Información sobre radicación por: TRABAJADOR MIGRANTE DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR A FIN DE SOLICITAR RESIDENCIA COMO TRABAJADOR MIGRANTE (Art. 23 Inc. A de la Ley 25.871 Dto. 616/2010 y Disposición DNM 40.164/07) UN (1) TURNO POR CADA PERSONA IDENTIDAD Cédula de Identidad, Pasaporte o Certificado de Nacionalidad con foto, originales. Estos documentos deberán encontrarse vigentes, en buen estado de conservación. CERTIFICADO DE ANTECEDENTES PENALES ARGENTINOS Emitido por Registro Nacional de Reincidencia o Policía Federal Argentina. Solo exigible a mayores de 16 años. NO SE DEJE ENGAÑAR El trámite es personal, sencillo y no requiere de gestores. Sólo abone lo que establece la Ley. CERTIFICADO QUE ACREDITE FEHACIENTEMENTE QUE NO REGISTRA CONDENAS ANTERIORES NI PROCESOS PENALES EN TRÁMITE en su país de origen. Sólo exigible a mayores de 16 (dieciséis) años. CERTIFICADO QUE ACREDITE FEHACIENTEMENTE QUE NO REGISTRA CONDENAS ANTERIORES NI PROCESOS PENALES EN TRÁMITE emitidos por las autoridades competentes de los países donde haya residido por un plazo superior a UN (1) año, durante el transcurso de los últimos TRES (3) años. Solo exigible a mayores de 16 (dieciséis) años. A) Pre-contrato laboral suscripto por las partes El pre-contrato deberá especificar: Datos personales de las partes, tareas a realizar por el extranjero, duración de la jornada laboral, duración de la relación laboral, domicilio donde desarrollará tareas el extranjero, remuneración a percibir (deberá ajustarse al convenio colectivo de trabajo de la actividad a desarrollar) y número de CUIT del empleador. Si el empleador estuviera representado por un tercero, deberá acompañar el Poder de estilo nombrando a este. DECLARACIÓN JURADA TURNOS EN CUALQUIERA DE LAS SEDES DE MIGRACIONES DEBERÁ SACAR TURNO PREVIO PARA REALIZAR EL TRÁMITE DE RESIDENCIA ó por internet a través de nuestra página web www.migraciones.gov.ar INFORMES PARA OBTENER INFORMACIÓN PODRÁ HACERLO: Telefónicamente al (011)4317-0234 al pregrabado. Por internet a través de nuetsra página web www.migraciones.gov.ar ó al correo electrónico [email protected] Personalmente: Av. Antártida Argentina 1355 - Edificio No. 3 en el horario de 7:30 hs a 13:30 hs. De carencia de antecedentes penales en otros países, (será confeccionada en Migraciones al momento de la solicitud de residencia). INGRESO Sello de ingreso al país estampado en el documento de viaje o en la tarjeta migratoria. TASA DE RADICACIÓN NO MERCOSUR DNI $1200 + $35 UNA FOTO CON LAS SIGUIENTES CARACTERÍSTICAS: - Color, tamaño 4x4. - Actual. - Fondo blanco y liso. - Tomada de frente, medio busto. - Cabeza totalmente descubierta. CERTIFICADO DE DOMICILIO O FACTURA DE SERVICIO PÚBLICO A SU NOMBRE (agua, luz, gas o telefonia fija). Nota: La Dirección Nacional de Migraciones podrá solicitar, si así lo considerase necesario, documentación adicional a la detallada. Las firmas deberán encontrarse certificadas por escribano público o ante un agente de esta Dirección Nacional al momento de iniciar la solicitud de residencia. (en el sector informes se encuentra un modelo de precontrato de trabajo a modo informativo). B) Contancia de inscripción del empleador ante la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS (AFIP). C) Constancia de inscripción del empleador en el Registro REGISTRO ÚNICO DE REQUIRENTES DE EXTRANJEROS de la DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES (disp. Dnm nº: 54.618/08). Nota: dentro del plazo de treinta (30) días corridos a partir del inicio de la solicitud de residencia deberá presentar, ante el sector recepción de documentación constancia de alta temprana, emitida por la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) y suscripta por el empleador. LA RESIDENCIA A OTORGAR SERÁ TEMPORARIA IMPORTANTE IMPORTANTE • La documentación a presentar deberá ser original. • Cuando la documentación haya sido emitida por autoridad extranjera, deberá ser presentada con la debida intervención de la autoridad consular argentina y legalizada por el Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto, o con el “apostillado” si el país donde se emitió hubiera ratificado el Convenio de La Haya. • Sin perjuicio de lo dispuesto en los acuerdos o convenciones internacionales vigentes, toda documentación expedida por las representaciones consulares en el Territorio Nacional, deberá contar con la legalización del Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto, excepto MERCOSUR. • Toda documentación expedida en idioma extranjero deberá contar con la traducción al castellano efectuada por Traductor Público Nacional (Art. 6º Ley 20.305) y legalizada por el Colegio de Traductores. Av. Corrientes 1834 (excepto Brasil).
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