Reforma para cambios de centro de educación superior El Comité Institucional de Becas y Ayudas Económicas en alcance al extracto del Acta No. 36, resuelve: PRIMERO: “Prohibición a los/as adjudicatarios/as y becarios/as de la Secretaría, de realizar postulaciones o cambios a universidades Australianas, y a universidades que consten en el listado (Adjunto 4), aprobado por el Comité Institucional de Becas y Ayudas Económicas mediante Acta Nro. 21-CIBAE-2014 de fecha 25 de agosto de 2014. En el caso de universidades de España, solo se aceptarán cambios a universidades de este país; siempre y cuando, se hubiese realizado la postulación a este destino. Esta disposición regirá para todos los programas de becas incluidas todas sus convocatorias anteriores y las que en adelante se aprueben, exceptuando el caso de aquellos programas o convocatorias en cuyas bases exista otra condición de aquí en adelante” SEGUNDO: En el caso de los/as adjudicatarios/as y becarios/as del programa Convocatoria Abierta 2014 Segunda Fase, que deseen realizar un cambio de universidad a una diferente a la que se le adjudicó la beca, podrán realizarlo siempre que sea a una de las universidades que se detallan en el listado de la convocatoria a la que postuló exceptuando las universidades del adjunto 4.
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