Modelo Estándar de Control Interno para las Instituciones Públicas del Paraguay Marco Conceptual Marco Legal Institucional Manual de Implementación Manual de Implementació n Marco Conceptual QUÉ ES EL MECIP? MECIP - Modelo Estándar de Control Interno para las Instituciones Públicas del Paraguay, es un sistema de control interno que, mediante una estructura metodológica, conceptos y fundamentos, proporciona a todos los Organismos y Entidades del Estado un lenguaje común orientado a mejorar su desempeño institucional. EN QUÉ CONSISTE EL CONTROL INTERNO? Es un conjunto de normas, procesos, procedimientos y mecanismos de control ordenados y relacionados entre sí para lograr una gestión íntegra, eficaz y transparente, apoyando el cumplimiento de los objetivos institucionales y contribuyendo al logro de la finalidad social del Estado. CUÁLES SON LOS FUNDAMENTOS DEL CONTROL INTERNO? 1. Autorregulación: Es la capacidad institucional de todo organismo o entidad del Estado con base en la Constitución, la ley y sus reglamentos, de definir y regular sus propias normas, políticas y procedimientos, necesarios para el funcionamiento del Control Interno.. 2. Autocontrol: Es la capacidad de cada funcionario público, independientemente de su nivel jerárquico en la institución, para evaluar su trabajo, detectar desviaciones, efectuar correctivos y mejorar la ejecución de los procesos, actividades y tareas bajo su responsabilidad, realizando una vigilancia en tiempo real sobre la integridad, eficacia, eficiencia, y efectividad de la comunicación de todo lo que se hace en la entidad. 3. Autogestión: Es la capacidad institucional de todo organismo o entidad del Estado para interpretar, coordinar y aplicar de manera efectiva, eficiente y eficaz la función administrativa que le ha sido delegada por la Constitución y la ley. El Control Interno se fundamenta en la Autogestión, al promover en la entidad pública la autonomía institucional necesaria para establecer sus debilidades de control y de gestión, definir las acciones de mejoramiento y hacerlas efectivas, y asumir las recomendaciones generadas por los órganos de control. CUALES SON LOS OBJETIVOS DEL MECIP? Garantizar el cumplimiento de los objetivos de la Institución y del Estado paraguayo en un ambiente de eficiencia, integridad y transparencia. Establecer acuerdos y compromisos éticos, de común acuerdo, entre todos los servidores públicos. Promover la capacitación permanente de los servidores públicos. Fortalecer los sistemas de comunicación de la entidad, para brindar información oportuna a su público interno y externo. Establecer la autoevaluación de la entidad y de los servidores públicos en forma permanente y objetiva. Promover el control ciudadano, a través de la rendición de cuentas. Unificar los criterios de revisión de los órganos de control y supervisión CUALES SON LOS VALORES Y PRINCIPIOS DEL MECIP? VALORES Moralidad Responsabilidad Transparencia Igualdad Imparcialidad PRINCIPIOS Eficiencia Eficacia Economía Celeridad Preservación del Medio Ambiente Publicidad CUALES SON LOS BENEFICIOS QUE APORTA EL MECIP? Para la entidad Percepción de transparencia de la gestión institucional Credibilidad Mejor ambiente de trabajo Para los funcionarios Capacitación permanente para la función que desempeña Transparencia e imparcialidad en proceso de ingreso, promoción y evolución del personal Para la ciudadanía Información veraz y oportuna Enfoque en garantizar el cumplimiento de los objetos institucionales a fin de lograr una mayor satisfacción del ciudadano con los suministros de los bienes y servicios CUÁL ES EL MARCO LEGAL QUE LO SUSTENTA? Constitución Nacional/92 (Arts.281 y 283): Que, respectivamente, establecen que “la Contraloría General de la República es el órgano de control de las actividades económicas y financieras del Estado, ……..”; y entre sus “Atribuciones: 1) el control, la vigilancia y la fiscalización de los bienes públicos y del patrimonio del Estado, …..”. Ley Nº 1535/99: Art.2: Establece que “el Sistema Integrado de Administración Financiera (SIAF), será obligatorio para todos los organismos y entidades del Estado y se regirá por el principio de centralización normativa y descentralización operativa conformado por un sistema de control. Art. 4: Dispone que el SIAF será reglamentado por el Poder Ejecutivo estableciéndose así mismo en el Art. 86 el deber y la obligación de reglamentar la misma. Art. 60: Establece que el Sistema de Control y Evaluación del SIAF, debe ser integrado por el control interno previo, que implica el conjunto de instrumentos, mecanismos, y técnicas de control a cargo de los responsables de la Institución, así como el control interno posterior bajo responsabilidad de las Auditorías Internas Institucionales y la Auditoría General del Poder Ejecutivo. Decreto Nº 10883/2007: que establece las competencias y responsabilidades de la Auditoría General del Poder Ejecutivo para la supervisión y control del MECIP. Decreto Nº 962/2008: “Por el cual se modifica el Decreto Nº 8127/00…, y aprueba la implementación del MECIP para las Entidades Públicas del Paraguay”. Resolución Nº 425/08: de la Contraloría General de la República por la cual se establece y adopta el MECIP para las Entidades Públicas del Paraguay como marco para el control, fiscalización y evaluación de los Sistemas de Control Interno. ESTRUCTURA DEL MECIP Se constituye en un marco de estructuras, conceptos y metodologías necesarias para permitir el diseño, desarrollo, implementación y funcionamiento de un control interno adecuado, que apoye el cumplimiento de los objetivos institucionales de cada organismo y entidad pública.
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