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Diputación
de Córdoba
Área de Infraestructuras, Carreteras y
Vivienda.
Servicio Central de Cooperación con los
Municipios.
Sección de Contratación
GEX: 2013/18381
=DECRETO=
En virtud de las facultades que tengo conferidas, en relación al expediente para la ejecución de
obra SCC-ECO 105/2013 Rehabilitación del pavimento de la CO-4311 DE LA A-440 a A-8203
POR EL VILLAR (FTE. PALMERA)” que se tramita mediante Procedimiento Abierto y a la vista
del informe técnico y de conformidad con la propuesta de la Mesa, por el presente Decreto vengo
en Resolver:
1º) Clasificar por orden decreciente de las proposiciones que han presentado los
licitadores, de conformidad con lo establecido en el artículo 151 del Texto Refundido de la
Ley de Contratos del Sector Público
Puntos
Oferta
Técnica
Oferta
Económica
Mejoras
MEBISA
34
578512.40
110242.7
60.00
94.00
FIRMES Y ASFALTADOS DEL
SUR S.L.
23
566941.80
78745.33
47.06
70.06
UTE CONSTRUCCIONES DIEZ Y
DIEZ - GRANADAL
34
578512.40
55289.01
30.09
64.09
32
576854.12
51764.55
28.77
60.77
30
23
22
578512.40
578512.40
504130.37
44136.09
55578.78
0
24.02
30.25
26.99
54.02
53.25
48.99
34
22
33
578512.40
571281.00
578512.40
10897.8
21795.6
2887.91
5.93
14.49
1.57
39.93
36.49
34.57
21
573374.70
17498.84
11.39
32.39
Empresas
EIFFAGE INFRAESTRUCTURAS
S.A.
CONSTRUCCIONES MAYGAR
S.L.
ALVAC S.A.
CANTERAS DE ALMARGEN S.L.
UTE FIRPROSA S.L. PAVIMENTOS ASFÁLTICOS
ANDALUCES
LOCSONS S.L.
HORMACESA
GRUPO EMPRESARIAL DE
OBRAS CIVILES S.L.
ECOASFALT S.A.
JICAR S.A.
Puntos
PUNTOS
Oferta
TOTALES
Económica
Propuesta de exclusión, al no considerarse justificada su oferta, que es considerada
con carácter anormal o desproporcionado.
Propuesta de exclusión, al no considerarse justificada su oferta, que es considerada
con carácter anormal o desproporcionado.
2º) Requerir a la empresa Mezclas Bituminosas S.A. (Mebisa), como licitador
que ha presentado la proposición económicamente más ventajosa, para que dentro del
plazo de 5 días hábiles( al tratarse de un procedimiento de urgencia) , a contar desde el
siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento, presente la documentación
justificativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y
con la Seguridad Social, la garantía definitiva y el resto de la documentación a que hace
referencia el artículo 151.2 del TRLCSP. Dicho requerimiento se realizará vía fax.
Este Decreto del que está conforme con sus antecedentes el Jefe del Servicio Central de Cooperación con
los Municipios, Francisco Javier Galván Mohedano, lo firma electrónicamente la Presidenta María Luisa
Ceballos Casas