COMUNICADO: 028 FECHA: 12/01/2015 MAÑANA ENTRA EN

COMUNICADO: 028
FECHA: 12/01/2015
MAÑANA ENTRA EN VIGOR LA NOM-012
SOBRE PESOS Y DIMENSIONES
 Se cumplen 60 días de su publicación en el Diario Oficial de
la Federación
 Establece las especificaciones con las que pueden circular
los vehículos de autotransporte en las Vías Generales de
Comunicación del país
 Tiene como propósito incrementar la seguridad en autopistas
y carreteras de México
Al cumplirse 60 días de su publicación en el Diario Oficial de la
Federación, mañana entra en vigor la NOM-012 Sobre el Peso y
Dimensiones con los que pueden circular los vehículos de
autotransporte que transitan en las Vías Generales de Comunicación de
Jurisdicción Federal.
La NOM incluye diversos aspectos para incrementar la seguridad en las
autopistas y carreteras del país; mejorar la conservación de la
infraestructura, promover la competitividad y contribuir a la
conservación del medio ambiente.
Entre los principales elementos de la norma destacan:
Se mantiene el peso bruto vehicular para el tractocamión doblemente
articulado o full en 66.5 toneladas, y para el full diferenciado 75.5
toneladas, mismos que únicamente podrán circular en caminos Tipo
"ET" y "A" y, por excepción, en carreteras tipo B cuando cuenten con
autorización especial de conectividad.
Los fulles deberán contar con equipamiento que contribuya a la
seguridad, incorporando tecnología como: GPS, frenos ABS, freno
auxiliar de motor o retardador o freno libre de fricción; adicionalmente la
velocidad máxima permitida para los fulles diferenciados (con peso
adicional) será de 80 Km/hora.
Los conductores deberán acreditar experiencia y capacidades para
operar vehículos doblemente articulados (fulles).
Se establece la limitante de utilizar semirremolques de hasta 12.19 m.
(40 pies) en el acoplamiento de configuraciones doblemente
articuladas. Por excepción, se podrán utilizar de hasta 12.81 m. (42
pies) exclusivamente para circular por caminos tipo "ET" y "A" y en
caminos tipo "B", con la autorización especial de conectividad.
Para los vehículos unitarios y tractocamiones articulados sencillos, así
como de los autobuses que operan con suspensión neumática o
suspensión mecánica, se elimina la diferenciación, lo que permite
establecer un peso único en estas configuraciones.
Se establece la corresponsabilidad en el transporte de carros por
entero. Para los casos de carga consolidada, el transportista absorberá
la responsabilidad en caso de excesos de peso o dimensiones.
La SCT podrá sancionar a los transportistas por infracciones en
vehículos detectados por medio de sistemas de pesaje electrónicos y
medición de dimensiones automatizadas, mediante multas electrónicas.
PEMEX contará con el plazo de dos años para realizar las adecuaciones
del equipo propio (camiones unitarios), que por su capacidad de diseño
no cumple con los pesos máximos definidos en la Norma, y en el cual
transporta diésel y combustóleo.
La actualización de la Norma Oficial Mexicana se inscribe en la política
de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT) para el
reordenamiento del autotransporte federal, además de ser resultado de
un panel de expertos, en el cual participaron representantes de esta
dependencia federal y de las principales cámaras y asociaciones del
Subsector de Autotransporte, cuyas recomendaciones se acataron.
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