Estacionamiento adaptado para personas con movilidad reducida

Programa:
Ventanilla Única
de radicación de emprendimientos económicos
INSTRUCTIVO:
Estacionamiento adaptado para personas con movilidad reducida
Ordenanza Municipal Nº 108/97,
* En 4.6 a 4.6.6 Estacionamiento
Anexo I, Dec. Reg. 914/97, Art.20º, Inc. A.4.
* A.4. Estacionamiento de vehículos.
“El estacionamiento descubierto debe disponerse de “módulos de estacionamiento especial”
de 6,50 m de largo por 3,50 m de ancho, para estacionamiento exclusivo de automóviles que
transportan personas con movilidad reducida o que son conducidos por ellas, los que deberán
ubicarse lo más cerca posible de los accesos correspondientes uno (1) por cada 50 módulos
convencionales. Estos módulos de estacionamiento especial se indicarán con el pictograma
aprobado por la norma IRAM 372, pintado en el solado y también colocado en señal vertical.”
-Módulos de estacionamiento especial.
-Estacionamiento de dos vehículos en módulos especiales.
7