ISAAC JIMÉNEZ VERGARA ABOGADO Carrera 8 No. 6-19 Of. 407. Edificio Súper Estrellas Telefax. 6226346. Cel. 310-8518049 BARRANCABERMEJA Barrancabermeja, 21 de Octubre de 2014 Ingeniero SERGIO JESUS AMARIS FERNANDEZ Gerente EMPRESA AGUAS DE BARRANCABERMEJA S.A. E. S. P. E. S. D. Ref. Derecho Constitucional de Petición para establecer mediante su contestación Prueba Judicial sobre presuntas irregularidades en el ejercicio der la función pública. ISAAC JIMÉNEZ VERGARA, ciudadano de a pie y en ejercicio, vecino de esta ciudad, identificado con la cedula de ciudadanía No. 91.429.942 expedida en Barrancabermeja, abogado en ejercicio con tarjeta profesional No.70.630 del Concejo Superior de la Judicatura, por medio del presente escrito y amparado en el artículo 23 de la Constitución Política de Colombia y en los artículos 5 al 23 del C.C.A, acudo ante Usted de la forma respetuosa a fin de solicitarle se sirva hacerme entrega u ordenar a quien corresponda, los documentos y la información que a continuación entro a relacionar, con el propósito de pre-constituir si fuera el caso prueba judicial y adelantar consecuencialmente, las acciones legales pertinentes. Tales documentos son: 1) Relación pormenorizada de los contratos y convenios celebrados por la Empresa AGUAS DE BARRANCABERMEJA S.A. E.S.P., durante los años 2012, 2013 y 2014., detallando lo siguiente. Nombre del contratista y número de identificación tributaria NIT. Representante legal, identificación y domicilio comercial. Objeto del contrato o del convenio. Valor y forma de pago. Régimen Tributario. Duración (Fecha de inicio y de terminación. Imputación presupuestal. Plan de Compras. Supervisión. Tipo de contratación. Nombre de Interventor del contrato o convenio. 2) Relación de contratos de obras ejecutados durante los años 2012, 2013 y 2014. 3) Relación de los convenios celebrados con la Alcaldía Municipal de Barrancabermeja durante los años 2012, 2013 y 2014. 4) Una relación CERTIFICADA del valor de los dineros transferidos durante los años 2012, 2013 y 2014 por la Alcaldía Municipal de Barrancabermeja a la Empresa AGUAS DE BARRANCABERMEJA S.A. E.S.P., especificando bajo que conceptos se han realizado. 5) Copia autenticada de las actas de las Reuniones de la Junta Directiva de la Empresa AGUAS DE BARRANCABERMEJA S.A. E.S.P., celebradas durante los años 2012, 2013 y 2014. 6) Una relación del presupuesto de la Empresa AGUAS DE BARRANCABERMEJA S.A. E.S.P., durante los años 2012, 2013 y 2014, incorporando las adiciones hechas al mismo. 7) Relación detallada de los activos y pasivos que encontró Usted al llegar a la Gerencia de la Empresa AGUAS DE BARRANCABERMEJA S.A. E.S.P. 8) Una relación de los trabajadores, empleados y funcionarios que han sido vinculados a la Empresa AGUAS DE BARRANCABERMEJA S.A. E.S.P., durante los años 2012, 2013 y 2014., especificando el tipo de vinculación o modalidad con que fueron contratados. 9) Indicar el número de personas vinculas durante los años 2012, 2013 y 2014 a la Empresa AGUAS DE BARRANCABERMEJA S.A. E.S.P., bajo la modalidad de OPS, detallando lo siguiente: Nombre del contratista identificación Objeto del contrato Valor y forma de pago. Régimen Tributario. Duración (Fecha de inicio y de terminación). 10) Una relación detallada de los 14 abogados que se encuentran vinculados a la Empresa AGUAS DE BARRANCABERMEJA S.A. E.S.P., durante el año 2014, detallando lo siguiente; Nombre del profesional del derecho Tarjeta Profesional Identificación y domicilio profesional Objeto del contrato Valor y forma de pago. Régimen Tributario. Duración (Fecha de inicio y de terminación). 11) Relación detallada de las acciones que Usted como Gerente de la Empresa AGUAS DE BARRANCABERMEJA S.A. E.S.P., ha tomado frente a los presuntos actos y hechos de corrupción y deshonestidad administrativa que usted encontró al momento de asumir la gerencia de la entidad y, que le son atribuibles a la anterior administración. De |igual forma indique las denuncias penales, disciplinarias y fiscales que la entidad que usted a bien dirige ja realizado en defensa del patrimonio público de los Barranqueños. 12) Copia autenticada de los inventarios y el balance general de sus negocios -Artículo 455 del Código de Comercio- , a treinta y uno de diciembre del año 2012 y 2013. Indicando las utilidades líquidas de estos ejercicios y como fueron repartidos los dividendos entre los socios. 13) Indicar si la sociedad tiene constituida una reserva legal tal como lo establece el artículo 452 del Código de Comercio y a que suma asciende la misma. 14) Relación detallada de las acciones que la Empresa AGUAS DE BARRANCABERMEJA S.A. E.S.P., ha tomado para enfrentar los efectos del Fenómeno del NIÑO que están previstos se presentaran de acuerdo a las autoridades ambientales a partir del mes de enero del año 2015; medidas preventivas que fueron ordenadas por el Gobierno Nacional desde el año 2012. 15. Informar si la Empresa AGUAS DE BARRANCABERMEJA S.A. E.S.P., se encuentra en proceso de privatización o de ser entregada en concesión o bajo cualquier otra modalidad al capital privado. 16. Copia del Balance de los años 2013 y 2014 de la Empresa AGUAS DE BARRANCABERMEJA S.A. E.S.P. 17. Sírvase indicar el estado de las motos-bombas de la bocatoma del acueducto de Barrancabermeja y de las que bombean el agua a la ciudad, detallando lo siguiente: Fecha de la compra del moto-bombas Establecimiento que las vendió Vigencia de las Garantías Bitácora o historial del mantenimiento de las mismas 18. Cuál es el interés de la Empresa AGUAS DE BARRANCABERMEJA S.A. E.S.P de adquirir una planta eléctrica para supuestamente atender emergencias en la planta del acueducto, si la Electrificadora de Santander tiene dentro de sus obligaciones la de garantizar el suministro de fluido eléctrico. 19. ¿Cuál será la relación costo beneficio de esta inversión? 20. Que razones tienen los actuales administradores de la Empresa AGUAS DE BARRANCABERMEJA S.A de adquirir una planta eléctrica para supuestamente atender emergencias en la planta del acueducto, si esta idea fue desechada por el INSFOPAL en la década del setenta precisamente por el alto costo de la inversión y la poca utilización que muy seguramente tendría. 21. Cuál es el interés de los actuales administradores de la Empresa AGUAS DE BARRANCABERMEJA S.A., de adquirir una planta eléctrica cuando en pocos meses ISAGEN estaría generando electricidad en la represa del río Sogamoso, lo cual necesariamente debe garantizar de ESSA un servicio altamente confiable. FUNDAMENTACIÓN JURÍDICA Y RAZONES DE DERECHO Esta solicitud la estoy formulando en ejercicio del Derecho de Petición de Interés General, de acuerdo a los Artículos 9 al 12 del C.C.A y la Ley 57 de 1985 y Artículos 23 y 74 de la Constitución Nacional; para efectos de allegar dichos documentos oficiales como pruebas y anexos que sirvan de sustentación de las correspondientes denuncias de carácter fiscal, penal y disciplinaria que formulare ante la Contraloría General de la Republica, Fiscalía General de la Nación y Procuraduría General de la Nación. Igualmente sustento esta petición en los siguientes fallos jurisprudenciales de la Honorable Corte Constitucional: ACCION DE TUTELA - Procedencia frente a sociedad de servicios públicos mixta para proteger derecho de petición / DERECHO DE PETICION - Procedencia de la tutela para protegerlo frente a empresa de servicios públicos / EMPRESA DE SERVICIOS PUBLICOS MIXTA - Naturaleza jurídica La Sala comparte los argumentos de la reiterada jurisprudencia de la Corte Constitucional, que viene sosteniendo que para efectos de garantizar la efectividad del derecho de acceso a uno de los mecanismos más importantes de la democracia participativa -el derecho de petición-, las empresas que prestan servicios públicos, ya sea públicas, mixtas o privadas, adquieren el estatus de autoridad. Ello, por cuanto la entidad prestadora de un servicio público se coloca en una posición predominante que rompe la relación de igualdad en el que se deben encontrar los particulares, por lo que la acción de tutela puede proceder para solicitar la protección del derecho de petición. De lo expuesto se concluye que la empresa contra la que se dirige la tutela puede ser sujeto pasivo de la acción constitucional. En tal virtud, la tutela procede contra la sociedad Interconexión Eléctrica S.A. E.S.P, por cuanto para efectos de la acción de tutela ostenta la calidad de autoridad pública. NOTA DE RELATORIA: Sentencia T.-617 de 1998, Corte Constitucional; Auto 15620 de 4 de febrero de 1999, Sección Tercera. ACCION DE TUTELA - Procedencia para proteger derecho de petición / DERECHO DE PETICION - Vulneración por Empresa de Servicios Públicos Mixta / EMPRESA DE SERVICIOS PUBLICOS MIXTA - Destinataria de la acción de tutela para proteger derecho de petición Tal y como lo ha considerado esta Corporación, la respuesta sólo protege efectivamente el derecho de petición si ella es oportuna, si resuelve de fondo, en forma clara, precisa y congruente lo solicitado. En consecuencia, si no se cumple con esas condiciones se incurre en vulneración del artículo 23 de la Carta. Pues bien, de acuerdo con su objeto social, la demandada es una empresa que presta servicios públicos y se rige por la Ley 142 de 1994 “por la cual se establece el régimen de los servicios públicos domiciliarios y se dictan otras disposiciones”. En consideración con lo expuesto, la Sala considera que la reglamentación del derecho de petición para empresas que prestan servicios públicos se debe aplicar a la entidad demandada y, por consiguiente, la sociedad demandada debió responder la petición respetuosa formulada por el actor, en el término de 15 días. En tal virtud, la acción de tutela prospera para ordenar a la empresa a resolver de fondo, la petición que presentó el señor Juan de Dios García Montalvo, el 29 de septiembre de 2000. NOTA DE RELATORIA: Concepto 1192 de 05 de agosto de 1999, Sala de Consulta. *** Igualmente, señalo de manera comedida y respetuosa que de no acceder a mi petición procederé ante el Juez Constitucional, para que tutele mi derecho fundamental de petición. Le agradezco su atención y para efectos de notificación esta deberá realizarse en mi oficina de abogado ubicada en la carrera 8 No.6-19 Edificio Súper Estrellas. Oficina 407 de Barrancabermeja. Del señor Gerente Atentamente, ISAAC JIMENEZ VERGARA CC. 91.429.942 de B/bermeja TP. 70.630 del C. S de la J
© Copyright 2024