Plan Plata - Medilife Paraguay

PLAN DE SALUD PLATA
PLAN SALUD
Consultas
Las consultas serán realizadas en el consultorio privado del médico elegido por el asociado, de la Guía de Centros,
Sanatorios y Profesionales Médicos, facilitado por la Empresa en el día y hora convenida por el médico. En el caso
de no poder concurrir a la consulta, el asociado deberá cancelar la misma con la debida anticipación.
Para la atención el asociado deberá acudir con el carnet identificatorio, personal e intransferible proveído por la
Empresa y su cedula de Identidad, además deberá firmar la planilla de registro de consultas que le exhibirá el
médico, por cada consulta que realice. Sin la presentación de los documentos mencionados anteriormente el
paciente no será objeto de la prestación solicitada y derivara en el cobro de aranceles privados.
ALERGISTA
Carencia: Inmediata
Frecuencia: Ilimitada
CLÍNICA MÉDICA
Carencia: Inmediata
Frecuencia: Ilimitada
CARDIOLOGÍA
Carencia: Inmediata
Frecuencia: Ilimitada
COLOPROCTOLOGÍA
Carencia: Inmediata
Frecuencia: Ilimitada
CIRUGÍA GENERAL
Carencia: Inmediata
Frecuencia: Ilimitada
CIRUGÍA INFANTIL
Carencia: Inmediata
Frecuencia: Ilimitada
DERMATOLOGÍA
Carencia: Inmediata
Frecuencia: Ilimitada
DIABETOLOGÍA
Carencia: Inmediata
Frecuencia: Ilimitada
ENDOCRINOLOGÍA
Carencia: Inmediata
Frecuencia: Ilimitada
FLEBOLOGÍA
Carencia: Inmediata.
Frecuencia: Ilimitada
GASTROENTEROLOGÍA
Carencia: Inmediata
Frecuencia: Ilimitada
GINECOLOGÍA
Carencia: Inmediata
Frecuencia: Ilimitada
INFECTOLOGÍA
Carencia: Inmediata.
Frecuencia: Ilimitada
MASTOLOGÍA
Carencia: Inmediata
Frecuencia: Ilimitada
MEDICINA FAMILIAR
Carencia: Inmediata
Frecuencia: Ilimitada
NEUMOLOGÍA
Carencia: Inmediata.
Frecuencia: Ilimitada
NEFROLOGÍA
Carencia: Inmediata
Frecuencia: Ilimitada
NEUROLOGÍA
Carencia: Inmediata
Frecuencia: Ilimitada
OFTALMOLOGÍA
Carencia: Inmediata.
Frecuencia: Ilimitada
OTORRINOLARINGOLOGÍA
Carencia: Inmediata
Frecuencia: Ilimitada
PEDIATRÍA
Carencia: Inmediata
Frecuencia: Ilimitada
REUMATOLOGÍA
Carencia: Inmediata
Frecuencia: Ilimitada
TRAUMATOLOGÍA
Carencia: Inmediata
Frecuencia: Ilimitada
UROLOGÍA
Carencia: Inmediata
Frecuencia: Ilimitada
ANÁLISIS LABORATORIALES
Servicio de Laboratorio: MEDILIFE brindará atención en su laboratorio de lunes a viernes de 06:30 hs a 17:30 hs.,
sábados de 06:30 hs a 10:00 hs y en los demás centros habilitados para tales servicios, mediando la orden correspondiente debidamente visada o autorizada. En caso de urgencias y mediando la indicación del médico tratante,
serán realizados análisis de urgencia y fuera del horario establecido en los centros habilitados por Medilife.Carencia
Frecuencia
: Inmediata.
: Ilimitadas (con diagnóstico presuntivo del médico tratante) y por persona.
1
ANEXO ANÁLISIS DE LABORATORIO
ÁCIDO LÁCTICO, L.C.R.
ÁCIDO LÁCTICO, Líquidos Biológicos (x muestra)
ÁCIDO LÁCTICO, Sangre
ÁCIDO ÚRICO, DEPURACIÓN (CLEARANCE),
Sangre y Orina
ÁCIDO ÚRICO, Líquidos Biológios (x muestra)
ÁCIDO ÚRICO, Orina
ÁCIDO ÚRICO, Sangre
ÁCIDO VALPRÓICO, Sangre
ACTH (CORTICOTROPINA), Sangre
ADENOVIRUS, ANTICUERPO IgG, Sangre
ADENOVIRUS, ANTICUERPO IgM, Sangre
AFP (ALFAFETOPROTEÍNA), Sangre
AFP (ALFAFETOPROTEÍNA), Sangre Materna
AGLUTININAS A, ANTICUERPO, Sangre
AGLUTININAS B, ANTICUERPO, Sangre
ALBUMINA, Líquidos Biológicos (x muestra)
ALBUMINA, Orina
ALBUMINA, Sangre
ALDOLASA, Sangre
ALFA 1 ANTITRIPSINA, Sangre
ALFA AMILASA, Líquidos Biológicos ( x muestra)
ALFA AMILASA, Orina
ALFA AMILASA, Sangre
AMIKACINA, Sangre
AMONIO, Líquidos Biológicos ( x muestra)
AMONIO, Sangre
ANA (ANTICUERPOS ANTI NUCLEARES) IgG,
Sangre
ANA (ANTICUERPOS ANTI NUCLEARES) IgM,
Sangre
ANA (ANTICUERPOS ANTI NUCLEARES), Líquidos
Biológicos (x muestra)
ANA (ANTICUERPOS ANTI NUCLEARES), Sangre
ANCA-MPO (ANTICITOPLASMA DE NEUTROFILOS, MIELOPEROXIDASA), Sangre
ANCA-PR3 (ANTICUERPOS ANTICITOPLASMA DE
NEUTROFILOS, PROTEINASA 3), Sangre
ANDROSTENEDIONA, Sangre
ANTIGENOS FEBRILES, Sangre
APOLIPOPROTEINA A1, Sangre
APOLIPOPROTEINA B, Sangre
APT (HEMOGLOBINA FETAL), VARIOS MATERIALES (x muestra)
ASTO (ANTIESTREPTOLISINA O), Sangre
AVM (ÁCIDO VANIL MANDELICO), Orina
BETA 2 - GLYCOPROTEÍNAS IgA, Suero
BETA 2 - GLYCOPROTEÍNAS IgG, Suero
BETA 2 - GLYCOPROTEÍNAS IgM, Suero
BETA 2 MICROGLOBULINA, Orina
BETA 2 MICROGLOBULINA, Sangre
BICARBONATO, Sangre
BILIRRUBINA DIRECTA, Líquidos Biológicos ( x
muestra)
BILIRRUBINA DIRECTA, Sangre
BILIRRUBINA TOTAL, DIRECTA E INDIRECTA,
Sangre
BILIRRUBINA TOTAL, Líquidos Biológicos (x muestra)
BILIRRUBINA TOTAL, Sangre
BUN (NITRÓGENO UREICO), Orina
BUN (NITRÓGENO UREICO), Sangre
C3 (COMPLEMENTO C3), Sangre
C4 (COMPLEMENTO C4), Sangre
CALCIO IÓNICO, Sangre
CALCIO, DEPURACIÓN (CLEARANCE), (Sangre y
Orina)
CALCIO, Orina
CALCIO, Sangre
CALCITONINA, Sangre
CÁLCULO URINARIO
CARDIOLIPINA, ANTICUERPOS IgA, Sangre
CARDIOLIPINA, ANTICUERPOS IgG, Sangre
CARDIOLIPINA, ANTICUERPOS IgM, Sangre
CEA (ANTIGENO CARCINO EMBRIONARIO),
Sangre
CÉLULAS L.E., Sangre
CENTROMERO, ANTICUERPOS, Sangre
CERULOPLASMINA, Sangre
CETOSTEROIDES 17, Orina
CHAGAS IgG (TRYPANOSOMA CRUZI, ANTICUERPO), Sangre
CHAGAS IgM (TRYPANOSOMA CRUZI, ANTICUERPO), Sangre
CHLAMYDIA PNEUMONIAE ANTICUERPOS IgG,
Sangre
CHLAMYDIA PNEUMONIAE ANTICUERPOS IgM,
Sangre
CHLAMYDIA PNEUMONIAE ANTIGENO, Varios
Materiales ( x muestra)
CHLAMYDIA PSITACI ANTICUERPOS IgG, Sangre
CHLAMYDIA PSITACI ANTICUERPOS IgM, Sangre
CHLAMYDIA TRACHOMATIS, ANTICUERPOS IgA,
Sangre
CHLAMYDIA TRACHOMATIS, ANTICUERPOS IgG,
Sangre
CHLAMYDIA TRACHOMATIS, ANTICUERPOS IgM,
Sangre
CHLAMYDIA TRACHOMATIS, ANTIGENO, Varios
Materiales (x muestra)
CITOGRAMA: Secreción Nasal
CITOLOGÍA, LÍQUIDOS BIOLÓGICOS (x muestra)
CITOLOGÍA: TINCIÓN DE GIEMSA, Varios materiales
(x muestra)
CITOMEGALOVIRUS (CMV), ANTICUERPOS IgG,
Sangre
CITOMEGALOVIRUS (CMV), ANTICUERPOS IgM,
Sangre
CK (CREATININKINASA), Sangre
CK IZOEMZIMAS (CPK MM), Sangre
CK MB (CREATININKINASA MB), Sangre
CLORUROS, Líquidos Biológicos
CLORUROS, Orina
CLORUROS, Sangre
COAGULOGRAMA, Sangre
COLESTEROL HDL, Sangre
COLESTEROL LDL (Solicitud aislada), Sangre
COLESTEROL LDL, Sangre
COLESTEROL TOTAL, Líquidos Biológicos (x muestra)
COLESTEROL TOTAL, Sangre
COLESTEROL VLDL, (Solicitud aislada), Sangre
COLESTEROL VLDL, Sangre
COLINESTERASA, Sangre
2
COLORACIÓN AZUL DE TOLUIDINA, Varios materiales (x muestra)
COOMBS DIRECTO, Sangre
COOMBS INDIRECTO, Sangre
COPROFUNCIONAL (Prueba Funcional del Aparato
Digestivo), Heces
CORTISOL, 08:00 Horas, Sangre
CORTISOL, 16:00 Horas, Sangre
CORTISOL, Orina
CREATININA DEPURACIÓN, (CLEARANCE) Sangre
y Orina
CREATININA, Líquidos Biológicos (x muestra)
CREATININA, Orina
CREATININA, Sangre
CRIOAGLUTININAS, TITULACIÓN, Sangre
CRIOGLOBULINAS, Sangre
CRISTALES, INVESTIGACIÓN, Líquidos Biológicos
(x muestra)
CUERPOS CETÓNICOS, Orina
CUERPOS CETÓNICOS, Sangre
CULTIVO EN AEROBIOSIS, Varios Materiales (x
muestra)
CULTIVO PARA BAAR, Varios Materiales (x muestra)
CULTIVO PARA CAMPYLOBACTER, Heces
CULTIVO PARA CORYNEBACTERIUM DIFTERIAE
CULTIVO PARA LISTERIA
CULTIVO PARA MYCOBACTERIAS, Varios materiales (x muestra)
CULTIVO PARA MYCOPLASMA HOMINIS Varios
materiales (x muestra)
CULTIVO PARA NEISSERIA GONORRHOEAE,
Varios materiales (x muestra)
CULTIVO PARA STREPTOCOCCUS AGALACTIAE,
Varios materiales (x muestra)
CULTIVO PARA UREAPLASMA UREALÍTICO Varios
materiales (x muestra)
CULTIVO PARA VIBRIO CHOLERAE, Heces
CULTIVO PARA YERSINIA, Heces
CULTIVO, ANAL (Germenes comunes)
CULTIVO, BILIS
CULTIVO, CONJUNTIVAL (Gérmenes comunes), (x
muestra)
CULTIVO, ENDOCERVICAL (2 muestras)
CULTIVO, ESPERMA
CULTIVO, ESPUTO
CULTIVO, EXUDADO FARINGEO
CULTIVO, EXUDADO NASAL
CULTIVO, EXUDADO OTICO (x muestra)
CULTIVO, HECES (COPROCULTIVO)
CULTIVO, L.C.R. (Fístula) p/ Gérmenes comunes
Niños
CULTIVO, LAVADO BRONCOALVEOLAR (x muestra)
CULTIVO, LÍQUIDO AMNIOTICO
CULTIVO, LÍQUIDO ARTICULAR
CULTIVO, LÍQUIDO ARTICULAR (Punción), Autom.
Aeróbico s/Inhibidor Adulto
CULTIVO, LÍQUIDO ARTICULAR (Punción), Autom.
Anaeróbico c/Inhibidor
CULTIVO, LÍQUIDO ARTICULAR (Punción), Autom.
Anaeróbico s/Inhibidor
CULTIVO, LÍQUIDO ASCÍTICO
CULTIVO, LÍQUIDO CEFALORRAQUIDEO
CULTIVO, LÍQUIDO GÁSTRICO
CULTIVO, LÍQUIDO PERITONEAL
CULTIVO, LÍQUIDO PLEURAL
CULTIVO, LÍQUIDOS BIOLÓGICOS
CULTIVO, MÉDULA OSEA
CULTIVO, ORINA MICCIÓN MEDIA
CULTIVO, ORINA PRIMERA MICCIÓN
CULTIVO, PUNTA DE CATETER U OTROS DISPOSITIVOS (x muestra)
CULTIVO, Secreción Bucal (Gérmenes comunes)
CULTIVO, Secreción Herida Operatoria(Gérmenes
comunes)
CULTIVO, SECRECIÓN NASAL (P/Staphilococcus
aureus)
CULTIVO, Secreción Prostática (Gérmenes comunes)
CULTIVO, Secreción Purulenta (Gérmenes comunes)
CULTIVO, Secreción Traqueal (Gérmenes comunes)
CULTIVO, Secreción Úlcera de Cornea de Ojo
(Gérmenes comunes)
CULTIVO, Secreció Ulcera Genital (Gérmenes comunes)
CULTIVO, Secreción Vulvar (Gérmenes comunes)
CULTIVO, URETRAL (Gérmenes comunes)
CULTIVO, VAGINAL (Gérmenes comunes)
CULTIVOS DE HONGOS, Varios Materiales (x muestra)
DENSIDAD EN ORINA
DHEA - SO4 (DEHIDROEPIANDROSTERONA SULFATO), Sangre
DIGOXINA, Sangre
DNAds, ANTICUERPOS, Sangre
ELECTROFORESIS DE PROTEÍNAS, Orina
ELECTROLITOS, Orina
ELECTROLITOS, Sangre
ENDOMISIO, ANTICUERPOS IgA, Sangre
ENDOMISIO, ANTICUERPOS IgG, Sangre
ERITROCITOS DISMÓRFICOS, Orina
ERITROCITOS, RECUENTO, Sangre
ERITROSEDIMENTACIÓN, Sangre
ESPERMOGRAMA (MORFOLOGÍA DE KRUGGL)
ESTEATOCRITO, Heces
ESTRADIOL, Sangre
ESTRIOL LIBRE, Sangre
ESTRIOL LIBRE, Suero Materno
EXAMEN MICOLÓGICO FROTIS: FRESCO Y
TINCION, VARIOS MATERIALES (x muestra)
EXAMEN MICOLÓGICO: FRESCO, VARIOS MATERIALES (x muestra)
EXAMEN MICOLÓGICO: TINTA CHINA, VARIOS
MATERIALES (x muestra)
EXAMEN MICROBIOLÓGICO FROTIS: FRESCO Y
TINCIÓN DE GRAM, VARIOS MATERIALES
EXAMEN MICROBIOLÓGICO: CAMPO OSCURO,
VARIOS MATERIALES (x muestra)
EXAMEN MICROBIOLÓGICO: TINCIÓN DE FONTANA, VARIOS MATERIALES ( x muestra)
EXAMEN
MICROBIOLÓGICO:
TINCIÓN
DE
GIEMSA, VARIOS MATERIALES (x muestra)
EXAMEN MICROBIOLÓGICO: TINCIÓN DE GRAM,
VARIOS MATERIALES (x muestra)
3
EXAMEN MICROBIOLÓGICO: TINCIÓN DE PERLS,
VARIOS MATERIALES (x muestra)
EXAMEN MICROBIOLÓGICO: TINCIÓN DE ZIEHLNEELSEN, VARIOS MATERIALES (x muestra)
FACTOR REUMATOIDEO, ANTICUERPOS, Cuantitativo, Sangre
FACTOR REUMATOIDEO, ANTICUERPOS, Sangre
FERRITINA ,Sangre
FIBRINÓGENO, Sangre
FÓRMULA LEUCOCITARIA (RECUENTO DIFERENCIAL LEUCOCITARIO) (CITOLÓGICO), Sangre
FOSFATASA ÁCIDA PROSTÁTICA, Sangre
FOSFATASA ÁCIDA TOTAL, Sangre
FOSFATASA ÁCIDA, LÍQUIDOS BIOLÓGICOS (x
muestra)
FOSFATASA ÁCIDA, Plasma Seminal
FOSFATASA ALCALINA, LÍQUIDOS BIOLÓGICOS
(x muestra)
FOSFATASA ALCALINA, Sangre
FOSFOLÍPIDOS, Suero
FÓSFORO, DEPURACIÓN (CLEARANCE) Sangre y
Orina
FÓSFORO, Orina
FÓSFORO, Sangre
FROTIS
DE
MATERIAL
BIOLÓGICO
(Fresco+Tinción) (x muestra)
FROTIS DE SANGRE PERIFÉRICA
FRUCTOSA, Plasma Seminal
FRUCTOSAMINA, Sangre
FSH (HORMONA FOLÍCULO ESTIMULANTE),
Sangre
FTA-abs ( ANTICUERPOS IgM, TREPONEMA PALLIDUM), Sangre
FTA-abs (ANTICUERPOS IgG, TREPONEMA PALLIDUM), LCR
FTA-abs (ANTICUERPOS IgG, TREPONEMA PALLIDUM), Sangre
FTA-abs (ANTICUERPOS IgM, TREPONEMA PALLIDUM), LCR
GALACTOSA, Sangre
GAMMA GT - Líquidos Biológicos (x muestra)
GAMMA GT (GAMMA GLUTAMILTRANSFERASA),
Sangre
GASOMETRÍA ARTERIAL, Sangre
GASOMETRÍA VENOSA, Sangre
GLIADINA, ANTICUERPOS IgA, Sangre
GLIADINA, ANTICUERPOS IgG, Sangre
GLOBULINAS, Sangre
GLUCOSA 6 FOSFATO DESHIDROGENASA (G6PD)
NEONATAL, Sangre
GLUCOSA, Orina
GLUCOSA, PRE Y POST PRANDIAL (2 determinaciones), Sangre
GLUCOSA, PRUEBA DE TOLERANCIA ORAL
(PTGO) (2 determinaciones) EMBARAZADAS,
Sangre
GLUCOSA, PRUEBA DE TOLERANCIA ORAL
(PTGO) (3 determinaciones), Sangre
GLUCOSA, PRUEBA DE TOLERANCIA ORAL
(PTGO) (4 determinaciones), Sangre
GLUCOSA, PRUEBA DE TOLERANCIA ORAL
(PTGO) (5 determinaciones), Sangre
GLUCOSA, PRUEBA DE TOLERANCIA ORAL
(PTGO) (6 determinaciones), Sangre
GLUCOSA, Sangre
GLUCOSA, VARIOS MATERIALES (x muestra)
GOT (ASPARTATO AMINOTRANSFERASA), Líquidos Biológicos (x muestra)
GOT (ASPARTATO AMINOTRANSFERASA), Sangre
GPT (ALANINA AMINOTRANSFERASA), Líquidos
Biológicos (x muestra)
GPT (ALANINA AMINOTRANSFERASA), Sangre
HBA1c (HEMOGLOBINA GLICADA), Sangre
HCG (GONADOTROPINA CORIÓNICA SUB UNIDAD
BETA) CUALITATIVO, Sangre
HCG (GONADOTROPINA CORIÓNICA SUB UNIDAD
BETA) CUANTITATIVO, Sangre
HCG BETA CUALITATIVO, Orina
HCG BETA LIBRE, Sangre
HCG BETA-MARCADOR TUMORAL, Sangre
HECES: FLORA MICROBIANA (FRESCO + GRAM +
GIEMSA)
HELICOBACTER PYLORI, ANTICUERPOS IgA,
Sangre
HELICOBACTER PYLORI, ANTICUERPOS IgG,
Sangre
HEMATOCRITO, Sangre
HEMATOZOARIOS, INVESTIGACIÓN, Sangre
HEMOCULTIVO AUTOM. AEROBIOSIS Adulto c/
Inhibidor, Sangre
HEMOCULTIVO AUTOM. AEROBIOSIS Adulto s/
Inhibidor, Sangre
HEMOCULTIVO AUTOM. AEROBIOSIS Pediátrico c/
Inhibidor, Sangre
HEMOCULTIVO AUTOM. ANAEROBIOSIS Adulto,
Sangre
HEMOCULTIVO C/ INHIBIDOR DE ANTIBIÓTICO (x
muestra)
HEMOCULTIVO, EN AEROBIOSIS (x muestra)
HEMOCULTIVO, EN ANAEROBIOSIS (x muestra)
HEMOGLOBINA FETAL, Sangre
HEMOGLOBINA, Sangre
HEMOGRAMA + ERITROSEDIMENTACIÓN, Sangre
HEMOGRAMA, Sangre
HEPATITIS A (HAV), ANTICUERPOS IgG, Sangre
HEPATITIS A (HAV), ANTICUERPOS IgM, Sangre
HEPATITIS B, ANTICUEPOS DE SUPERFICIE (HBsac), Sangre
HEPATITIS B, ANTICUERPOS ANTI ANTIGENO
CENTRAL (HBc-ac), Sangre
HEPATITIS B, ANTICUERPOS ANTI ANTIGENO e
(Hbe-ac), Sangre
HEPATITIS B, ANTICUERPOS IgM ANTI ANTIGENO
CENTRAL (HBc-ac), Sangre
HEPATITIS B, ANTIGENO DE SUPERFICIE (HBs
Ag), Sangre
HEPATITIS B, ANTIGENO e (Hbe Ag), Sangre
HEPATITIS C (HCV), ANTICUERPOS, Sangre
HEPATOGRAMA, Sangre
HETEROFILOS ANTICUERPOS
(MONOTEST),
INVESTIGACION, Sangre
HETEROFILOS ANTICUERPOS (PAUL BUNNELL),
INVESTIGACIÓN, Sangre
HIDROXICORTICOSTEROIDES 17, Orina
4
HIDROXIPROGESTERONA 17 NEONATAL SCREENING, Sangre
HIDROXIPROGESTERONA 17, Sangre
HIERRO, CAPACIDAD DE SATURACIÓN (TIBC),
Sangre
HIERRO, Sangre
HIV 1 Ag+ HIV 1-2 ac, L.C.R.
HIV 1 Ag+ HIV 1-2 ac, Sangre
HOMA IR (ÍNDICE DE RESISTENCIA A LA INSULINA), Sangre
HOMOCISTEINA, Orina
HOMOCISTEINA, Sangre
HTLV - 1, L.C.R.
HTLV - 1, Sangre
IgA (INMUNOGLOBULINAS A), LÍQUIDOS BIOLÓGICOS (x muestra)
IgA (INMUNOGLOBULINAS A), Sangre
IgE (INMUNOGLOBULINAS E), Sangre
IgG (INMUNOGLOBULINAS G), LÍQUIDOS BIOLÓGICOS (x muestra)
IgG (INMUNOGLOBULINAS G), Sangre
IgM (INMUNOGLOBULINAS M), LÍQUIDOS BIOLÓGICOS (x muestra)
IgM (INMUNOGLOBULINAS M), Sangre
INR (RAZÓN NORMALIZADA INTERNACIONAL),
Sangre
INSULINA, POST PRANDIAL, COMBINADA CON
GLUCOSA, Sangre (2 determinaciones)
INSULINA, PRE Y POST PRANDIAL, Sangre (2 determinaciones)
INSULINA, Sangre
IRT (TRIPSINA INMUNO REACTIVA), Sangre
LDH (LÁCTICODESHIDROGENASA), LÍQUIDOS
BIOLÓGICOS (x muestra)
LDH (LÁCTICODESHIDROGENASA), Sangre
LEUCOCITOS, RECUENTO, Sangre
LH (HORMONA LUTEINIZANTE), Sangre
LIPASA, LÍQUIDOS BIOLÓGICOS (x muestra)
LIPASA, Sangre
LIPIDOGRAMA, Sangre
LÍQUIDO AMNIÓTICO, ESPECTROFOTOMÉTRICO
MAGNESIO, Orina
MAGNESIO, Sangre
MICROALBUMINA, Orina
MICROSCOPIA FUNCIONAL (RESIDUOS ALIMENTICIOS), IDENTIFICACIÓN, Heces
MICROSOMALES, ANTICUERPOS, Sangre
MIOGLOBINA, Orina
MIOGLOBINA, Sangre
MITOCONDRIALES, ANTICUERPOS IgG, Sangre
ORINA RUTINA
OSMOLALIDAD, Orina
OSMOLALIDAD, Sangre
OXIURUS, INVESTIGACIÓN
PAPERAS, ANTICUERPOS IgG, Sangre
PAPERAS, ANTICUERPOS IgM, Sangre
PAPP - A (PROT. ASOCIADA AL EMB.), Sangre
PARÁSITOLÓGICO SERIADO, Heces
PARÁSITOLÓGICO, Heces
PARÁSITOS, INVESTIGACIÓN E IDENTIFICACIÓN,
VARIOS MATERIALES (x muestra)
PAS (ANTIGENO PROSTÁTICO ESPECÍFICO),
Sangre
5
pH, LÍQUIDOS x Punción (x muestra)
pH, VARIOS MATERIALES (x muestra)
PLAQUETAS, Sangre
PLASMA SEMINAL BIOQUÍMICA
POTASIO, Líquidos Biológicos (x muestra)
POTASIO, Orina
POTASIO, Sangre
PROGESTERONA, Sangre
PROLACTINA POOL, Sangre
PROLACTINA, Sangre
PROLACTINA, Sangre (2 determinaciones)
PROTEÍNA C REACTIVA, CUALITATIVA, Sangre
PROTEÍNAS TOTALES Y FRACCIONES, Sangre
PROTEÍNAS TOTALES, LÍQUIDOS BIOLÓGICOS (x
muestra)
PRUEBA DE TZANCK, Varios materiales (x muestra)
QUILOMICRONES, Sangre
QUÍMICO, Líquidos Biológicos (x muestra)
REACCIÓN DE SAATHOF, Heces
REACCIÓN DE WAALER ROSE, Sangre
REACCIÓN DE WIDAL, Sangre
RECUENTO DE ADDIS, Orina
RESISTENCIA GLOBULAR, Sangre
RETICULINA, ANTICUERPOS IgA, Sangre
RETICULINA, ANTICUERPOS IgG, Sangre
RETICULOCITOS, Sangre
ROTAVIRUS, ANTIGENOS, Heces
RUBEOLA, ANTICUERPOS IgG, Sangre
RUBEOLA, ANTICUERPOS IgM, Sangre
SANGRE
OCULTA-PRUEBA
INMUNOLÓGICA,
INVESTIGACIÓN, Heces
SEDIMENTO, ORINA
SODIO, Orina
SODIO, Sangre
SONDA
SUSTANCIAS REDUCTORAS, (Benedict) Orina
SUSTANCIAS REDUCTORAS, (Benedict), Heces
T3 LIBRE, Sangre
T3, Sangre
T4 LIBRE, Sangre
T4 NEONATAL, Sangre
T4, Sangre
TESTOSTERONA, Sangre
TIEMPO DE PROTROMBINA (TP), Sangre
TIEMPO DE TROMBOPLASTINA PARCIAL ACTIVADA (TTPa), Sangre
TIPIFICACIÓN (GRUPO SANGUÍNEO), Sangre
TIROGLOBULINA, ANTICUERPOS IgG, Sangre
TIROGLOBULINA, Sangre
TIROIDEO, ANTICUERPOS, Sangre
TOXOPLASMA GONDII, ANTICUERPOS, IgA,
Sangre
TOXOPLASMA GONDII, ANTICUERPOS, IgG, L.C.R.
TOXOPLASMA GONDII, ANTICUERPOS, IgG,
Sangre
TOXOPLASMA GONDII, ANTICUERPOS, IgM, L.C.R.
TOXOPLASMA GONDII, ANTICUERPOS, IgM,
Sangre
TPO (PEROXIDASA TIROIDEA, ANTICUERPOS
IgG), Sangre
TRANSFERRINA % SATURACION, Sangre
TRANSFERRINA, Sangre
TRICHOMONAS EN HECES
TRICHOMONAS EN ORINA
TRICHOMONAS EN SECRESIONES
TRIGLICÉRIDOS, LÍQUIDOS BIOLÓGICOS (x muestra)
TRIGLICÉRIDOS, Sangre
TRIPLE TEST - INFORME
TROPONINA I, CUANTITATIVO, Sangre
TSH (HORMONA ESTIMULANTE DEL TIROIDE),
Sangre
TSH NEONATAL (HORMONA ESTIMULANTE DEL
TIROIDE NEONATAL), Sangre
UREA DEPURACIÓN (CLEARANCE), Sangre y
Orina
UREA, ORINA
UREA, Sangre
VDRL, (TREPONEMA PALLIDIUM), CUANTITATIVO, LCR
VDRL, (TREPONEMA PALLIDIUM), CUANTITATIVO, Sangre
VIH, ANTICUERPOS, Sangre
Para todas las determinaciones no incluídas explícitamente en el listado precedente, el asociado deberá
abonar directamente al prestador teniendo el beneficio de un arancel preferencial.-
ESTUDIOS RADIOLÓGICOS SIMPLES
Carencia
Frecuencia
: Inmediata
: Hasta 26 posiciones por año por Grupo Familiar.
Abdomen simple
Apéndice
Brazo
Cavum
Codo
Columna dorsal
Costilla
Dedo
Fémur
Mano
Maxilar Superior e Inferior
Mamografía
Pelvis
Pierna
Sacro-coxis
Tobillo
Antebrazo
Árbol urinario simple
Cadera
Clavícula
Columna cervical
Columna lumbar
Cráneo
Esternón
Hombro
Mastoide
Muñeca
Orbitas
Pie
Rodilla
Senos Paranasales
Tórax
Para todas las placas radiográficas excedentes, el asociado deberá abonar directamente al prestador teniendo el beneficio de un arancel preferencial.Los medicamentos y/o contrastes utilizados en la obtención de las placas detalladas en este punto, se
encuentran excluídos de la cobertura.-
ESTUDIOS ESPECIALIZADOS DE DIAGNÓSTICO
Carencia
Frecuencia
: Inmediata
: Hasta 26 posiciones por año por Grupo Familiar.
Electrocardiograma
4 al año por grupo familiar
Anatomía Patológica
6 al año por grupo familiar
Audiometría
3 al año por grupo familiar
Impedanciometría
3 al año por grupo familiar
Timpanometría
3 al año por grupo familiar
Pap + Colposcopía
4 al año por grupo familiar
Campimetría
1 al año por grupo familiar
Densitometría ósea
1 al año por grupo familiar
Ecocardiograma
3 al año por grupo familiar
Holter 24 Horas
3 al año por grupo familiar
Espirometría
2 al año por grupo familiar
M.A.P.A.
3 al año por grupo familiar
(Monitoreo Ambulatorio de la Presión Arterial)
6
30 días
30 días
30 días
30 días
30 días
30 días
30 días
90 días
90 días
90 días
90 días
90 días
Tomografía Axial Computarizada
•
Abdomen Inferior
•
Abdomen superior
•
Cadera
•
Columna Cervical
•
Columna Dorsal
•
Columna Lumbar
•
Cráneo
•
Miembros
•
Oído
•
Partes Blandas
•
Pelvis
•
Senos Paranasales
•
Tórax
•
Vías Urinarias
2 al año por grupo familiar
Electroencefalograma
Ergometría
Endoscopía digestiva Alta y Baja
Histerosalpingografía
Urograma de excreción
Centellografía de tiroides
Saco Lagrimal
3 al año por grupo familiar
3 al año por grupo familiar
2 al año por grupo familiar
2 al año por grupo familiar
1 al año por grupo familiar
1 al año por grupo familiar
1 al año por grupo familiar
Resonancia Magnética Nuclear:
•
Abdomen
•
ATM
•
Brazo
•
Cadera
•
Tórax
•
Cara
•
Codo
•
Columna Cervical
•
Columna Dorsal
•
Columna Lumbar
•
Columna Sacra
•
Cráneo
•
Hipófisis
•
Hombro
•
Mama
2 al año por grupo familiar
Colangiografía Operatoria
Colangiografía post operatoria
Colangiografía retrógrada contrastada
Colangiogafría retrógrada simple
Cólon por ingestión
1 al año por grupo familiar
1 al año por grupo familiar
1 al año por grupo familiar
1 al año por grupo familiar
1 al año por grupo familiar
90 días
120 días
120 días
120 días
120 días
120 días
120 días
120 días
150 días
180 días
180 días
180 días
180 días
180 días
Los Honorarios Médicos y el Derecho a Sala forman parte de la cobertura. Para todos los estudios excedentes, el asociado deberá abonar directamente al prestador teniendo el beneficio de un arancel preferencial.Los medicamentos, descartables, uso de equipo y contrastes utilizados en la obtención de los estudios
detallados en este punto, se encuentran excluídos de la cobertura.-
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ESTUDIOS OFTALMOLÓGICOS
Carencia
Frecuencia
: Inmediata.
: Indicada en cada estudio
Control de Anteojos
Dilatación de pupilas
Fondo de ojo
Refractometria
Retinoscopia
Tonometria
Ejercicios Ortópticos
Examen Ortoptico
Sin Límites
Sin Límites
Sin Límites
Sin Límites
Sin Límites
Sin Límites
30 al año por grupo familiar
5 al año por grupo familiar
Para todos los estudios excedentes el asociado deberá abonar directamente al prestador teniendo el beneficio de
un arancel preferencial.
ECOGRAFÍAS GENERALES
Carencia
Frecuencia
: Indicada en cada estudio.
: Hasta 15 estudios al año por Grupo Familiar.
Abdomen completo
Abdomen superior
Hígado
Abdominal inferior
Vesícula
Vías biliares
Renal/ Vías urinarias
Pélvica Ginecológica
Partes Blandas
Mamaria
Escrotal
Transvaginal
Prostática suprapúbica
Testicular
Bazo
Ingle
Tiroides
Hombro
30 días
30 días
30 días
30 días
30 días
30 días
30 días
30 días
60 días
60 días
60 días
60 días
60 días
60 días
60 días
60 días
60 días
60 días
Para todos los estudios excedentes el asociado deberá abonar directamente al prestador teniendo el beneficio
de un arancel preferencial.-
ESTUDIOS GINECOLÓGICOS DE CONTROL PRE NATAL
Carencia
Frecuencia
: 300 días
: Indicada en cada estudio
Ecografía Morfológica
Ecografías obstétricas (pélvicas o transvaginales)
Monitoreo Fetal
Perfil Biofísico
Ecografía Cromosómica
1 por embarazo (titular o cónyuge)
3 por embarazo (titular o cónyuge)
2 por embarazo (titular o cónyuge)
1 por embarazo (titular o cónyuge)
1 por embarazo (titular o cónyuge)
Para todos los estudios excedentes el asociado deberá
abonar directamente al prestador teniendo el beneficio
8
de un arancel preferencial.-
8
SERVICIO DE ODONTOLOGÍA
Carencia
Frecuencia
: inmediata
: ilimitada
• Consultas en consultorio.• Profilaxis buco dentaria cada 6 meses.• Apertura cameral pulpar para drenaje.• Incisión de abscesos dentales.• Protección pulpar directa.• Protección pulpar indirecta.• Radiología intraoral por placa.• Exodoncia casos normales.• Corona acrílico provisional (en consultorio).-
INTERNACIONES SANATORIACLÍNICAS Y QUIRÚRGICAS
Cobertura
: 30 días por año de contrato por Grupo Familiar.
La Orden Médica de Internación emitida por el Profesional del Plantel de MEDILIFE, deberá ser debidamente
autorizada por La Contratada, caso contrario no se reconocerá los gastos derivados a eventos de internaciones
no autorizadas.
INTERNACIONES CLÍNICAS
Carencia
: 60 días
Alcance de Cobertura : Pensión sanatorial
Servicio de Enfermería.
Honorario del médico tratante designado por MEDILIFE.
Estudios auxiliares de diagnóstico y servicios laboratoriales (según las determinaciones detalla
das en el presente contrato).
Medicamentos y Descartables Gs. 500.000.- IVA incluído
Cobertura excluída: Excedente de medicamentos y materiales descartables, interconsultas.
INTERNACIONES QUIRÚRGICAS
Cobertura
: HASTA 5 (CINCO) CIRUGÍAS AL AÑO POR GRUPO FAMILIAR.
*Urgencias
Carencia: 4 meses
*Programadas
Carencia: 10 meses
Cobertura excluída: Excedente de medicamentos y descartables, transfusionista, interconsultas, equipos,
microscopios, lente intra ocular, patologías congénitas, cualquier procedimiento quirúrgico relacionado a cirugías
realizadas antes de su ingreso a MediLife o realizados con profesionales que no pertenezcan al plantel de Medilife.
SERVICIOS A CARGO DE LA CONTRATADA PARA CIRUGÍAS DETALLADAS
* Cirujano designado por MEDILIFE
* Primer Ayudante designado por MEDILIFE
* Instrumentador designado por MEDILIFE
*Anestesista
* Medicamentos y Descartables hasta 1.000.000.- Gs. IVA incluido
* Derecho operatorio
a) CIRUGÍA CONVENCIONAL
Cobertura: Apendicectomía
Colecistectomía
Peritonitis Apendicular
a.1) Cirugía Video Laparoscópica de vesícula: incluído uso de equipo (a cargo del paciente trocares) e internación 24 horas.
Cualquier otro procedimiento quirúrgico a cargo del asociado.
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b) CIRUGÍA INFANTIL CONVENCIONAL
Cobertura: Apendicectomía
Peritonitis de origen apendicular
Cualquier otro procedimiento quirúrgico a cargo del asociado
c) CIRUGÍA GASTROENTEROLÓGICA
Cobertura: Polipectomía
Biopsias
Cualquier otro procedimiento quirúrgico a cargo del asociado
d) CIRUGÍAS GINECOLÓGICAS CONVENCIONALES
Cobertura: Histerectomía sub total o total.
Ooforectomía
Polipectomía
Extirpación de quiste de bartolino.
Legrado biópsico
Cualquier otro procedimiento a cargo del asociado.
e) CIRUGÍA MASTOLÓGICA CONVENCIONAL
Cobertura: Biopsias (Mama bilateral, mama unilateral)
Drenaje de absceso
Extirpación de nódulo mamario.
Cualquier otro procedimiento a cargo del asociado.
f) CIRUGÍA OFTALMOLÓGICAS
Cobertura: Blefarotomia
Pterigion
Catarata (uno por año, por grupo familiar). No incluye lente intracular.
Cualquier otro procedimiento quirúrgico a cargo del asociado
g) CIRUGÍA OTORRINOLARINGOLÓGICA CONVENCIONAL
Cobertura: Adenoides
Amigdalas
Cauterización de cornete
Turbirectomía.
Cualquier otro procedimiento a cago del asociado.
h) CIRUGÍA TRAUMATOLÓGICA CONVENCIONAL
Cobertura: Reducción incruenta de fracturas más enyesado.
Reducción abierta de fractura más osteosíntesis (elementos de osteosíntesis a cargo del asegurado)
Cualquier otro procedimiento a cago del asociado
i) CIRUGÍA UROLÓGICA CONVENCIONAL
Cobertura: Litiasis Renal
Sondaje vesical
Drenaje de absceso escrotal
Prostatectomía
Cualquier otro procedimiento a cago del asociado
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MATERNIDAD
Carencia: 300 Días.
Para todos los casos de Parto y Cesárea estos derechos corresponden al titular del grupo familiar y/o cónyuge, no
siendo extensivo a las hijas y madres del titular mencionado por este contrato, ni en los casos de titular solo o beneficiario único del contrato. En caso de que el titular único desee tener cobertura de maternidad en los términos mencionados, deberá pagar desde la fecha de su incorporación un monto adicional equivalente al 25 % del valor del
Plan de Salud contratado.
Alcance de Cobertura: Parto Normal o Cesárea
*Pensión Sanatorial de la madre
Parto Normal hasta 2 días
Cesárea hasta 3 días
*Derecho Operatorio
- Servicio de enfermería
*Plantel Quirúrgico
Cirujano
Ayudante
Pediatra
Instrumentador
Anestesista
*Medicamentos y Descartables hasta 500.000.- Gs. IVA incluído.
*Nursery hasta 3 días. (Recién nacido)
*Cuna térmica hasta 3 días (Recién nacido)
*Carpa de oxígeno hasta 3 días (Recién nacido)
Cobertura excluída: Excedente de medicamentos y materiales descartables, transfusionista, prematurez y complicaciones del estado de gravidez.
TERAPIA INTENSIVA
Pacientes
Carencia
Cobertura
Cubre los siguientes servicios
: Adultos y Niños (edad: 30 días en adelante)
: 365 días
: Hasta 10 días de internación por año contrato, por grupo familiar.
: Honorarios del terapista (hasta 5 días)
Honorario del médico tratante
Pensión Sanatorial
Servicio de enfermería
Estudios auxiliares de diagnóstico y servicios laboratoriales (según las
determinaciones detalladas en el presente contrato).
Equipos: Desfibrilador, monitor cardiaco, oxígeno
Medicamentos y descartables hasta 800.000.- GS. IVA incluído.
Cobertura excluida: Excedente de medicamentos y materiales descartables, oxígeno, intubación, instalación vía
venosa central, interconsultas.
SERVICIO DE AMBULANCIA
Carencia
Frecuencia
: Inmediata
: Ilimitada
La atención para casos de urgencias y/o emergencias médicas se cubre a través de unidades móviles y con una
asistencia durante las 24 Horas, para el tratamiento de toda crisis de salud o ante cuadros graves de crisis de salud
de todo ser humano, en el mismo lugar del hecho.
Este servicio incluye dentro del radio urbano de Asunción y Gran Asunción, las siguientes atenciones:
-
Evaluación del cuadro del paciente.Compensación del paciente y comunicación inmediata con su médico de cabecera.Coordinación con centros hospitalarios y/o seguros médicos del usuario para su derivación si el caso lo
requiere.Medicamentos y descartables utilizados durante el servicio sin costo adicional.Traslado al Centro Asistencial, derivados de la Urgencia y Emergencia, si el caso lo requiere.Traslados programados con arancel preferencial a beneficio del asegurado.-
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URGENCIAS O EMERGENCIAS EN CENTROS ASISTENCIALES
Carencia
: Inmediata.
Frecuencia
: Detallada en cada servicio
Medicamentos y descartables : Hasta Gs. 150.000.- IVA incluído en cada evento.
Consultas y procedimientos que pueden ser realizados por el médico de guardia.
-
Curaciones hasta 5 eventos al año por grupo familiar.
Enyesados hasta 3 eventos al año por grupo familiar.Aplicación de inyecciones (EV e IM) hasta 10 por grupo familiar.
Nebulizaciones hasta 10 al año por grupo familiar.
Extracción de cuerpo extraño oído/nariz hasta 3 al año grupo familiar.
Lavado de oído 2 al año por grupo familiar.
Suturas hasta 5 eventos por año por grupo familiar.
Extracción de uña encarnada hasta 3 eventos por año grupo familiar.
Extirpación de lipomas hasta 2 eventos por año grupo familiar.
Atención en primeros auxilios en accidentes personales hasta 3 eventos al año grupo familiar.
Drenaje de absceso hasta 3 eventos al año grupo familiar.
Quiste sebáceo.
Cobertura excluída: Vacunas, oxígeno, hemoglucotest, excedente de medicamentos y materiales descartables
utilizados.
COBERTURA INTERNACIONAL
ANEXO II SEGURO DEL VIAJERO
Vigencia
Límite
: inmediata.
: hasta 20 (veinte) días por año por Grupo Familiar, no acumulable entre años.
Detalles de la Cobertura:
-
-
Consultas e internaciones, estudios Laboratoriales y radiológicos para casos de urgencias.
Traslado asistido hasta un centro médico en el territorio nacional para casos de alta complejidad.
Asist. Médica en caso de Accidente o Enfermedad no preexistente hasta U$D 50.000.Odontología de urgencia (Max. USD 150 por pieza) hasta U$D 500.Medicamentos ambulatorios, hasta USD 1.000.
Medicamentos en caso de hospitalización, incluido en el MMG.Traslados, incluído.Repatriación (Sanitaria o funeraria) U$D 50.000.Regreso de Acompañante del titular repatriado.Traslado de un familiar.Estancia de un familiar, por día U$D 100, hasta 4 (cuatro) días.Gastos de Hotel por convalecencia, por día U$D 150, hasta 5 (cinco) días.
Acompañamiento de menores o mayores, incluido.Reembolso de gastos por vuelo demorado o cancelado hasta U$D 200.
Regreso anticipado por siniestro grave en el domicilio, incluido.Diferencia de tarifa por viaje de regreso retrasado o anticipado, incluído.Asistencia legal por responsabilidad en un accidente, Préstamo de hasta U$D 8.000.Anticipo de fondos para fianzas, Préstamo de hasta U$D 8.000.
Transmisión de mensajes urgentes, incluído.Localización de equipajes, incluído.Asistencia en caso de robo o extravío de documentos, etc., incluído.NOTA:
El Monto Máximo Global de esta cobertura es hasta U$D 50.000 por persona.U$D = Dólares Americanos
MMG= Monto Máximo Global.
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COSTO DEL PLAN
ASUNCIÓN
DETALLE
Precio en Gs.
Titular Individual hasta 62 años
Cónyuge hasta 62 años
Hijos de 0 a 20 años
Hijos de 20 a 30 años
Adherentes de 0 a 20 años
Adherentes de 20 a 30 años
Padres hasta 52 años
Padres de 52 a 62 años
245.000
176.400
62.750
88.200
115.640
205.800
235.200
313.600
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GLOSARIO DE TÉRMINOS CONTRACTUALES
ACTIVIDAD PELIGROSA: Cualquier actividad que expone al Abonado a un riesgo o peligro previsible, ejemplos
de actividades peligrosas incluyen pero no se limitan a: cualquier tipo de deportes de aviación, carreras de
motocicletas o competencias con vehículos de motor.
BENEFICIOS ADICIONALES: Se refieren a productos o servicios a los cuales el ABONADO puede acceder en
condiciones ventajosas adicionales al lo establecido en el Plan de Salud, que nacen con motivo de la celebración de convenios entre MEDILIFE y otras instituciones.
BENEFICIOS OPCIONALES: Se refieren a las coberturas que no están incluidas en el plan de salud estándar, a
las cuales el ABONADO puede optar en el momento de suscribir el contrato y por las que abonará una monto
adicional mensual COBERTURA: Es la cantidad límite de servicios a cuya atención se compromete MEDILIFE
conforme a las estipulaciones que surgen de los documentos contractuales.
COPAGO: Es el monto suplementario que el Abonado debe abonar a determinados profesionales o instituciones médicas por determinados eventos de salud. En caso de corresponder, estará indicado en la Guía médica
para que todo beneficiario pueda optar por utilizar o no ese servicio.
ENFERMEDAD CONGENITA: Cualquier desorden o enfermedad existente al momento o antes del nacimiento,
independientemente de la causa, si se manifestó o fue diagnosticada al momento del nacimiento, después del
nacimiento o años después.
ENFERMEDAD PRE-EXISTENTE
Es una condición:
1. Que fue diagnosticada o indicada por cualquier causa por un médico o técnico entendido en la materia antes
de la fecha de entrada en vigencia del contrato.
2. Por la cual cualquier síntoma o signo pudiera razonablemente determinarse que de haberse consultado
antes hubiera resultado un diagnóstico de una enfermedad o desordenes.
EVENTOS RELACIONADOS: Se define como tal y será considerado como un mismo evento, al tratamiento y
atención de un mismo cuadro patológico o de otros diferentes que se presenten como consecuencia del anterior.
EVENTO O CONDICION DE ALTA COMPLEJIDAD MEDICA: Significa una enfermedad o condición de carácter
grave que requiere de la intervención de prácticas y técnicas de alta complejidad, diagnosticada como tal por
un médico, y que amenaza la vida o el daño permanente a los órganos o sistemas del organismo de una persona, la cual requiere tratamientos, servicios y procedimientos médicos y/o quirúrgicos de variada complejidad,
proporcionados al paciente durante una intervención hospitalaria, o como paciente externo de un hospital o
centro de servicios ambulatorios. Cuya cobertura regirá de acuerdo a condiciones específicas del Contrato.
EXCLUSIONES: Se refieren a las prestaciones, materiales y servicios no cubiertos por MEDILIFE y que están
enumerados en la sección correspondiente.
MEDICAMENTO NECESARIO: Un tratamiento, servicio o suministro médico que es necesario y apropiado para
el diagnóstico y/o tratamiento de una enfermedad o lesión no será considerado médicamente necesario si:
1. Es proporcionado solamente como una conveniencia para el Abonado, la familia del paciente o el prestador
de servicio, sin un propósito médico concreto.
2. No es apropiado para el diagnóstico o tratamiento del Abonado.
3. Excede el nivel de cuidados necesarios para proporcionar un diagnóstico o tratamiento adecuado.
SERVICIOS SIN CARGO: Se refiere a los servicios a los cuales el ABONADO tiene derecho a acceder sin pago
de aranceles. Significa que la EMPRESA asume en forma total del costo de las prestaciones médicas indicadas.
SERVICIOS CON ARANCEL PREFERENCIAL (A.P.): Es la transferencia al Abonado del descuento que el prestador ofrece a la Empresa por convenio.
SERVICIOS CON ARANCELES A CARGO DEL ABONADO: Significa que el ABONADO asume el total del costo
de las prestaciones. En los casos de internaciones (convencionales y/o en terapia Intensiva) bajo esta cobertura, el Abonado deberá suscribir los documentos obligacionales pertinentes y/o efectuar un depósito previo en
las instituciones médicas que así lo requieran.
URGENCIAS / EMERGENCIAS
Urgencias: Se consideran como tales a aquellas situaciones en las que el paciente requiere una inmediata
atención sin que sea inminente el riesgo de perder la vida.
Emergencias: Son condiciones médicas que se manifiestan por signos o síntomas agudos que pueden razonablemente resultar en peligro inmediato para la vida o para la integridad corporal del paciente.
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GLOSARIO DE TÉRMINOS CONTRACTUALES
En la cuidad de Asunción, República del Paraguay, a los……. Días del mes de……………..del año 20___, se suscribe el
presente contrato de cobertura asistencial médica prepaga entre el Representante convencional de MEDILIFE de Mediplan
S.A., con domicilio en Cerro Corá 1309, Asunción, por una parte y en adelante MEDILIFE y por la otra el/la
Señor/a……………….……………………..…………………………………
con
Cédula
de
Identidad
No…………....………………,
con
domicilio
en
la
Calle……………………..…….………
………………,
Número:……………….,ciudad de ……………………., departamento………………, Paraguay, en adelante el Titular, actuando en nombre propio y representación de los miembros de su grupo familiar, celebran el siguiente contrato de Prestación de
Servicios Médico-Asistenciales.
1. ELEMENTOS DEL CONTRATO:
A) La declaración Jurada de la exactitud de las siguientes situaciones declaradas:
1) Del estado de salud personal de cada uno de los beneficiarios.
2) De consentimiento de las cláusulas de responsabilidad asumida por las partes.
3) Hoja censal de datos del titular- beneficiario.
B) Normas generales y anexos del Plan de Salud contratado.
C)La Entrega de las Credenciales de utilización de los servicios, personales, intransferibles, por MEDILIFE a cada uno de
los beneficiarios.
2. DE LOS BENEFICIOS:
Tendrán derecho a recibir las prestaciones y beneficios de salud que se establecen en el presente Contrato y en sus anexos
correspondientes, los Beneficiarios que cumplan al momento del ingreso las siguientes condiciones:
Beneficiarios Directos:
- Serán beneficiarios directos los comprendidos en el grupo Familiar. El mismo está constituido por el Titular, y sus adherentes. Son adherentes: el cónyuge; hasta 3 hijos menores de 20 años no emancipados.
- El titular deberá ser ciudadano/a paraguayo/a o extranjero/a debidamente documentado, y un máximo de 62 años cumplidos.
-Los Hijos, los Recién Nacidos: Los mismos deberán ser inscriptos, como nuevos Adherentes, dentro de los 15 (quince)
primeros días de vida.
Beneficiarios Indirectos:
-Hijos solteros mayores de 20 años de edad; sus Padres y/o Suegros: hasta los 62 años cumplidos. Por encima de
esta edad, para la aceptación de los mismos, MEDILIFE exigirá lo establecido para el Titular; otros Beneficiarios Dependientes: hasta los 62 años de edad cumplidos, que hayan sido aceptados por la Auditoria Médica de MEDILIFE y que hayan sido
declarados/as en la Hoja Censal correspondiente.
-El/la Titular podrá solicitar la inclusión de nuevos Beneficiarios en cualquier momento durante la vigencia del
Contrato, y los mismos deberán reunir los requisitos establecidos para los beneficiarios y además cumplir con el período de
carencia estipulado en el respectivo Plan de Salud. En caso de aceptación de inclusión o exclusión de un nuevo Adherente
se suscribirá un Anexo por reajuste del precio del Contrato, si correspondiere.---------3. DEL OBJETO DEL CONTRATO; DE LAS PRESTACIONES Y BENEFICIOS CONVENCIONALES ACORDADOS: tiene
como objeto prestar por intermedio de profesionales médicos y otros prestadores sin relación de dependencia con MEDILIFE
los servicios de asistencia médica ambulatoria y/o de internación, de prevención, promoción, diagnóstico y/o tratamiento
médico en general, por el sistema de pago anticipado a los Beneficiarios del presente Contrato. Los beneficios con sus
correspondientes porcentajes de coberturas, sus topes máximos de utilización, sus carencias y exclusiones, se consignan
en las Normas Generales y sus Anexos del Plan de Salud convenido por el presente instrumento. Los servicios pactados y
enumerados en el presente Contrato y sus Anexos, son de carácter individual e intransferible, taxativo y limitativo, por lo
tanto; lo que no está descrito en el Plan de Salud, Se brindará con arancel preferencial.------------Los límites y topes anuales establecidos para cada Plan de Salud, se computarán para cada Beneficiario en forma
particular e individual, y entrará en vigencia, a partir de la fecha de su incorporación, en cada modalidad de atención
descrita en el Plan de Salud. Las coberturas por beneficios no utilizadas durante un año de Contrato, no serán
acumulativas. Los beneficiarios ingresados con posterioridad al ingreso del titular, deberán cumplir sus propios períodos de
carencias, independientemente de los que correspondiere al Titular
15
GLOSARIO DE TÉRMINOS CONTRACTUALES
En caso de pacientes en estado de decerebración (Glasgow 4 o menos), será aplicado el procedimiento recomendado por
la Organización Mundial de la Salud (OMS) que consiste en el examen médico clínico, y la realización de tres
electroencefalogramas realizados cada 36 horas, por un equipo externo al equipo médico tratante. Si el resultado
estableciera la muerte cerebral, MEDILIFE finaliza toda cobertura de internación, quedando la misma a cargo de los
familiares. Los estudios contemplados serán cubiertos en caso de que estén incluidos en el plan contratado. ---------------En aquellos casos en que el médico tratante no sea un profesional habilitado por MEDILIFE, no se cubrirán sus honorarios
por considerarse prescindencia de servicio. Así mismo, están excluidos de la cobertura del plan de salud todos los eventos,
y sus posibles secuelas, que hayan sido realizados por profesionales que no formen parte del planten habilitado por
MEDILIFE, por tanto los gastos ocasionados por los mencionados eventos quedaran a cargo del asegurado. MEDILIFE se
reserva el derecho de procesar o no las órdenes emitidas por profesionales que no pertenezcan a su listado de prestadores
de servicios médicos.--------------------De la Modalidad de Atención: Para la atención de su salud y para la utilización de los servicios autorizados, los Beneficiarios
podrán a su libre elección, optar por cualquier profesional médico o del área de la salud; sanatorio; hospital; centro
asistencial; y/o instituto de diagnostico y/o tratamiento habilitado en la Guía de Prestadores de MEDILIFE y dentro de los
horarios, turnos y otros métodos que estos utilicen para la prestación del servicio.-------------------------De la Credencial de Salud: cada uno de los Beneficiarios, recibirá una Credencial de Salud, identificatoria, personal e
intransferible, cuya presentación es obligatoria para acceder a los beneficios contemplados en su Plan de Salud,
conjuntamente con el documento de identidad. La no-presentación de los mismos puede derivar en el cobro de aranceles
privados (que no serán reembolsados por MEDILIFE) o la negación de la atención. Para que la credencial tenga efectiva
vigencia, es necesario que el beneficiario se encuentre al día con el pago de la cuota del mes en curso. La adulteración o el
uso indebido de la Credencial de Salud dará lugar a la acción penal correspondiente. La pérdida o extravío de la credencial,
se deberá comunicar de inmediato a MEDILIFE, por escrito o vía fax dentro de las primeras 24hs. hábiles de la verificación
del mismo, previa denuncia de la misma a la autoridad competente, y su reposición tendrá un costo a cargo del
beneficiario.------------------------En caso de fallecimiento los demás Beneficiarios están obligados a la entrega de la Credencial de Salud del fallecido a
MEDILIFE. La obligación del pago subsistirá hasta el mes en que la partida de defunción fuere presentada ante las oficinas
administrativas.---------------------MEDILIFE queda igualmente facultada a sustituir profesionales médicos; sanatorios e institutos de diagnóstico y/o
tratamiento habilitados en la Guía de Prestadores que aumenten significativamente sus costos, y por dicho motivo hagan
excesivamente oneroso este contrato para la Institución. Al efecto, MEDILIFE se compromete a hacer una sustitución por
prestadores aptos para cubrir las necesidades en las mismas condiciones que el prestador sustituido. Podrá mantener
también los mismos prestadores, bajo un sistema de co-pago conjunto con los Beneficiarios, lo cual será discriminado en la
Guía Médica correspondiente.----------4. DE LA RESPONSABILIDAD DE LA EMPRESA: MEDILIFE se compromete a cumplir con la cobertura de salud
mencionada en los Anexos. Lo que no está expresamente mencionado y o excluido, se brindará con arancel
preferencial.----------------------------El profesional médico o las Instituciones prestadoras, asumen toda y cualquier responsabilidad derivada de la prestación de
servicios médicos, no asumiendo MEDILIFE responsabilidad alguna por negligencia, imprudencia o impericia o de cualquier
índole por parte del médico o de sus asistentes o de los profesionales de las Instituciones prestadoras en su atención a los
pacientes Beneficiarios, tanto internados como ambulatorios. Tampoco MEDILEFE asume responsabilidad alguna por
tardanzas, fallas o defectos en los equipos bío-médicos, tecnología, servicios o los procesos o productos de ellos
proporcionados por las Instituciones prestadoras.-----------------------MEDILIFE quedará automáticamente subrogada en todos los derechos del Beneficiario contra los terceros por cuya acción
u omisión aquel o sus Beneficiarios adicionales sufran lesiones que motiven los servicios asistenciales por parte de la
Institución, estando el Titular obligado a prestar a MEDILIFE toda la información y cooperación necesaria a juicio de la
misma, que posibilite a esta última el ejercicio, contra terceros, de todos los derechos y acciones de que fuere titular el
beneficiario o sus adicionales .--------------------MEDILIFE queda exenta de toda responsabilidad objetiva que pueda generarse ante la omisión de prestación de algún
servicio médico o de la ejecución irregular de los deberes médicos en que incurriera el cuerpo de profesionales y/o
técnicos contratados por MEDILIFE.--------------------
16
GLOSARIO DE TÉRMINOS CONTRACTUALES
Queda taxativamente excluida la cobertura de eventos derivados de catástrofes naturales o producidas intencionalmente,
situaciones declaradas de Emergencia Nacional, epidemias, endemias, pandemias, actos delictivos, de rebelión popular,
guerras civiles u oficiales, tenga o no el asegurado participación activa en ella; los derivados de prácticas deportivas y
accidentes de cualquier índole. Queda excluida la cobertura de cirugías de alta complejidad, traumatológicas y
oftalmológicas. Queda excluida la cobertura de cirugías programadas y los eventos de maternidad originados en fecha
anterior al presente contrato. Queda excluida la cobertura de eventos producidos por enfermedades de trasmisión sexual,
Síndrome de Inmunodeficiencia Adquirida (SIDA), Sífilis, enfermedades congénitas, preexistentes, infectocontagiosas,
oncológicas, crónicas y por cualquier causa originada en fecha anterior al presente contrato. Quedan excluidas las
coberturas de: Cirugía estética de embellecimiento, cualquiera sea el procedimiento utilizado, incluyendo tratamiento para
adelgazar. Técnicas, tratamientos y/o exámenes de fertilización. Diagnóstico y tratamiento de infertilidad masculina o
femenina. Medicina anticonceptiva, incluidos dispositivos, consultas, exámenes de control y tratamientos. Tratamientos
médicos quirúrgicos experimentales no aprobados por las sociedades científicas, el Ministerio de Salud Pública y Bienestar
Social y/o cualquier otro ente regulador oficial. Trastornos de la personalidad, cualquiera sea su patología. Alcoholismo
agudo o crónico, drogadicción, y cualquier tipo de adicción, incluyendo sus consecuencias o derivados. Provisión de sangre,
plasma, sueros, y/o similares. Prótesis de cualquier tipo. Quemaduras de cualquier tipo que superen el 25 % de la superficie
corporal. Tratamiento de condilomas. Transplantes, implantes o injertos en general. Radioterapia, cobaltoterapia,
quimioterapia, u hormonoterapia. Diálisis y hemodiálisis. Tratamiento de condilomas. Transplantes, implantes o injertos en
general. Radioterapia, cobaltoterapia, quimioterapia, u hormonoterapia. Diálisis y hemodiálisis. Gastos relacionados al
diagnóstico y tratamiento del prematuro: internaciones clínicas y/o quirúrgicas, luminoterapia, alimentación parenteral y otros
servicios médicos derivados del nacimiento previo a las 37 semanas de gestación.-----------La cobertura acordada en los planes contratados se extiende a todos aquellos que no hayan alcanzado los 62 años de edad.
Cuando los beneficiarios alcanzaren esa edad, conservarán la cobertura exclusivamente en relación a consultas, análisis de
rutina y servicios de asistencia pre hospitalaria.-------------------------------5. DE LAS OBLIGACIONES DEL TITULAR Y LOS BENEFICIARIOS: El/la Titular se obliga a utilizar debidamente y dentro
del límite del Contrato y del Plan de Salud las coberturas pactadas. El/la Titular se obliga dar siempre aviso a MEDILIFE
dentro de los siete días hábiles inmediatos próximos a la fecha de ocurrido los siguientes hechos descritos a continuación:
a) cambio del domicilio designado para la cobranza, b)fallecimiento de cualquiera de los Beneficiarios, declarados en este
Contrato.--------------------------------El/la Titular y todos los Beneficiarios declarados en este Contrato, se obligan a entregar a MEDILIFE, todas las Credenciales
de Salud, en caso de terminación del Contrato, rescisión, fallecimiento o permiso de cualquiera de los Beneficiarios
declarados en este Contrato.-----------------------------El/la Titular y todos los Beneficiarios declarados en este Contrato, se obligan a informar, a través ellos mismos o de terceros
responsables, a MEDILIFE, dentro de las primeras 8 (ocho) horas de sucedidos, los eventos de internaciones clínicas e
intervenciones quirúrgicas de urgencia que hayan requerido. MEDILIFE no se hará responsable de los costos de los
servicios pasado dicho lapso de tiempo, y los mismos correrán por cuenta del paciente o responsable.----------------De la solicitud de información: El/la Titular autoriza suficientemente en este acto, por el y sus Adherentes, a MEDILIFE a
solicitar directamente de los diferentes prestadores de servicios, los informes que ella requiera para las Auditorias que
periódicamente realiza la misma. Para la realización de las correspondientes auditorías médicas y administrativas, el titular
autoriza suficientemente a MEDILIFE a solicitar en su representación a los prestadores médicos todos los informes y datos
relevantes relacionados con los antecedentes clínicos y patológicos y con los diagnósticos del mismo y de sus beneficiarios.
En todos los casos la información obtenida será tratada en forma estrictamente confidencial. Las auditorías serán realizadas
por profesionales calificados y autorizados para tales efectos y sus juicios, informes y dictámenes serán concluyentes para
determinar el alcance de la cobertura a otorgar.--------------------Los beneficiarios tendrán acceso a la página Web de MEDILIFE a través de la cual las partes reconocen la puesta a
disposición de los beneficiarios de las actualizaciones realizadas en la guía de prestadores médicos. La vigencia de la página
Web suprime la necesidad de notificación de tales actualizaciones, salvo expresa manifestación en contrario por parte del
titular. Por éste medio, los beneficiarios podrán manifestar sus inquietudes y solicitar respuestas.------------
17
GLOSARIO DE TÉRMINOS CONTRACTUALES
6. DEL CUMPLIMIENTO DE LA PRESTACIÓN POR PARTE DEL BENEFICIARIO: Las cuotas del Contrato serán abonadas
en los locales habilitados por MEDILIFE o a través de: cobrador, débito automático, Débito de Tarjetas de Crédito, Giraduría
de
sueldos, Asociaciones
de
Instituciones.
Las
mensualidades
son
pactadas
en
la
suma
de……………………………Guaraníes (importe que incluye el IVA), plan particularmente elegido por el titular y suscripto
para sí y sus adherentes: Para tener derecho a la utilización de los servicios, el beneficiario deberá estar actualizado en el
pago de las mensualidades so pena de suspensión de la prestación de los servicios-El/la Titular se obliga a pagar a
MEDIPLAN S.A - MEDILIFE-, por sí mismo y los Beneficiarios Indirectos incluidos en el Contrato, doce (12) pagos mensuales
y consecutivos pagaderos por Mes Adelantado, del 1 o al 10 de cada mes. Sólo en caso de Acuerdo Reparatorio arribado
con la Institución, para lo cual se pacta una indemnización del sesenta y cinco por ciento (65%) del total de las cuotas a
abonar hasta cubrir el periodo de duración del contrato, el beneficiario quedará exonerado del pago de las doce
mensualidades.-----------------------MEDILIFE se reserva el derecho de modificar el monto de las cuotas mensuales, previa comunicación por escrito al Titular
con (30) días de anticipación, en los siguientes casos: al vencimiento anual del contrato, por devaluación de la moneda en
curso legal; cuando exista reajuste salarial decretado por el Gobierno Nacional, a partir de la fecha de su aplicación, el que
no podrá superar el porcentaje establecido en dicha normativa, así como por la creación de nuevos impuestos, tasas y
gravámenes en general, desde la fecha en que los mismos sean aplicables; por la alta utilización de los servicios por parte
de los Beneficiarios y/o aumentos imprevistos o generales de los aranceles médicos. Una vez transcurridos los 30 días de
recibida la notificación de aumento y no mediar respuesta escrita por parte del titular, MEDILIFE podrá limitar la cobertura
del titular y sus beneficiarios directos y/o beneficiarios indirectos a la cobertura única de consultas medicas y urgencias
ambulatorias. En caso de no aceptarse el reajuste de la cuota por los motivos antes citados MEDILIFE podrá exigir la
rescisión del contrato.------------También se harán ajustes al importe de la cuota mensual durante la vigencia del contrato sí los beneficiarios, en el momento
que fuere, cuando cualquiera de los beneficiarios ingresen en los rangos de edades que establecen costos adicionales o
limitaciones, pero para estos casos MEDILIFE aplicará las modificaciones sin la necesidad u obligación de notificación,
puesto que las condiciones ya están establecidas y conocidas por las partes desde el inicio mismo de la vigencia del
presente contrato.--------------La mora en el pago producirá automáticamente al vencimiento del plazo establecido y sin necesidad de intimación o
requerimiento alguno.-------------------MEDILIFE queda liberada de toda obligación o responsabilidad asumida en éste contrato por el tiempo de la mora aun
cuando las cuotas atrasadas sean abonadas posteriormente con el recargo estipulado, por lo tanto todo gasto relacionado a
un evento sucedido u originado en un periodo de atraso o mora quedará a cargo del paciente y/o responsable del
mismo.------------------------------------------En caso de mora en el pago de hasta cuatro (4) cuotas, el titular deberá abonar conjuntamente con la suma adeudada un
recargo del 0.01 % por cada día de atraso, que será calculado sobre el importe impago, en concepto de interés moratorio y
en razón de que no se establece un nuevo o adicional plazo de carencia por la mora incurrida.--------------------------En Caso de mora superior a cuatro (4) meses, se exigirá el pago de los intereses mencionados en la cláusula anterior y la
antigüedad será computada hasta el día de la fecha en que la mora quedó establecida. Por tanto, los meses trascurridos a
partir de esa fecha son inexistentes a los efectos del cómputo. En caso de que los pagos fueran actualizados, la antigüedad
se calcula sumando los meses trascurridos antes de la fecha de la mora y los meses trascurridos a partir del día de la
actualización.------------------------------En caso de actualización de un atraso superior a cuatro meses, el beneficiario tolerará una espera de 90 días hábiles,
contados a partir del día siguiente al pago del monto total adeudado, para acceder a los servicios de eventos quirúrgicos;
estudios especializados de alta complejidad, terapia intensiva y maternidad.--------------- Ante la configuración de una atraso
superior a noventa días, el Titular autoriza por el presente documento a la inclusión de su nombre o Razón Social que
representa en la base de datos de informaciones comerciales, conforme a los establecido en la ley 1682/01 y su
modificatoria, la Ley 1969/02, como así también la posibilidad de proveer la información a terceros interesados hasta el pago
integro de la deuda o posterior cobranza judicial. Para el cobro de cualquiera sumas dinerarias derivadas del presente
Contrato, las partes pactan expresamente "el procedimiento judicial ejecutivo", que se habilitará agregando el litigio éste
instrumento constancia del incumplimiento en que haya incurrido la demandada y la liquidación de lo
adeudado.--------------------------
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GLOSARIO DE TÉRMINOS CONTRACTUALES
7. DE LA VIGENCIA y RESCICIÓN: El titular se halla facultado a rescindir el presente contrato en cualquier momento, una
vez trascurridos ciento veinte días, previo cumplimiento de lo estipulado en la cláusula Seis “Del Cumplimiento de la
prestación por parte del beneficiario”.
El presente contrato quedará extinguido inmediatamente por la muerte del Titular, salvo que los integrantes del grupo familiar
manifiesten su conformidad de mantenerlo vigente, para lo cual designarán un nuevo titular, quien suscribiendo su
conformidad firmará un Anexo que se adjuntará al presente.--------------------La duración del presente contrato será de un año a partir de la suscripción del presente. Si no mediare comunicación expresa
a MEDILIFE por parte del beneficiario con al menos treinta días de anticipación, el que suscribe autoriza y consiente
expresamente por este medio la Renovación Automática del contrato en las mismas condiciones y por el mismo término del
presente.-------------------------------------Para rescindir el presente Contrato el titular, su representante o sucedáneo, deben haber pagado la totalidad de los pagos
pactados en la cláusula seis, que hace relación al cumplimiento de la prestación por parte del beneficiario. Al efecto, el
mismo se halla obligado al pago del equivalente a la suma mensual acordada, durante doce meses.--------------------MEDILIFE se reserva del derecho de rescindir el presente contrato, cuando mediare justa causa, avisando al titular con
treinta días de anticipación.---------En caso de que el beneficiario incumpliera con las condiciones de rescisión acordadas, se obliga a pagar indemnización
mencionada en la cláusula seis y al efecto deberá entregar personalmente todas las credenciales.--------------------CAMBIO DE PLAN: En caso de operarse un cambio en el Plan de Salud por parte del beneficiario, para lo cual deberá
suscribir un nuevo contrato, el mismo conservará la Antigüedad adquirida por el contrato anterior en relación a los servicios
por éste cubiertos. Los servicios contemplados en el nuevo Plan de Salud que no hubieran sido cubiertos por el anterior,
están sujetos a la carencia señalada en el mismo. Al momento de solicitar el cambio de plan el ABONADO deberá abonar la
diferencia existente entre el plan anterior y el nuevo plan.--------------------Cuando por dictamen de la Auditoria Médica de la Institución, se demostrare que el/los beneficiarios han incurrido en mala
fe, omitiendo, ocultado y/o modificado en su Declaración Jurada su verdadero estado de salud MEDILIFE se reserva el
derecho a Rescindir unilateralmente el contrato y a exigir la indemnización por incumplimiento de contrato.--------------------Para renunciar al presente contrato el Titular deberá presentarse personalmente ante las oficinas administrativas de la
Institución, manifestando su voluntad en el Formulario de Renuncias puesto a disposición por MEDILIFE, firmado por él
titular, adjuntando las credenciales del titular y todos los adherentes, estando actualizado en el pago de las mensualidades
y para el efecto deberá necesariamente cumplir con lo establecido en las claúsulas del presente contrato. En caso de
renovación, el contrato se regirá por las cláusulas y condiciones de éste mismo instrumento.--------------------Las partes pactan que si alguna de las cláusulas del presente contrato fueren declaradas total o parcialmente nulas, la
nulidad afectará únicamente a dichas cláusulas o disposiciones. Las partes reconocen y se someten a los Tribunales de la
Ciudad de Asunción para los efectos del presente contrato y acuerdan la exclusión de cualquier otra
Jurisdicción.-----------------------Las partes firman el presente contrato en dos cuerpos de un mismo tenor en prueba de conformidad del mismo tenor y a un
solo efecto en prueba de conformidad, en la ciudad de Asunción, capital de la República.---------------------
---------------------------POR MEDILIFE
--------------------------EL TITULAR
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