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BOLETÍN OFICIAL DEL PAÍS VASCO
N.º 17
miércoles 27 de enero de 2016
ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA N.º 4 DE BILBAO
379
EDICTO dimanante del juicio verbal n.º 113/2014.
Juzgado de Primera Instancia n.º 4 de Bilbao.
Juicio: juicio verbal 113/2014.
Demandante: Pablo Pipaon Asencor.
Abogado: Ana Quintana Burusteta.
Procurador: Begoña Fdz de Gamboa Iraragorri.
Demandado: Francisco Cortavitarte Cruz.
Sobre: juicio verbal.
En el referido juicio se ha dictado el 31-03-2015 Sentencia, en la que el fallo es el siguiente:
«FALLO
Que estimando la demanda interpuesta por la Procuradora D.ª Begoña Fernández de Gamboa
Irarragorri en nombre y representación de D. Pablo Pipaon Asencor contra D. Francisco Cortavitarte Cruz, debo condenar y condeno al citado demandado a que abone a la parte actora las
siguientes cantidades:
a) la cantidad de 4.000 euros;
b) los intereses de la citada cantidad, al tipo pactado del 4% durante el primer año y el interés
legal desde la citada fecha y hasta el completo pago a la parte actora de las cantidades debidas;
c) las costas del juicio.»
En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado D. Francisco Cortavitarte
Cruz y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil
(LECn), se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el Boletín Oficial del País Vasco.
Contra dicha resolución el demandado rebelde puede interponer recurso de apelación.
El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Oficina
Judicial de este Tribunal.
En Bilbao (Bizkaia), a 23 de noviembre de 2015.
EL LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA.
2016/379 (1/1)