EN NUESTRO COLEGIO El incumplimiento de los deberes establecidos en nuestro Manual de Convivencia y demás normas conlleva a: FALTAS 1. Traer a la Institución, objetos que distraigan la atención y/o quiten tiempo a las actividades académicas (juegos electrónicos, naipes, revistas pornográficas, juegos electrónicos, balones). 2. Interferir reiteradamente en el desarrollo de las clases, charlando o molestando. 3. Interrumpir reiteradamente en el desarrollo de las actividades académicas o culturales. 4. carné estudiantil. 5. Incumplimiento en tareas y compromisos académicos. 6. Venta de comestible y otros objetivos, en la Institución. 7. El no portar el uniforme en todas las actividades escolares como: matrículas, recuperaciones, entrega de boletines, servicio social, salidas pedagógicas, clausura y demás. 8. Establecer conversaciones con extraños y/o lanzar, o pasar objetos a través de la reja y/o ventanas. 9. El respeto tanto físico y/o verbal como chanzas, pegas, bromas peligrosas y de mal gusto a compañeros (as), directivos, personal docente, administrativos o de servicios generales, o a cualquier otra persona que labore en la Institución o lo visite en cualquier lugar o momento. 10. Manifestación de desacato a las órdenes dadas por un superior o personal de mantenimiento de nuestra Institución. 11. Inducir a la desobediencia irreflexiva que afecte las normas de convivencia. DEBIDO PROCESO 1. Amonestación verbal 2. Anotación en el Observador y firma de compromiso. 3. Si reincide por 3ª vez, citación a acudiente y sanción pedagógica. RUTA DE ATENCION CASOS DE VIOLENCIA ESCOLAR TIPO DE FALTA TIPO 1 PROCESO CORRECTIVO COMPETENCIA 1. Irrespeto con agresión verbal o física a cualquier miembro de la comunidad Liceísta. 2. Comentarios que atenten contra honorabilidad y dignidad Humana. ( Verbal o Virtual ) . 3. Distribución de escritos injuriosos que atenten contra la dignidad de cualquier miembro de la comunidad. 1. Anotación en el observador del estudiante virtual, y citación Padre de familia y/o acudiente. 1. Firma compromiso único de padre o acudiente y Estudiante. 2. Coordinación de convivencia remitirá a orientación, si fuere necesario. 1. Docente que conoce la situación. 2. Director de curso. 3. Comité de Convivencia. 4. Orientación. REINCIDENCIA 1. Anotación en el observador del estudiante virtual por segunda vez, y nueva citación Padre de familia y/o acudiente. 2. Se remitirá al comité de Convivencia al Padre y/o Acudiente y Estudiante, instancia en la cual el Estudiante hará uso al Derecho de la Defensa. 1. El comité aplicara trabajo pedagógico en jornada contraria. 2. Firma nuevamente compromiso 1. Docente que conoce la situación. 2. Director de curso. 3. Comité de Convivencia. 4, Orientación. 4. Inasistencia al Liceo. 1. Presentar escusa al día siguiente de la inasistencia al Coordinador (a). 2. Anotación en observador Virtual. 1. Si no la presenta debe traer al día siguiente al acudiente. 2. Se Registra la falla en la signatura correspondiente 1. Coordinador. 2. Director de Grupo. 3. Docente de la asignatura. REINCIDENCIA 1. Anotación en el observador Virtual del estudiante por Segunda vez, y nuevamente citación al padre o acudiente. 2. El Coordinador (a), remitirá a Orientación 1. Orientación remitirá e informara a Comisaria de 1. Coordinador. Familia, I.C.B.F, la 2. Orientación. ocurrencia de la 3. Comité de Convivencia. inasistencia a clase. 1. Anotación en el 5. Realiza ventas de cualquier observador Virtual clase y negociar objetos con del estudiante y los compañeros. citación al padre de Familia o acudiente. 1.Decomiso del articulo sin Devolución al Estudiante. 2. Reflexión sobre lo ocurrido y firma de compromiso por el Padre o Acudiente y el Estudiante 1. Docente que conoce la situación. 2. Director de curso. 3. Comité de Convivencia. 4. Orientación. REINCIDENCIA 1. Anotación en el observador Virtual del estudiante por segunda vez. 2. Coordinación remitirá al Comité de Convivencia quien citará a Padre o Acudiente. 1. Coordinación aplicará trabajo pedagógico en la Jornada en uno, dos o tres días según comportamiento presentado. 1. Coordinación. 2. Comité de Convivencia. 6. No asumir con responsabilidad y desaprovechar las distintas oportunidades que se le brindarán en su trabajo escolar. 1. Anotación en el observador Virtual del estudiante y citación al padre de Familia o acudiente. 1. Docentes de las 1. Análisis sobre la causa Asignaturas. del bajo rendimiento. 2. Director de Curso. 2. Firma de Acta de 3. Coordinador. Compromiso Académico. 4. Orientador. REINCIDENCIA 1.El Coordinador remitirá el caso al Comité de Evaluación y Promoción. 2. Citación al padre o acudiente. 1. Recomendaciones y estrategias para superar el bajo rendimiento, y firma nuevamente de Acta de Compromiso por el Estudiante Padre o Acudiente. 1. Docentes de las Asignaturas. 2, Director de Curso. 3. Coordinador. 4. Orientador. 1. Anotación en el observador Virtual del estudiante 1. Dialogo con el Estudiante sobre la importancia de portar el uniforme acordado con la institución y la Comunidad Liceísta. 1. Docente que conoce la situación. 2. Director de curso. 3. Coordinación. 7. No portar el uniforme completo. REINCIDENCIA 1. Anotación en el observador Virtual del estudiante por segunda vez y citación al padre de Familia o acudiente. 1. Dialogo con el padre y el Estudiante sobre costumbres y Valores. 2. Firma de Compromiso por el Estudiante 1. Docente que conoce la situación. 2. Director de curso. 3. Coordinación. ( Corte Constitucional Sentencia T.397/Agosto 19 / 1997; S.T. 235/97 y S.T. 08/92; CPC. Titulo II Capitulo I Art. 16 ) 8. Que interfiera con su comportamiento permanentemente en el desarrollo de las clases. 1. Anotación en el observador Virtual del estudiante. 2. Citación al padre de Familia o Acudiente por el Docente de la Asignatura correspondiente y con el conocimiento de Coordinación. 1. Dialogo con el padre o Acudiente y el Estudiante 2. Firma de Compromiso por el Estudiante y padre Familia o Acudiente. 1. Docentes de las Asignaturas. 2, Director de Curso. 3. Coordinador. 4. Orientador. REINCIDENCIA 1. Anotación en el observador Virtual del estudiante por segunda vez. 2. Nueva citación al padre de Familia o Acudiente por el Docente de la Asignatura correspondiente y con el conocimiento de Coordinación. 1. Reflexión y trabajo pedagógico para desarrollar en la clase con los compañeros. 1. Docentes de las Asignaturas. 3. Coordinador. PROCESO CORRECTIVO COMPETENCIA 1. Anotación en el observador Virtual del estudiante y citación al padre de Familia o acudiente. 1. Firma compromiso único de padre o acudiente y Estudiante. 2. Coordinación de convivencia remitirá a orientación, si fuere necesario. 1. Docente que conoce la situación. 2. Director de curso. 3. Comité de Convivencia. 4. Orientación. 5. Policía de Infancia Y Adolescencia TIPO DE FALTA TIPO 2 1. Las rencillas tropeles o amenazas acuerdos para pelear o agresiones verbales o físicas dentro o fuera de la Institución. 2. El acoso dominación persecución física, moral y psicológica dentro y fuera de la Institución. REINCIDENCIA 1. Anotación en el observador del estudiante virtual por segunda vez, y nueva citación Padre de familia y/o acudiente. 2. Se remitirá al comité de Convivencia al Padre y/o Acudiente y Estudiante, instancia en la cual el Estudiante hará uso al Derecho 1. Firma compromiso único de padre o acudiente y Estudiante. 2. Coordinación de convivencia remitirá a orientación, si fuere necesario. 3. Se pondrá en conocimiento ante la autoridad competente. 1. Docente que conoce la situación. 2. Director de curso. 3. Comité de Convivencia. 4. Orientación. 5. Policía de Infancia Y Adolescencia de la Defensa. 3. Salir de las instalaciones del Liceo sin autorización 1. Anotación en el observador Virtual del estudiante. 2. Citación al padre de familia por Coordinación. REINCIDENCIA 1. Anotación en el observador del estudiante virtual por segunda vez, y nueva citación Padre de familia y/o acudiente. 1. Trabajo con la familia. 2. Se remitirá al 2. suspensión con trabajo comité de pedagógico de tres días Convivencia quien estudiara el caso y decidirá si continua con el caso o se reporta a las autoridades competentes. 1. Docente que conoce la situación. 2. Director de curso. 3. Comité de Convivencia. 4. Orientación. 1. Devolución de lo hurtado o encontrado, y correctivo pedagógico de uno a tres días o remisión a las autoridades competentes según el daño causado. 2. Compromiso escrito firmado del estudiante y del padre o acudiente. 1. Docente que conoce la situación. 2. Director de curso. 3. Comité de Convivencia. 4. Orientación. 4. Apropiación de dineros u objetos de compañeros como del Liceo o no entregar lo que se encuentra dentro de la misma 1. Anotación en el observador Virtual del estudiante. 2. Citación al padre de familia o acudiente por Coordinación. 1. Docente que conoce la 1. Firma de acta única. situación. 2. Trabajo pedagógico de 2. Coordinación uno a tres días. 3. Comité de Convivencia. REINCIDENCIA 1. Anotación en el observador Virtual del estudiante por segunda vez 2. Se remitirá al comité de Convivencia quien estudiara el caso y decidirá si continua con el caso o se reporta a las autoridades competentes. 3. La Coordinación con le debido Proceso. 1. Docente que conoce la situación. 1. Trabajo con la familia y 2. Director de curso. suspensión con trabajo 3. Comité de Convivencia. pedagógico de tres días. 4. Orientación. 5. Coordinación 5. La introducción a la institución, de libros revistas y otros tipos de información o en cualquier medio pornográfica u otro material que atente contra la moral y las buenas costumbres. 1. Anotación en el observador Virtual del estudiante. 2. Citación al padre de familia o acudiente por Coordinación. 1. Decomiso del material y su destrucción respectiva 2. Análisis y reflexión del tema y firma de acta de compromiso por el padre y el estudiante. 1. Docente que conoce la situación. 2. Director de curso. 3. Orientación. 4. Coordinación 1. Análisis del comportamiento por el orientador y según el resultado se recomendará a la familia su remisión a profesional competente. 1. Docente que conoce la situación. 2. Director de curso. 3. Orientación. 4. Coordinación 1. Baja de a nota y baja en el comportamiento. 2. Firma de acta de compromiso única, por el padre o acudiente y Estudiante. 1. Docente que conoce la situación. 2. Director de curso. 3. Orientación. 4. Coordinación 1. Análisis de la situación 2. Asesoría y evaluación por orientación 3. Afectación de la calificación y comportamiento. 1. Docente que conoce la situación. 2. Director de curso. 3. Orientación. 4. Coordinación. 5. Comité de Convivencia. 1. Anotación en el observador Virtual del estudiante por segunda vez. REINCIDENCIA 2. Coordinación remitirá a orientación, quien citara a padres o acudientes. 1. Anotación en el 6. Realizar fraude en trabajos observador Virtual y evaluaciones, alteración de del estudiante. calificaciones falsificación de 2. Citación al padre firmas y suplantación de de familia o acudientes. acudiente por Coordinación. 1. Anotación en el observador Virtual del estudiante por segunda vez. REINCIDENCIA 2. Coordinación remitirá a orientación, quien citara a padres o acudientes. PROCESO CORRECTIVO COMPETENCIA TIPO DE FALTA TIPO 3 1. Ingreso y/o consumo de cigarrillos o de bebidas alcohólicas dentro o fuera de la institución o en actividades extra-escolares, portar o consumir sustancias psicoactivas ( Dto. 120 del 21 de Enero del 2010 Art. 14 en concordancia con el Art. 2 del la Ley 124/94) 1. Análisis del comportamiento por parte del orientador y según resultado se remitirá a profesional competente. 1. Anotación en el 2. Seguimiento y observador Virtual presentación del del estudiante y diagnóstico y el citación al padre de tratamiento del Familia o acudiente, profesional y la garantía quienes se remitirán de la evaluación a orientación periódica 3. Presentación escolar. de certificación del curso del I.C.B.F ( Art. 14 Dto. 120 21 de Enero 2010), el no presentarlo no podrá ingresar a clases normales. 1. Docente que conoce la situación. 2. Director de curso. 3. Orientación. 4. Coordinación. 5. Comité de Convivencia. 6. I.C.B.F. 7. Comisaria de Familia. 8. Policía de Infancia y Adolescencia. REINCIDENCIA 1. Anotación en el observador Virtual del estudiante por segunda vez y nueva citación al padre de 1. trabajo con la familia Familia o acudiente, 2. Cancelación del Cupo quienes se remitirán a orientación escolar. Y reporte a la autoridad competente. 1. Docente que conoce la situación. 2. Director de curso. 3. Orientación. 4. Coordinación. 5. Comité de Convivencia. 6. I.C.B.F. 7. Comisaria de Familia. 8. Policía de Infancia y Adolescencia. 2. Porte de cualquier tipo de arma fomentar y promover grupos que atenten contra la Convivencia Pacífica dela comunidad Liceísta 1. Anotación en el observador Virtual del estudiante y 1. Decomiso del arma, y citación al padre de se entregará a la Familia o acudiente, autoridad competente. quienes se remitirán a orientación escolar. 1. Docente que conoce la situación. 2. Director de curso. 3. Orientación. 4. Coordinación. 5. Comité de Convivencia. 6. I.C.B.F. 7. Comisaria de Familia. 8. Policía de Infancia y Adolescencia. REINCIDENCIA 1. Anotación en el observador Virtual del estudiante por segunda vez y nueva citación al padre de 1. Trabajo con la familia Familia o acudiente, 2. Cancelación del Cupo quienes se remitirán a orientación escolar. Y reporte a la autoridad competente. 1. Docente que conoce la situación. 2. Director de curso. 3. Orientación. 4. Coordinación. 5. Comité de Convivencia. 6. I.C.B.F. 7. Comisaria de Familia. 8. Policía de Infancia y Adolescencia. CAPÍTULO II NORMAS PARA LA PRESENTACIÓN PERSONAL Todos (as) y cada uno de los estudiantes deben ser responsables de su presentación personal. Los padres de familia como primeros responsables de la formación de sus hijos deben observar y exigirles una adecuada presentación personal; pulcra, sin elementos que afecten la salud (piercing, tatuajes, maquillaje o similares.) Art. 44 Numeral 4, Ley de infancia y Adolescencia, Ley 1098/2006. La presentación personal tiene unos principios formativos de carácter colectivo e institucional que, aunque no sean compartidos por la moda del momento, son definidos en el proceso de crecimiento y maduración social de los estudiantes. Uniforme adoptado por la Institución, para todos los estudiantes. UNIFORME DE DIARIO Corte constitucional. Sentencia T.397 Agosto 19 de 1997 S.T.235/97 S.T.08/92 Hombres: Pantalón de dacrón azul oscuro, saco azul con franja vino tinto, camisa cuello corbata con corbata azul oscura, zapatos negro de cuero y de amarrar; todo lo anterior según el modelo establecido, la bota será de un máximo y mínimo de 19 cms, según lo acordado en consenso por los estudiantes. Los niños y jóvenes llevarán el cabello corto y limpio. C.P.C Titulo ll. Cap. I Art. 16 Mujeres: Jardinera prensada sobre la rodilla, camisa blanca cuello corbata, corbata azul oscura, buso azul con franja vino tinto-, media pantalón azul oscuro, zapatos azules de amarrar, cordones blancos. Todo lo anterior según el modelo establecido. La presentación de las estudiantes deberá ser sin maquillaje en rostro y las uñas cortas y limpias. C.P.C Titulo ll Cap. L Art.16 UNIFORME DE EDUCACIÓN FÍSICA Sudadera vino tinto con franjas azul según modelo, camiseta blanca tipo polo con logo de la institución, pantaloneta azul según modelo, tenis azules con logo del Liceo, media azul. La bota de la sudadera debe tener un máximo y minino de 19 cms según lo acordad en consenso por lo estudiante. No se admiten prendas de vestir y elementos diferentes al uniforme establecido, como bufandas, anillos, collares, etc., que pueden causar accidentes. TÍTULO IV CAPÍTULO I ACCIONES FORMATIVAS, ORIENTACIÓN Y CONTROL PEDAGÓGICO Se considera como una corrección formativa, justa y consciente frente a una falta que se compruebe violatoria del Manual de Convivencia. La corrección formativa debe llevar a un mejoramiento en la manera de actuar y prevenir futuros errores. a. Concepto de Convivencia: La Convivencia constituye la apropiación, interiorización y el cumplimiento del conjunto de normas y preceptos que contiene este Manual y que tiene como propósito mantener el orden entre todos los estamentos educativos (padres, madres, acudientes, estudiantes, profesores (as), auxiliares administrativos, directivos, vigilantes, personal de aseo), garantizando efectividad en su funcionamiento, convivencia y desarrollando en el estudiante la autodisciplina. b. Concepto de conducta: Se concibe como el comportamiento general de los estudiantes que debe ajustarse a las pautas, normas y preceptos especificados en este Manual de Convivencia. c. Comité de Convivencia: Es el órgano encargado de reflexionar, deliberar, conciliar y decidir sobre los casos de disciplina que ameritan ser tratados en esta instancia. d. Amonestación verbal: Es un llamado de atención previa verificación de la falta cometida, y una vez escuchados los descargos del estudiante, se hará un dialogo reflexivo buscando conciliación y haciendo uso del derecho a la defensa. Puede ser realizada por directivas, orientación, o cualquier docente de la Institución. Esta amonestación debe llevar a la corrección de la falta y se debe dejar constancia escrita en el libro de control u observador del estudiante y firmada por las partes implicadas. e. Amonestación escrita con citación a padres, madres o acudientes. Es el llamado de atención por escrito en el observador, frente a un comportamiento inadecuado, previa verificación de la falta cometida. Una vez escuchado los descargos del estudiante, el acta conciliatoria debe ir firmada por el estudiante, padre, madre o acudiente, director de grupo y coordinador de convivencia. f. Correctivos pedagógicos: Es el retiro temporal del estudiante de sus actividades de clase o curriculares por un periodo de 1 a 3 días, de acuerdo con lo estipulado en el Manual de Convivencia, según la falta cometida. Durante la suspensión, realizará trabajos formativos en casa o bien dentro del Liceo, orientados por los profesores (as) y por la Coordinación de Convivencia y/o Académica. g. Firma de compromiso disciplinario y/o académico: Acuerdo con acta o plasmada en el observador ante comportamientos que afecten la convivencia y/o el rendimiento académico; se realizará en la Coordinación. h. Cancelación de matrícula: Es el retiro definitivo del o la estudiante por falta contra la convivencia, respetando y agotando el debido proceso. CAPÍTULO II PERMANENCIA EN NUESTRA INSTITUCIÓN El estudiante conservará el cupo en la Institución, cuando: 1. El estudiante haya terminado el año escolar, cumpliendo con sus deberes de convivencia y académicos. Parágrafo: En el caso de que el estudiante haya terminado el año con matrícula con compromiso e incumplimiento de este acuerdo, su cupo será determinado por el Consejo Directivo. 2. Los padres, madres de familia o acudientes que hayan cumplido con todos sus deberes consagrados en el Manual de Convivencia y demás normas. Parágrafo: Cuando los padres, madres de familia o acudientes incumplen reiteradamente los deberes consagrados en el Manual de Convivencia. Nuestra Institución se reserva el derecho de renovar la matrícula (Consejo Directivo). 3. Legalice la matrícula en las fechas establecidas para tal fin, excepto los casos especiales consagrados por la ley. TÍTULO VI DERECHOS Y DEBERES DE LOS PADRES, MADRES Y ACUDIENTES Para un desarrollo adecuado y normal de los niños, niñas y jóvenes se necesita de un ambiente familiar armónico y estable. Son los padres, madres de familia o acudientes los primeros artífices de la educación de sus hijos y por lo tanto principales responsables de la misma. De ello se deduce que los padres, madres y acudientes tienen que asumir sus funciones y cumplir sus deberes respecto a la educación de sus hijos (as) y/o acudidos (Art. 67 Constitución Nacional). CAPÍTULO I DERECHOS DE LOS PADRES, MADRES Y ACUDIENTES Los padres, madres y acudientes de los estudiantes matriculados tienen derecho a: 1. Ser atendidos oportuna y respetuosamente por el personal directivo, docente y administrativo dentro del colegio. 2. Generar estrategias y propuestas que contribuyan al mejoramiento de nuestro colegio. 3. Hacer reclamos y peticiones cuando estos se ajusten a la verdad y serán presentados respetuosa y oportunamente, según lo establecido en el Manual de Convivencia y el Código de lo Contencioso Administrativo (Decreto 01 de 1884). 4. Obtener oportuna respuesta o solución a sus reclamos y peticiones, teniendo presente los plazos propios de los trámites previstos en la ley. 5. Participar activamente en Asamblea de Padres de Familia, Consejo de Padres de Familia, proceso de elección de la Junta Directiva de la Asociación de Padres de Familia y ser delegatario ante los diferentes órganos del Gobierno Escolar o miembro de la Junta Directiva, así fuera elegido. 6. Recibir orientación sobre la educación de sus hijos, por parte de los miembros de la comunidad educativa. 7. Conocer los profesores (as) de sus hijos y respectivos horarios de atención. 8. Ser informado periódicamente sobre la situación académica, social y comportamental de sus hijos en la Institución. 9. Conocer y solicitar la aplicación del debido proceso establecido en nuestro Manual de Convivencia y demás normas. 10. Participar en las actividades programadas para padres, madres y acudientes. 11. Ejercer control sobre sus elegidos, a los diferentes órganos del Gobierno Escolar, Asociación de Padres y Consejo de Padres. CAPÍTULO II DEBERES DE LOS PADRES, MADRES Y ACUDIENTES Al elegir libremente nuestra Institución como formadora de sus hijos, los padres, madres y acudientes asumen la responsabilidad como principales educadores (as) y se comprometen a cumplir con los siguientes deberes: 1. Conocer y apropiarse de la filosofía, principio y objetivos de la Institución así como el Manual de Convivencia y demás normas internas como prerrequisito para la matrícula. Y dar cumplimiento a lo estipulado en el Contrato de Prestación de Servicio Educativos. 2. Colaborar en nuestra Institución, con el desarrollo de propuestas y actividades que beneficien el proceso de formación integral. 3. Comprometerse con la formación de sus hijos (as) preparándolos para una vida donde se reafirme el respeto a los derechos humanos, la preservación y cuidado del ambiente, para construir una sociedad que permita la paz, la convivencia, la tolerancia y la solidaridad. 4. Ofrecer un trato respetuoso, comprensivo, amable, tolerante, a todos los miembros de nuestra comunidad educativa, evitando trato descortés y la violencia en sus distintas manifestaciones. 5. Proporcionar un ambiente adecuado de amor, afecto, respeto y cariño en el hogar, que facilite un buen desempeño académico y de convivencia pata un desarrollo integral del (la) estudiante. 6. Asistir puntualmente a las citaciones, reuniones, talleres y otras actividades que convoquen cualquiera de los estamentos de nuestra Institución. 7. Proporcionar oportunamente y en forma completa, los elementos de estudio, uniformes y demás recursos necesarios para el buen desempeño de sus hijos (as) o acudidos en nuestra Institución. 8. Asumir acciones que garanticen que sus hijos (as) cumplan con el horario establecido y participen de las actividades programadas por la Institución. 9. Acercarse personalmente a solicitar permiso por su hijo (a) o acudido para salir de la Institución y en caso de ausencia, presentarse personalmente al día siguiente de la no asistencia a clases, para dar la respectiva justificación. 10. Solicitar las citas médicas, odontológicas y demás diligencias de sus hijos (as) o acudidos, en jornada contraria a la escolar. 11. Responder por los daños que sus hijos causen a la planta física (paredes, vidrios, puertas, baños) muebles (pupitres, implementos deportivos, equipos de cómputo, de oficina, audiovisuales, laboratorios, biblioteca, material didáctico, teléfonos., conexiones eléctrica) y/o vehículos que se encuentren en las instalaciones de la Institución. 12. Preocuparse por la buena presentación personal de sus hijos (as), o acudidos; aseo, uniformes, orden y cuidado de sus útiles y elementos escolares. 13. Plantear cualquier reclamo en forma personal, respetuosa y dentro de la Institución, directamente a quien corresponda siguiendo el conducto regular. No se atenderán reclamos, peticiones o quejas por teléfono o por anónimos. 14. Evitar cualquier acto de palabra o de hecho que denigre o desprestigie el buen nombre de nuestra Institución o de alguno de sus integrantes, ya que esto no solo afecta la armonía sino también el buen funcionamiento de la Institución en general. 15. Asumir con responsabilidad y compromiso el tratamiento sugerido por el especialista en casos de deficiencia física, mental, embarazo, drogadicción y alcoholismo, entre otros. 16. Cancelar oportunamente y en las fechas establecidas, los derechos académicos. TÍTULO VI DERECHOS Y DEBERES DE LOS DOCENTES CAPÍTULO I DERECHOS DE LOS DOCENTES Teniendo en cuenta los principios y derechos consagrados en la Constitución Nacional, Ley General de Educación y Estatuto doce te, los docentes de nuestra Institución tienen derecho a: 1. Recibir trato respetuoso de directivos, compañeros (as), estudiantes y padres, madres y acudidos. 2. Que le sean respetados sus derechos como ciudadano, como profesional y como integrante de asociaciones y federaciones a las cuales por su condición pertenezca. 3. Recibir elementos y materiales indispensables para su desempeño profesional y los relativos al desarrollo de actividades y proyectos de nuestra Institución. 4. Participar en los cursos, seminarios, talleres de mejoramiento, actualización y profesionalización que organice la Institución y otras entidades avaladas, acorde con las necesidades de los (as) docentes y de nuestra Institución. 5. Elegir y ser elegido en igualdad de condiciones para el Consejo Directivo y Académico. 6. Solicitar y obtener permisos, licencias, y comisiones, de acuerdo con las disposiciones legales establecidas. 7. Recibir cumplidamente la asignación salarial y demás derechos laborales consagrados en la ley. 8. Los demás derechos establecidos en el Estatuto Docente, la Legislación laboral, Ley General de Educación, Constitución Nacional y demás normas. CAPÍTULO II DEBERES DE LOS DOCENTES El docente de la Institución debe: 1. Hacer cumplir el Manual de Convivencia y las demás directrices impartidas por los diferentes órganos de nuestra Institución (Consejo Directivo, Académico, Comité de Convivencia, Rectoría, Coordinación). 2. Respetar los derechos y hacer cumplir los deberes consagrados para la comunidad educativa, en el presente manual. 3. Establecer comunicación oportuna con directivos, docentes y padres de familia en la promoción de un apropiado ambiente escolar. 4. Cumplir en forma responsable e idónea, las funciones inherentes a su cargo. 5. Comprometerse con las actividades organizadas por la Institución, dentro de su jornada laboral. 6. Orientar, estimular y apoyar los procesos de formación de los estudiantes implementando prácticas pedagógicas y didácticas innovadoras. 7. Agotar secuencial y progresivamente las instancias de resolución de conflictos académicos y disciplinarios con sus estudiantes. 8. Dar a conocer a los estudiantes funciones inherentes a la dirección de grupo. 9. Participar en la planeación y ejecución de los diferentes proyectos de los cuales forme parte. 10. Cumplir con las diferentes funciones inherentes a la dirección de grupo., 11. Cumplir con los turnos de disciplina que le sean encomendados. 12. Responder por el uso adecuado, mantenimiento y seguridad de los equipos y materiales confiados a su manejo. 13. Participar activamente en la organización y ordenada realización de eventos y materiales confiados a su manejo. 14. Controlar la asistencia de los alumnos y reportar el informe a Coordinación. 15. Entregar oportunamente según cronograma, los informes solicitados por Rectoría, Coordinación, Jefes de área, acorde a las exigencias del PEI. 16. Cumplir con la jornada laboral según disposiciones y aprobación del Consejo Directivo. 17. Cumplir con los demás deberes establecidos en la Ley. 18. Ejercitar el diálogo con sus diferencias y contradicciones, teniendo en cuenta el respeto por las ideas propias y ajenas. 19. Acatar el ejercicio a las buenas maneras en la resolución de las diferencias. Tener en cuenta los argumentos y reflexiones y NO LA GROSERÏA u otro tipo de agresión, deben caracterizar la comunicación y la relación entre los diferentes estamentos educativos. Parágrafo: Recordar que el irrespeto y las conductas inapropiadas son consideradas en el Código Disciplinario Único. TÍTULO VII PARTICIPACIÓN EDUCATIVA CAPÍTULO I COMUNIDAD EDUCATIVA Según lo dispuesto en el Art. 6 de la Ley 115 de 1994, la comunidad educativa está constituida por las personas que tienen responsabilidades directas en la organización, desarrollo y evaluación del Proyecto Educativo Institucional, basados en lo anterior, nuestra Institución está conformada así: 1. Los alumnos que están matriculados. 2. Los padres, madres, acudientes o en su defecto, los responsables de la educación de los alumnos matriculados. 3. Los docentes vinculados que laboran en la Institución. 4. Los directivos docentes, los administradores escolares que cumplen funciones directas en la prestación del servicio educativo. 5. Los egresados organizados para participar. CAPÍTULO II ORGANISMOS QUE CONFORMAN EL GOBIERNO ESCOLAR Según el Decreto Reglamentario 1860, Art. 19 y lo dispuesto en la Ley General de Educación, en el Art. 142, el Gobierno Escolar en las instituciones se regirán por las normas establecidas por la Ley y el Decreto. En la Institución Educativa Distrital jornada mañana y tarde, el Gobierno Escolar está constituido por los siguientes organismos: 1. Un Consejo Directivo, como instancia directiva. 2. Un Consejo Académico, como instancia superior en orientación pedagógica. 3. Rector, como representante del establecimiento. ELECCIÓN DE LOS REPRESENTANTES DE LOS ORGANISMOS Según el Decreto Reglamentario 1860, en su Art. 21, la elección se hará así: 1. El representante de los estudiantes será un estudiante del último grado que ofrezca la Institución. 2. Los representantes de padres de familia serán designados por la Junta de Padres de Familia. 3. Los representantes de los docentes serán elegidos por ellos mismos. 4. El representante de ex-alumnos será designado por la asociación respectiva. 5. El representante de los sectores productivo mediante convocatoria y elección. 6. Los miembros del Consejo Académico se nombran por elección de los docentes. 7. La elección de los padres de familia se hace mediante convocatoria para designar el representante mediante votación. Según el Art. 28 del Decreto 1860, en todo establecimiento educativo el personero será un estudiante que curse el último grado que ofrezca la Institución, encargado de promover los deberes y derechos de los estudiantes consagrados en la Constitución Política de Colombia; será elegido durante los primeros treinta (30) días calendario, seguidamente al de la iniciación de clases de un periodo lectivo anual. Los candidatos a personeros y se hará por inscripción voluntaria de alumnos que cursen el último grado que ofrezca la Institución. CAPÍTULO III RECTORÍA: Funciones de rectores o directores. El rector o director de la Institución, además de las funciones señaladas en otras normas, tendrán las siguientes: 1. Dirigir la preparación del Proyecto Educativo Institucional, con la participación de los distintos actores de la comunidad educativa. 2. Presidir el Consejo Directivo y el Consejo Académico de la Institución y coordinar los distintos órganos del Gobierno Escolar. 3. Representar el establecimiento ante las autoridades educativas y la comunidad escolar. 4. Formular planes anuales de acción y de mejoramiento de calidad y dirigir su ejecución. 5. Dirigir el trabajo de los equipos docentes y establecer contactos interinstitucionales para el logro de las metas educativas. 6. Realizar el control sobre el cumplimiento de las funciones correspondientes al personal docente y administrativo. 7. Administrar el personal asignado a la Institución en lo relacionado con las novedades y los permisos. 8. Participar en la definición de perfiles para la selección del personal docente. 9. Distribuir las asignaciones académicas y demás funciones de docentes, directivos docentes y administrativos a su cargo, de conformidad con las normas sobre la materia. 10. Realizar la evaluación anual del desempeño de los docentes, directivos docentes y administrativos a su cargo. 11. Imponer las sanciones disciplinarias de conformidad con las normas vigentes. 12. Proponer a los docentes que serán apoyados para recibir capacitación. CAPÍTULO IV CONSEJO DIRECTIVO El Consejo Directivo estará integrado por: 1. El rector quien lo presidirá y convocará ordinariamente una vez por mes y extraordinariamente cuando lo considere conveniente. 2. Dos representantes del personal docente, elegidos por mayoría de los votantes en una asamblea de docentes. 3. Dos representantes de los padres de familia elegidos por la Junta Directiva de la Asociación de Padres de Familia. 4. Un representante de los estudiantes elegido por el Consejo de Estudiantes, entre los alumnos que se encuentren cursando el último grado de educación ofrecido por la Institución. 5. Un representante de los ex-alumnos elegidos por el Consejo Directivo, de temas presentadas por las organizaciones que aglutinen la mayoría de ellos o en su defecto, por quien haya ejercido en el año inmediatamente anterior, el cargo de representante de los estudiantes. 6. Un representante de los sectores productivos organizados en el ámbito local o subsidiariamente de las entidades que expiden o patrocinen el funcionamiento del establecimiento educativo. El representante será escogido por el Consejo Directivo, de candidatos propuestos por las respectivas organizaciones. FUNCIONES DEL CONSEJO DIRECTIVO Las funciones del Consejo Directivo serán las siguientes: a. Tomar las decisiones que afecten el funcionamiento de la Institución y que no sean competencia de otra autoridad. b. Servir de instancia para resolver los conflictos que se presenten entre docentes y administrativos con los alumnos del plantel educativo., c. Adoptar el reglamento de la Institución, de conformidad con las normas vigentes. d. Fijar los criterios para la asignación de cupos disponibles. e. Asumir la defensa y garantía de los derechos de toda la comunidad educativa, cuando alguno de sus miembros se sienta lesionado. f. Aprobar el plan anual de actualización del personal de la Institución presentado por el Rector. g. Participar en la planeación y evaluación del Proyecto Educativo Institucional, del currículo y del plan de estudios y someterlos a la consideración de la Secretaría de Educación respectiva o del organismo que haga sus veces para que verifique el cumplimiento de los requisitos. h. Estimular y controlar el buen funcionamiento de la Institución educativa. i. Establecer estímulos y sanciones para el buen desempeño académico y social del alumno. j. Participar en la evaluación anual de los docentes, directivos docentes y personal administrativo de la Institución. k. Recomendar criterios de participación de la Institución en actividades comunitarias, culturales, deportivas y recreativas. l. Establecer el procedimiento para el uso de las instalaciones en actividades educativas, culturales, recreativas, deportivas y sociales de la respectiva comunidad educativa. m. Promover las relaciones de tipo académico, deportivo y cultural con otras instituciones educativas. El Consejo Directivo estará integrado por: 1. El Rector, quien lo preside. 2. Dos representantes de los docentes 3. Un representante de los estudiantes de grado 11º 4. Dos representantes de los padres de familia 5. Un representante de los ex–alumnos 6. Un representante del sector productivo. CAPÍTULO V CONSEJO ACADÉMICO El Consejo Académico está integrado por: · El Rector quien lo preside. · Directivo docente · Un docente por cada área definida en el plan de estudios. FUNCIONES DEL CONSEJO ACADÉMICO Donde se plantean las funciones del Consejo Académico así: 1. Servir de órgano consultor del Consejo Directivo en la revisión de la propuesta del Proyecto Educativo Institucional. 2. Estudiar el currículo y propiciar su continuo mejoramiento, introduciendo las modificaciones y ajustes, de acuerdo con el procedimiento previsto en la ley. 3. Organizar el plan de estudios y orientar su ejecución. 4. Participar en la evaluación institucional. 5. Integrar los Consejos de Docentes para la evaluación periódica del rendimiento de los educandos, para la promoción. Asignarles sus funciones y supervisar el proceso general de evaluación. 6. Recibir y decidir los reclamos de los estudiantes sobre la evaluación. 7. Las demás funciones afines o complementarias con las anteriores que le atribuya el Proyecto Educativo Institucional. CAPÍTULO VI COMITÉ DE CONVIVENCIA EL Comité de Convivencia creado según el Acuerdo 04 de 9 de marzo de 2000, del Concejo de Bogotá, por el cual se crean los Comités de Convivencia en los establecimientos educativos oficiales y privados del Distrito Capital. Y lo contemplado en la Ley 1620 de 2013 y el Decreto reglamentario 1965 de 2013, según lo estipulado en los artículos, 12, 13,14 de la presente Ley. EL CONCEJO DE BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL En uso de sus facultades legales y en especial las que confiere el Decreto de Ley 1421 de 1993. ACUERDA ARTÍCULO PRIMERO.- Créanse los Comités de Convivencia en los establecimientos educativos oficiales y privados del Distrito Capital. ARTÍCULO SEGUNDO.- COMPOSICIÓN: Harán parte integral de convivencia: 1. Los representantes del personal docente ante el Consejo Directivo u otro elegido por los profesores. 2. El representante de estudiantes ante el Consejo Directivo u otro elegido por los estudiantes. 3. El representante del Consejo Estudiantil. 4. El personero de los estudiantes. 5. Dos representantes de los padres de familia y dos representantes de otras instituciones. 6. El coordinador de convivencia, quien lo presidirá. 7. Un representante del personal administrativo y/u operativo del plantel, elegido por estos mismos. ARTÍCULO TERCERO.- OBJETIVOS: Las finalidades principales de los Comités de Convivencia, serán los siguientes: 1. Llevar a cabo actividades que fomenten la convivencia entre la comunidad educativa. 2. Desarrollar actividades para la divulgación de los derechos fundamentales, los derechos del niño y las garantías que amparan a la comunidad educativa. 3. Desarrollar foros y talleres con la comunidad educativa con el objetivo de promover la convivencia y los valores dentro de los ámbitos institucional, estudiantil y familiar., 4. Promover la vinculación de las entidades educativas a los programas de convivencia, y resolución pacífica de conflictos que adelanten las distintas entidades distritales. 5. Instalar mesas de conciliación cuando algunos de los actores de la comunidad educativa lo solicite con el objetivo de resolver pacíficamente sus conflictos. Para tal efecto, el comité designará un conciliador cuando las partes en conflicto lo estimen conveniente. 6. Evaluar y mediar los conflictos que se presenten entre docent3es, docentes y estudiantes, y los que surjan entre éstos últimos. 7. Llevar a cabo el seguimiento al cumplimiento de las disposiciones establecidas en el Manual de Convivencia. ARTÍCULO CUARTO.- FUNCIONAMIENTO: Los Comités de Convivencia se instalarán dentro de los primeros sesenta (60) días del calendario escolar y se reunirán ordinariamente cada dos meses. Además lo podrán hacer extraordinariamente cuando los miembros del Comité lo estimen conveniente. ARTÍCULO QUINTO.- METODOLOGÍA: Cada Comité de Convivencia establecerá su propia metodología de trabajo, teniendo en cuenta los objetivos definidos en el presente acuerdo y las disposiciones que contemplen el Manual de Convivencia de cada Institución educativa. CAPÍTULO VII CONSEJO ESTUDIANTIL De acuerdo al decreto reglamentario 1860, en su Art. 29, dice: “Estará integrado por un vocero de cada uno de los grados ofrecidos por el establecimiento educativo; el Consejo Directivo del establecimiento, deberá convocar a sendas asambleas integradas por los alumnos que cursan cada grado, con el fin de que elijan mediante votación secreta, un vocero estudiantil para el año lectivo en curso”. CAPÍTULO VIII PERSONERO ESTUDIANTIL El personero de los estudiantes debe llenar los siguientes requisitos: · Poseer una hoja de vida ejemplar. · Conocer perfectamente la filosofía del plantel y divulgarla. · Conocer y promover los derechos y deberes de los estudiantes consagrados en la Constitución y en el Manual de Convivencia. · Ser una persona con cualidades para liderazgo, alegre y dinámica, positiva, disponible y muy humana. · Mantener buenos antecedentes académicos y disciplinarios, durante su gestión. · Tener sentido de pertenencia por nuestra Institución. FUNCIONES 1. Promover el cumplimiento de los derechos y deberes de los estudiantes, para lo cual podrá pedir la colaboración del Consejo de Estudiantes. 2. Recibir y evaluar los reclamos que presenten los alumnos. 3. Presentar ante la Rectoría, las solicitudes que considere necesarias para proteger los derechos de los estudiantes y facilitar el cumplimiento de sus deberes. El personero de los estudiantes será elegido por medio del voto secreto y democrático en elecciones que se realizarán con todo el personal estudiantil que esté matriculado y según las normas legales para tal fin. CAPÍTULO IX ASOCIACIÓN DE PADRES, MADRES DE FAMILIA O ACUDIENTES La Asociación de Padres de Familia es una entidad sin ánimo de lucro, constituida por todos los padres de familia o acudientes autorizados que hayan inscrito matrícula en la Institución. Sus estatutos y funcionamiento se deberán regir por las normas vigentes emanadas de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C. y de disposiciones pertinentes por parte del Ministerio de Educación Nacional y la Secretaría de Educación. Según el artículo 30 del decreto 1860 reglamentario de la Ley General de Educación, cada establecimiento educativo tendrá una Asociación de Padres de Familia para propiciar acciones tendientes al mejoramiento de la formación integral, personal y colectiva de los (as) estudiantes. Además de las funciones que su reglamento determine (de acuerdo a la normatividad vigente) la asociación podrá desarrollar actividades como las siguientes: · Promover programas de formación de padres para que cumplan su tarea educativa, velar por el cumplimiento del Proyecto Educativo Institucional y su continua evaluación para lo cual podrá contratar asesorías especializadas. · Promover el proceso de constitución del Consejo de Padres de Familia, como apoyo a la función pedagógica que les compete. Según el decreto 1860, Art. 3 Ley General de Educación, cada establecimiento educativo tendrá una Asociación de Padres de Familia, para propiciar tendencias al mejoramiento de la formación de padres para que cumplan su tarea educativa, velar por el cumplimiento del Proyecto Educativo Institucional y su continua evaluación. El Consejo Directivo del establecimiento promoverá la constitución de una Asociación de Padres de Familia para lo cual citará a una asamblea constitutiva, suministrar espacio o ayudas de Secretaría, contribuir en el recaudo de cuotas de sostenimiento o apoyar iniciativas existentes. TÍTULO VIII SERVICIOS QUE PRESTA NUESTRA INSTITUCIÓN CAPÍTULO I TIENDA ESCOLAR Teniendo en cuenta que la tienda escolar tiene como fin colaborar con los padres, madres o acudientes para que sus hijos tengan un complemento nutritivo en la Institución. 1. Solo se venderá comestibles 2. La venta de comestibles se inicia únicamente cuando suene el timbre para descanso. 3. La venta se suspende inmediatamente suene el timbre para finalizar el descanso. 4. NO HABRÁ VENTA DE COMESTIBLES en horas de clase ni cuando se realices otras actividades como “Cambio de clases”, “Izadas de bandera”, “Clases de Educación Física”. Otras actividades de carácter pedagógico. 5. El agua deberá venderse solamente a la hora de descanso. 6. La atención a los estudiantes solamente se realizará por la ventana y nunca por la puerta. 7. La venta de comestibles se hará respetando el turno del (la) estudiante en la fila. 8. El docente de disciplina vigilará que esto se cumpla. 9. Los encargados (as) de vender los comestibles guardarán las normas de higiene exigidos por la Secretaría de Salud del Distrito. BIBLIOTECA El servicio de biblioteca se realizará en la jornada. SERVICIO DE TRANSPORTE Compromiso de los padres, madres o acudientes: 1.Los padres de familia contrataran directamente con los transportadores el servicio y mantendrán relaciones de cortesía con el personal de la ruta. 2. Comunicar cualquier anomalía a la coordinadora de ruta. 3. Hacer que sus hijos cumplan con el horario, los paraderos y el buen comportamiento en la ruta. 4. Denunciar las infracciones de tránsito del servicio escolar, ante la autoridad competente. Compromiso de los (as) estudiantes 1. Utilizar en forma adecuada el servicio de transporte escolar. 2. Abstenerse de comer dentro del bus. 3. Presentarse en el paradero asignado con 10 minutos de anticipación. 4. Mantener buen comportamiento durante el recorrido. 5. No arrojar basura o cualquier objeto, dentro o fuera del bus. 6. Ocupar la silla asignada y permanecer en el puesto, sentado. 7. conservar modales de cortesía con el conductor, la monitora y los compañeros de ruta. 8. Permanecer con el uniforme completo durante el recorrido. SON COMPROMISOS DE LAS (OS) MONITORAS (ES) DE RUTA 1. Presentarse `puntualmente en el sitio acordado para la iniciación de la ruta. 2. Velar por el cumplimiento estricto del croquis diseñado para la ruta. 3. Tratar con gentileza y respeto a los (as) estudiantes, padres, madres o acudientes. 4. Portar el documento que lo identifica como monitor (a) en lugar visible. 5. Hacer control diario de asistencia de los (as) estudiantes. 6. Informar oportunamente de cualquier anomalía, al coordinador de ruta. 7. No involucrar a los niños (as) en las diferencias que puedan existir con los padres, madres o acudientes. 8. Velar por el aseo y buen estado del bus. 9. Velar por el cumplimiento de los compromisos establecidos para los (as) estudiantes, padres, madres o acudientes y el conductor. 10. Impedir el traslado de personas ajenas a la ruta. 11. Informar por escrito las faltas graves de los (as) estudiantes al coordinador de ruta. 12. Mantener la buena imagen ante la comunidad educativa. 13. Acompañar a los (as) estudiantes y mantenerlos organizados hasta la hora de ingreso al colegio, para evitar interrumpir clases a la otra jornada. 14. Llevar un registro escrito y ordenado donde se consignen los llamados de atención, compromisos y sanciones de los usuarios de servicio. 15. Evitar que el conductor ponga música o prenda la radio. SON COMPROMISOS DE LOS CONDUCTORES 1. Presentarse puntualmente en el sitio acordado para la iniciación de ruta. 2. Cumplir con el croquis diseñado para la ruta. 3. Mantener en buen estado de limpieza y mantenimiento el vehículo. 4. Informar a las directivas cualquier anomalía que se presente en el recorrido. 5. Cumplir con las normas de tránsito vigentes para la prestación del servicio. 6. Tratar con respeto a los (as) estudiantes y padres, madres o acudientes. 7. Portar el uniforme de la empresa y el carné en lugar visible. 8. Entregar y recoger los (as) niños (as) en la `puerta del colegio. 9. Evitar relaciones con los participantes del programa de ruta que perjudiquen el buen nombre de la Institución o atenten contra la moral y las buenas costumbres. 10. No colocar música o prender la radio. En todos los casos, el Rector tendrá conocimiento del mismo, igualmente se dejará constancia de los hechos ocurridos en forma escrita y firmada por la monitora de la ruta.
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