Escala Salarial: OCTUBRE/2014 RESOLUCION SECRETARIA DE TRABAJO Nº 238/2014 FUNCIONES ENCARGADO PERMANENTE CON VIVIENDA ENCARGADO PERMANENTE SIN VIVIENDA AYUDANTE PERMANENTE CON VIVIENDA AYUDANTE PERMANENTE SIN VIVIENDA AYUDANTE MEDIA JORNADA SIN VIVIENDA PERSONAL ASIMILADO CON VIVIENDA PERSONAL ASIMILADO SIN VIVIENDA MAYORDOMO CON VIVIENDA MAYORDOMO SIN VIVIENDA INTENDENTE (Barrio Privado y Country) PERSONAL CON MAS DE 1 FUNCION C/VIVIENDA PERSONAL CON MAS DE 1 FUNCION S/VIVIENDA ENCARGADO GUARDACOCHES CON VIVIENDA ENCARGADO GUARDACOCHES SIN VIVIENDA PERSONAL DE VIGILANCIA NOCTURNA PERSONAL DE VIGILANCIA DIURNA PERSONAL DE VIGILANCIA MEDIA JORNADA ENCARGADO NO PERMANENTE C/VIV. 4 Hs. ENCARGADO NO PERMANENTE S/VIV. 4 Hs. AYUDANTE TEMPORARIO AYUDANTE TEMPORARIO MEDIA JORNADA PERSONAL JORNALIZADO - Por Día SUPLENTE JORNALIZADO - Por Día PERSONAL JORNALIZADO NO MAS DE 18 Hs. - Por Hr. 1º CAT. $ 7.744,00 $ 9.102,00 $ 7.744,00 $ 9.102,00 $ 4.551,00 $ 7.744,00 $ 9.102,00 $ 8.031,00 $ 9.473,00 $ 11.596,00 $ 7.744,00 $ 9.102,00 $ 6.828,00 $ 7.414,00 $ 8.200,00 $ 7.635,00 $ 3.817,00 $ 3.674,00 $ 3.993,00 $ 7.479,00 $ 3.739,00 $ 337,67 $ 337,67 $ 77,34 2º CAT. $ 7.421,00 $ 8.723,00 $ 7.421,00 $ 8.723,00 $ 4.361,00 $ 7.421,00 $ 8.723,00 $ 7.696,00 $ 9.079,00 $ 11.596,00 $ 7.421,00 $ 8.723,00 $ 6.828,00 $ 7.414,00 $ 8.200,00 $ 7.635,00 $ 3.817,00 $ 3.674,00 $ 3.993,00 $ 7.479,00 $ 3.739,00 $ 337,67 $ 337,67 $ 77,34 3º CAT. $ 7.099,00 $ 8.343,00 $ 7.099,00 $ 8.343,00 $ 4.172,00 $ 7.099,00 $ 8.343,00 $ 7.362,00 $ 8.684,00 $ 11.596,00 $ 7.099,00 $ 8.343,00 $ 6.828,00 $ 7.414,00 $ 8.200,00 $ 7.635,00 $ 3.817,00 $ 3.674,00 $ 3.993,00 $ 7.479,00 $ 3.739,00 $ 337,67 $ 337,67 $ 77,34 PLUS ESCALAFON POR ANTIGÜEDAD - POR AÑO - Pago Mensual Art. 11 * ESCALAFON POR ANTIGÜEDAD - Conf. Res. 106/09 - inc. d,e,h,n y p de los art. 7 y 8 por año 1% VALOR VIVIENDA RETIRO RESIDUOS POR UNIDAD DESTINADA A VIV. LIMPIEZA JARDIN LIMPIEZA COCHERAS LIMPIEZA DE PILETAS Y MANTENIMIENTO DE AGUA MOVIMIENTO DE COCHES - HASTA 20 UNIDADES COBRANZA DE EXPENSAS COMPACTACION DE RESIDUOS REPARTO DE DIARIOS TITULO DE ENGARGADO INTEGRAL DE EDIFICIOS 4º CAT. $ 6.453,00 $ 7.585,00 $ 6.453,00 $ 7.585,00 $ 3.792,00 $ 6.453,00 $ 7.585,00 $ 6.692,00 $ 7.895,00 $ 11.596,00 $ 6.453,00 $ 7.585,00 $ 6.828,00 $ 7.414,00 $ 8.200,00 $ 7.635,00 $ 3.817,00 $ 3.674,00 $ 3.993,00 $ 7.479,00 $ 3.739,00 $ 337,67 $ 337,67 $ 77,34 MONTO $ 151,70 $ 75,85 $ 50,83 $ 13,81 $ 188,80 $ 188,80 $ 317,69 $ 279,58 $ 302,00 $ 302,00 $ 302,00 10% * Cláusula Modifiación Convenio 589/2010.1) A partir del mes de Mayo del corriente año la bonificación por antigüedad para los trabajadores de las categorías de media jornada, suplente y jornalizado (inc. d, e, h, n y p) del Art. 7 y Art. 8 será del 1% del sueldo básico de los Ayudantes Permanentes sin Vivienda de Cuarta Categoría. Este nuevo porcentaje regirá para los trabajadores que ingresen a partir de la homologación del presente acuerdo. Boletín Oficial Nº 31.702 del 27/07/2009.- ASIGNACIONES FAMILIARES (Vigentes desde el 31/06/2014 - Decreto Nº 779/14) Hasta $ 5.300 Hasta $ 6.600 Hijo hasta 18 años $ 644 Hijo hasta 18 años $ 432 Hijo discapacitado $ 2.100 Hijo discapacitado $ 1.485 PRENATAL: una suma igual a la asignada por hijo.- Hasta $ 8.600 Hasta $ 15.000 Hijo hasta 18 años $ 260 Hijo discapacitado $ 936 Hijo hasta 18 años $ 132 Hijo discapacitado $ 936 Nacimiento Adopción Ayuda Escolar Matrimonio $ 750,00 $ 4.500,00 $ 510,00 $ 1.125,00 CUOTA SINDICAL: a partir del 1 de Octubre de 1.990, el 4% del total de la Remuneración. Aporte mensual del trabajador. Al personal de jornada reducida, se le calculará sobre el Básico de 8 (ocho) hs. diarias, conforme a la categoría mínima de la Escala Salarial. Esto es a los fines de gozar de los beneficios de descuentos en medicamentos del 50% y del 100% en caso de internación. Depositar en Cta. Cte. Nº 72.736/1 del Banco del Tucumán, en boletas preimpresas del Sindicato.CAJA DE PROTECCION A LA FAMILIA: (Aporte Obligatorio) Consiste en 1,5 % del Empleador + 1 % del Trabajador. Calculado sobre el total de Remuneraciones. Depositarlo en Cta. Cte. A partir del 01/04/1991 se han unificado los dos conceptos, Sindicato y C.P.F., en una sola Cta. Cte., y en la misma boleta de depósito que provee el Sindicato.- De aplicación a todos los trabajadores comprendidos en el CCT 589/10. Expediente 1326114/09. Conforme Art. 6 Ley 23.546 (T.O. 2004) MTEySS (Nuevo texto ordenado Res. S.T. Nº 637 - 29/05/2013) Balcarce 1663 - Tel.: 0381 - 427-3845/4485 suterhtucuman.com.ar Ramón Hugo Medina Secretario General email: [email protected]
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