Dirección General de Información Geoestadística

Dirección General de Información Geoestadística, Análisis y Evaluación
Nota Técnica para la Actualización de la Línea Monetaria de Verificaciones
Permanentes de Condiciones Socioeconómicas para el segundo Semestre del
2015 (2015-2)
De acuerdo al numeral 3.6.4.4. Bajas del Padrón Activo de Beneficiarios de las Reglas de Operación 2015
de PROSPERA, 1 y el numeral 3.6.3.2. Bajas del Padrón Activo de Beneficiarios de las Reglas de Operación
2015 del PAL, 2 que a la letra dicen:
La familia causará baja, finalizando la emisión de los apoyos monetarios:
•
Cuando se acredite que uno o una integrante de la familia beneficiaria sea servidor (a) público (a) no
eventual, de cualquier orden de gobierno y su ingreso mensual neto per cápita sea igual o superior al
equivalente a la Línea Monetaria de Verificaciones Permanentes, cuyo valor se modificará semestralmente
conforme la actualización de la Línea de Bienestar de CONEVAL y se publicará en la siguiente liga:
http://www.prospera.gob.mx/Portal/wb/Web/transparencia_focalizada. Esta causal de suspensión no
aplica para los ex becarios (as) del Programa, que por su conocimiento de la lengua indígena, sean
contratados (as) por la Coordinación Nacional para la operación del Programa en localidades con
población indígena.
La última actualización de la Línea Monetaria de Verificaciones Permanentes (LMVP), utilizada para el
primer semestre de 2015, se llevó a cabo en diciembre de 2014 y fue publicada en
https://www.prospera.gob.mx/Portal/wb/Web/transparencia_focalizada. El Consejo Nacional de
Evaluación de la Política de Desarrollo Social (CONEVAL) publicó recientemente su actualización a junio de
2015, de las líneas de bienestar y bienestar mínimo, 3 por lo que de acuerdo a las Reglas de Operación es
necesario actualizar la LMVP.
En este sentido, se tomó la LMVP actualizada a diciembre de 2014, y se ajustó de acuerdo a la tasa de
crecimiento de la línea de bienestar publicada por CONEVAL en julio de 2015 para el período de diciembre
de 2014 a junio de 2015. A continuación se muestra un cuadro que resume dicha actualización.
Líneas Monetaria de Verificación Permanente
LMVP (Dic-14)
Tasa de crecimiento en la línea de Bienestar en el periodo
LMVP actualizada a Jun-15
Diferencia
Rural
$1,686.99
-1.68%
$1,658.58
-$28.41
Urbano
$1,631.80
59.02%
$2,594.83
$963.03
Fuentes: Estimaciones propias con información de CONEVAL e INEGI.
Nota: De acuerdo a INEGI, a partir de la primera quincena de abril del 2013 el INPC se calcula con
nuevos ponderadores obtenidos de la ENIGH 2010.
Con base en el comportamiento de las líneas de bienestar rural y urbana durante el primer semestre de
2015, la LMVP para el segundo semestre de 2015, de acuerdo al ingreso mensual per cápita, queda
establecida en $1,658.58 para el ámbito rural y $2,594.83 para el urbano.
1
Disponible en https://www.prospera.gob.mx/Portal/wb/Web/programa_prospera_2015
2
Disponible en https://www.prospera.gob.mx/Portal/wb/Web/ro_pal_2015
3
Disponible en http://www.coneval.gob.mx/Medicion/Paginas/Lineas-de-bienestar-y-canasta-basica.aspx
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La diferencia porcentual de la Línea Monetaria de Verificaciones Permanente Urbana, se explica por un
cambio de metodología para su establecimiento; la cual, hasta el periodo previo, tomaba como referencia
la distancia decilizada entre la Línea de Bienestar Mínimo y la Línea de Bienestar de CONEVAL. 4 De esta
forma, la Línea Monetaria de Verificación Permanente rural se ajustaba al décimo decil de la distancia (es
decir, es igual que la línea de CONEVAL); mientras que la urbana, se ajustaba al tercer decil (por lo que
quedaba muy rezagada).
A partir de este semestre, la línea urbana se ajustará, al igual que la rural, a la línea de CONEVAL, sin tomar
en cuenta el comportamiento de los ingresos de los deciles, debido a que conceptualmente, la Línea busca
probar que debido a su estructura de ingresos y a los beneficios en materia de seguridad social, acceso a la
alimentación, escolaridad para los integrantes de su hogar, acceso a un crédito para vivienda, entre otros,
a los que puede acceder un servidor público no eventual, no representan sujetos de atención para el
Programa, por lo que si son servidores públicos y sus ingresos monetarios superan esta línea, 5 no serán
elegibles o no continuaran en el Programa.
4
5
Probando la diferencia estadística de las medias del ingreso de los deciles con una prueba t de student.
Ajustada a la línea de Pobreza.