Trabajador Migrante - Dirección Nacional de Migraciones

Información sobre radicación por:
TRABAJADOR MIGRANTE
DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR A FIN DE SOLICITAR RESIDENCIA COMO TRABAJADOR
MIGRANTE (Art. 23 Inc. A de la Ley 25.871 Dto. 616/2010 y Disposición DNM 40.164/07)
UN (1) TURNO POR CADA PERSONA
IDENTIDAD
Cédula de Identidad, Pasaporte o Certificado de Nacionalidad con
foto, originales. Estos documentos deberán encontrarse vigentes,
en buen estado de conservación.
CERTIFICADO DE ANTECEDENTES PENALES ARGENTINOS
Emitido por Registro Nacional de Reincidencia o Policía Federal
Argentina. Solo exigible a mayores de 16 años.
NO SE DEJE ENGAÑAR
El trámite es personal, sencillo y no requiere de gestores.
Sólo abone lo que establece la Ley.
CERTIFICADO QUE ACREDITE FEHACIENTEMENTE QUE NO
REGISTRA CONDENAS ANTERIORES NI PROCESOS PENALES
EN TRÁMITE en su país de origen. Sólo exigible a mayores de 16
(dieciséis) años.
CERTIFICADO QUE ACREDITE FEHACIENTEMENTE QUE NO
REGISTRA CONDENAS ANTERIORES NI PROCESOS PENALES EN TRÁMITE emitidos por las autoridades competentes de los
países donde haya residido por un plazo superior a UN (1) año, durante
el transcurso de los últimos TRES (3) años. Solo exigible a mayores de
16 (dieciséis) años.
A) Pre-contrato laboral suscripto por las partes
El pre-contrato deberá especificar:
Datos personales de las partes, tareas a realizar por el extranjero,
duración de la jornada laboral, duración de la relación laboral,
domicilio donde desarrollará tareas el extranjero, remuneración a
percibir (deberá ajustarse al convenio colectivo de trabajo de la
actividad a desarrollar) y número de CUIT del empleador.
Si el empleador estuviera representado por un tercero, deberá
acompañar el Poder de estilo nombrando a este.
DECLARACIÓN JURADA
TURNOS
EN CUALQUIERA DE LAS SEDES DE MIGRACIONES DEBERÁ SACAR
TURNO PREVIO PARA REALIZAR EL TRÁMITE DE RESIDENCIA ó por
internet a través de nuestra página web www.migraciones.gov.ar
INFORMES
PARA OBTENER INFORMACIÓN PODRÁ HACERLO:
Telefónicamente al (011)4317-0234 al pregrabado.
Por internet a través de nuetsra página web www.migraciones.gov.ar ó al
correo electrónico [email protected]
Personalmente: Av. Antártida Argentina 1355 - Edificio No. 3 en el horario de
7:30 hs a 13:30 hs.
De carencia de antecedentes penales en otros países, (será confeccionada en Migraciones al momento de la solicitud de residencia).
INGRESO
Sello de ingreso al país estampado en el documento de viaje o en
la tarjeta migratoria.
TASA DE RADICACIÓN NO MERCOSUR
DNI
$1200 + $35
UNA FOTO CON LAS SIGUIENTES CARACTERÍSTICAS:
- Color, tamaño 4x4.
- Actual.
- Fondo blanco y liso.
- Tomada de frente, medio busto.
- Cabeza totalmente descubierta.
CERTIFICADO DE DOMICILIO O FACTURA DE SERVICIO
PÚBLICO A SU NOMBRE (agua, luz, gas o telefonia fija).
Nota: La Dirección Nacional de Migraciones podrá solicitar, si así lo
considerase necesario, documentación adicional a la detallada.
Las firmas deberán encontrarse certificadas por escribano público o
ante un agente de esta Dirección Nacional al momento de iniciar la
solicitud de residencia. (en el sector informes se encuentra un modelo
de precontrato de trabajo a modo informativo).
B) Contancia de inscripción del empleador ante la ADMINISTRACIÓN
FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS (AFIP).
C) Constancia de inscripción del empleador en el Registro REGISTRO
ÚNICO DE REQUIRENTES DE EXTRANJEROS de la DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES (disp. Dnm nº: 54.618/08).
Nota: dentro del plazo de treinta (30) días corridos a partir del inicio
de la solicitud de residencia deberá presentar, ante el sector recepción
de documentación constancia de alta temprana, emitida por la
Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) y suscripta por el
empleador.
LA RESIDENCIA A OTORGAR SERÁ TEMPORARIA
IMPORTANTE
IMPORTANTE
• La documentación a presentar deberá ser original.
• Cuando la documentación haya sido emitida por autoridad extranjera, deberá ser presentada con la debida intervención de la autoridad
consular argentina y legalizada por el Ministerio de Relaciones
Exteriores, Comercio Internacional y Culto, o con el “apostillado” si el
país donde se emitió hubiera ratificado el Convenio de La Haya.
• Sin perjuicio de lo dispuesto en los acuerdos o convenciones internacionales vigentes, toda documentación expedida por las representaciones consulares en el Territorio Nacional, deberá contar con la
legalización del Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto, excepto MERCOSUR.
• Toda documentación expedida en idioma extranjero deberá contar
con la traducción al castellano efectuada por Traductor Público
Nacional (Art. 6º Ley 20.305) y legalizada por el Colegio de Traductores.
Av. Corrientes 1834 (excepto Brasil).