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Escala Salarial: OCTUBRE/2014
RESOLUCION SECRETARIA DE TRABAJO Nº 238/2014
FUNCIONES
ENCARGADO PERMANENTE CON VIVIENDA
ENCARGADO PERMANENTE SIN VIVIENDA
AYUDANTE PERMANENTE CON VIVIENDA
AYUDANTE PERMANENTE SIN VIVIENDA
AYUDANTE MEDIA JORNADA SIN VIVIENDA
PERSONAL ASIMILADO CON VIVIENDA
PERSONAL ASIMILADO SIN VIVIENDA
MAYORDOMO CON VIVIENDA
MAYORDOMO SIN VIVIENDA
INTENDENTE (Barrio Privado y Country)
PERSONAL CON MAS DE 1 FUNCION C/VIVIENDA
PERSONAL CON MAS DE 1 FUNCION S/VIVIENDA
ENCARGADO GUARDACOCHES CON VIVIENDA
ENCARGADO GUARDACOCHES SIN VIVIENDA
PERSONAL DE VIGILANCIA NOCTURNA
PERSONAL DE VIGILANCIA DIURNA
PERSONAL DE VIGILANCIA MEDIA JORNADA
ENCARGADO NO PERMANENTE C/VIV. 4 Hs.
ENCARGADO NO PERMANENTE S/VIV. 4 Hs.
AYUDANTE TEMPORARIO
AYUDANTE TEMPORARIO MEDIA JORNADA
PERSONAL JORNALIZADO - Por Día
SUPLENTE JORNALIZADO - Por Día
PERSONAL JORNALIZADO NO MAS DE 18 Hs. - Por Hr.
1º CAT.
$ 7.744,00
$ 9.102,00
$ 7.744,00
$ 9.102,00
$ 4.551,00
$ 7.744,00
$ 9.102,00
$ 8.031,00
$ 9.473,00
$ 11.596,00
$ 7.744,00
$ 9.102,00
$ 6.828,00
$ 7.414,00
$ 8.200,00
$ 7.635,00
$ 3.817,00
$ 3.674,00
$ 3.993,00
$ 7.479,00
$ 3.739,00
$ 337,67
$ 337,67
$ 77,34
2º CAT.
$ 7.421,00
$ 8.723,00
$ 7.421,00
$ 8.723,00
$ 4.361,00
$ 7.421,00
$ 8.723,00
$ 7.696,00
$ 9.079,00
$ 11.596,00
$ 7.421,00
$ 8.723,00
$ 6.828,00
$ 7.414,00
$ 8.200,00
$ 7.635,00
$ 3.817,00
$ 3.674,00
$ 3.993,00
$ 7.479,00
$ 3.739,00
$ 337,67
$ 337,67
$ 77,34
3º CAT.
$ 7.099,00
$ 8.343,00
$ 7.099,00
$ 8.343,00
$ 4.172,00
$ 7.099,00
$ 8.343,00
$ 7.362,00
$ 8.684,00
$ 11.596,00
$ 7.099,00
$ 8.343,00
$ 6.828,00
$ 7.414,00
$ 8.200,00
$ 7.635,00
$ 3.817,00
$ 3.674,00
$ 3.993,00
$ 7.479,00
$ 3.739,00
$ 337,67
$ 337,67
$ 77,34
PLUS
ESCALAFON POR ANTIGÜEDAD - POR AÑO - Pago Mensual Art. 11
* ESCALAFON POR ANTIGÜEDAD - Conf. Res. 106/09 - inc. d,e,h,n y p de los art. 7 y 8 por año 1%
VALOR VIVIENDA
RETIRO RESIDUOS POR UNIDAD DESTINADA A VIV.
LIMPIEZA JARDIN
LIMPIEZA COCHERAS
LIMPIEZA DE PILETAS Y MANTENIMIENTO DE AGUA
MOVIMIENTO DE COCHES - HASTA 20 UNIDADES
COBRANZA DE EXPENSAS
COMPACTACION DE RESIDUOS
REPARTO DE DIARIOS
TITULO DE ENGARGADO INTEGRAL DE EDIFICIOS
4º CAT.
$ 6.453,00
$ 7.585,00
$ 6.453,00
$ 7.585,00
$ 3.792,00
$ 6.453,00
$ 7.585,00
$ 6.692,00
$ 7.895,00
$ 11.596,00
$ 6.453,00
$ 7.585,00
$ 6.828,00
$ 7.414,00
$ 8.200,00
$ 7.635,00
$ 3.817,00
$ 3.674,00
$ 3.993,00
$ 7.479,00
$ 3.739,00
$ 337,67
$ 337,67
$ 77,34
MONTO
$ 151,70
$ 75,85
$ 50,83
$ 13,81
$ 188,80
$ 188,80
$ 317,69
$ 279,58
$ 302,00
$ 302,00
$ 302,00
10%
* Cláusula Modifiación Convenio 589/2010.1) A partir del mes de Mayo del corriente año la bonificación por antigüedad para los trabajadores de las categorías de media jornada, suplente y jornalizado (inc. d, e, h, n y p)
del Art. 7 y Art. 8 será del 1% del sueldo básico de los Ayudantes Permanentes sin Vivienda de Cuarta Categoría. Este nuevo porcentaje regirá para los trabajadores que
ingresen a partir de la homologación del presente acuerdo. Boletín Oficial Nº 31.702 del 27/07/2009.-
ASIGNACIONES FAMILIARES (Vigentes desde el 31/06/2014 - Decreto Nº 779/14)
Hasta $ 5.300
Hasta $ 6.600
Hijo hasta 18 años $ 644
Hijo hasta 18 años $ 432
Hijo discapacitado $ 2.100
Hijo discapacitado $ 1.485
PRENATAL: una suma igual a la asignada por hijo.-
Hasta $ 8.600
Hasta $ 15.000
Hijo hasta 18 años $ 260
Hijo discapacitado $ 936
Hijo hasta 18 años $ 132
Hijo discapacitado $ 936
Nacimiento
Adopción
Ayuda Escolar
Matrimonio
$ 750,00
$ 4.500,00
$ 510,00
$ 1.125,00
CUOTA SINDICAL: a partir del 1 de Octubre de 1.990, el 4% del total de la Remuneración. Aporte mensual del trabajador. Al personal de jornada reducida, se le calculará sobre
el Básico de 8 (ocho) hs. diarias, conforme a la categoría mínima de la Escala Salarial. Esto es a los fines de gozar de los beneficios de descuentos en medicamentos del
50% y del 100% en caso de internación. Depositar en Cta. Cte. Nº 72.736/1 del Banco del Tucumán, en boletas preimpresas del Sindicato.CAJA DE PROTECCION A LA FAMILIA: (Aporte Obligatorio)
Consiste en 1,5 % del Empleador + 1 % del Trabajador. Calculado sobre el total de Remuneraciones. Depositarlo en Cta. Cte. A partir del 01/04/1991 se han unificado los dos
conceptos, Sindicato y C.P.F., en una sola Cta. Cte., y en la misma boleta de depósito que provee el Sindicato.-
De aplicación a todos los trabajadores comprendidos en el CCT 589/10.
Expediente 1326114/09. Conforme Art. 6 Ley 23.546 (T.O. 2004) MTEySS
(Nuevo texto ordenado Res. S.T. Nº 637 - 29/05/2013)
Balcarce 1663 - Tel.: 0381 - 427-3845/4485
suterhtucuman.com.ar
Ramón Hugo Medina
Secretario General
email: [email protected]