~~ perú , sanmarttn región verde GOBIERNO REGIONAL 9le6olución ~ 9W¡úuud Nº D5j -2015-GRSM/PGR Moyo bamba, 15 ENE. 2015 VISTO: El Expediente N° 858663, la Resolución Ejecutiva Regional N° 16362014-GRSM/PGR, de fecha 17 de diciembre del2014; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con la Constitución Politica del Estado, Ley N° p680 - ey de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV sobre Descentralización, Ley N° 27867 /:.Ley rgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias, Leyes N° 27902 y 28013, se les reconoce a los l"\O R}; Go ·emos Regionales, autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. z_,..,<l-..,..... Q.~ ~ l. Que, en la expedición de la Resolución Ejecutiva Regional N° 1636;:,!! .. 0 14-GRSM/PGR, de fecha 17 de diciembre del 2014, se consignó en el Primer Artículo Jo siguientes: dice: ,~ RECONOCER la petición de INELDA REATEGUI PEREZ ( ... )", siendo lo correcto: RECONOCER la ó'~,. ~~~ petición de YNELDA REATEGUI PEREZ ( ... )". Que, de conformidad con el artículo 201° de la Ley No 27444 -Ley iento Administrativo General, respecto a la rectificación de errores materiales o aritméticos en los actos a inistrativos, éstos pueden ser rectificados con efecto retroactivo, en cualquier momento, de oficio o a insta ia de los administrados, siempre que no se altere lo sustancial de su contenido ni el sentido de la decisión; in ·cando además en su artículo 201.2 que la rectificación adopta las formas y modalidades de comunicaeión o blicación que corresponda para el acto original. Que, por las razones expuestas, de conformidad con la Ley N° 27867 Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias Leyes N° 27902 y 28013, el Reglamento de ganización y Funciones aprobado mediante Ordenanza Regional No 036-2014-GRSM/CR; y con las .isaciones de la Oficina Regional de Asesoría Legal y Gerencia General Regional del Gobierno Regional de San artín. SE RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO: RECTIFICAR en el Primer Artículo de la Resolución Ejecutiva Regional N° 1636-2014-GRSM/PGR, de fecha 17 de diciembre del 2014, que precisa lo siguientes: dice: RECONOCER la petición de INELDA REATEGUI PEREZ ( ... )", siendo lo correcto: RECONOCER la petición de YNELDA REATEGUI PEREZ"(. .. )". ARTÍCULO SEGUNDO: Notificar a la parte interesada y a la Dirección Regional de Educación del Gobierno Regionai de San Martín con copia de la presente Resolución. ARTÍCULO TER_!:ERO: Comunicar a la Procuraduría Pública Regional de lo dispuesto con la presente Resolución, para los fines pertinentes. Regístrese, Comuníquese y Archívese.
© Copyright 2024