Duración de la prestación La duración de la prestación por desempleo estará en función de los períodos de ocupación cotizados en un régimen que contemple esta contingencia en los últimos seis años anteriores a la situación legal de desempleo, o al momento en que cesó la obligación de cotizar o, en su caso, desde el nacimiento del derecho a la prestación por desempleo anterior, con arreglo a la siguiente escala: PERIODO COTIZADO (en días) La duración de la prestación por desempleo, de los emigrantes retornados o de los liberados de prisión, se determinará en función de los períodos de ocupación cotizada, correspondientes a los seis años anteriores a la salida de España, o al ingreso en prisión, salvo que los trabajadores tengan cotizaciones efectuadas en el extranjero o en prisión. DURACIÓN DE LA PRESTACIÓN (en días) PERIODO COTIZADO (en días) DURACIÓN DE LA PRESTACION (en días) Desde 360 hasta 539 120 Desde 1440 hasta 1619 480 Desde 540 hasta 719 180 Desde 1620 hasta 1799 540 Desde 720 hasta 899 240 Desde 1800 hasta 1979 600 Desde 900 hasta 1079 300 Desde 1980 hasta 2159 660 Desde 1080 hasta 1259 360 A partir de 2160 720 Desde 1260 hasta 1439 420 Cuantía de la prestación • • • • • Estará en función de la base reguladora que tenga el trabajador. La base reguladora diaria es la suma de las bases de cotización de los últimos 180 días, a tiempo completo o parcial, cotizados a la Seguridad Social por la contingencia de desempleo (Base de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales) dividida entre 180. Los 180 primeros días de prestación se cobrará el 70% de la base reguladora y a partir del 181, el 50% de dicha base. Existe una cuantía mínima y máxima de la prestación que están en función del número de hijos y del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) existente cuando se inició la prestación. En ningún caso la cuantía de la prestación, podrá ser inferior al 80% del IPREM incrementado en 1/6, cuando el trabajador no tenga hijos a cargo, y al 107%, cuando el trabajador tenga, al menos, un hijo a cargo. • • • • La cuantía de la prestación, nunca podrá ser superior al 175%, al 200%, o al 225% del IPREM, incrementado en 1/6, según se carezca de hijos, o se tenga 1 hijo, o 2 o más hijos, respectivamente. En el caso de desempleo por la pérdida de un trabajo a tiempo parcial, el importe mínimo o máximo estará en función del número de horas trabajadas durante el periodo de los 180 últimos días cotizados. La prestación estará sujeta, en su caso, a descuentos de Seguridad Social y del I.R.P.F. La Entidad Gestora (Servicio Publico de Empleo Estatal o ISM) ingresará las cotizaciones a la Seguridad Social por contingencias comunes y, en los supuestos de suspensión o reducción de jornada, ingresará la aportación del trabajador por todas las contingencias. Obligaciones de los trabajadores • • • • • • Proporcionar la documentación e información necesaria para el reconocimiento, suspensión, extinción o reanudación del derecho a las prestaciones y comunicar a los Servicios Públicos de Empleo autonómicos (SPE) y al Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), el domicilio a efectos de notificación y cualquier cambio en su situación (cambio de domicilio, baja médica, variación de número de hijos, desplazamiento al extranjero...). Cuando no quede garantizada la recepción de las comunicaciones en el domicilio, debe proporcionar a los SPE y al SEPE los datos necesarios para realizar la comunicación por medios electrónicos. Suscribir y cumplir las exigencias del compromiso de actividad. Solicitar la baja en la prestación, cuando se produzcan situaciones de suspensión o extinción del derecho o se dejen de reunir los requisitos exigidos para su percepción. Si se coloca y el trabajo que realiza es a tiempo parcial, infórmese en su Oficina sobre la posibilidad de compatibilizar dicho trabajo con la percepción de la prestación. Tiene que acudir a su oficina en la fecha en que sea citado (ofertas de empleo, acciones formativas o de orientación...), debiendo devolver, en el plazo de 5 días, el justificante de haber comparecido, para cubrir las ofertas de empleo. Ha de renovar la demanda de empleo en la forma y fecha que se indique en la tarjeta de demanda de empleo. En caso de Para más información: Servicio Público de Empleo Estatal . 901 11 99 99 www.sepe.es • • • • que dicho día sea festivo, se renovará el primer día laborable siguiente. Aceptar la colocación adecuada ofrecida por la Oficina del SPE o por la Agencia de Colocación sin fines lucrativos y participar en trabajos de colaboración social, programas de empleo, o en acciones de promoción, formación o reconversión profesionales. Participar en el Programa de sustitución de trabajadores en formación por trabajadores beneficiarios de prestacioanes por desempleo. siempre que el trabajo se considere una colocación adecuada. Reintegrar las prestaciones indebidamente percibidas. Buscar activamente empleo, participar en las acciones de mejora de la ocupabilidad que se determinen por los SPE, en su caso, dentro de un itinerario de inserción. Deberá acreditar ante el SEPE y los SPE, cuando sea requerido para ello, dichas actuaciones. Esta obligación tiene carácter voluntario durante los treinta primeros días de percepción de la prestación. RECUERDE: El hecho de incumplir las obligaciones anteriores conlleva la aplicación de las sanciones correspondientes. El falseamiento de datos para obtener fraudulentamente la prestación, supondrá una infracción muy grave, lo que dará lugar a la pérdida de la prestación y posible exclusión de cualquier prestación económica durante un año. Protección por desempleo Prestación contributiva Instrucciones para cumplimentar la solicitud Requisitos para acceder a la prestación Si lo que solicita es la reanudación de la prestación o la compatibilidad con el trabajo a tiempo parcial y no han variado los hijos a su cargo o la compatibilidad con el contrato de apoyo a emprendedores o la compatibilidad con el trabajo por cuenta propia de menores de 30 años, utilice el modelo de solicitud simplificada de prestaciones por desempleo. Señale con una (x) la casilla correspondiente al tipo de solicitud que desea realizar. Datos personales del solicitante Los datos de domicilio solamente deben cumplimentarse en el caso de que exista alguna variación con respecto a los que ya indicó en solicitudes anteriores. Observaciones Si considera que algún dato importante para tramitar su solicitud no viene recogido en el impreso, debe indicarlo en este apartado con la mayor brevedad y claridad posible. Consigne sus datos de identificación personal, domicilio habitual y, en su caso, país o paises donde ha trabajado, indicando los períodos trabajados. Domicilio a efectos de comunicaciones sólo debe indicarse cuando desee recibirlas en otro distinto al habitual. COMPROMISO DE ACTIVIDAD DE LOS SOLICITANTES O BENEFICIARIOS DE PRESTACIONES DE DESEMPLEO Es obligación de los solicitantes de prestaciones por desempleo suscribir el Compromiso de Actividad en la fecha de solicitud. • • Estar en situación legal de desempleo. • Acreditar disponibilidad para buscar activamente empleo y para aceptar una colocación adecuada, suscribiendo el compromiso de actividad. • Tener cubierto un período mínimo de cotización de 360 días, dentro de los 6 años anteriores al cese, o desde que se le reconoció la última prestación por desempleo. • Antes, o en el mismo momento de hacer su solicitud, debe inscribirse como demandante de empleo. • El plazo para solicitar la prestación será de quince días hábiles (no se cuentan domingos ni festivos), desde el cese o desde el día que finalice el periodo de vacaciones pendientes de disfrutar, o desde el inicio de la suspensión de la relación laboral o de la reducción de jornada. • Se cumplimentarán siempre, aunque se hubieran facilitado con anterioridad. Datos de los hijos que conviven o están a cargo del solicitante Este apartado debe cumplimentarse siempre que se solicite el alta inicial de la prestación contributiva. Únicamente se cumplimentará este apartado cuando el solicitante tenga hijos a su cargo menores de 26 años, incluidos los acogidos, o mayores con discapacidad, siempre que convivan o dependan económicamente de aquél por tener rentas de cualquier naturaleza, inferiores al Salario Mínimo Interprofesional excluidas dos pagas extraordinarias. No haber cumplido la edad ordinaria que se exija en cada caso para causar derecho a la pensión de jubilación, salvo que el trabajador no tuviera acreditado el periodo de cotización requerido para ello, o se trate de supuestos de suspensión de la relación laboral o reducción de jornada. Plazo y documentos necesarios para el trámite de su solicitud Datos de la entidad financiera Deberá indicar todos los datos solicitados de la cuenta en la que desee recibir la prestación, debiendo ser TITULAR de la misma. • Estar afiliado a la Seguridad Social, y en situación de alta o asimilada al alta. No realizar la solicitud en el plazo fijado, salvo casos de fuerza mayor, supone la pérdida de tantos días de derecho a la prestación como medien entre la fecha de nacimiento del derecho de haberse inscrito y solicitado en tiempo y forma, y la fecha en que, efectivamente, se formule la solicitud. ¤¤ Sentencia y/o convenio regulador, en caso de separación o divorcio. • ¤¤ Formulario U006 o E-302 o equivalente dependiendo del país. ¤¤ Certificación del organismo competente debidamente legalizado. • Acreditación de la situación legal de desempleo por: ¤¤ Cese de la relación laboral. DOCUMENTOS QUE DEBE PRESENTAR • Impreso de solicitud de la prestación por desempleo, en modelo oficial, debidamente cumplimentado (se adjunta en esta carpeta). • Identificación de los hijos que no residen en España y acreditación de su situación laboral. Identificación del solicitante e hijos que conviven o están a su cargo que figuren en la solicitud, mediante la siguiente documentación original y en vigor (solamente será necesaria su exhibición, para el cotejo de dichos datos): –– Certificado de Empresa, firmado y sellado de las empresas en las que ha trabajado durante, los 180 últimos días. –– Acta de conciliación administrativa o judicial, o resolución judicial. –– Providencia de opción por la indemnización, en caso de haber reclamado contra el despido. ¤¤ Emigrante retornado. –– Certificación emitida por las Delegaciones o Subdelegaciones del Gobierno, en la que conste la fecha del retorno y el tiempo trabajado en el país de emigración. –– Formulario U1 o E-301, si se retorna de un país miembro del Espacio Económico Europeo, o formulario de enlace donde se recojan los períodos trabajados en un país con el que existe convenio sobre protección por desempleo (Australia, Suiza). ¤¤ Españoles: Documento Nacional de Identidad (DNI). ¤¤ Extranjeros residentes en España: Comunitarios: Tarjeta de Identidad de Extranjeros (TIE) o Número de Identidad de Extranjeros con el pasaporte. No comunitrios: Tarjeta de Identidad de Extranjeros (TIE) y el pasaporte. ¤¤ Cualquier documento bancario en el que figure el número ¤¤ Liberado de prisión. de cuenta de la que Ud. sea TITULAR, y donde desee percibir la prestación. –– ¤¤ Libro de Familia o documento equivalente, en caso de extranjeros, legalizado y traducido. grado de discapacidad expedido por el IMSERSO o el órgano de la Comunidad Autónoma correspondiente, o resolución del INSS, del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas o de Defensa que reconozca la condición de pensionista por incapacidad permanente total, absoluta o gran invalidez, o de jubilación o retiro por incapacidad permanente para el servicio o inutilidad. LA SOLICITUD DEBE ENTREGARSE FIRMADA POR EL SOLICITANTE ¤¤ Resolución judicial o escrito de formalización del acogimiento en el que conste el consentimiento de la Entidad Pública que en cada territorio tenga encomendada la protección de menores y la fecha de efectos del acogimiento. Certificado de empresa, si se han realizado trabajos durante el período de internamiento, en los que se cotizó por la contingencia de desempleo. Otros documentos. –– ¤¤ Certificado, en el caso de hijos mayores de 26 años, del • Certificación del Director del centro penitenciario, en la que consten las fechas de ingreso en prisión y excarcelación, y la causa de ésta.
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