RER Nº 045-2015-GRSM/PGR | Fecha

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GOBIERNO REGIONAL
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No ol.fS -2015-GRSM/PGR
Moyo bamba,
14 ENE. 2015
VISTO:
El Expediente No 854391, que contiene la Nota Informativa
N° 708-2014-GRSM/SCR de fecha 29 de diciembre del
2014, el Acuerdo Regional N° 083-2014-GRSM/CR de fecha
22 de diciembre de 2014, el Informe Legal N° 087-2014SCR-GRSM/ALE de fecha 16 de diciembre del 2014, el
Informe Legal No 629-2014-GRSM/ORAL de fecha 09 de
diciembre del 2014, la Nota Informativa N° 420-2014GRSM/GRI, de fecha 05 de diciembre del 2014, el Informe
N° 89-2014-GRSM/GRI/SGSyLO/OWAM, de fecha 04 de
diciembre del2014, y;
L
CONSIDERANDO
Que, de conformidad con la Constitución Política del
Esta o, L y de Reforma Constitucional del capítulo XIV del título IV, sobre Descentralización, Ley N°
21680, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, ley N° 27867 y sus modificatorias Leyes N°s, 27902 y
13, se les reconoce a los Gobiernos Regionales, Autonomía Política y Administrativa en los asuntos
de su competencia.
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Que, los Gobiernos Regionales son competentes para
a inistrar sus bienes y rentas; siendo atribuciones del Consejo Regional autorizar la transferencia de
us bienes muebles e inmuebles de propiedad del Gobierno Regional, de conformidad con lo dispuesto
por el artículo 9° literal e) y artículo 15° literal i) de la Ley N° 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos
Regionales.
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Que, revisado el expediente del Visto, se verifica que la
documentación y el procedimiento se encuentran conformes, cumpliendo con los requisitos establecidos
en la Directiva No 002-2012-GRSM/GRI denominada "NORMAS PARA TRANSFERENCIA DE
INFRAESTRUCTURA Y OTROS COMPONENTES DE PROYECTOS DE INVERSIÓN
PÚBLICA EJECUTADOS POR EL GOBIERNO REGIONAL DE SAN MARTÍN" y de acuerdo a
la S%unda Disposición Transitoria y Final, que contiene los lineamientos que deberán de ~eguir
est "ctamente tanto el Gobierno Regional de San Martín como sus Unidades Ejecutoras para la
nsferencia en propiedad de obras de infraestructura a entidades receptoras, quienes en función de
aichas transferencias se encargarán de usufructuar y administrar dichos bienes en su calidad de
propietarios, en concordancia a los lineamientos de la Ley N° 27783, · Ley de Bases de la
Descentralización.
Que, con Memorando N° 4819-2014-GRSM/GGR, de fecha
1O de diciembre del 2014, el Gerente General Regional del Gobierno Regional de San Martín, tomando
como referencia la Opinión Favorable contenida en el Informe Legal N° 629-2014-GRSM/ORAL, de
fecha 09 de diciembre del 2014 deriva los actuados al Pleno del Consejo Regional para que proceda
conforme a sus atribuciones, respecto de la Transferencia del Proyecto: "Instalación del Sistema de
Alcantarillado en el Distrito de San Roque de Cumbaza - Lamas" a favor de la Municipalidad
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Distrital de San Roque de Cumbaza, cuyo valor neto contable a transferir es de S/. 4'153,340.36 Nuevos
Soles.
Que, de la documentación precedente se puede establecer
la ansferencia propuesta cuenta con:
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Fic~swnen
de Transferencia de Infraestructura
Resolución Gerencial N° 376-2014-GRSM-PEHCBM/GG
l'hformación Financiera.
Acta de opinión favorable de trállsferencia.
Acta de entrega y recepción del Proyecto de Inversión Pública.
Oficio N° 3361-2014-GRSM-CDJE/PPR-JCFV.
Que, mediante Informe Legal N° 6296-20 14-GRSM/ORAL,
cha 09 de diciembre del 2014, la Oficina de Asesoría Legal del Gobierno Regional de San Ma1tín,
ma por la aprobación por parte del Consejo Regional de San Martín, de la transferencia del Proyecto:
'Instalación del Sistema de Alcantarillado en el Distrito de San Roqne de Cumbaza ..:. Lamas" a
favor de la Municipalidad Distrital de San Roque de Cumbaza, y posteriorraente proceder a ejecutarse la
misma expidiendo la Resolución Ejecutiva Regional y el Acta de Transferencia de Propiedad
correspondiente.
Que, mediante Informe Legal N° 087-2014-SCRGRSM/ALE, de fecha 16 de diciembre del 2014, el Asesor Legal Externo del Consejo Regional opina
porque se AUTORICE vía ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL, la transferencia del Proyecto:
"Instalación del Sistema de Alcantarillado en el Distrito de San Roque de Cumbaza - Lamas";
asim~o se deberá indicar que dicha transferencia se ejecutará mediante Resolución Ejecutiva Regional
y
se formalizará mediante Acta de Transferencia de Propiedad, ~on la Entidad receptora; asimismo
s deberá comunicar el Acuerdo de Consejo Regional al Ejecutivo Regional :1 a las instancias
pertinentes, así como disponer su publicación eh el Portal de Transparencia éel Gobierno Regional de
San Martín.
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Que, de conformidad con lo establecido con el artículo 39°
e la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales N° 27867, modificada por las Leyes No 27902 y No 28013,
los acuerdos del Consejo Regional expresan la decisión de éste órgano sobre asuntos de interés público,
ciudadano o institucional.
Que, mediante Acuerdo Regional N° 083-2014-GRSM/CR,
de fecha 22 de dickmbre del 2014, el Consejo Regional del Gobierno Regional de San Martín, autorizó
la transferencia de la infraestructura del Proyecto: "lnstalaciór• del Sistema de Alcantarillado en el
Distrito de San Roque de Cumbaza - Lamas" a favor de la Municipalidad Distrital de San Roque de
Cumbaza, cuyo valor real de la obra es de S/. 4'184,725.80 nuevos soles y el valor neto contable a
transferir es de S/. 4'153,340.36 Nuevos Soles.
.
Que, por las razones expuestas, en uso de las facultades y
atribuciones conferidas, de conformidad coa la Ley No 2786 7 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales
y sus modificatorias Leyes N° 27902 y 28013, el Reglamento de Organización y Funciones aprobado
mediante Ordenanza Regional N° 003-2013-GRSM/CR, y con las visaciones de la Oficina Regional de
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GOBIERNO REGIONAL
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Asesoría Legal, Oficina Regional de Administración y Gerencia General Regional del Gobierno
Regional de San Martín.
SE RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO: AUTORIZAR la Transferencia
rae ructura del Proyecto: "Instalación del Sistema de Alcantarillado en el Distrito de San
que e Cumbaza - Lamas" a favor de la Municipalidad Distrital de San Roque de Cumbaza, cuyo
alo eto contable a transferir es de S/. 4'153,340.36 Nuevos Soles.
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ARTICULO SEGUNDO: ENCARGAR a la Gerencia
eneral Regional, Gerencia Regional de Infraestructura y a la Oficina Regional de Administración del
Gobierno Regional de San Martín, el cumplimiento de la Directiva N° 002-2012-GRSM/GRI, hasta el
archivamiento final del Expediente de Transferencia.
ARTICULO TERCERO: NOTIFICAR la presente
r olución a la Comisión de Verificación y Transferencia de Infraestructura y Otros Componentes
Proyectos de Inversión de Pública Ejecutados y/o Financiados por el Gobierno Regional de San
artin, para que prosiga con los trámites que correspondan conforme lo establece la Directiva N° 0022012-GRSM/GRI.
Regístrese, Comuníquese y Archivase.