Pago aguas 2015

DERECHOS POR USO, EXPLOTACIÓN O APROVECHAMIENTO
DE AGUAS NACIONALES
Obligaciones en materia de agua, reguladas en la Ley
Federal de Derechos a partir de 2014
Metodologías para establecer las ZD
(NOM para determinar la
disponibilidad media anual de las
aguas nacionales)
Aguas subterráneas
Acuíferos
Aguas superficiales
Finalidades del derecho
Cuencas
Instrumento económico de carácter fiscal con el objetivo de regular la demanda en
función de su disponibilidad para incentivar un uso racional y eficiente, al internalizar
costos sociales y ambientales (acorde con los artículos 21 y 22 de la LGEEPA)
2013
Por municipio
9 zonas de
disponibilidad
2014
• Cuenca
• Acuífero
• 4 zonas de
disponibilidad para
cuencas
• 4 zonas de
disponibilidad para
acuíferos
1. Lecturas de Medidor
Sujeto pasivo
Hecho imponible
Base
2. Volumen Concesionado
Derecho
a cargo
Extrae agua
nacional
Volumen
Con título de
concesión
Cuota
Exención
De hecho
1
Subterránea
(acuífero)
Superficial
(cuenca)
Zona de disponibilidad
2
3
1
Déficit
2
Equilibrio
3
Disponibilidad
4
Abundancia
Uso
Contribuyente
Calcula la
disponibilidad
conforme a las
metodologías
(art. 231, LFD)
Beneficio
optativo
Beneficio
optativo
Publicación de
las variables
(Conagua)
Publicación
de las ZD
(Conagua)
DOF
DOF
Febrero
Marzo
Periodo de causación
Trimestral definitivo
Época de pago
Último día del mes siguiente
(abril, julio, octubre y enero)
Regla II.2.6.1.2 Resolución
Miscelánea Fiscal 2014
Lugar de pago
PUUC
Padrón Único de Usuarios
y Contribuyentes
Gracias
Cuota Aplicable (Art. 223, apartado B, fracción I, de la LFD)
Por las aguas provenientes de fuentes superficiales o extraídas del subsuelo, se pagará el
derecho sobre agua por cada mil metros cúbicos y se aplicará la siguiente cuota:
Ejercicio
Fiscal
2014
2015
ZD
Aguas
Superficiales
Aguas
subterráneas
1
$410.62
$428.63
2
$196.94
$197.64
3
$98.35
$111.42
4
$48.96
$51.94
1
$427.70
$446.46
2
$205.13
$205.86
3
$102.44
$116.06
4
$51.00
$54.10
Deducibilidad de medidores (Art. 224-A LFD)
Los contribuyentes, podrán
disminuir del pago del
derecho
el
costo
comprobado
de
los
aparatos de medición y los
gastos de instalación.
Se deberá presentar el
original de la factura, para
su verificación y sellado.
Exención en Aguas Nacionales para
Poblaciones rurales de hasta 2,500
habitantes de conformidad con el último
censo general de población y vivienda.