BOLETÍN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS núm. 239 de 15-x-2014 1/1 V. Administración de Justicia Juzgados de Primera Instancia De Oviedo número 11 Edicto. Procedimiento ordinario 260/2014. Sentencia n.º 192/2014 En Oviedo a dos de octubre de dos mil catorce. Don Eduardo García Valtueña, Ilmo Sr. Magistrado Juez del Juzgado de Primera Instancia número 11 de Oviedo, ha visto los autos de juicio ordinario seguidos ante el mismo bajo el número de registro 260/14 promovidos por D. Antonio Rodríguez Rodríguez, representado por el procurador de los tribunales D. Miguel Fernández Rodríguez, y asistido por el Letrado D. Manuel Rodríguez Velázquez, contra D.ª Sheyla María Grande Rodríguez, en rebeldía procesal, sobre resolución de contrato de arrendamiento de vivienda y reclamación de cantidad. Fallo Estimando totalmente la demanda formulada por el procurador de los tribunales D. Miguel Fernández Rodríguez en nombre y representación de D. Antonio Rodríguez Rodríguez debo condenar y condeno a D.ª Sheyla María Grande Rodríguez a abonar al actor la suma de 4.188,78 euros, así como al pago de los intereses procesales previstos en el artículo 576 de la Ley de Enjuiciamiento Civil desde la fecha de la sentencia. Asimismo se acuerda la resolución del contrato de arrendamiento de vivienda vigente entre las partes, con expresa imposición de costas a la demandada. Notifíquese a las partes solicitantes y póngase en las actuaciones certificación de la presente resolución e inclúyase en el libro de sentencias. Contra la presente resolución cabe interponer recurso de apelación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 455 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, que deberá prepararse en este órgano judicial en los 20 días siguientes a su notificación, debiendo exponer las alegaciones en que se base la impugnación, la resolución apelada y los pronunciamiento que se impugnan. Para ello será necesario la constitución de un depósito de 50 euros que, en su caso, deberá consignarse en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones que este Juzgado tiene abierta en la Entidad Banesto con el número 4848000004026014, en consonancia con lo previsto en la disposición adicional 15.ª de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Así lo acuerdo, mando y firmo. Cód. 2014-16848 En Oviedo, a 2 de octubre de 2014.—El Magistrado.—Cód. 2014-16848. http://www.asturias.es/bopa
© Copyright 2024