Programa: Ventanilla Única de radicación de emprendimientos económicos INSTRUCTIVO: Estacionamiento adaptado para personas con movilidad reducida Ordenanza Municipal Nº 108/97, * En 4.6 a 4.6.6 Estacionamiento Anexo I, Dec. Reg. 914/97, Art.20º, Inc. A.4. * A.4. Estacionamiento de vehículos. “El estacionamiento descubierto debe disponerse de “módulos de estacionamiento especial” de 6,50 m de largo por 3,50 m de ancho, para estacionamiento exclusivo de automóviles que transportan personas con movilidad reducida o que son conducidos por ellas, los que deberán ubicarse lo más cerca posible de los accesos correspondientes uno (1) por cada 50 módulos convencionales. Estos módulos de estacionamiento especial se indicarán con el pictograma aprobado por la norma IRAM 372, pintado en el solado y también colocado en señal vertical.” -Módulos de estacionamiento especial. -Estacionamiento de dos vehículos en módulos especiales. 7
© Copyright 2024