Diputación de Córdoba Área de Infraestructuras, Carreteras y Vivienda. Servicio Central de Cooperación con los Municipios. Sección de Contratación GEX: 2013/18381 =DECRETO= En virtud de las facultades que tengo conferidas, en relación al expediente para la ejecución de obra SCC-ECO 105/2013 Rehabilitación del pavimento de la CO-4311 DE LA A-440 a A-8203 POR EL VILLAR (FTE. PALMERA)” que se tramita mediante Procedimiento Abierto y a la vista del informe técnico y de conformidad con la propuesta de la Mesa, por el presente Decreto vengo en Resolver: 1º) Clasificar por orden decreciente de las proposiciones que han presentado los licitadores, de conformidad con lo establecido en el artículo 151 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público Puntos Oferta Técnica Oferta Económica Mejoras MEBISA 34 578512.40 110242.7 60.00 94.00 FIRMES Y ASFALTADOS DEL SUR S.L. 23 566941.80 78745.33 47.06 70.06 UTE CONSTRUCCIONES DIEZ Y DIEZ - GRANADAL 34 578512.40 55289.01 30.09 64.09 32 576854.12 51764.55 28.77 60.77 30 23 22 578512.40 578512.40 504130.37 44136.09 55578.78 0 24.02 30.25 26.99 54.02 53.25 48.99 34 22 33 578512.40 571281.00 578512.40 10897.8 21795.6 2887.91 5.93 14.49 1.57 39.93 36.49 34.57 21 573374.70 17498.84 11.39 32.39 Empresas EIFFAGE INFRAESTRUCTURAS S.A. CONSTRUCCIONES MAYGAR S.L. ALVAC S.A. CANTERAS DE ALMARGEN S.L. UTE FIRPROSA S.L. PAVIMENTOS ASFÁLTICOS ANDALUCES LOCSONS S.L. HORMACESA GRUPO EMPRESARIAL DE OBRAS CIVILES S.L. ECOASFALT S.A. JICAR S.A. Puntos PUNTOS Oferta TOTALES Económica Propuesta de exclusión, al no considerarse justificada su oferta, que es considerada con carácter anormal o desproporcionado. Propuesta de exclusión, al no considerarse justificada su oferta, que es considerada con carácter anormal o desproporcionado. 2º) Requerir a la empresa Mezclas Bituminosas S.A. (Mebisa), como licitador que ha presentado la proposición económicamente más ventajosa, para que dentro del plazo de 5 días hábiles( al tratarse de un procedimiento de urgencia) , a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento, presente la documentación justificativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, la garantía definitiva y el resto de la documentación a que hace referencia el artículo 151.2 del TRLCSP. Dicho requerimiento se realizará vía fax. Este Decreto del que está conforme con sus antecedentes el Jefe del Servicio Central de Cooperación con los Municipios, Francisco Javier Galván Mohedano, lo firma electrónicamente la Presidenta María Luisa Ceballos Casas
© Copyright 2024