Plan de Estudios

SEMINARIO
NUEVAS NORMAS SOBRE FONDO DE
UTILIDADES TRIBUTABLES
(Incluye comentarios y análisis de la Reforma Tributaria Ley Nº 20.780)
OBJETIVOS
GENERALES:
Conocer e interpretar correctamente las actuales normas aplicables al registro tributario
denominado Fondo de Utilidades Tributables (FUT) y las nuevas normas que contempla la
ley de reforma tributaria, según tipo jurídico de la empresa.
OBJETIVOS
ESPECIFICOS: Analizar efectos en el FUT y FUNT de la Ley Nº 20.780, publicada el 29.09.2014, vigente
en los años tributarios 2015, 2016 y 2017.
Nuevo régimen tributario de retiros reinvertidos en derechos sociales.
Conocer las nuevas normas de FUT a contar del año comercial 2015 y tratamiento futuro
del saldo final de FUT al 31.12.2016.
TECNICAS
METODOLOGICAS: Explicación teórica y doctrinaria de las disposiciones legales involucradas. Desarrollo
de laboratorios y ejercicios prácticos.
RELATOR:
Leonel González Silva. Contador. Auditor Tributario. Asesor de empresas
FECHA:
Lunes 2, Martes 3 y Miércoles 4 de Marzo de 2015
De 14 a 18 horas. (Total: 12 horas)
VALOR:
$ 240.000.- (Doscientos cuarenta mil pesos). Pago Contado.
LUGAR:
Edificio del Comercio. Monjitas 392, piso 2º, Metro Bellas Artes, Santiago.
Salón con silla y escritorio, climatizado, servicio de coffee-break
NOMBRE DE LA
ACTIVIDAD:
Nuevas Normas sobre Fondo de Utilidades Tributables.
CÓDIGO SENCE: 12-37-9144-44
Actividad de Capacitación autorizada por el SENCE para los efectos de la Franquicia
Tributaria, no conducente por norma a los procedimientos y requisitos para un
otorgamiento de un título o grado académico, emanado según ley de la República 20.370.
CERTIFICADO:
Se otorga Certificado a quienes acrediten asistencia mínima 75%.
APUNTES:
Se proporciona completo set de apuntes y de ejercicios prácticos.
INSCRIPCIONES: Almirante Lorenzo Gotuzzo Nº 96. Oficina 64. Fono: 6725734. Fax: 6990109.
E-mail: [email protected] - www.setri.cl
La inscripción se dará por confirmada sólo al momento del pago de la factura, antes del
inicio del curso. Cualquier desistimiento debe informarse a lo menos 4 días hábiles antes
del inicio, devolviendo la Factura. En caso contrario, se entiende confirmada la asistencia,
debiendo pagarse la factura a todo evento.
SEMINARIO
NUEVAS NORMAS SOBRE FONDO DE UTILIDADES TRIBUTABLES
PROGRAMA
1.
NORMAS VIGENTES PARA EL AÑO TRIBUTARIO 2015, ORIGINADAS EN LA LEY Nº 20.630,
PUBLICADA EL 27.09.2012
1.1
Nuevo régimen tributario para los gastos rechazados según hayan beneficiado o no a los socios o
accionistas o a personas relacionadas con éstos.
Nuevo régimen tributario de los préstamos a los socios o accionistas y su eventual calificación como
"retiros encubiertos".
Nuevo régimen tributario de los denominados "retiros presuntos".
Nueva forma de determinar la base imponible en la enajenación de derechos sociales y su
tributación. Análisis de las Circulares 13 y 15, del año 2014.
1.2
1.3
1.4
2.
MODIFICACIONES AL FUT A CONTAR DEL AÑO COMERCIAL 2015 EN VIRTUD DE LA
REFORMA TRIBUTARIA LEY Nº 20.780, DE 29.09.2014
2.1
Régimen tributario de los "retiros" se homologa al actualmente vigente para los "dividendos"
repartidos por sociedades anónimas.
El FUT deja de ser el tope máximo de tributación de los retiros.
Los retiros que excedan del FUT y FUNT constituirán hecho gravado con Global Complementario o
Adicional. Desaparece el concepto de "retiros excesivos".
Se elimina la norma que obligaba a reconocer FUT devengado en otras sociedades y su eventual
consolidación con el FUT negativo de la empresa socia.
Los retiros reinvertidos en sociedades de personas postergan Global Complementario o Adicional
hasta la fecha de la enajenación de los derechos sociales respectivos.
Los retiros reinvertidos no se suman al FUT de la sociedad receptora y, por ende, no se consolidan
con su eventual saldo negativo.
Casos en que desaparece el derecho a solicitar PPUA (Pago provisional por utilidad absorbida)
Los retiros excesivos en los casos de conversiones, fusiones o divisiones se traspasan a la empresa
que nace o continuadora.
Tributación de los retiros excesivos en los casos de Términos de Giro a contar del 01.01.2015.
Opción de pagar un Impuesto Único sobre el FUT existente al 31.12.2014 y traspasar su saldo al
FUNT.
Opción de pagar un Impuesto Único sobre el monto de los “retiros excesivos” existentes al
31.12.2014.
2.2
2.3
2.4
2.5
2.6
2.7
2.8
2.9
2.10
2.11
3.
DESARROLLO DE EJERCICIOS Y CASOS PRÁCTICOS (Año Tributario 2015)
3.1
3.2
Determinación del FUT en el caso de sociedades de personas y sociedades anónimas.
Consolidación de FUT negativo con utilidades provenientes de otras empresas y determinación del
PPUA.
Confección de Certificados Tributarios de retiros y dividendos.
Traspaso de los datos del FUT, FUNT y Créditos a los nuevos Códigos del Recuadro Nº 6 del
Formulario 22 del Año Tributario 2015
Situación del crédito por Impuesto Territorial y por donaciones frente al FUT.
Determinación del FUT en el caso de fusión de empresas.
3.3
3.4
3.5
3.6