BOLETÍN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS núm. 38 de 16-ii-2015 1/2 IV. Administración Local Ayuntamientos De Navia Anuncio. Notificación de denuncias a conductores y titulares responsables. Anuncio De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.5 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común, se hace pública notificación de denuncia e inicio de procedimiento sancionador de los expedientes que se indican, instruidos por la funcionaria municipal, D.ª María Antonia Padilla Padilla, de conformidad con la Resolución de la Alcaldía de fecha 13 de febrero de 2004, la cual podrá ser objeto de recusación en los términos establecidos en los artículos 28 y 29 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre; siendo el Sr. Alcalde Presidente o el Concejal Delegado, el competente para dictar resolución definitiva, de conformidad con el art. 71.4 de la Ley 18/2009, de 23 de noviembre, a los conductores y titulares responsables en base al artículo 101.1 g) de la Ordenanza Municipal, de los vehículos denunciados que se relacionan en el anexo a este anuncio, ya que habiéndose intentado la notificación en el último domicilio conocido, ésta no se ha podido practicar. • Durante un plazo de quince días naturales, contados desde el siguiente al de la publicación del presente anuncio en el BOPA, se podrá efectuar por escrito ante este Ayuntamiento las alegaciones que a su derecho convenga, con aportación o proposición de las pruebas que considere convenientes. En el escrito de alegaciones se hará constar: nombre, apellidos, DNI y domicilio del denunciado, y en su caso, de la persona que lo represente; número de Boletín o Expediente Municipal, fecha y lugar de la denuncia; relación del hecho denunciado; alegaciones y propuestas de las pruebas que estime oportunas; lugar, fecha y firma. • En el mismo plazo de quince días naturales, a partir del siguiente al de la publicación del presente anuncio en el BOPA, podrá hacer efectivo el importe de la sanción, lo cual supondrá: —Reducción en un 50% del importe. —Renuncia a presentar alegaciones. Si se formulasen se tendrán por no presentadas. —Terminación del procedimiento, sin necesidad de dictar resolución, el día en que se realice el pago. —El agotamiento de la vía administrativa, siendo recurrible únicamente ante el orden jurisdiccional contenciosoadministrativo, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente en que tenga lugar el pago. Forma y lugar de pago: El pago podrá efectuarse en metálico, al agente o en la caja de la Corporación, aportando este documento, así como mediante Giro Postal o Transferencia bancaria a favor del Ayuntamiento de Navia a través de cualquier entidad colaboradora, haciendo constar el n.º de boletín de denuncia y matrícula del vehículo. • Si, en el plazo señalado, no se formularen alegaciones ni se abonara el importe de la multa, esta notificación de denuncia surtirá el efecto de acto resolutorio del procedimiento sancionador, pudiendo ejecutarse la sanción transcurridos treinta (30) días naturales desde al referida notificación. Este supuesto será de aplicación cuando se trate de: —Infracciones leves. —Infracciones graves que no detraigan puntos. Vencido el plazo de 15 días naturales siguientes a la fecha de la firmeza de la sanción sin que se hubiese satisfecho la multa, su cobro se llevará a cabo por el procedimiento de apremio. • En el caso de que se detraigan puntos; si se efectúa el pago reducido de la multa, los puntos se detraerán al día siguiente del pago. En otro caso, los puntos se detraerán cuando la sanción sea firme. • Prescripción y Caducidad: Las infracciones leves prescriben a los 3 meses. Las infracciones graves y muy graves prescriben a los 6 meses. Cód. 2015-02642 El procedimiento caduca al año de su iniciación, salvo que concurran causas legales de suspensión. El plazo de prescripción de las sanciones consistentes en multa pecuniaria será de 4 años y el de las demás sanciones de 1 año. Abreviaturas: LSV: Ley de Seguridad Vial. L.: Leve RGC: Reglamento General de Circulación. G.: Grave OMC: Ordenanza Municipal de Circulación. M.G.: Muy Grave En Navia, a 9 de febrero de 2015.—El Concejal Delegado (por Resolución de la Alcaldía de 15-06-11).—Cód. 2015-02642. http://www.asturias.es/bopa BOLETÍN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS 2/2 núm. 38 de 16-ii-2015 Anexo Municipio La Coruña Navia Vigo (Pontevedra) Matrícula N.º expte. N.º boletín Maseda Goas, Pablo 3382xxxxx 1838-HXL 1051/14 02754 Abdellah, Hamdi X129xxxxx M-8485-TM 913/14 03026 Palacios Meneses, Álvaro X407xxxxx PO-2261-AV 1242/14 02977 22/11/14 Art. 94.2 a RGC Xu, Hao X724xxxxx 5187-HSF 803/14 01899 Art. 39.2 G y 65.4 d) LSV 18/07/14 Art. 94.2G.5Z RGC G. 200,00 € Art. 64.2 y 94.4 d) OMC Cód. 2015-02642 Málaga DNI CIF Apellidos y nombre http://www.asturias.es/bopa Fecha denun. Precepto infringido Art. 39.2C y 65.4 d) LSV 18/09/14 Art. 94.2C.5U RGC Art. 64.2 y 94.4 d) OMC Art. 39.2C y 65.4 d) LSV 14/08/14 Art. 94.2C.5U RGC Art. 64.2 y 94.4 d) OMC Carácter Importe G. 200,00 € G. 200,00 € L. 90,00 €
© Copyright 2024