EMPRESA DE SERVICIOS PUBLICOS DOMICILIARIOS DE GUATAVITA CUNDINAMARCA S.A. ESP EMSERGUATAVITA S.A ESP.: Informa a toda la comunidad que por la reducción de las lluvias y el aumento de las temperaturas y por ende el descenso en los niveles de los afluentes se prohíbe hacer Riegos, Lavar Fachadas, Carros, Buses y demás que tengan que ver con el mal uso del preciado liquido, para lo cual los invitamos a almacenar el agua necesaria para consumo, haciendo uso racional de ella. ¡Recordemos que gota a gota el agua se agota! También que el aprovechamiento ilícito del servicio de Agua Potable que presta la Empresa de Servicios Públicos Domiciliarios constituye un delito, por lo que solicita a todos sus usuarios abstenerse de las siguientes conductas: ARTICULO 240. HURTO CALIFICADO. <Artículo modificado por el artículo 37 de la Ley 1142 de 2007. El nuevo texto es el siguiente:> La pena será de prisión de seis (6) a catorce (14) años, si el hurto se cometiere La pena será de cinco (5) a doce (12) años de prisión cuando el hurto se cometiere sobre elementos destinados a comunicaciones telefónicas, telegráficas, informáticas, telemáticas y satelitales, o a la generación, transmisión o distribución de energía eléctrica y gas domiciliario, o a la prestación de los servicios de Acueducto y Alcantarillado. (…) ARTÍCULO 256. DEFRAUDACIÓN DE FLUÍDOS. El que mediante cualquier mecanismo clandestino o alterando los sistemas de control o aparatos contadores, se apropie de energía eléctrica, agua, gas natural, o señal de telecomunicaciones, en perjuicio ajeno, incurrirá en prisión de dieciséis (16) a setenta y dos (72) meses y en multa de uno punto treinta y tres (1.33) a ciento cincuenta (150) salarios mínimos legales mensuales vigentes. Nit: 900318086-4 E-mail [email protected] Tel. 8577069 Ext.14 Guatavita - Cundinamarca
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